La Xunta argumentó en el TC que los ricos no tuvieron margen para librarse del impuesto a grandes fortunas

Argumentación de la Xunta ante el TC.

"Del nuevo tributo no han tenido noticia ni podrían haberla tenido, como muy pronto, hasta muy avanzado noviembre de 2022, momento en el que ya no podían dejar de ser residentes fiscales en España en dicho ejercicio, ni adoptar decisiones transcendentes para su situación tributaria". Esa es una de las argumentaciones defendidas por la Xunta ante el Tribunal Constitucional en su recurso fracasado contra el impuesto a las grandes fortunas creado hace un año por el Gobierno de España. 

El Gobierno gallego lamentó ante el alto tribunal que la rapidez con la que el Estado aprobó ese nuevo tributo "priva a los contribuyentes del tiempo mínimo necesario para organizar su patrimonio en aras de optimizar su tributación". Entre ellas la posibilidad de marchar del país para no pagar. Sin embargo, el Constitucional rechazó ese y otros argumentos y recordó que no existe "derecho alguno a la inalterabilidad del régimen fiscal, ni, en general, a la congelación del ordenamiento jurídico existente".

El impuesto a las grandes fortunas fue implantado hace un año por el Gobierno de España ante la disparidad de rebajas aprobadas por diversas comunidades autónomas en el impuesto de patrimonio, que ellas mismas gestionan. En Galicia el impuesto del patrimonio afecta a unas 8.000 personas, las que cuentan con bienes y derechos por más de 700.000 euros sin tener en cuenta la vivienda habitual hasta los 300.000 euros y las que, en conjunto, superen los 2 millones. A ellas, Feijóo les rebajó en 2022 en un 25% la cuota final a pagar, bonificación que en este 2023 Rueda amplió al 50%.

Frente a estas rebajas, el impuesto a las grandes fortunas introducido grava de manera progresiva a quien tiene más de 3 millones de euros, descontando ya "lo abonado en el impuesto sobre el patrimonio". Así, si en 2021, último año certificado por la Agencia Tributaria, las 8.000 personas a las que afecta el impuesto de patrimonio acumulaban 57.000 millones de euros por los que abonaron 79 millones, el impuesto a las grandes fortunas solo fue pagado este 2023 por una muy pequeña parte de los anteriores, 91 personas que abonaron 9,8 millones.

Frente a este nuevo impuesto estatal varias comunidades autónomas gobernadas por el PP, entre ellas Galicia y Madrid, recurrieron ante el Tribunal Constitucional. A principios del pasado noviembre el Constitucional rechazó el recurso de Madrid, el primero que analizó, y avanzó que aplicaría la misma doctrina al resto de comunidades, entre ellas Galicia. Dos semanas más tarde, el Constitucional confirmaba también el rechazamiento del recurso gallego. Pero es ahora cuando el tribunal hace pública la sentencia que responde a las alegaciones concretas de la Xunta desechándolas y que cuenta con los votos discrepantes de cuatro magistrados.

Si la sentencia de Madrid tenía cerca de cien páginas, la gallega no llega a la veintena ya que el tribunal se remite a la anterior para dar respuestas a las alegaciones que fuesen parecidas. Entre ellas, la principal era la de que el nuevo tributo vulneraba la autonomía de las comunidades para fijar su política fiscal. El Constitucional reitera nuevamente a la Xunta que no es así ya que el impuesto estatal "deja intactas las competencias normativas autonómicas reconocidas en el régimen de cesión del impuesto sobre el patrimonio", que "seguirán siendo, única y exclusivamente, las que ella decida".

Pero la Xunta también alegaba que la manera en que fue aprobado el impuesto estatal vulneraba la seguridad jurídica. La sentencia del Constitucional hecha pública recientemente recoge las argumentaciones del Gobierno gallego al respecto y entre ellas figura la de que entre el anuncio, la aprobación y la entrada en vigor del nuevo tributo pasó demasiado poco tiempo y las personas afectadas por él no tuvieron margen para gestionar su patrimonio de manera que pudiesen pagar menos. El tribunal refleja como la Xunta considera que las mudanzas de impuestos deberán ser previsibles "con el fin de adoptar las decisiones que se tengan por pertinentes", entre ellas la de que los ciudadanos afectados pudiesen "dejar de ser residentes fiscales en España" para así evitar pagar el nuevo tributo. 

Sin embargo, el Tribunal Constitucional rechaza esa supuesta inseguridad jurídica. La sentencia dice que "respecto de que [el impuesto] se hubiese establecido de forma "imprevisible'", en su resolución previa sobre el caso madrileño ya había recordado a su "reiterada doctrina" según la cual "entre las exigencias de la seguridad jurídica no se incluye derecho alguno a la inalterabilidad del régimen fiscal, ni, en general, a la congelación del ordenamiento jurídico existente".

Tres fundaciones privadas se disputan la gestión de las residencias donadas por Amancio Ortega a la Xunta

Tres fundaciones privadas se disputan la gestión de las residencias donadas por Amancio Ortega a la Xunta

Tras conocerse el rechazamiento del Constitucional al recurso de Madrid contra el impuesto a las grandes fortunas, antes mismo de que el tribunal hiciese pública su decisión al respecto del recurso de Galicia, Xunta y PP presentaron hace un mes una reforma legal para un aumento "temporal" del impuesto de patrimonio gallego que permita que no se aplique en el país el impuesto subsidiario estatal. 

Revirtió así el Gobierno gallego, a la vista de la resolución inminente del Constitucional ya conocida en detalle, su intención previa de perdonar más impuesto de patrimonio a 8.000 ricos gallegos que todas sus deducciones por el Impuesto de la Renta de las Personas Físicas.

Aquí puedes leer el texto original en gallego.

Más sobre este tema
stats