El TS ha tumbado querellas por revelación apoyándose en un argumento que el juez obvia con García Ortiz

El fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, lleva meses intentando que el Tribunal Supremo amplíe el foco alrededor de la filtración de los correos y el expediente de la pareja de la presidenta madrileña. Desde el inicio de las pesquisas, parte de su estrategia de defensa ha consistido poner de manifiesto que decenas de personas tuvieron acceso a la información que terminó publicada en diferentes medios. Y que, por tanto, existen múltiples posibles filtradores. Un contraindicio al que, por el momento, no ha hecho caso el instructor de la causa, el magistrado Ángel Hurtado, pero sobre el que sí se ha apoyado el Alto Tribunal al archivar algunas querellas por revelación de secretos.
Una de ellas data de 2016. En septiembre, el exalcalde de Barcelona Xavier Trias y su partido, Convergència Democràtica de Catalunya, se querellaron en el Supremo contra el entonces ministro del Interior, Jorge Fernández Díaz, y el exdirector de la Oficina Antifraude de Cataluña Daniel de Alfonso por violación de secretos, prevaricación y malversación. Lo hicieron en base a las conversaciones entre ambos desveladas por Público. Y poniendo el foco, entre otras cosas, en la falsa cuenta bancaria de Trias que publicó el diario El Mundo y que formaba parte de las maniobras de la llamada policía patriótica contra el independentismo.
En la transcripción de los audios, ambos hablan sobre esta información. "Yo lo tengo, la cuantía exacta, el número de cuenta corriente y la fecha en que la cuenta corriente es cerrada en Suiza por la UBS y es llevada a la Banca de Andorra", expone el ministro del Interior. Once días después, el diario abría su portada con el siguiente titular: "Investigan una cuenta de 12,9 millones de Xavier Trias en Andorra". El UBS certificó posteriormente que el político no había tenido cuenta con ellos y señaló que la numeración a la que se hacía referencia no se correspondía con su formato de cuentas.
"Los hechos acontecido sin duda son una revelación de secretos por parte de los responsables del Ministerio autores de la filtración. Precisamente la inmensa mayoría de los casos jurisprudenciales de violación de secretos consisten en la revelación a terceros del contenido de investigaciones policiales. En este caso el deber de confidencialidad era especialmente intenso dada la absoluta falta de consistencia de los datos manejados así como del grave daño al afectado que podía producir la revelación de la noticia", sostenía el escrito de Trias y CDC.
Pero aquella ofensiva judicial naufragó en el Tribunal Supremo. La Sala de lo Penal inadmitió la querella al considerar que no había indicios de que ambos hubieran cometido los delitos que se les atribuían. "Solo se aportan juicios de valor o interpretaciones subjetivas sobre el contenido de algunas manifestaciones y comentarios vertidos en el curso de las referidas conversaciones, carentes de la solidez mínima necesaria para abrir un procedimiento penal por un delito de revelación de secretos", señalaron los magistrados en relación con la filtración al diario El Mundo.
En cuanto a la posible autoría de dicha revelación, el Supremo consideró necesario "destacar" que las noticias se publicaron después de que se recibiera en el Registro de la Comisaría General de Policía un "escrito anónimo" con la información de la cuenta que también tuvieron la Dirección Adjunta Operativa y la Unidad de Delincuencia Económica y Fiscal (UDEF). "Desde lo expuesto, resulta que la filtración pudo tener su origen en otras fuentes distintas del querellado aforado, toda vez que la información estuvo bajo el dominio de varias personas", completaba la resolución.
"Cualquiera de sus miembros pudo ser autor de la filtración"
No es la única vez que el Alto Tribunal se ha apoyado en la multitud de posibles filtradores al tumbar querellas por revelación de secretos. Lo mismo hizo, por poner otro ejemplo, cuando inadmitió otra presentada en 2014 por la Asociación de Consumidores de Navarra contra la que entonces era vicepresidenta del Gobierno foral, Lourdes Goicoechea, a raíz de una comparecencia de la exdirectora general de Hacienda Idoia Nieves en la que acusó a la primera de intentar frenar e interesarse por inspecciones fiscales.
