El Gobierno descarta impedir a la acusación popular acceder a la investigación de los delitos

La nueva Ley de Enjuiciamiento Criminal, cuyo proyecto de ley ha sido aprobado por el Consejo de Ministros este martes, limitará el ejercicio de la acción popular, pero no impedirá a las personas o asociaciones que la ejerzan participar en la investigación de los delitos penales que, en caso de que el texto sea aprobado en el Parlamento, pasará a los fiscales. El Ejecutivo ha descartado finalmente la posición que mantuvo el PSOE en una proposición de ley registrada en el Congreso para la reformar parcialmente la ley procesal vigente en la que, además de impedir a determinados colectivos ejercer esa acusación y limitarla a un catálogo concreto de delitos, impedía a quien recurriera a esa figura participar en la investigación de los delitos.

El objetivo del PSOE era evitar acusaciones populares profesionales, como Manos Limpias y otros colectivos cuya única finalidad al personarse en los casos más mediáticos es tener acceso a la documentación del juzgado o tribunal correspondiente para utilizarla políticamente filtrándola a medios afines. Finalmente, ese veto a pedir diligencias y tener acceso a las actuaciones durante la instrucción se ha descartado, pero se mantienen el resto de limitaciones que contenían versiones anteriores del anteproyecto. Tanto del PSOE como del PP.

Entre los colectivos excluidos se encuentran los jueces y fiscales, los partidos políticos y sindicatos y los organismos constitucionales e instituciones públicas de cualquier nivel, que tendrán que acudir a Fiscalía para denunciar hechos que consideren delictivos. La acción popular también se limita a determinadas infracciones penales, entre ellos los de corrupción, pero también los delitos contra el mercado y los consumidores, el de genocidio o los de terrorismo.

En cualquier caso, cualquier persona o colectivo que pretenda ejercer la acusación popular en el proceso, tendrá que demostrar un vínculo legítimo con el interés público que se trate de proteger en el caso concreto, así como su relevancia y suficiencia. El juez de garantías, a instancias del fiscal instructor, podrá excluir a la acusación popular si se producen hechos o circunstancias que demuestren que ese vínculo no existe.

La proposición de ley del PSOE, que, a diferencia del proyecto de Ley de Enjuiciamiento Criminal, planteaba una reforma parcial de la ley vigente y no una ley alternativa como la aprobada hoy, fue muy criticada tanto desde la oposición como desde las asociaciones judiciales, también la progresista Juezas y Jueces para la Democracia. El presidente del PP, Alberto Núñez Feijóo, la apodó "ley Begoña" y aseguró que buscaba la impunidad de la esposa del presidente del Gobierno y de su hermano, ambos encausados por juzgados de Madrid y Badajoz, respectivamente. Investigaciones abiertas con denuncias presentadas por Manos Limpias con un puñado de recortes de periódicos, algunos con noticias falsas. Los objetivos de esa reforma parcial eran, según Feijóo "cercenar a los medios de comunicación y blindar a la familia del presidente". El líder de la oposición exigió su retirada antes de abrirse a colaborar en otros proyectos del Gobierno.

Pero más allá de la acción popular, la nueva ley aprobada este martes por el Gobierno supone una revolución del proceso penal intentada previamente por otros gabinetes tanto del PSOE como del PP. Ministros de Justicia como Francisco Caamaño (PSOE), Alberto Ruiz-Gallardón (PP), Rafael Catalá (PP) o Juan Carlos Campo (PSOE), elaboraron textos similares con un objetivo compartido: el de entregar la instrucción de los delitos al Ministerio Fiscal para que los jueces solo intervinieran en diligencias como registros, intervenciones telefónicas o cualquier otra que suponga una invasión de derechos fundamentales del investigado. También en la prisión provisional y el resto de medidas cautelares.

Con el texto enviado hoy al Congreso, será el fiscal el que dirija la investigación de las infracciones penales y tenga a su cargo a la policía judicial. Solo algunas de sus resoluciones –llamadas decretos– podrán ser recurridas ante el juez de garantías. Contra los autos de este último se podrá presentar recurso de reforma que resolverá una sección del mismo tribunal de instancia al que pertenezca el autor de de la resolución. Concluida la instrucción, otro juez decidirá, durante la fase intermedia del procedimiento –después de la investigación pero antes de que se inicie o no el juicio– si los indicios recabados durante la investigación son suficientes para seguir con el proceso o lo que procede es el archivo.

El sistema evita los múltiples recursos de apelación contra las decisiones del instructor –con la legislación todavía vigente un juez– que eternizan las causas actualmente a la espera de multitud resoluciones que deben resolver las audiencias provinciales. Con la nueva norma el órgano que resuelva los recursos de apelación pasará a ser la sala de apelación que se creará en cada uno de los tribunales superiores de justicia de ámbito autonómico y su intervención es mucho más limitada para garantizar la agilidad del proceso.

La nueva Ley de Enjuiciamiento Criminal, cuyo proyecto de ley ha sido aprobado por el Consejo de Ministros este martes, limitará el ejercicio de la acción popular, pero no impedirá a las personas o asociaciones que la ejerzan participar en la investigación de los delitos penales que, en caso de que el texto sea aprobado en el Parlamento, pasará a los fiscales. El Ejecutivo ha descartado finalmente la posición que mantuvo el PSOE en una proposición de ley registrada en el Congreso para la reformar parcialmente la ley procesal vigente en la que, además de impedir a determinados colectivos ejercer esa acusación y limitarla a un catálogo concreto de delitos, impedía a quien recurriera a esa figura participar en la investigación de los delitos.

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