Educación y religión

Bendición judicial para la expansión de la concertada: la Iglesia logra el blindaje del dinero público para sus colegios

Una reunión de la Comisión Permanente de la Conferencia Episcopal Española en 2019.

Espaldarazo judicial a la educación concertada, que tiene motivos para el regocijo, especialmente en la Iglesia católica, la gran dominadora del sector. Ha tropezado con el Tribunal Supremo uno de los intentos más elaborados de poner freno a su expansión, el lanzado en 2017 por el Govern de la Comunitat Valenciana, con PSPV y Compromís, el conocido como Acord del Botànic, un Ejecutivo ampliado esta legislatura a Unides Podem. No es la primera vez que los promotores de la educación privada financiada con fondos públicos salen de los más altos tribunales con sus pretensiones cumplidas. Esta vez, el trofeo es relevante: nada menos que un blindaje de conciertos ya agotados en ciclos postobligatorios, incluso contra la voluntad de la autoridad educativa, lo que ha provocado una visible indignación en la Generalitat valenciana, que clama a través de la vicepresidenta Mónica Oltra por cambios legales a nivel estatal.

A la sentencia del Tribunal Constitucional de 2018 avalando la financiación pública de la educación segregadora por sexos, con el voto del juez perteneciente al Opus Andrés Ollero, se han sumado ahora dos fallos a favor del blindaje de la concertada que han tenido como ponente a otro magistrado vinculado a la Obra, José Luis Requero. Las sentencias del Supremo, de 14 de octubre y firmadas por seis magistrados, tienen al igual que la del Constitucional de 2018 un potencial impacto favorable para el Opus en concreto y la Iglesia en general. A preguntas de infoLibre, Requero señala: "Las sentencias recogen el trabajo de un tribunal plural en el que la decisión es fruto de un debate abierto y una decisión colectiva. La decisión no es caprichosa o voluntarista".

La Salle y Marianistas

Dos sentencias del Supremo de 14 de octubre han tumbado la decisión de la Generalitat de no renovar conciertos a sendos centros católicos, Nuestra Señora del Pilar y los Hermanos de las Escuelas Cristianas La Salle, que interpusieron sendos recursos. Los fallos [ver aquí y aquí] de la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Supremo niegan a la Comunitat Valenciana la potestad para la revocación de conciertos a estos centros a pesar de tratarse de unidades en enseñanzas no obligatorias. Y a pesar de que, según la Conselleria de Educación, puede cubrir las plazas con la red pública.

Las sentencias han causado la protesta del Govern, que demanda cambios legales a nivel estatal. La decisión del Supremo “blinda las unidades educativas en régimen de concierto educativo en etapa postobligatoria en detrimento de las unidades ofertadas por los institutos públicos”, lamenta la Conselleria de Educación de la Comunitat Valenciana, que a preguntas de este periódico denuncia que las sentencias suponen “una grave intromisión en las competencias autonómicas” e “hipotecan de por vida a la administración con contratos suscritos con el sector privado”.

Colegios segregadores en el Constitucional

Los fallos suponen una nueva victoria judicial de la concertada y, por extensión, de la Iglesia, que suma más de 1,5 millones de alumnos en 2.586 centros en enseñanzas no universitarias, de los que 2.455 reciben fondos públicos, según datos de la última memoria de la Conferencia Episcopal. Ha habido antes otras sentencias sonadas a favor de la educación de la Iglesia en las altas sentencias judiciales. En abril de 2018, el Constitucional avaló la financiación pública de los centros que segregan por sexos. Lo hizo con el voto favorable de Andrés Ollero, magistrado cuya pertenencia al Opus es conocida, a pesar de que esta organización es la más beneficiada por estos conciertos a colegios que separan a niños y niñas.

El Constitucional, en una sentencia apoyada por ocho de doce jueces, estableció que la educación segregadora "no causa discriminación" y "es respetuosa" con el texto del 78. El fallo, respuesta a un recurso presentado por el PSOE contra la Lomce, no implica sólo que los padres tengan derecho a escolarizar a sus hijos en centros segregadores, cosa que no ha estado en discusión, sino que estos pueden recibir fondos del "sistema de financiación pública en condiciones de igualdad".

Uno de los firmantes de la sentencia, que favorece al Opus, fue Andrés Ollero, miembro de la Obra y diputado del PP durante cinco legislaturas. Ollero ha dejado testimonio de sus posiciones ultraconservadoras. En relación con el aborto, ha afirmado que se trata de "un acto de guerra" (1987) y que España es un "paraíso del turismo abortista" (2012), pese a lo cual considera que nada le impide redactar la sentencia sobre el aborto. Ningún magistrado planteó objeción a la participación de Ollero en la sentencia, al contrario de lo que ocurrió en 2007, cuando Pablo Pérez Tremps fue apartado de las deliberaciones sobre el Estatut por haber participado en un informe encargado utilizado para la redacción del texto. Existían "dudas razonables" sobre su imparcialidad.

