El Tribunal Supremo acaba de rechazar el intento de la Asociación Empresarial de Transporte de Mercancías por Carretera de Galicia (Apetamcor) de conocer el contenido del procedimiento de infracción abierto por la Comisión Europea contra España por la prórroga de la concesión de la AP-9 a Audasa hasta 2048 para lograr así su anulación. El tribunal avala la negativa del Gobierno de España a facilitar esa documentación por tratarse de un procedimiento de infracción aún no finalizado y, en el proceso, Audasa se situó del lado del Estado, que viene rechazando anular o rescatar la concesión. Según la concesionaria, conocer los argumentos concretos de la UE sobre la ilegalidad de su prórroga “perjudicaría gravemente los intereses públicos”.
El pasado julio la Comisión Europea emitió un dictamen motivado en el que instó a España a “respetar” la normativa comunitaria sobre concesiones tras considerar, en el marco de un procedimiento de infracción abierto desde 2021, que la prórroga autorizada por el Gobierno de Aznar hasta 2048 sin concurso público incumplía dicha normativa.
Tras conocerse ese paso de la UE, la asociación Apetamcor pidió formalmente al Gobierno de España la revisión de oficio de dicha prórroga. Pero el Ejecutivo de Sánchez viene negándose tanto a iniciar el procedimiento para anular aquella prórroga como a rescatar la concesión y apuesta por mantener activo el pleito con la UE, que puede tardar años en ser resuelto por la justicia europea.
Tras la negativa del Consejo de Ministros a su petición de revisar la concesión, Apetamcor recurrió esa decisión ante el Tribunal Supremo. En ese pleito judicial Apetamcor pidió tener acceso al expediente de infracción de la UE y al dictamen motivado de la Comisión Europea, pero el Supremo lo rechaza.
En un auto con fecha del 12 de mayo, el alto tribunal asume la argumentación del Gobierno de España de que el pleito iniciado por Apetamcor versa sobre su negativa a revisar la concesión, mientras que el procedimiento de infracción y el dictamen de la UE constituyen otro proceso administrativo distinto.
Para tomar esa decisión el Supremo recibió alegaciones también de Audasa. En ellas la empresa aseguró que “la divulgación del Dictamen [de la UE] no solo resultaría contraria al ordenamiento de la Unión, sino que perjudicaría gravemente los intereses públicos cuya tutela tiene encomendada el Ministerio, puesto que se trata de un procedimiento de infracción aún en tramitación y las cuestiones tratadas en el mismo son estrictamente confidenciales”.
Esa confidencialidad de los procedimientos de infracción de la UE mientras no se finalizan fue también argumentada por el Gobierno, pero el Supremo no llega a pronunciarse sobre esa cuestión. El tribunal se limita a rechazar la petición de Apetamcor de ampliar su pleito con esa documentación diciendo que “dicho documento no forma parte del expediente y, por lo tanto, no procede acceder a la ampliación con independencia o no de su carácter confidencial”.
También la Xunta mantiene un pleito judicial con el Gobierno de España para tener acceso a la documentación del procedimiento de infracción europeo. Por su parte, también la Comisión Europea viene manteniendo, en este y en otros procedimientos de infracción, que su contenido, más allá de sus propias notas de prensa, es reservado mientras no concluya.
Ahora el Supremo deberá pronunciarse sobre la petición de fondo de Apetamcor de que el Gobierno revise la prórroga de la concesión sin conocer en detalle los argumentos que llevan a la UE a considerarla ilegal, según su propio resumen para los medios de comunicación, porque fue otorgada discrecionalmente sin convocar un concurso público.
El Tribunal Supremo acaba de rechazar el intento de la Asociación Empresarial de Transporte de Mercancías por Carretera de Galicia (Apetamcor) de conocer el contenido del procedimiento de infracción abierto por la Comisión Europea contra España por la prórroga de la concesión de la AP-9 a Audasa hasta 2048 para lograr así su anulación. El tribunal avala la negativa del Gobierno de España a facilitar esa documentación por tratarse de un procedimiento de infracción aún no finalizado y, en el proceso, Audasa se situó del lado del Estado, que viene rechazando anular o rescatar la concesión. Según la concesionaria, conocer los argumentos concretos de la UE sobre la ilegalidad de su prórroga “perjudicaría gravemente los intereses públicos”.