El caso de la La Manada

Los condenados de La Manada quedan en libertad a los dos meses de la sentencia y con otra causa pendiente por delito sexual

Protesta en Pamplona tras la decisión de la Audiencia Provincial de Navarra.

Dos meses después de que la Audiencia de Navarra condenase a nueve años solo por abusos sexuales y no por violación a los cinco miembros de La Manada, el mismo tribunal los ha dejado libres este jueves bajo fianza de 6.000 euros. La ley habría permitido que, tal como solicitaba la Fiscalía y apoyó uno de los tres miembros de la sala, su presidente, se prorrogase la prisión provisional: exactamente hasta dentro de dos años y medio en el supuesto de que el Tribunal Superior (TSJ) de Navarra y eventualmente el Supremo no hubieran resuelto antes de ese plazo los recursos que buscan tanto endurecer la sentencia como, en el caso de las defensas, revocarla. A las primeras reacciones de incredulidad siguió la inmediata convocatoria de una oleada de protestas para hoy, viernes.

Contra cuatro de los cinco condenados –José Ángel Prenda, Alfonso Cabezuelo (militar de profesión), Antonio Manuel Guerrero (guardia civil) y Jesús Escudero– pesa ahora una segunda imputación por otro delito sexual que investiga un juez de Pozoblanco (Córdoba), confirmaron fuentes del TSJ andaluz. Al igual que en lo sucedido durante los Sanfermines de 2016, también en el caso de Pozoblanco un vídeo grabado por La Manada y difundido entre sus amigos se perfila como prueba sustancial de cargo.

El quinto sentenciado en Navarra, Ángel Boza, no participó en esa agresión, perpetrada semanas antes en el municipio cordobés de Torrecampo y cuya víctima se encontraba inconsciente durante parte de la agresión. El juez sostiene que "existen serios indicios de que podrían haberse utilizado sustancias específicamente destinadas para provocar la inconsciencia de la víctima".

La Audiencia no ha hecho pública todavía la resolución que sustenta el paso dado –algunas fuentes aseguran que solo se le ha entregado a los tres condenados que comparecieron en el tribunal navarro–, pero ya han trascendido sus argumentos esenciales: que no hay riesgo de fuga ni de reiteración delictiva.

Al margen de la fianza, el tribunal ha impuesto a los condenados la obligación de comparecer los lunes, miércoles y viernes en el juzgado de guardia de su localidad. También les prohíbe entrar en la Comunidad de Madrid y comunicarse con su víctima. Les retira el pasaporte y les prohíbe salir del territorio nacional sin autorización judicial.

El interrogante del juez de Pozoblanco

Juristas consultados por infoLibre entienden que la excarcelación de los cinco condenados abre ahora un interrogante: el de si, a la vista de la actuación de la Audiencia de Navarra, el titular del juzgado de instrucción 1 de Pozoblanco adoptará alguna medida cautelar contra los cuatro investigados en ese segundo presunto delito sexual. De hecho, no se sabe qué hará en ese caso la Fiscalía.

En espera de conocer y estudiar las razones esgrimidas por la Audiencia de Navarra, el ministerio público ni siquiera ha desvelado si impugnará el auto de libertad provisional bajo fianza. Pero los expertos creen casi imposible conseguir que el tribunal dé marcha atrás. En este trámite –explican las fuentes–, no cabe recurso ante ninguna instancia superior, así que deciden los mismos jueces que han aprobado la libertad provisional.

La resolución por la que la Sección Segunda de la Audiencia de Navarra excarcela a los cinco agresores sin esperar siquiera a que el TSJ de la comunidad foral se pronuncie –previsiblemente en octubre– sobre los recursos planteados ha visto la luz porque dos de los tres miembros de la sala han hecho valer su voto favorable a la libertad provisional: en contra se ha quedado solo su presidente, Francisco Cobo Sáenz; y a favor se han alineado la única magistrada de la terna, Raquel Fernandino, que en abril suscribió la sentencia condenatoria; y el juez Ricardo González, que con un voto particular desplegó entonces un vehemente alegato en pro de la absolución con el argumento de que lo que el vídeo demostraba era "jolgorio y regocijo". Y "pura y cruda excitación sexual", relata con términos poco usuales en el lenguaje jurídico.

La sentencia considera un hecho probado –es decir, un dato objetivo y no un juicio de valor– lo siguiente: "La denunciante sintió un intenso agobio y desasosiego, que le produjo estupor y le hizo adoptar una actitud de sometimiento y pasividad, determinándole a hacer lo que los procesados le decían que hiciera, manteniendo la mayor parte del tiempo los ojos cerrados".

La sentencia desecha una condena por violación con el argumento de que ni hubo violencia ni hubo intimidación. Pese a ello, el documento judicial deja constancia de que en uno de los vídeos la víctima aparecía “agazapada, acorralada contra la pared por dos de los procesados”, y expresando “gritos que reflejan dolor”. En otras imágenes, agrega el fallo de la Audiencia navarra, “se manifiesta la situación de sometimiento y sumisión de la denunciante a la voluntad de los procesados”.

