Corrupción

Un tribunal distinto al que dictó la sentencia de 'Gürtel' decidirá si hace las "rectificaciones" que pide el PP

Francisco Correa (primera fila-d), el 'número dos' de Gürtel, Pablo Crespo (primera fila-c) y Álvaro Pérez Alonso 'El Bigotes' (primera fila-i), en el banquillo de los acusados durante el juicio de 'Gürtel'

El PP ha solicitado a la Audiencia Nacional que introduzca en la sentencia del caso Gürteldistintas "aclaraciones y subsanación de omisiones" relativas a su condena como beneficiario económico de la trama. Y que, en consecuencia, "acuerde las rectificaciones derivadas" de ello. Ahora, la decisión sobre si en la histórica resolución judicial deben o no efectuarse correcciones -en teoría, nunca en cuanto a su fondo- queda en manos de un tribunal de composición distinta a aquel que dictó esa misma sentencia. Según fuentes jurídicas, el tribunal puede rechazar de plano la petición del PP previo traslado a las partes o admitir a trámite el incidente y emitir luego un pronunciamiento, tanto en el supuesto de que acceda a lo que le solicita la formación conservadora como de que lo deniegue.

Juristas ajenos por completo tanto a las acusaciones como a las defensas de Gürtel pero muy familiarizados con la doctrina aplicada y los mecanismos de actuación por los que se rige la Audiencia Nacional consideran no obstante que el escrito del PP tiene pocas opciones de prosperar. "Lo que discute el PP es más la valoración de la prueba efectuada por la sentencia que el hecho de que esa misma sentencia omita argumentos con los que debe completarse la resolución", dijo una de las fuentes tras leer el escrito presentado por el letrado de la formación conservadora, Jesús Santos. Y la valoración de la prueba, agrega esa misma fuente, "debe dirimirse con un recurso ante el Supremo, no en un auto de aclaración o de subsanación de omisiones".

Según el PP, la resolución dictada "acuerda que se produjeron unos actos electorales de los que, según dicha sentencia, se habría beneficiado el PP a nivel nacional y, sin embargo, no analiza qué se considera gasto electoral, cómo se sufragan los gastos electorales, quién puede realizar gasto electoral, etcétera". El escrito arremete igualmente contra el párrafo de la sentencia donde se afirma que "los responsables del PP sabían cómo se financiaban las elecciones y en nuestro caso las de Majadahonda y Pozuelo". 

"No se realiza en la sentencia -alega el abogado del PP, Jesús Santos- la conexión entre ese acervo probatorio que refiere y ese supuesto conocimiento del Partido Popular (a nivel nacional) más allá de acudir a la lógica, sin dar respuesta a las pretensiones aducidas por esta parte".

Un empate deshecho por Lesmes

El lunes de la semana pasada y tras un empate de cuatro a cuatro solo deshecho por el voto de calidad de su presidente, el conservador Carlos Lesmes, la permanente del Consejo del Poder Judicial (CGPJ) excluyó del tribunal y en lo que concierne a los trámites pendientes derivados de la sentencia a uno de los jueces de la sala que había dictado esa misma sentencia: el progresista José Ricardo de Prada. Entre quienes apoyaron la permanencia de Prada en el tribunal se cuenta Fernando Grande-Marlaska, antiguo presidente de la Sala de lo Penal de la Audiencia y desde este miércoles ministro del Interior en el Gobierno de Pedro Sánchez.

Una vez excluido De Prada, fuentes jurídicas consultadas por infoLibre ya subrayaron que, dado el impacto de la sentencia y su repercusión política, cualquier cambio que, por ejemplo, "aclarase" la parte relativa al papel del PP en cuanto a su declaración como partícipe a título lucrativo alcanzaría relevancia.

Los trámites pendientes derivados de la sentencia eran dos: la adopción de medidas cautelares contra los condenados así como la deliberación y pronunciamiento sobre eventuales aclaraciones o subsanación de errores solicitadas por las partes.

Tras las llamadas vistillas de medidas cautelares, el nuevo tribunal, donde la presidenta de la Sección Segunda de la Sala de lo Penal, María José Rodríguez Duplá, sustituye a De Prada, envió a prisión incondicional a tres de los 11 condenados cuyo encarcelamiento inmediato reclamaba Anticorrupción por riesgo de fuga. Luis Bárcenas figura entre los primeros. Su mujer pasó una noche entre rejas: el tribunal le impuso una fianza de 200.000 euros que Rosalía Iglesias tardó 24 horas en depositar.

El CGPJ sostiene que la ley impedía e impide la presencia de De Prada en las comparecencias de medidas cautelares y en la deliberación y fallo de cualquier auto de aclaración porque desde abril se encuentra en servicios especiales destinado en el Tribunal Penal Internacional con sede en La Haya.

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Los portavoces del órgano que dirige Lesmes recalcan que la doctrina aplicada por el Poder Judicial en aplicación de un acuerdo que se remonta a 1997 se resume así: lo que cuenta es que la decisión sobre si una sentencia debe o no aclararse o completarse recaiga sobre el mismo órgano que dictó esa sentencia, con independencia de qué personas lo integren en cada momento. Las mismas fuentes aseguran que desde 1997 han sido 21 las ocasiones en que el Consejo ha revalidado esa máxima. Y que, de hecho, "algunos Tribunales Superiores, como el de Extremadura" llegaron a cursar una circular "para evitar consultas innecesarias".

Con María José Rodríguez Duplá como sustituta de De Prada, la correlación de fuerzas se ha alterado. Ahora, son dos los magistrados adscritos a la corriente principal -es decir, conservadora- de la judicatura, por cuanto en la sala se mantiene también Ángel Hurtado. Presidente del tribunal que dirigió la vista de la denominada pieza Época 1 de Gürtel, Hurtado emitió luego un voto particular en el que expresa su discrepancia con la condena impuesta al PP como partícipe a título lucrativo. Esa condena le obliga a devolver 245.000 euros. El tercer miembro del tribunal es el juez Julio de Diego, cuyo voto ya había resultado decisivo en julio de 2017 para forzar la declaración de Mariano Rajoy en calidad de testigo. 

Rodríguez Duplá y Hurtado fueron dos de los cinco magistrados de la Sala de lo Penal que emitieron un voto particular contra el apartamiento de Juan Pablo González de los tribunales que deben enjuiciar piezas del caso Gürtel. González es el tercer juez a quien las acusaciones populares, con el respaldo de la Fiscalía Anticorrupción, recusaron por su proximidad al PP. El voto discrepante de Rodríguez Duplá y Hurtado ridiculizaba los argumentos esgrimidos para dejarlo fuera del caso. Frente a la posición mayoritaria de la sala -que no estaba en juego la imparcialidad de González pero sí la apariencia de imparcialidad-, los firmantes del voto decían lo siguiente: "No sabemos si obedece a un criterio de Youtube; de Facebook, de Twitter o es producido por un medio de comunicación".

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