José Luis Requero

"Una tercera parte del colectivo judicial son miembros del Opus Dei. Cuando tratamos casos de matrimonio homosexual, o de divorcios, ¿crees que eso no influye?", afirmó en 2012 el juez Santiago Vidal, como recogió Público. Precisamente al Opus está vinculado el magistrado José Luis Requero Ibáñez, ponente de los fallos del Supremo a favor de la concertada en la Comunitat Valenciana. Requero, vocal del Poder Judicial entre 2001 y 2008 y ex miembro del a Sala de Gobierno de la Audiencia Nacional, aceptaba en una entrevista con 20 minutos en 2006 su condición de miembro del Opus.

– En consecuencia, la religión no determina su manera de pensar –le preguntaron.

– Claro que me influye, pero no por ser del Opus Dei, que carece de doctrina [...].

Requero aparece citado como miembro del Opus en numerosos artículos de medios como El País o Público, entre otros. Es de los magistrados que con más contundencia se pronuncian sobre asuntos políticos. No ahorra críticas al Gobierno. En declaraciones a Trece TV, acaba de declarar que hay “mala fe” en la pretendida reforma del Poder Judicial. “Los comunistas juegan con ventaja: su cinismo no parece desgastarles, su ideología les justifica todo, les permite el matonismo y, con todo, ir de progres”, escribía el 13 de octubre en un artículo titulado Sin vergüenzas en La Razón. “La izquierda detesta una judicatura incontrolada”, escribía en el mismo medio el 29 de septiembre. De nuevo, la muerte, se titulaba su artículo contra la eutanasia.

Requero tiene clara su posición sobre la concertada: defensa acérrima. En un artículo de 19 de noviembre en La Razón, titulado Interpretando a la ministra Celaá, expresaba su temor a que la titular de Educación vacíe de "contenido esencial” la “libertad de elección de centro”, de forma que sea “lo que diga la mayoría parlamentaria”. Añade: “No habrá hachazo a la enseñanza privada en general pues, en realidad, no deja de ser la preferida por la progresía para sus retoños; tampoco habrá machetazo seco a la concertada que es la que permite a la clase media y a la población más desfavorecida acceder a una enseñanza de calidad, pero se procura su progresiva asfixia. Y es que, sectarismo ideológico al margen, se trata de una implacable carrera de resistencia en la que está en juego gestar un voto cautivo en las futuras generaciones”.

También rechaza el matrimonio entre hombres o entre mujeres. “Me quedo sin argumentos para decir por qué no se pueden casar dos hermanos o un hombre con muchas mujeres, o la unión entre un hombre y un animal si al fin y al cabo todo depende de la demanda social”, declaró tras la aprobación del matrimonio entre personas del mismo sexo, como publicó El País. Siendo vocal del Poder Judicial, Requero sugirió al rey en 2005 que no firmase la ley del matrimonio igualitario.

Requero se ha dejado ver en actos con organizaciones como Hazte Oír, que lo tiene como uno de sus magistrados de referencia y lo premió en 2007 por "su defensa de la identidad de España y de la familia, en concreto del derecho del menor a desarrollarse bajo amparo y educación de un padre y una madre, y su defensa de la concepción jurídica del matrimonio, que debe ser entre hombre y mujer". "Quizá debería agradecer este premio, en primer lugar, a la persona responsable de que haya sido distinguido [...], José Luis Rodríguez Zapatero", declaró jocosamente al recoger el premio.

Requero, a preguntas de este periódico por correo electrónico, niega cualquier riesgo de parcialidad. "No hay sentencias de autor, y si así fuese sería una grave anomalía", explica. Y añade: "Las sentencias recogen el trabajo de un tribunal plural en el que la decisión es fruto de un debate abierto y una decisión colectiva; además que deban ser motivadas y coherentes con los términos del litigio permite contrastar que la decisión no es caprichosa o voluntarista, sino que responde a las cuestiones planteadas y que se resuelvan desde la lógica jurídica", responde.

La concertada en el Supremo

¿Qué dicen ahora los fallos de 14 de octubre de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Supremo a favor de la concertada en la Comunitat Valenciana, concretamente a favor de dos centros católicos? Las sentencias han desestimado los recursos planteados por la Generalitat contra sendas resoluciones del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, de mayo de 2018, que avalaban la renovación de conciertos educativos para unidades de bachillerato y ciclos formativos, rechazadas por la Generalitat por considerar que podía cubrirlas con plazas públicas.

En ambos casos, vencido el periodo cuatrianual de concierto en el curso 2016-2017, la Conselleria de Educación denegó las solicitudes de renovación de dichos conciertos hasta 2020-2021. El motivo alegado por la autoridad educativa era que la comunidad podía cubrir estas necesidades con la red pública. Se apoyaba en un decreto de 2017 que pretendía eliminar la renovación automática in eternum del concierto educativo y "abrir un proceso de concertación en función de la planificación educativa”, señala el departamento que dirige Vicent Marzà, de Compromís.

