EL 'CASO GONZÁLEZ AMADOR'

Reconocer los delitos, la vía aún abierta para que el novio de Ayuso intente evitar la cárcel

Alberto González Amador, a su salida de los juzgados de Plaza de Castilla tras prestar declaración.

"Ciertamente se han cometido dos delitos fiscales", escribió Carlos Neira, el abogado de la pareja de la presidenta madrileña Isabel Díaz Ayuso, al fiscal Julián Salto el 2 de febrero de 2024. Sin embargo, el acuerdo propuesto por la defensa de Alberto González Amador para evitar las penas de cárcel que conllevan esas infracciones, 13 meses después, no ha sido rubricado. Este lunes, la Audiencia de Madrid avaló la apertura de una nueva pieza en la investigación contra éste por un nuevo delito: corrupción en los negocios. Pese a ello, jueces y fiscales consultados por infoLibre coinciden en que la vía de un posible acuerdo sigue siendo la mejor si quiere conseguir no entrar en prisión. Y el tiempo para alcanzarlo corre en contra de González Amador.

El problema fundamental del novio de la presidenta madrileña no es la nueva pieza separada a la que ha dado luz verde la Audiencia, sino la pieza principal del caso en la que se investigan los dos delitos fiscales y la falsedad documental. Las fuentes consultadas explican que la investigación por estas últimas infracciones está prácticamente concluida después de que la jueza le tomara declaración el 24 de febrero, cuando se acogió a su derecho a no declarar. Acto seguido, la titular del juzgado de Instrucción 19 de Madrid, Inmaculada Iglesias, citó para el próximo 21 de marzo a los inspectores de Hacienda que detectaron el fraude tributario y las facturas falsas (por 1,7 millones de euros) presentadas por González Amador para eludir el pago de 350.000 euros por el Impuesto de Sociedades de su mercantil Maxwell Cremona.

Las fuentes consultadas consideran que, tras la declaración de los peritos, poco más queda a la jueza para procesar a González Amador y abrir juicio contra él. Ese momento, que puede llegar en escasos meses, es el límite para tratar de llegar a un acuerdo en el que se reconozcan los delitos y pagar la cuota defraudada, los intereses y la multa correspondiente para poder evitar una pena de prisión, como se propuso hace más de un año. En caso de que no lo haga, el riesgo de una condena de cárcel se incrementa, dado que se trata de dos delitos fiscales cometidos en dos ejercicios distintos, lo que conllevaría una sanción mayor.

Un magistrado con amplia trayectoria en la Audiencia Nacional explica, sin embargo, que el acuerdo podría llegar, incluso una vez señalado el juicio para que, tras celebrarlo, el Ministerio Público rebaje su petición de condena o pida la suspensión de la de prisión que hipotéticamente le corresponda. En cualquier caso, avenirse a un acuerdo en los próximos meses certificaría su disposición a colaborar con la justicia, algo que podría tenerse en cuenta para el nuevo delitos –corrupción en los negocios– que la Audiencia ha autorizado a investigar.

Los penalistas consultados explican, además, que el hecho de que los cuatro delitos imputados se investiguen en dos piezas separadas no representa un obstáculo para tratar de alcanzar un acuerdo sobre todos ellos. Pero la velocidad que ha tomado la investigación de la pieza principal es la que marcará los tiempos. Los delitos fiscales y la falsedad documental están ya instruidos por la Agencia Tributaria, en un informe documentado en el que, además, ha participado el propio González Amador. Para la corrupción en los negocios de la nueva pieza separada los expertos auguran una instrucción mucho más lenta con las múltiples diligencias que pueda acordar la juez o las que le soliciten las acusaciones y la defensa.

Tributación de ganancias ilícitas

Los últimos movimientos de González Amador muestran, sin embargo, que el novio de Ayuso parece estar dispuesto a dar la batalla. Sus defensores han solicitado a la jueza que paralice la instrucción de la primera pieza –la más avanzada, la de los delitos fiscales y el de falsedad– hasta que se investigue el de corrupción en los negocios. Sus abogados argumentan que si el novio de Ayuso percibió los ingresos por los que no tributó de manera ilegal no se le puede imputar haber cometido un fraude fiscal con ellos.

Es lo que los expertos denominan "la tributación de las ganancias ilícitas". El Supremo rechazó en 2001 –en el caso contra el expresidente navarro Gabriel Urralburu– que las rentas obtenidas por la comisión de delitos estuvieran sujetos al pago de impuestos, pero según los jueces y fiscales consultados, la doctrina no es clara y el alto tribunal también ha resuelto en el sentido contrario en los últimos años. La jueza no ha respondido a la petición de los abogados de Amador, pero los expertos consideran que con su solicitud puede estar buscando únicamente una maniobra dilatoria en una causa cuya instrucción está prácticamente terminada.

El fiscal de delitos económicos Ricardo Monteyrín recordó en un trabajo en 2017 que no existe ninguna norma jurídica que avale que las rentas del delito no tributen. También señaló que en países de nuestro entorno como Alemania, Francia e Italia, la sujeción a impuetos de estos ingresos está expresamente prevista en la ley.

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