Prisión provisional "hasta el límite de la mitad de la pena impuesta"

Por qué se ha invertido la correlación de fuerzas en el tribunal sentenciador es todavía una incógnita. Hasta ahora, solo el juez Ricardo González se había declarado partidario de la libertad provisional de La Manada, en prisión desde su arresto en julio de 2016. 

En contra de la versión difundida ayer en cuanto trascendió que los cinco recuperarían la libertad, el periodo máximo para aplicar la prisión provisional no son dos años. El artículo 504.2 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal preceptúa lo siguiente: "Si fuere condenado el investigado o encausado, la prisión provisional podrá prorrogarse hasta el límite de la mitad de la pena efectivamente impuesta en la sentencia, cuando ésta hubiere sido recurrida".

Dado que los condenados están a punto de cumplir dos años en prisión, eso significa que el tribunal habría podido ordenar que continuasen allí otros dos años y medio hasta alcanzar cuatro y medio, que representa exactamente la mitad de la condena impuesta. Y difícilmente ese periodo habría llegado a agotarse dado que la sentencia de confirmación o revocación que debe dictar el TSJ se espera para octubre de este año y que el Supremo suele tardar poco más de un año en resolver los asuntos complejos, como ha sucedido en el caso Fitur de Gürtel o en el caso Urdangarin.

Cuándo un tribunal debe enviar a prisión a un condenado cuya sentencia todavía no es firme es un punto siempre controvertido. En el caso Fitur, el TSJ valenciano ordenó el año pasado la reclusión inmediata de Francisco Correa, Pablo Crespo y Álvaro Pérez sin esperar a que el Supremo revalidase o corrigiera la sentencia condenatoria: entendió que existía riesgo de fuga. En el caso Nóos, por el contrario, la Audiencia de Palma permitió al cuñado del rey no solo mantenerse en libertad sino continuar residiendo en Suiza. 

En el juicio de Pamplona, el ministerio fiscal había pedido para los acusados 22 años y 10 meses de prisión por agresión sexual, además de por un delito contra la intimidad y por robo con intimidación; la acusación particular reclamó 24 años y nueve meses, y las acusaciones populares elevaron esta petición a los 25 años y nueve meses de prisión. Las defensas, por su parte, había pedido la absolución de los cinco acusados.

El fallo se conoció cinco meses después de que la vista oral del juicio contra los cinco acusados quedara visto para sentencia. El juicio acabó el pasado 28 de noviembre de 2017. Y unos días después, en diciembre, el tribunal rechazó la puesta en libertad de los cinco acusados, después de que la defensa de uno de ellos hiciera una petición para su puesta en libertad. El resto de defensas se adhirieron a esta petición y las acusaciones se opusieron.

El tribunal decidió que los cinco acusados siguieran en prisión a la espera de que se dictara la sentencia, una decisión que no fue unánime ya que no contó con el respaldo de uno de los tres magistrados que componen la sala que juzgó este caso.

Los acusados, naturales de Sevilla, fueron detenidos como presuntos autores de los hechos, que tuvieron lugar el 7 de julio de 2016. Los jóvenes se habían desplazado a Pamplona con motivo de los Sanfermines y conocieron en la noche del 6 al 7 de julio a la víctima, una joven madrileña.

Los cinco miembros de La Manada ya conocen la decisión del tribunal de dictar su libertad provisional. Tres de los condenados han permanecido desde su arresto presos en la cárcel de Pamplona y los otros dos en un centro penitenciario de Madrid.

La ministra apela a "una reforma mental"

Tras conocerse la decisión del tribunal navarro, la ministra de Justicia, Dolores Delgado, habló así:  “He dicho muchas veces que lo que hacen falta son reformas mentales, hacen falta formación y perspectivas de género y víctimas”. Delgado se expresó en esos términos en declaraciones a la Cadena SER.

La ministra de Justicia se sumaba así a las críticas generalizadas del PSOE al fallo de los jueces. "La libertad provisional para La Manada es una muy mala noticia en lo político y en lo judicial por la gravedad de lo que ocurrió y porque los agresores son reincidentes”, valoró el partido a nivel institucional en su cuenta oficial de Twitter.

La comisión de expertos se demora al menos hasta fin de año para unificar los delitos sexuales en el Código Penal

La comisión de expertos se demora al menos hasta fin de año para unificar los delitos sexuales en el Código Penal

“Respeto la decisión judicial de la Audiencia de Navarra, pero no la comparto. Hay resoluciones difíciles de entender. Mi pensamiento hoy, como siempre, vuelve a estar con la víctima”, señaló por su parte la presidenta de la Junta de Andalucía, Susana Díaz.

“Hay que avanzar en programas de formación, de reciclaje, de perspectiva de género y de perspectiva de víctima”, abunda en su entrevista la ministra Dolores Delgado. Precisamente, el Congreso aprobó por unanimidad la formación judicial en materias de género el pasado 12 de junio, en una de las primeras votaciones que sacó adelante en el Hemiciclo el nuevo Gobierno de Pedro Sánchez.

Desde Podemos, su secretario general en Navarra, Eduardo Santos, afirmó que la Justicia tiene "diferentes varas de medir".

Más sobre este tema
stats