Tribunales

El recurso sobre el aborto sigue una década después congelado en el Constitucional

Sede del Tribunal Constitucional

El Tribunal Constitucional dictó a lo largo del año pasado 178 sentencias, de las que algo más de una treintena respondían a recursos de inconstitucionalidad. Se resolvieron cuestiones relacionadas con contratos públicos, con protección de datos, con derechos históricos o con vivienda. Sin embargo, los magistrados dejaron pasar otro año sin abordar el tema más delicado que tienen entre manos. Diez años después de su entrada en el edificio circular del número 6 de la calle Domenico Scarlatti –el 30 de junio de 2018 fue admitido a trámido a trámite–, el recurso contra la ley del aborto impulsada por el Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero sigue sin respuesta. De hecho, ya figura como el que más tiempo lleva guardado en un cajón. Algunas de las fuentes pulsadas por infoLibre dentro del tribunal creen que será necesario esperar a la renovación del órgano para dar carpetazo a la cuestión. Mientras, varias juristas consultadas consideran inconcebible la demora: “Esto no puede alargarse indefinidamente”

Altamira Gonzalo, vicepresidenta de la asociación Themis Mujeres Juristas, es consciente de que el Constitucional “tarda mucho tiempo en resolver”. Sin embargo, considera injustificable que un asunto de tal relevancia se demore durante una década. “No es un plazo admisible”, apunta en conversación con este diario. Una opinión que comparte Lucía Avilés, magistrada y socia fundadora de la Asociación de Mujeres Juezas (AMJ): “Desde el tribunal se dijo que se le iba a dar carácter prioritario, una declaración que no casa nada bien con la realidad”. Para la jueza, tiene que asumir el encargo con “valentía” porque es “su obligación”. “Esto no puede alargarse indefinidamente. Se tiene que dar carpetazo y decidir en un sentido o en otro. Porque en el recurso se plantean cuestiones jurídicas muy interesantes. Se tiene que ver si el legislador penal es el competente o no para proteger la vida del nasciturus, decidir sobre la libertad plena o limitada de la mujer para decidir sobre su propio aborto...”, apostilla la socia fundadora de la AMJ.

Fuentes del Constitucional consultadas por este diario recalcan que, a día de hoy, el asunto sigue “congelado”. Tras la salida de la magistrada Elisa Pérez en agosto de 2012, la ponencia sobre esta cuestión recayó en el magistrado de tendencia conservadora Andrés Ollero, exdiputado del PP durante casi dos décadas y antiabortista declarado. Sin embargo, su “propuesta de inconstitucionalidad”, tal y como explican las fuentes consultadas, se encuentra guardada desde hace años “en un cajón”. Primero fue por la decisión del Pleno de esperar a ver qué hacía el recién elegido Gobierno de Mariano Rajoy con la ley aprobada en la legislatura anterior. “Se entendió que si se aprobaba la reforma que estaba anunciada, el recurso iba a perder sentido”, explicó a El País hace casi un par de años quien fuera presidente del tribunal entonces, Francisco Pérez de los Cobos. Y ahora, tal y como reconoció el propio Ollero hace un año en una entrevista en Abc, por la falta de acuerdo: “Estamos viendo si es posible llegar a un consenso entre los magistrados”.

Actualmente, la balanza dentro del Pleno se inclina del lado de los conservadores, con siete magistrados frente a los cinco de tendencia progresista. Sin embargo, el Constitucional está pendiente de renovación. El pasado mes de noviembre concluyó el mandato del actual presidente, Juan José González Rivas, y de los magistrados Encarnación Roca –también vicepresidenta del órgano judicial–, Fernando Valdés y Andrés Ollero. Las fuentes consultadas dentro del tribunal de garantías entienden que “habrá que esperar a la renovación” para posteriormente rechazar el recurso. La misma interpretación hace Altamira. “Quizá no sean capaces de ponerse de acuerdo y por eso están teniendo la prudencia de no dictar una sentencia en tanto en cuanto no cambien los miembros del Constitucional. Es decir, parece que lo que se está haciendo es aguantar la patata calientepatata caliente que les llegó desde el PP para pasársela posteriormente a los que sean designados”, señala la vicepresidenta de la de la asociación Themis Mujeres Juristas al otro lado del teléfono.

Algunos de los magistrados, sobre todo dentro del sector más progresista, entienden que después de una década, la iniciativa de la formación conservadora ha caducado por pérdida de objeto. Al fin y al cabo, el Ejecutivo de Mariano Rajoy terminó reduciendo su anunciada reforma a la introducción de la obligación del consentimiento paterno en el caso de menores de 18 años. Es decir, ni derogación total ni modificación de todos aquellos preceptos que consideraban inconstitucionales a pesar de haber gozado de mayoría absoluta. Es algo con lo que coincide Altamira. Avilés, sin embargo, no cree que se haya perdido el objeto del recurso. “Seguramente el Constitucional, cuando resuelva, tendrá que hacerlo sobre la cuestión planteada pero en relación con el contexto, teniendo en cuenta los avances en la sociedad española durante estos diez últimos años. Es algo que tiene que asumir y acometer, y debe hacerlo con valentía. No creo yo que haya perdido sentido”, sostiene la socia fundadora de la Asociación de Mujeres Juezas.

