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Carpetazo judicial a tres años de cacería ultra contra Oltra: ni ocultó los abusos ni desacreditó a la víctima

La exvicepresidenta valenciana y exconsellera de Igualdad, Mónica Oltra.

Martes, 21 de junio de 2022. La vicepresidenta del Gobierno valenciano, Mònica Oltra, comparece ante los medios. Lo hace minutos antes de arrancar la reunión de la ejecutiva de su partido. Y cinco días después de haber sido imputada por el supuesto encubrimiento del caso de abusos sexuales a una menor tutelada por el que fue condenado su exmarido. Tras horas de presión continua a nivel interno y externo, la portavoz del Ejecutivo regional anuncia que da un paso atrás, que dimite, que deja todos sus cargos. "Esto pasará a la historia de la infamia política, jurídica y mediática de este país", asevera. Y, al final, así ha sido. Este martes, el instructor ha dado carpetazo al asunto. Y lo ha hecho al entender que los indicios que fundamentaron las imputaciones "se han desvanecido por completo".

Para entender el caso que derivó en la muerte política de Oltra es necesario retrotraerse más de un lustro. En concreto, a finales de 2016 y principios de 2017. Por aquel entonces, Luis Ramírez, marido de Oltra –si bien en ese momento ya se encontraban separados–, ejercía como educador en el centro de menores Niño Jesús de València, una residencia privada con plazas concertadas con la Generalitat. Fue allí donde se produjo el abuso de este trabajador a una menor que se encontraba tutelada. Unos hechos que la justicia ha considerado probados y por los que ha sido condenado a cinco años de cárcel. "Una vez creía que se hallaba dormida, cogía la mano de la niña y se masturbaba con ella", recogió la sentencia de la Audiencia de Valencia.

La menor contó en febrero de 2017 lo sucedido, pero no quiso denunciar. Sin embargo, cuatro meses después dio el paso y lo puso en conocimiento de dos agentes de Policía. Fue entonces cuando se abrió una investigación. El exmarido de Oltra fue condenado. Pero el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana decidió, tras la primera ola de la pandemia, anular el fallo y volver a repetir parte de la vista. La decisión se adoptó después de que apareciesen dos informes que restaban credibilidad al testimonio de la denunciante. El primero había sido elaborado por el Instituto Espill, especializado en evaluar a menores. El otro, basado en buena parte en el anterior, por la Dirección Territorial de la Conselleria de Igualdad, entonces dirigida por Oltra.

Pocos meses después comenzó la ofensiva judicial de la ultraderecha. La víctima, acompañada por su abogado José Luis Roberto –líder de España 2000–, presentó una denuncia que ni siquiera llegó a leer. También el colectivo Gobierna-Te, presidido por la cofundadora de Vox Cristina Seguí, interpuso otra querella contra Oltra y varios cargos y trabajadores de su consellería por, supuestamente, haber tratado de encubrir los abusos del exmarido de la entonces vicepresidenta valenciana. Una causa judicial en la que también ha ejercido como acusación popular la formación que lidera Santiago Abascal. "La implicación de la gente de Oltra en el caso de su exmarido la dirige al banquillo", llegaron a decir desde el partido ultra.

Oltra no dio orden de ocultar nada

Pero tras tres años de investigación, el titular del Juzgado de Instrucción nº15 de València ha decidido archivar el asunto. En un auto de casi un centenar de páginas, que decreta el sobreseimiento provisional de las diligencias de investigación y que todavía puede ser recurrido, el instructor sostiene que las "sospechas expuestas" por la ultraderecha sobre la existencia de una suerte de plan para proteger al exmarido de Oltra "no han alcanzado la categoría de indicios de criminalidad". "Quedan como meras sospechas, especulaciones o conjeturas sobre los que no puede basarse una imputación judicial definitiva", concluye el magistrado Vicente Ríos.

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La resolución resalta que no ha quedado acreditado "ni siquiera al nivel propio de los indicios" que Oltra o cualquier otra persona de la consellería que ella misma lideraba "dirigiera orden, instrucción, consigna o indicación alguna" encaminada a "ocultar" los abusos del exmarido, a "evitar su persecución", a "desatender" a la menor o a desacreditarla. "Lo que descarta la posibilidad de considerar que fuera cometido en dicho momento un delito de prevaricación administrativa por Oltra", señala el magistrado tras una investigación en la que ha tomado declaración a varios investigados y ha analizado "decenas de miles de documentos", en particular correos electrónicos intercambiados.

Oltra, sostiene el magistrado, no tuvo conocimiento alguno de los abusos de su exmarido hasta que a éste le notificaron la existencia de un procedimiento judicial contra él. Fue Ramírez quien se lo comunicó por teléfono en cuanto le fueron notificados los autos mientras ella se encontraba de vacaciones. En aquel momento, según ella misma declaró, su relación con él "se limitaba a compartir la educación y el cuidado de los hijos de ambos". Del mismo modo, expuso también ante el juez que no había tenido conocimiento de que su pareja había sido separada durante unos días de sus funciones como educador tras las primeras acusaciones de la menor. Declaraciones que, considera el magistrado, "no se ven desvirtuadas por diligencia de investigación alguna".

¿Un "expediente parajudicial" para ayudar al exmarido?

Tras tener constancia del procedimiento por posibles abusos sexuales, se ordenó la apertura de un expediente informativo en la Consellería de Igualdad. Se tituló como "información reservada". Y tenía como objetivo "determinar la certeza de las declaraciones formuladas por la adolescente y conocer las circunstancias concretas en que se pudieran haber producido los hechos". Para ello, se recabó prueba documental y los testimonios de víctima, acusado, directora del centro y psicóloga del mismo. Y como pericial, informe psicológico elaborado por una de las expertas del Instituto Espill. Tras la investigación, la instructora concluyó, del mismo modo que la pericial, que "el testimonio de la adolescente no era creíble".

