Una vez más, Juan Carlos Peinado juega con los tiempos para fijar de nuevo todos los focos sobre él. A la misma hora que el árbitro pitaba en Atlanta (EEUU) el inicio del primer partido de la selección española de fútbol en el Mundial, Begoña Gómez, su asistente Cristina Álvarez y el empresario Juan Carlos Barrabés estaban citados en el Tribunal de Instancia de Madrid para la audiencia previa al juicio con jurado que el instructor ha diseñado para ellos. Pero, en realidad, la última palabra en esta investigación penal que el fiscal del caso ha calificado directamente de "irracional" la tiene la Audiencia Provincial de Madrid, que deberá decidir sobre el procesamiento de todos ellos. La cita del juez venía, esta vez, con amenaza: mandar a la Policía a buscar a los procesados si solo se presentaban sus abogados. Además, advirtió de que podría tomar alguna medida cautelar en una causa en la que el fiscal no acusa.
Se trata del último gesto histriónico del instructor. El anterior fue asegurar en el auto equivalente al procesamiento de todos ellos que en La Moncloa no se había visto un caso de corrupción similar "desde el reinado de Fernando VII". "Las conductas que provienen de palacios presidenciales, como este supuesto, parecen más propias de regímenes absolutistas, por suerte, ya olvidados en el tiempo en nuestro Estado", se atrevió a escribir. Peinado, que está a punto de jubilarse, sabe que ya no hay tiempo para que el Consejo General del Poder Judicial pueda actuar contra él por la vía disciplinaria.
Los clímax anteriores de su causa fueron su insólita toma de declaración como testigo al presidente del Gobierno –rechazando que pudiera hacerlo por escrito– para que hiciera lo que era su derecho, negarse a declarar contra su esposa, pero someterlo a la pena del telediario. O la petición de una tarima para estar en una posición más alta que la del ministro de Presidencia y Justicia, Félix Bolaños, al que también interrogó en su despacho oficial. Después quiso quiso que el Supremo lo juzgara, pero sus magistrados desautorizaron radicalmente sus intenciones: "No existe ni un solo indicio".
El relato más detallado de la excentricidad de esta instrucción de dos años iniciada con una denuncia hecha de recortes de periódico del pseudosindicato ultra Manos Limpias lo elaboró el fiscal José Manuel San Baldomero en su último recurso ante la Audiencia, el que impugnaba el auto que ponía fin a la investigación. "Esta resolución de 11 de abril", afirmaba el fiscal de delitos económicos, "es el resultado de la instrucción" en la que "a la vista de las resoluciones judiciales [...] no hemos entendido bien en muchos momentos qué se investigaba y cuál era el objeto de numerosas diligencias", proseguía.
El representante del Ministerio Público advirtió en su escrito de que el juez cambia los hechos, los argumentos e incluso las referencias a sentencias del Supremo para justificar los delitos que aprecia. "Fruto de las alegaciones sobre insuficiencias o carencias de ciertos elementos o requisitos del tipo [el delito], se acude a nuevas reformulaciones de la secuencia de hechos y de las imputaciones realizadas", señala San Baldomero. Y el juez Peinado lo hace "siempre en pro de la continuación de la causa, sea por un título de imputación [por un delito] o sea por otro".
San Baldomero acusaba a Peinado en su recurso de actuar, durante todo el caso, con un objetivo extraprocesal: el de causar daño a un imputado. Porque el auto recurrido, según sostenía el escrito, contiene "constantes y retiradas referencias a la fase procesal en que nos encontramos", es decir, la instrucción, donde no se necesita acreditar pruebas sino que basta con exponer indicios. "Para tratar de solventar los problemas derivados de la ausencia de indicios mínimos y apuntando que son al menos bastantes para continuar el procedimiento", Peinado está "asumiendo implícitamente que no bastarían para una eventual condena, pero sí para continuar la causa, con la consiguiente pena de banquillo para los afectados", prosigue.
Al auto de transformación de la causa en un procedimiento del tribunal del jurado redactado por el juez de instrucción 41 del Tribunal de Instancia de Madrid, el representante del Ministerio Público lo calificaba de "irracional" porque mezclaba los elementos de los distintos delitos que imputaba a los procesados e introducía de nuevo aspectos que Peinado tuvo que sacar de su investigación, como los contratos de Red.es adjudicados a Barrabés que investiga la Fiscalía Europea al ser financiados con fondos de la UE, investigación en la que Begoña Gómez no fue llamada a declarar como imputada el pasado marzo, sino en calidad de testigo.
Además de las tomas de declaración a Sánchez y Bolaños –"tan aparatosas en su realización como parcas y escasas en su motivación e ineficaces a los fines pretendidos"– el fiscal del caso citaba otras actuaciones excéntricas del juez. "Personas traídas como testigos y obligadas a declarar bajo juramento que pasaban a ser investigadas sin solución de continuidad", "un sinfín de testigos, imputaciones sin justificación y posteriormente dejadas sin efecto y cuyos testimonios se utilizaban en la propia imputación".
También le dedicaba espacio a la "exposición razonada fallida" contra el ministro que el Tribunal Supremo descartó de plano al no encontrar "el más mínimo respaldo indiciario". "Entradas y registros sin justificación, posteriormente anuladas [como la de Barrabés]; meses sin resolver recursos a la par que se acordaban diligencias, algunas posteriormente anuladas; insistencia, persistencia en investigaciones sobre extremos rechazados...", relata. "Y pese a todo, creemos que no se ha hallado lo que se buscaba".
"Hay manifiesta y deliberada confusión de hechos a la hora de tratar de dibujar el delito de tráfico de influencias, fruto, quizás, de la inexistencia de los mismos", según San Baldomero, que acusaba a Peinado de presumir cualquier actividad de la esposa de Sánchez "como irregular, corrupta y delictiva, forzando la conexión de actividades profesionales o cotidianas e institucionales como si de una trama u organización criminal se tratara" y convirtiendo cualquier conexión con otras personas en "una suerte de contaminación que extendiera dicho carácter delictivo". "La mera relación conyugal de Begoña Gómez" con el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, "no puede operar como una presunción que se traduzca en el prevalimiento e influencia, con relevancia penal, en toda su actividad", advertía San Baldemero que, en definitiva, veía en la causa de Peinado nada menos que un proceso ad hominem.
Una vez más, Juan Carlos Peinado juega con los tiempos para fijar de nuevo todos los focos sobre él. A la misma hora que el árbitro pitaba en Atlanta (EEUU) el inicio del primer partido de la selección española de fútbol en el Mundial, Begoña Gómez, su asistente Cristina Álvarez y el empresario Juan Carlos Barrabés estaban citados en el Tribunal de Instancia de Madrid para la audiencia previa al juicio con jurado que el instructor ha diseñado para ellos. Pero, en realidad, la última palabra en esta investigación penal que el fiscal del caso ha calificado directamente de "irracional" la tiene la Audiencia Provincial de Madrid, que deberá decidir sobre el procesamiento de todos ellos. La cita del juez venía, esta vez, con amenaza: mandar a la Policía a buscar a los procesados si solo se presentaban sus abogados. Además, advirtió de que podría tomar alguna medida cautelar en una causa en la que el fiscal no acusa.