“En todo momento consideramos que la educación concertada debe ser subsidiaria de la pública y no al revés. Esta decisión se toma sobre razones objetivas, atendiendo cuestiones de necesidad, racionalidad de los recursos públicos y dado que existe una oferta pública suficiente”, añade. La decisión no significa eliminar el concierto a todos los centros que tenían conciertos en enseñanzas no obligatorias. De más de 400 unidades concertadas en esta etapa, se redujeron unidades en sólo 26, “porque no eran necesarias y había suficiente oferta”, añade la conselleria.

Ocho de los centros afectados acudieron a la Justicia, según Educación. Las sentencias del Supremo se refieren a dos, pero marcan una línea que concierne a todos. Lo que hacen es obligar a prorrogar el concierto educativo agotado "a pesar de que, por natalidad y escolarización, estas unidades no eran necesarias”e q, a juicio de Educación, que considera que estos fallos “blindan in eternum los conciertos” sean necesarios o no.

Los fallos “impiden rescindir un concierto en etapa no obligatoria una vez este ha sido firmado por la administración educativa", explica Educación. Y añade: "Al taponar la posibilidad de sacar un nuevo proceso de adjudicación, imposibilita la libre competencia a otras empresas educativas”.

El Supremo da la razón a los centros porque vincula los conciertos al reglamento estatal de conciertos. A pesar de que el reglamento se ciñe a las enseñanzas obligatorias, “el régimen de conciertos generales resulta de aplicación a la renovación de los conciertos singulares firmados por las comunidades”, señala el fallo. No es obligatorio concertar niveles como bachiller o formación profesional, pero, si se hace, la regulación autonómica debe respetar después la normativa básica estatal. Ante la ausencia de una norma estatal específica sobre conciertos singulares, la sentencia los equipara a los ordinarios. Con ello, la actual administración queda atada a los compromisos adquiridos por el Govern en la etapa del PP. Y no sólo con los conciertos en etapas obligatorias, también en etapas no obligatorias.

Educación advierte de las consecuencias que va a tener sobre el sistema público: “En un contexto de reducción del índice de natalidad como el que vivimos actualmente, la necesidad de plazas educativas fluctúa año a año. La presente interpretación judicial blinda las unidades concertadas frente a las públicas. En un escenario de reducción poblacional en las etapas de Bachillerato y FP, se pueden reducir unidades educativas de la red pública pero no las concertadas, aunque no sean necesarias. Hay una carencia de sentido desde el punto de vista del uso racional de los recursos públicos”.

La Abogacía de la Generalitat está estudiando las sentencias. El Govern no descarta llevarlas a otros estamentos judiciales. Aún no hay decisión en firme. Compromís ha anunciado que t que rasladará el debate al Congreso para que la normativa estatal reconozca la subsidiaridad de la concertada frente a la pública. La confederación de padres de alumnos Gonzalo Anaya defiende un cambio legal que “plasme claramente" que la pública no se subordina a la privada. En una línea similar, la Plataforma en Defensa de l’Ensenyament Públic cree que los fallos “dejan la educación pública como subsidiaria de la concertada" y hacen los conciertos "casi irreversibles".

El Ministerio de Educación no responde si impulsará modificaciones legislativas para establecer nítidamente la subsidiariedad de la concertada. “Se trata de recursos planteados por la Generalitat valenciana y, por tanto, ajenos al ministerio. El ministerio respeta, como no puede ser de otro modo, la decisión del tribunal”, señala el departamento de Isabel Celaá (PSOE) a preguntas de infoLibre.

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Una rama educativa en pleno auge

El Supremo da un nuevo respaldo jurídico a la concertada, que ya vive una etapa de fuerte expansión. El gasto público en esta red crece a mayor ritmo que el gasto en la red pública. La primera bate año a año su récord, mientras la segunda sigue por debajo de los niveles de inversión anteriores a la crisis económica. El gasto en la red pública alcanzó en 2018 los 44.400 millones. Esto es un 7,37% menos que en el pico de 2009. La educación privada, en cambio, ha visto aumentar su financiación pública de forma mucho más rotunda. Para empezar, bate año a año su récord desde 2014. Ha sobrepasado los 6.000 millones en 2017 y 2018. Entre 1992 y 2018 el gasto público en subvenciones y conciertos ha crecido desde algo más de 1.600 millones a algo más de 6.300, cerca de un 300%. En el mismo periodo el gasto en la red pública-pública ha crecido un 176,28%. Es un crecimiento a dos velocidades. La concertada va más deprisa.

La concertada es un gran bastión de influencia y poder de la Iglesia, que mitiga en las aulas el avance de la secularización y en ocasiones imprime un fuerte sesgo ideológico a la formación [ver aquí y aquí informaciones en detalle]. Caen las vocaciones y se vacían los templos, pero suben sus alumnos. La Iglesia controla 2.586 centros en enseñanzas no universitarias, de los que 2.455 (casi un 95%) reciben fondos públicos. La concertada es objeto de fuerte discusión política. PP, Vox y Cs están a favor de su expansión a demanda de los padres, mientras PSOE y Unidas Podemos defienden su limitación. Hay numerosos estudios que vinculan el auge de la concertada al crecimiento de la segregación escolar [ver aquí y aquí informaciones en detalle].

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