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Caso Nóos

El juez reprocha al fiscal un “trato desigual” en favor de la infanta Cristina

El juez Jose Castro, instructor del 'caso Nóos'

La sombra del agravio comparativo entre la hija del rey y el resto de los ciudadanos recorre como médula argumental las 227 páginas del auto por el que el magistrado José Castro citó ayer por segunda vez como imputada a Cristina de Borbón, ahora por presunto delito fiscal y blanqueo. El magistrado, que ya vio cómo la Audiencia de Palma tumbaba en mayo una primera imputación más genérica y escueta también dirigida a la esposa de Iñaki Urdangarin, destaca en su resolución cómo a ninguno de los 42 imputados en el caso Nóos se le informó previamente de los indicios incriminatorios detectados. Ni siquiera, y así lo expone el auto, se hizo excepción a esa regla en el caso de Iñaki Urdangarin. Ninguna de esas 42 imputaciones fue recurrida por el fiscal del caso, Pedro Horrach, que al cierre de esta edición aún no había anunciado si Anticorrupción impugnará la imputación de la infanta como ya hizo en abril de 2013.

Tras recordar cómo Diego Torres, cofundador de la trama Nóos, fue citado en el verano de 2011 con una simple providencia, documento que se limita a informar de una orden judicial sin porqués ni para qués, Castro describe así el auto por el que el yerno del monarca fue imputado en diciembre de 2011: “Fue bastante más explícito [que la providencia con que meses antes había citado a Diego Torres] en relación con el contenido sobre el que habría de versar la proyectada declaración pero ni en los "antecedentes de hecho" de tal resolución ni en sus "fundamentos jurídicos" se menciona ni tan siquiera un solo indicio con el que se pretendiera justificar ante el afectado ni tampoco ante terceros la procedencia del llamamiento ni la calidad en que lo fue”. El juez remata su argumento con una frase que se repite al abordar los sucesivos grupos de imputados hasta los 42 mencionados: “Pues bien, absolutamente ningún recurso se interpuso contra la misma”.

El juez compara el trato dado a la infanta y a la mujer de Torres, la también imputada Ana María Tejeiro, para remachar la idea del trato desigual que pretende la Fiscalía: "Ya que el Ministerio Público saca a colación que Doña Ana María Tejeiro Losada, comparativamente con Doña Cristina Federica de Borbón y Grecia, ha recibido un trato desigual, ciertamente no puede desconocerse que, aunque intencionadamente no se haya pretendido, así ha acabado siéndolo pero en la dirección opuesta a la que se dice".

Una doble vara de medir

Lo que flota en ese argumento se resume así: Castro cree, y deja rastro de ello en su auto, que el hecho de que se le haya exigido sustentar de manera prolija los indicios que hipotéticamente pesan sobre la infanta implica por sí mismo la existencia de una doble vara de medir. El magistrado abunda en la idea de la siguiente forma: “El argumento de que la citación de una persona para que preste declaración en calidad de imputada debe venir precedida de pruebas objetivas que demuestren su participación en el delito que se instruye conduce al absurdo porque nos situaría ante un círculo vicioso por cuanto que de cara a un eventual plenario para que un indicio se pueda convertir en prueba de cargo se precisa que sobre él haya tenido oportunidad de prestar declaración el afectado al objeto de brindarle la posibilidad de desvirtuarlo y así abortar en cuanto a él el curso del procedimiento”

El juez asesta un golpe al fiscal del caso, su antaño inseparable Pedro Horrach, y lo hace hundiendo el filo de la ironía o el sarcasmo para casi ridiculizar su posición: “El digno representante del Ministerio Fiscal se empecina en el debate de si en este momento Doña Cristina de Borbón es culpable o inocente, que en su esfera competencial sería tanto como calibrar si los elementos de juicio con que hoy cuenta posibilitarían el dirigir o no contra ella la acusación, cuando ese trámite, si es que ha de llegar, ya se verá tras su declaración y, en su caso, la práctica de las diligencias indispensables que de la misma pudieran derivarse”.

Y no es la única vez que acusa de empecinamiento al fiscal. En otro pasaje del auto critica el "reiterado empecinamiento en confundir lo que es una simple citación para que una persona pueda dar su versión sobre unos hechos que, en razón a las preguntas que, en atención a su vinculación con ellos, cabría formularle y para su propia garantía, sólo podría llevarse a cabo en calidad de imputada, repito confundir, con su formal imputación a través de un escrito de acusación, lo que sólo están legitimados para hacer el Ministerio Fiscal y demás partes que ejerzan la acusación".

La simbiosis argumental de la Fiscalía con la defensa

¿Y si nadie recurre la imputación?

¿Y si nadie recurre la imputación de la infanta?

El magistrado lanza un segundo dardo a la Fiscalía al remarcar que mantiene con los abogados de la infanta una “simbiosis argumental cuya casualidad no se pone en duda”, y pone el acento en la resistencia “numantina” –de sus letrados, acota- a que la infanta comparezca y explique lo que sabe sobre los manejos económicos de Aizoon SL, la empresa cuya titularidad comparte con su esposo y que, según el juez, fue utilizada por los dos miembros de la pareja para obtener beneficios “opacos” a Hacienda. ¿Cómo? No repartiendo beneficios que habrían engrosado la base imponible de cada cónyuge a efectos de la declaración de IRPF y cargando en cambio gastos personales a las cuentas de la compañía, lo que disminuía sus beneficios y, por tanto, el importe del impuesto de sociedades.

Castro introduce un aviso a navegantes, entre los cuales sitúa de manera implícita no solo a los abogados de la infanta sino también al fiscal Pedro Horrach, que se ha venido oponiendo a la imputación. Según el juez, resulta “inadmisible que se pretenda adornar la convocatoria de personajes públicos, especialmente aquellos vinculados a instituciones centrales del Estado, de un especial cuidado a la hora de valorar la solidez de los posibles indicios que hipotéticamente habrían de conducir a su convocatoria, tal como se ha llegado a argumentar”.

En esa misma línea, Castro recalca que a nadie “debiera escandalizar” que llame a la infanta para preguntarle qué sabe de los manejos contables y tributarios de Aizoon SL. En réplica directa a Hacienda y al fiscal Horrach, que sostienen que las ilegalidades perpetradas a través de esa empresa son solo atribuibles a Iñaki Urdangarin, el juez introduce un párrafo con alcance de misil: “Para saber si estas apreciaciones serán o no ciertas habrá que esperar al resultado que arroje la instrucción pero a priori y sin más no pueden ser compartidas por este juzgado, que no cree hacer tambalear los pilares del Estado de Derecho, más bien todo lo contrario, por que se pretenda preguntar por los pormenores de tales hechos a quien era partícipe al 50% de Aizoon SL, esposa del titular del resto del capital social, que tenía el domicilio social en el suyo propio y que además se lucró cuando menos en la mitad del importe defraudado”.

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