Tribunales

Fiscalía y Abogacía del Estado discrepan sobre la existencia de un alzamiento violento en Cataluña

El fiscal Javier Zaragoza durante la sesión de este lunes.

El juicio del procés encara su recta final después de tres meses de vistas y medio millar de testigos. El Salón de Plenos del Tribunal Supremo acogió este martes la fase de conclusiones de las dos principales acusaciones –Fiscalía y Abogacía del Estado– en la conocida como causa 20907/2017. Y, en la exposición de sus informes finales, ni el Ministerio Público ni los servicios jurídicos del Estado se movieron un ápice de lo expuesto en noviembre en sus escritos provisionales. Así, tras medio centenar de sesiones, la Fiscalía ha mantenido el delito de rebelión defendiendo firmemente la existencia de violencia durante aquél otoño caliente de 2017, apuntalándola incluso con parte de la testifical del major de los Mossos d’Esquadra Josep Lluís Trapero. Un alzamiento violento que, sin embargo, la Abogacía del Estado sigue sin apreciar y que ha llevado a los servicios jurídicos a quedarse en la sedición. Con todo esto, ninguna de las dos partes ha modificado ni una sola de las peticiones de pena para los doce políticos y líderes sociales procesados en la causa.

Los primeros en tomar la palabra en la sesión de este lunes en el Alto Tribunal han sido los cuatro representantes del Ministerio Público –Jaime Moreno, Javier Zaragoza, Consuelo Madrigal y Fidel Cadena–. A lo largo de la mañana, todos ellos se han aplicado a fondo para convencer al tribunal de que se produjo un “golpe de Estado” que buscaba “liquidar la Constitución de 1978”. “En este concierto para delinquir había tres pilares con un papel muy importante: el parlamentario, el poder ejecutivo del Govern y las asociaciones civiles”, ha sostenido Zaragoza durante su intervención, en la que también ha señalado al exvicepresident de la Generalitat como el “motor” de esta rebelión. Una vez concluida la exposición de la Fiscalía, le ha tocado el turno a la Abogacía del Estado, que se ha mantenido inamovible en el delito de sedición: “No podemos considerar probado el elemento de la violencia como uno de los elementos estructurales del plan llevado a cabo”.

Rebelión frente a sedición

El Ministerio Público era plenamente consciente de que para que haya delito de rebelión es fundamental que se produzca un alzamiento público y violento. Por eso, a lo largo de todo el juicio, los fiscales han trabajado para demostrar la existencia de violencia durante aquellos meses de 2017. Y, en opinión de la Fiscalía, el proceso judicial ha demostrado que se cumplen todos los requisitos. “No creo que tras lo oído o visto en este juicio se pueda concluir que no hubo violencia. Hubo intimidación. Hemos visto abortados intentos de cumplir la orden judicial y hubo violencia física”, apuntó el fiscal Jaime Moreno, que considera probado que durante aquellos tensos días “claramente” se apreció una “conducta violenta”. En este sentido, el Ministerio Público ha hecho hincapié en que para la rebelión no es necesario “ni armas ni militares ni un estado de sitio”. “No puede ser sedición, crimen contra el orden público; fue un ataque contra el orden constitucional”, han recalcado los fiscales.

A la hora de apuntalar la violencia, la Fiscalía ha completado su escrito de conclusiones provisionales añadiendo en su informe final algunos detalles extra que se han ido revelando durante el juicio. Por un lado, han incluido un párrafo en el que aseveran que entre el 19-20 de septiembre y el 27 de octubre “la situación fue claramente insurreccional”, recordando que a los incidentes con “enfrentamientos y hostilidades” del 1-O hay que sumar “47 actos de acoso en cuarteles de la Guardia Civil, 23 actos similares en comisarías de Policía y edificios públicos del Estado, 11 en alojamientos y hoteles de funcionarios policiales, 47 ataques a sedes del PSC, y los graves incidentes que se produjeron los días 19 y 20 de septiembre”. Y, por otro, han añadido varias referencias a los avisos que altos mandos de los Mossos hicieron a los dirigentes políticos: “Pidieron a sus responsables políticos que desconvocaran el referéndum para evitar que se produjeran choques y enfrentamientos con las fuerzas del orden. Pese a ello, la decisión de los miembros del Govern fue seguir adelante con el referéndum”.

Pero a pesar de haber recurrido a estas advertencias para atar el relato, la Fiscalía, que ha pedido que los acusados no puedan disfrutar del tercer grado hasta que hayan cumplido la mitad de la condena, sigue manteniéndose firme en relación con el papel desempeñado por el cuerpo policial catalán, que el Govern “quiso convertir” en una “estructura de Estado” para controlar “todo el territorio”. Así, el Ministerio Público defiende, por ejemplo, que los Mossos d’Esquadra no adoptaron “las medidas suficientes para garantizar la seguridad” de la comisión judicial que el 20 de septiembre de 2017 estaba llevando a cabo un registro en la Conselleria de Economía y se vio sorprendida por una multitudinaria concentración. En cuanto al 1-O, el fiscal Javier Zaragoza ha criticado durante su intervención que la prefectura del cuerpo policial pusiera en marcha “un plan de actuación pensado para simular que se cumplía el mandato judicial y facilitar la celebración del referéndum”. “Las incautaciones de urnas siempre se producían una vez terminada la votación y sin gente en el interior”, ha apostillado la Fiscalía, que no ha dudado en reprochar la “pasividad” de los Mossos.

