TRIBUNALES
Cuando un juez machista lleva un juzgado de violencia de género: "Los prejuicios impactan en las sentencias"
Asegura que las mujeres gozan de "ventajas" en los tribunales, afirma que los abogados de las víctimas de violencia de género van "a la caza de la orden" de protección y cree que las madres "lavan el coco a sus hijos y acaban separándolos de los padres". Su nombre es David Maman Benchimol y es el juez responsable de instruir el caso contra el ex jefe de la Policía Nacional denunciado por violencia sexual por una subordinada. Las afirmaciones las pronunció hace dos meses frente a los micrófonos, en una jornada organizada por el Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid en torno a las competencias de los juzgados de violencia sobre la mujer y que ha hecho públicas laSexta.
Las juristas feministas que escuchan hoy sus palabras se reconocen inquietas por los efectos que pueden tener en los tribunales, pero admiten que no resultan sorprendentes. "Es bastante típico, sobre todo en violencia sexual", expresa una jueza especializada que pide no revelar su nombre.
Lejos de tratarse de comentarios excepcionales, no son pocos los jueces que manifiestan opiniones estigmatizantes y ancladas en los muchos sesgos que todavía campan a sus anchas en los tribunales. "Cuestionan a las víctimas o insinúan que se mueven por intereses", comparte la misma jueza, quien observa que los estereotipos están especialmente presentes en los casos de violencia sexual. "Estamos como en violencia de género hace dos décadas, cuando salió la ley: no se cree a las mujeres".
"Hay más ejemplos, lamentablemente", coincide la abogada María Naredo. Al otro lado del teléfono, la letrada expresa preocupación "no solo porque haya jueces misóginos, sino porque sean titulares de un juzgado especializado". Al mismo punto llega la jueza Cira García, titular del Juzgado de Violencia sobre la Mujer número 1 de Getafe (Madrid), quien considera inadmisible dar rienda suelta a este tipo de prejuicios en el caso de un magistrado que trabaja directamente con víctimas desde hace 15 años.
"Tus prejuicios impregnan tu práctica judicial"
Jorge Piedrafita, el abogado de la denunciante, ha señalado que confía en que las declaraciones del magistrado "se encuentren delimitadas a su derecho de libertad de expresión". No obstante, ha advertido, "si en el transcurso de la instrucción se observa cualquier conducta arbitraria por sesgo machista este letrado se verá obligado a solicitar la recusación en defensa y protección de su cliente víctima de agresión sexual en un contexto de violencia sobre la mujer".
Fuentes del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) explican a este diario que el órgano "no tiene mucho margen de maniobra" en este tipo de situaciones, en parte porque entra "en juego la independencia de los jueces". El grueso de la actividad que emana de la Comisión Disciplinaria, según exponen las mismas fuentes, procede de quejas o denuncias, no tanto de una actuación de oficio. Pero existe una limitación clara: los hechos tienen que encajar en las faltas que prevé la ley. "Si el hecho no constituye una falta disciplinaria, entonces tampoco puede derivar en una sanción".
¿Pueden ser estas manifestaciones una falta? Las fuentes consultadas matizan que se trata de opiniones expresadas fuera de los tribunales, por lo que no necesariamente tienen impacto en sus resoluciones judiciales. Las mismas voces ponen un ejemplo: "Puede haber un elevado porcentaje de jueces que no estén de acuerdo con las leyes, pero luego las aplican", zanjan.
Las juristas feministas discrepan. Cuando se manifiestan opiniones en las que "subyacen prejuicios y estereotipos de género", necesariamente va a existir un impacto, asiente Cira García. "No se puede disociar, este tipo de comentarios impregnan tu práctica judicial" y eso deriva en una lesión al "derecho a la tutela judicial efectiva" de las víctimas, clama la magistrada. Un mes después de pronunciar aquellas palabras, el juez denegó la medida cautelar solicitada por la víctima.
En el mismo sentido se expresa María Naredo: "Los prejuicios van contigo y te acompañan en todas tus resoluciones judiciales". Y precisamente por este motivo existe todo un marco internacional que busca proteger a las víctimas poniendo la lupa en los sesgos que todavía anidan en el ámbito judicial.