Este expediente ha sido otro de los pilares de la ofensiva ultra en este caso. Las acusaciones han deslizado que dicha "información reservada" –o "expediente parajudicial", como también lo han calificado– buscaba desacreditar a la menor y favorecer al exmarido de Oltra en su procedimiento judicial. Sin embargo, el magistrado no lo ve así. Si eso era lo que se pretendía, recoge el auto, el informe de la psicóloga de Espill o el de la funcionaria que instruyó el expediente "se hubieran remitido" a la autoridad judicial o al fiscal adscrito al caso, dado que la Dirección Territorial conocía perfectamente la existencia del procedimiento. Pero lo ocurrido "no fue eso". El informe oficial se remitió a la Sección de Menores de la Fiscalía de Valencia para que constase en el expediente de la joven.

De esta manera, al no dirigirse a la causa contra el marido de Oltra, "no se produjo" interferencia alguna "en la marcha del proceso penal". Eso no quita, sostiene el magistrado, que la orden para poner en marcha dicho expediente "en los términos en que se hizo y con el objeto expuesto" fuese "desacertada" o "redundante", dado que ya había en marcha una investigación judicial. O que en el desarrollo del mismo existiesen "actuaciones ciertamente mejorables". Pero todo ello "en modo alguno" convierte en "delictivo" el "proceder" de quienes "ordenaron" formar dicho expediente ni de quienes intervinieron en su instrucción.

El traslado, otra pieza de la "trama"

La acusación particular siempre ha partido de la hipótesis de que hubo un "intento de ocultar primero y desacreditar después" la denuncia de la joven. Y ha situado como una pieza más dentro de esa estrategia el traslado que se hizo de la víctima a la Audiencia Provincial de Valencia cuando comenzó el juicio contra el exmarido de Oltra. En concreto, fue conducida a dependencias judiciales por dos policías y esposada, algo que criticó la presidenta de la sala dado que la joven acudía como perjudicada en los hechos que se iban a enjuiciar.

El magistrado explica en el auto que en aquel momento la menor se encontraba en régimen semiabierto en un centro de menores para el cumplimiento de una pena privativa de libertad acordada por un juzgado valenciano. Y que el mismo establecimiento solicitó auxilio policial para el traslado porque, entre otras cosas, la joven ya había protagonizado "dos episodios de fuga". "No se ha acreditado, siquiera indiciariamente, que los agentes encargados de la conducción recibieran ninguna otra orden o indicación sobre ella más que las relativas a la propia conducción y las recibidas en el centro y ya expuestas", apunta el instructor de la causa.

Por ello, el magistrado rechaza realizar más diligencias en este sentido. E insiste: "Se ha reiterado hasta la saciedad que no existe un solo indicio de que se dictara orden o instrucción alguna emanada de los cargos directivos de la consellería dirigidas a ocultar los hechos ni a desacreditar a la menor". Es más, no entiende por qué la acusación particular, si considera que este episodio es otra de las piezas de la supuesta "trama" que denuncian, no ha pedido citar a declarar como investigados a los agentes que se encargaron del traslado.

El centro actuó "de inmediato"

En la causa, ahora archivada, han sido investigados más de una quincena de altos cargos y funcionarios del departamento que dirigía Oltra. Entre ellas, algunas de las que formaban parte del equipo del Niño Jesús de València, donde se produjo el abuso continuado por el que fue condenado Ramírez. Un centro que, sostiene el magistrado, actuó "de inmediato". En cuanto se tuvo conocimiento de los hechos, cuenta el magistrado en su resolución, se activó "el protocolo", se apartó al exmarido de Oltra del servicio y se concertó una cita para la joven con la psicóloga de la Sección del Menor de la Consellería. Pero antes, la directora del centro se entrevistó con la menor.

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En este primer encuentro, la muchacha no hizo ninguna mención a los abusos. Y tampoco la responsable le preguntó directamente por los mismos. "Resulta por completo plausible que [la directora] tratara de no interferir en la entrevista programada de la menor con la psicóloga de la Sección de Menores", sostiene el magistrado. Tampoco en este último encuentro, celebrado una semana después, apareció "ningún indicio, palabra o frase" de la menor "a partir del cual pudiera investigar la posibilidad de la existencia de una experiencia" de abuso sexual. Por ello, no se consideró necesario derivar a la joven al Instituto Espill, especializado en violencia sexual, y se procedió a la reincorporación del exmarido de Oltra al servicio, si bien en una planta distinta a la de la menor.

Para el magistrado, la niña, que no puso los hechos en conocimiento de la Policía hasta tres meses después, "fue atendida en todo momento". "No existe indicio de que ni por parte de los funcionarios de la Sección de Menores mencionados, ni por parte de la directora del centro, ni por la psicóloga del mismo se llevara a cabo conducta alguna que pudiera ser constitutiva ni de un delito de abandono de menores ni de un delito de omisión del deber de perseguir delitos", sostiene el juez.

El carpetazo a la investigación ha sido recibido con alegría en Compromís, la casa política de Oltra. "Hoy la justicia ha confirmado lo que ya sabíamos muchas de nosotras. Es el momento de señalar a los responsables, a personas que a nivel mediático no han estado a la altura. En sus conciencias pesará esta injusticia", ha señalado en rueda de prensa Àgueda Micó, portavoz del partido en el Congreso, quien no ha dudado en calificar el caso como otro ejemplo más de cómo funciona el "lawfare". Una comparecencia en la que, además, ha abierto la puerta al regreso de la exvicepresidenta valenciana a la primera línea política: "Si Oltra quierevolverá a ser portavoz de Compromís y una de las piezas claves de nuestro proyecto político".

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