La Abogacía del Estado, por su parte, se ha mantenido firme en la sedición. La representante de los servicios jurídicos, María Seoane, ha recalcado que durante aquellos días la “pauta común de actuación” fueron las “concentraciones masivas” de personas “dotadas de cierta organización” para cumplir ciertas finalidades como “el no cumplimiento de la ley o resolución judicial”. Así, la Abogacía del Estado considera que “ha quedado constatada la utilización de la fuerza en los centros de votación de forma activa y pasiva”, produciendo en algunos casos “incidentes de diferente alcance de gravedad”. Sin embargo, ha insistido en que “para delimitar el alzamiento público” sobre el que se sostiene la rebelión “hay que tener en consideración que la violencia se usa para conseguir el fin”.

“Tras el análisis, no podemos considerar probado el elemento de la violencia como uno de los elementos estructurales del plan llevado a cabo por parte de los acusados”, ha sentenciado Seoane, quien ha señalado que “queda fuera de toda duda” que los procesados “pusieron de su parte para que se produjera un levantamiento tumultuario”.

Malversación: un millón de diferencia

Por otro lado, la Fiscalía ha dedicado buena parte de la mañana a apuntalar el delito de malversación de caudales públicos, un trabajo que ha recaído en manos de la fiscal Consuelo Madrigal. En su informe final, el Ministerio Público corrige algunas de las cantidades supuestamente malversadas, como por ejemplo las relativas a la campaña “Registro de Residentes en el Exterior”, cuyo gasto comprometido han rebajado de 266.496,04 euros a 220.253,34 euros. Pero también añade tres páginas en las que completa el papel de la empresa Unipost: “La difícil situación financiera que atravesaba, próxima al concurso de acreedores, unida al hecho de que la Generalitat era su mejor cliente, propició que la dirección y los responsables de la entidad se avinieran a una contratación ajena al procedimiento administrativo y a su habitual mecanismo de registro”. En relación con la malversación, Madrigal se escudó en la testifical de las peritos de Hacienda señalando que el delito se produce cuando se presta el servicio, sin importar que la Generalitat pagase o no las facturas.

Así, en su escrito de conclusiones definitivo, el Ministerio Público cifra la supuesta malversación en 2,98 millones de euros. En primer lugar, la Fiscalía no ha conseguido dilucidar cuánto costaron los trabajos realizados para dar soporte a la consulta por el Centro de Telecomunicaciones y Tecnologías de la Información (CTTI). Sin embargo, sí que han logrado cuantificar el gasto en otras muchas partidas. Así, en el uso de los centros de votación el 1-O, la Fiscalía tira de la tasación que realizó la empresa pública Segipsa y cifra el desembolso en 900.906,7 euros. A esta cantidad habría que sumar los 611.021,26 euros para la publicidad institucional: 110.263,51 euros para la campaña internacional del referéndum, 222.953,34 euros por la campaña “Registro de residentes en el exterior” y 227.804,41 euros por la campaña Civisme. En cartelería, el Ministerio Público calcula 47.151,7 euros, mientras que cifra el envío de papeletas y citaciones por parte de Unipost en 979.661,96 euros. En cuanto a la acción exterior, el montante asciende a 447.710,72 euros.

En el caso de la Abogacía del Estado, esta cifra se reduce. Este diario ha recurrido para hacer el cálculo al informe de conclusiones previas, teniendo en cuenta que la abogada del Estado ha anunciado en la sesión de este lunes que lo eleva a definitivo. Así, los servicios jurídicos cifraban la malversación en 1,97 millones de euros. Hay cuatro diferencias fundamentales respecto a la Fiscalía. En el caso del uso de los centros de votación del 1-O, la Abogacía no incluyó los 900.906,7 euros de gasto que calculó la empresa pública Segipsa. En relación con la cartelería, señaló que “no consta la cuantía de fondos públicos” destinados a esa actividad. En el caso de los gastos relacionados con la acción exterior, la Abogacía los cifra en 334.675,5 euros, una cantidad que no incluye, como sí hizo el Ministerio Público, los gastos derivados de un contrato que se firmó con The Hague Centre for Strategic Studies –119.700 euros transferidos y otros 47.365 euros comprometidos–. Y en publicidad institucional calculan unos 657.263,96 euros.

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Las diferentes condenas

Con todos estos elementos aclarados, tanto el Ministerio Público como la Abogacía del Estado han mantenido las penas solicitadas en sus escritos provisionales. Así, la Fiscalía pide para el exvicepresident de la Generalitat, al que considera “motor de la rebelión”, 25 años de prisión y 25 años de inhabilitación absoluta. Una pena que se reduce hasta los 17 años de cárcel y los mismos de inhabilitación en el caso de la expresidenta del Parlament Carme Forcadell, del expresidente de la ANC Jordi Sànchez y del líder de Òmnium Cultural, Jordi Cuixart. En cuanto a los exconsellers Jordi Turull, Josep Rull, Raül Romeva, Joaquim Forn y Dolors Bassa, las penas solicitadas por el Ministerio Público se reducen hasta los 16 años de cárcel y otros tantos de inhabilitación. Para los últimos tres procesados, Carles Mundó, Santiago Vila y Meritxell Borrás, la Fiscalía les imputa los delitos de malversación de caudales públicos y desobediencia y solicita para ellos 7 años de cárcel.

Los servicios jurídicos del Estado, por su parte, se mantienen en los 12 años de prisión y el mismo tiempo de inhabilitación para Junqueras. Once años y seis meses de cárcel pide para los exconsellers Jordi Turull, Josep Rull, Raül Romeva, Joaquim Forn y Dolors Bassa, mientras que para Carme Forcadell, que jugó “un papel fundamental en la creación de esa apariencia de legalidad”, la Abogacía solicita al tribunal 10 años de prisión. En el caso de los Jordis, el escrito de conclusiones pide una pena de 8 años de cárcel. Mientras que para Mundó, Vila y Borrás, la petición de los servicios jurídicos del Estado coincide con la del Ministerio Público: 7 años de cárcel.

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