Contra el marco internacional
Mientras el juez Maman Benchimol lamenta que las defensas de las víctimas vayan "a la caza de la orden" de protección y las mujeres se beneficien de "tantas ventajas para poner una denuncia", lo cierto es que es el propio marco internacional el que obliga a que así sea. El Convenio de Estambul exige la adopción de medidas para que las víctimas puedan "beneficiarse de mandamientos u órdenes de protección adecuados", a través de una "protección inmediata" que no suponga "una carga económica o administrativa excesiva". Y el mismo tratado obliga a prestar apoyo a las víctimas en la presentación de sus denuncias. En ese mismo sentido, los estados firmantes deben alentar a que cualquier persona que haya presenciado violencia la denuncie ante las autoridades. No es que las mujeres tengan ventajas por denunciar, es que deben tener facilidades para poder hacerlo.
La Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW), en su recomendación general número 33 sobre el acceso de las mujeres a la justicia, se detiene precisamente en el efecto de los estereotipos y prejuicios de género en el sistema judicial. Según el organismo de las Naciones Unidas, los sesgos de género "tienen consecuencias de gran alcance para el pleno disfrute de los derechos humanos de las mujeres" y además "pueden impedir el acceso a la justicia en todas las esferas de la ley", afectando particularmente a "las mujeres víctimas y supervivientes de la violencia". Los estereotipos, añade en su recomendación, "distorsionan las percepciones y dan lugar a decisiones basadas en creencias preconcebidas y mitos".
Esos estereotipos no son opiniones aisladas, sino que "pueden hacer que los jueces interpreten erróneamente las leyes o las apliquen de forma defectuosa". El resultado puede derivar en una "cultura de impunidad" en los tribunales.
En su informe de 2024, el Grupo de Expertos en la Lucha contra la Violencia contra la Mujer (GREVIO) también señalaba los defectos formativos en materia judicial en suelo español. "A pesar de las medidas para ampliar la formación sobre violencia de género contra las mujeres", lo cierto es que los jueces que no trabajan en tribunales especializados en violencia de género "siguen sin recibir formación sistemática sobre temas relacionados con la violencia contra las mujeres". Muchos de ellos, observan los expertos, "siguen careciendo de un enfoque centrado en la víctima y en el trauma".
Madres que "lavan el coco" a sus hijos
En el citado informe, los expertos hablaban además del uso "incontrolado" de conceptos como el "denominado síndrome de alienación parental". Lo cierto es que Naciones Unidas ha señalado a España en diversas ocasiones precisamente por la aplicación, directa o indirecta, de este falso síndrome en los tribunales, una herramienta que recupera ahora el juez Maman Benchimol cuando desliza que algunas madres manipulan a sus hijos. "La madre le va haciendo el correspondiente lavado de coco y se va separando del padre poco a poco", aseguraba el magistrado.
En realidad, la idea de una manipulación sistemática e interesada no solo ha sido refutada por expertos a lo largo de los años, sino que el uso de ese argumento en el ámbito judicial está prohibido gracias a la ley de protección a la infancia. La norma veta el uso de ese síndrome en concreto, pero también de todas sus derivadas: "Los poderes públicos tomarán las medidas necesarias para impedir que planteamientos teóricos o criterios sin aval científico que presuman interferencia o manipulación adulta, como el llamado síndrome de alienación parental, puedan ser tomados en consideración".
En 2024, el Defensor del Pueblo también puso la lupa sobre el problema y subrayó que las madres siguen dándose de bruces contra un muro institucional que obstaculiza la protección de sus hijos y las revictimiza.
Un problema de formación
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A la formación como una de las grandes asignaturas pendientes en la judicatura es adonde llegan todas las expertas consultadas. Hace ahora siete años, una reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial incluyó una batería de medidas procedentes del Pacto de Estado contra la Violencia de Género, entre las que se encontraba la obligación de un curso en perspectiva de género dirigido a aquellos jueces y magistrados que quisieran acceder a cualquier especialización. Se trata de un curso online, con una carga lectiva de 50 horas, que en todo caso es voluntario para el conjunto de la carrera judicial.
Sumado a ello, existe un curso obligatorio para aquellos jueces que deciden iniciar un cambio de orden hacia los juzgados con competencia en materia de violencia de género. En este caso, el curso combina contenidos teóricos y prácticos, repartidos en dos etapas: la estancia en órganos judiciales y el estudio de los contenidos fijados a través de una fase online.
Uno de los principales problemas, según indican las juristas entrevistadas, es que los profesionales que sí los han cursado no están obligados a actualizar su formación y ensanchar sus conocimientos con el paso de los años. Así que los operadores jurídicos más veteranos "van sorteando los requisitos posteriores que sí afectarían a las nuevas hornadas", lamentan las voces consultadas. Todas ellas coinciden en algo: la formación en perspectiva de género se ha demostrado no ser una prioridad.