Otra de las posibilidades que pone sobre la mesa la jurista de Themis es que la formación conservadora, “por responsabilidad”, desista del recurso. Es decir, que lo retire. Sin embargo, no es tan sencillo. El Tribunal Constitucional ya estableció en un auto de 1999 que “no cabe acceder al desistimiento interesado por un grupo de diputados numéricamente equivalente a la agrupación promotora pero integrado por parlamentarios que únicamente en parte coinciden con aquéllos”. Y añadió: “La circunstancia de pertenecer al mismo grupo quienes ahora instan el desistimiento no implica la atribución de la legitimación que ostentaban los diputados promotores”. Por tanto, sólo podría echarse hacia atrás el recurso de inconstitucionalidad contra la ley del aborto si se contase con la firma todos los parlamentarios del Grupo Parlamentario Popular que, encabezados por Federico Trillo, llevaron el asunto ante el tribunal de garantías. Algo que no parece viable.

Sólo queda, por tanto, seguir esperando a que se decida dar un paso al frente para desenredar el asunto. Ya sea tumbando el recurso u avalando la inconstitucionalidad de algunos de los preceptos de la norma. Algo que, según las juristas consultadas, no se entendería en la actualidad a nivel social. “Teniendo en cuenta que es una ley que tiene una aplicación absolutamente pacífica, que en estos diez años ha disminuido el número de abortos, no tendría ningún sentido que se dictara una sentencia diciendo que no se adecúa a la Constitución”, sostiene Altamira. “Desde hace mucho tiempo, lo que se reivindica es incluir la interrupción voluntaria del embarazo como una parte de los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres, y, por tanto, al tratarse de una cuestión de derechos humanos y de salud pública, desde esta perspectiva, no se entendería una decisión en sentido contrario. En caso de darse, la reivindicación se agudizaría y se pondría negro sobre blanco la distancia del TC con la sociedad”, sentencia Avilés.

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La ley impulsada en 2010 por el Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero, que venía a sustituir una norma de 1985, admitía el aborto libre hasta la semana 14 del embarazo o hasta la 22 en el caso de que existiese riesgo para la salud de la madre o de anomalías en el feto. Además, permitía a las adolescentes de 16 o 17 años interrumpir el embarazo sin el consentimiento de sus padres. Modificaciones normativas que para la oposición eran intolerables. Por eso, desde el PP se daba apoyo explícito a las multitudinarias marchas organizadas por el Foro de la Familia contra la decisión de la mayoría absoluta del Congreso de los Diputados. Y por eso, la formación conservadora no tuvo ningún reparo en recurrir durante la primera semana de junio la norma ante el Constitucional. El escrito, por supuesto, contaba con el asesoramiento del entonces presidente del Foro de la Familia. Y ponía sobre la mesa la colisión de la ley con el “derecho a la vida” o con los “derechos de los padres a que sus hijos reciban una formación conforme a sus propias convicciones”.

La primera decisión del Constitucional fue la admisión a trámite del recurso a finales de mes. Y la segunda, rechazar la suspensión cautelar de varios preceptos de la ley que solicitaban desde la formación conservadora. Un auto que contó con cuatro votos particulares, lo cual evidenciaba ya entonces la división existente entre el sector progresista y el conservador en el seno del tribunal de garantías, y en el que se acordaba dar “carácter prioritario a la tramitación y resolución” del recurso “al existir evidente perjuicio irreparable, ya que se está hablando de la eliminación de vidas humanas”. Una frase que se quedó sólo en eso, una mera declaración de intenciones. En la actualidad, el asunto lleva congelado 3.665 días, frente a la media de 133 días que estaba tardando en 2019 el tribunal en resolver recursos de inconstitucionalidad.

Una demora que lo convierte en el recurso de inconstitucionalidad que más tiempo lleva paralizado después de que hace un año se resolviese por fin el litigio relativo a la ley educativa catalana, recurrida de igual forma por el PP, que hasta entonces ocupaba el primer puesto dentro de la clasificación de conflictos durmientes. No obstante, el atraso todavía está lejos del que han experimentado otros recursos en la historia del Constitucional. El presentado en 1998 por el Ejecutivo de José María Aznar contra la ley vasca del deporte tardó en resolverse 13 años, 6 meses y 22 días. Y 13 años, 2 meses y 6 días tardó en desestimarse, por ejemplo, el recurso de la Generalitat de Cataluña de 1999 contra la ley que atribuía al Estado la competencia para dar luz verde a las operaciones de crédito a largo plazo entre entes locales.

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