En aquella querella se recogía, entre otras cosas, la filtración a Diario de Navarra de la carta de dimisión que la exdirectora general había enviado a su jefa y que contenía "datos de contribuyentes concretos". Pero para los magistrados no había nada que permitiese imputar la revelación a la querellada. El Supremo señaló que el correo en el que se adjuntó dicha misiva fue enviado "al equipo directivo de la Hacienda Tributaria de Navarra", por lo que "cualquiera de sus miembros pudo ser autor o autora de la filtración, si es que la misma existió". Y que no había ningún "principio de prueba" que permitiese actuar contra las personas aforadas.
No han sido pocos los magistrados y magistradas que han tenido que investigar filtraciones relacionadas con causas judiciales a los medios. Y no han sido pocos los que han terminado cerrándolas ante la imposibilidad de encontrar el origen de la fuga de información. Ocurrió, por ejemplo, con la publicación del sumario de la operación Judas, que versaba sobre varios miembros de los CDR acusados de terrorismo. Tras realizar las pertinentes averiguaciones, el titular del Juzgado de Instrucción nº47 de Madrid, Adolfo Carretero, dio carpetazo al asunto: "Todas las partes tenían acceso a las actuaciones y, además, un número indeterminado de personas".
Aquella resolución, en la que se decía que nada más se podía hacer sin caer en una prohibida investigación prospectiva, fue recurrida ante la Audiencia Provincial de Madrid. Pero el órgano superior avaló la resolución judicial. "La posterior filtración a la prensa pudo haber sido llevada a cabo por numerosas personas, no siendo posible conocer su identidad", insistió al respecto.
Medio millar de sospechosos
Tanto la Abogacía del Estado, que representa al jefe del Ministerio Público, como la Fiscalía han insistido una y otra vez ante el Alto Tribunal en que la información sobre Alberto González Amador no solo la manejaron los dos principales investigados en el caso –García Ortiz y la fiscal jefa de Madrid, Pilar Rodríguez–. A la misma tuvieron acceso muchas personas. "No existe elemento objetivo que pueda singularizar o identificar a las personas investigadas entre todas las personas que habían tenido acceso", resaltaba el fiscal general en su recurso de apelación contra las entradas y registros.
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La fiscal jefa de Madrid, durante su declaración como investigada, cifró en más de medio millar el número de personas que tuvieron a su alcance la denuncia y el expediente tributario sobre los delitos fiscales atribuidos a la pareja de Ayuso. Algo que avala un informe de la Fiscalía Provincial de Madrid que la Abogacía ha incorporado a la causa. En él, se recoge que las diligencias de investigación se subieron a una carpeta compartida a la que tenían acceso 499 personas. Y a otros dos repositorios a los que podían entrar medio centenar de miembros más de las fiscalías provincial y superior de Madrid.
En cuanto a los correos intercambiados entre el Ministerio Público y el abogado de González Amador, incluyendo aquel en el que el letrado ofrecía un pacto y reconocía la comisión de dos delitos fiscales –el que hasta ahora ha centrado el caso–, Rodríguez aseguró que estuvieron en manos de unas sesenta personas, sin contar con el entorno del propio empresario. Para empezar, el mail sobre el que han girado las pesquisas fue enviado a una dirección genérica de la Fiscalía de Delitos Económicos a la que tenían acceso cerca de una veintena de personas, entre fiscales y funcionarios.
Pero nada de esto ha frenado al instructor del caso. A pesar de que no hay un solo elemento que demuestre que García Ortiz hiciese llegar a los medios –o diese orden para ello– la información publicada, Hurtado considera que hay base indiciaria suficiente para seguir investigando. El magistrado se apoya, fundamentalmente, en los mensajes y correos extraídos por la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil de los dispositivos electrónicos de la fiscal jefa de Madrid, unas comunicaciones que evidencian que el fiscal general del Estado tuvo acceso a los correos filtrados antes de que los mismos fueran publicados en los medios.