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Al TJUE no le “constan” precedentes que cuestionen una decisión de un tribunal a petición de un órgano judicial de otro país

El magistrado del Tribunal Supremo, Pablo Llarena.

Fernando Varela

Al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) no le “constan” precedentes de pronunciamientos prejudiciales como el que fuentes del Supremo aseguran que el juez Pablo Llarena está estudiando hacer para tratar de echar abajo la decisión de la justicia alemana de no entregar a Carles Puigdemont para ser juzgado por un supuesto delito de rebelión. La institución judicial europea no tiene constancia de haber resuelto nunca una cuestión prejudicial en la que un órgano judicial pregunte sobre la adecuación a derecho comunitario de la decisión de un tribunal de otro país, según confirmó a infoLibre uno de sus portavoces.

En todo caso, añadió el mismo portavoz, el TJUE no hará declaraciones sobre el asunto concreto de Puigdemont hasta que el Supremo plantee la cuestión, si es que acaba haciéndolo.

Una cuestión prejudicial es un mecanismo regulado por el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea ideado para evitar interpretaciones divergentes en el derecho comunitario. Las consultas deben referirse a la interpretación o validez del derecho de la UE, no del derecho nacional ni a cuestiones de hecho planteadas en el procedimiento principal, según las normas comunitarias.

En las últimas horas, fuentes del Supremo han hecho saber que el juez Pablo Llarena, en un intento de salvar el procesamiento de Puigdemont por rebelión, está estudiando esta posibilidad basándose en lo que considera una aplicación inadecuada de la orden de detención europea, conocida como euroorden, y los procedimientos de entrega entre estados miembros.

Las mismas fuentes creen que, de formalizarse esta petición ante el TJUE, la tramitación de la euroorden quedaría en suspenso hasta que el tribunal europeo resolviera la duda planteada, informa Europa Press.

Ganar tiempo

De ser así, Llarena ganaría algo de tiempo para replantear su estrategia procesal tras el revés sufrido como consecuencia de la decisión del Tribunal Superior de Schleswig-Holstein, que únicamente deja abierta la posibilidad de entregar al expresident por malversación y descarta que pueda ser juzgado en España por la conducta más grave de la que había sido acusado, que es la de rebelión.

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No obstante, aún se desconocen si Llarena se dirigía al TJUE y en qué términos. Las fuentes citadas especulan con la posibilidad de que acabe planteando una pregunta acerca de si el Tribunal Superior de Schleswig-Holstein se extralimitó al entrar a valorar si hubo o no rebelión en la conducta del exmandatario español, aunque en teoría las cuestiones prejudiciales no pueden versar más que sobre la resolución de dudas en relación con la aplicación de derecho comunitario y la Justicia alemana se ha limitado a decidir si el delito por el que España pide la entrega de Puigdemont lo es también con arreglo al derecho germano.

El dilema de Llarena se conoció después de que la Fiscalía alemana anunciara que no ve margen legal para recurrir la decisión del Tribunal Superior de Schleswig-Holstein.

Se da la circunstancia de que, en su recurso contra el procesamiento, la defensa de Puigdemont pidió a Llarena que plantee una cuestión prejudicial para que aclare si el Supremo incumplió el derecho comunitario al privar de defensa al expresident durante meses con el argumento de que no se había presentado ante la Justicia.

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