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Corrupción

Ruz confirma que el PP se benefició de fondos procedentes de un delito

El magistrado de la Audiencia Nacional Pablo Ruz

Tono Calleja / Alicia Gutiérrez

El magistrado de la Audiencia Nacional Pablo Ruz ha rechazado las alegaciones del PP y reitera que el partido de Mariano Rajoy se habría beneficiado "a título lucrativo de los fondos obtenidos de modo presuntamente ilícito por los imputados Jesús Sepúlveda Recio y Guillermo Ortega Alonso propiedad, al menos en parte, de los Ayuntamientos de Pozuelo de Alarcón y Majadahonda”.

Por eso el magistrado, que se fundamenta en “los indicios obrantes en la causa”, sostiene que “el PP se habría lucrado con la organización de eventos a su favor y con el mantenimiento y gestión de su oficina electoral en Pozuelo de Alarcón para las elecciones municipales de 2003, sin coste alguno para la formación política, toda vez que dichos servicios se habrían sufragado con los fondos obtenidos en la forma anteriormente señalada”.

Tales actuaciones, prosigue el juez, se realizaron en beneficio del partido y “se habrían llevado a cabo con el conocimiento de, entre otros, Jesús Sepúlveda y Guillermo Ortega, quienes en la fecha de los hechos estarían vinculados al PP”.

Tanto Ruz como las fiscales de Gürtel aseguran que la formación conservadora “ha resultado beneficiada con fondos indiciariamente procedentes de un delito, por lo que debe responder del beneficio obtenido de modo que se neutralice cualquier ventaja generada con motivo de la presunta comisión de las infracciones penales atribuidas a Jesús Sepúlveda y Guillermo Ortega”.

También el juez rechaza las objeciones expuestas por el PP relativas a la formal regularidad de las cuentas de la formación política confirmada, según el recurrente, por el Tribunal de Cuentas: “En modo alguno excluyen, como indica el Ministerio Fiscal, la posibilidad de que se hubieran utilizado por el partido recursos económicos respecto de los que el órgano fiscalizador no pudiera haberse pronunciado debido, precisamente, a su ocultación y falta de consignación en los estados contables correspondientes, de lo que obran indicios en el supuesto que nos ocupa y asimismo en otras piezas separadas de la causa (caso Bárcenas)”.

Pablo Ruz también niega que el PP pueda considerarse “perjudicado”. “Tal condición, como acierta a señalar el Ministerio Fiscal, en absoluto resulta de lo hasta ahora actuado ni se fundamenta debidamente por el recurrente, quien omite cualquier referencia a los hechos y delitos que generarían el alegado perjuicio sufrido”.

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Auto sobre el PP [PDF]

Por todo ello, el instructor acuerda desestimar el recurso de reforma interpuesto por el PP y confirma el auto de forma íntegra, incluyendo el hecho de que la formación conservadora se ha beneficiado de los delitos de los alcaldes de Pozuelo de Alarcón y de Majadahonda.

En el mismo auto, el magistrado frena el intento de los imputados de evitar que se juzgue ya una parte de Gürtel, y por eso rechaza los recursos presentados contra la incoación de la pieza separada en la que se investigan operaciones de la trama de 1999 a 2005. En su resolución auto, Ruz rechaza los argumentos del resto de recurrentes para no abrir pieza separada porque, dice el juez, de esta manera se logra "una correcta ordenación del procedimiento procurando el pronto y eventual enjuiciamiento de parte de los hechos objeto de instrucción".

Desestima también el argumento de algunos de los acusados respecto a que su permanencia en ambas piezas (la principal y la separada denominada época primera tendría "consecuencias negativas" para sus intereses desde el punto de vista de las penas.

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