El fiscal dice que el juez imputa a la infanta por “meras sospechas personales” sin base

La infanta Cristina a su llegada a su trabajo en La Caixa.

La brecha abierta entre el juez y el fiscal del caso Urdangarin caso Urdangarinse acaba de convertir en foso. El fiscal Pedro Horrach ha presentado un recurso durísimo en el que califica de “meras sospechas personales”sin base probatoria los argumentos utilizados por el juez José Castro para imputar a la infanta Cristina, cuya comparecencia, fijada para el 27,quedará en el aire si el magistrado decide finalmente suspenderla en espera de que la Audiencia de Palma resuelva la controversia.

El fiscal llega a insinuar, sin muchos tapujos, que el magistrado José Castro “deforma” la verdad. “El procedimiento judicial –escribe, y esa es la idea central de las 20 páginas del recurso- persigue la búsqueda de la verdad material, no de ajustarla a expectativas o sospechas personales, deformándola". Imputar a una persona por "hechos que a priori no presentan rasgos delictivos supone, cuando menos, un trato discriminatorio", remacha Horrach.

Más adelante, abunda en el mismo reproche cuando sostiene que el análisis de los indicios supuestamente incriminatorios que recoge el auto “no merecen tal consideración jurídica sino que constituyen meras circunstancias inocuas, inconsistentes y equívocas, en algunos casos, o meras sospechas personales, en otros, y que de las mismas no puede inferirse indiciariamente participación en conductas reprochables penalmente”.

El recurso, que analiza y contradice uno por uno los 14 indicios aportados por Castro, asesta un mazazo al argumento del juez de que no interrogar a la infanta implicaría un “cierre en falso” de la instrucción y un “descrédito de la máxima de que la justicia es igual para todos”. El juez finalizaba ese párrafo subrayando que evitar la comparecencia de la hija del rey sería una “clara contradicción a la práctica cotidiana de los juzgados y tribunales que en casos similares es muy escasamente probable que prescindieran de este trámite”. Horrach replica así: “Ante cualquier posible imputación el operador jurídico realiza una previa valoración individualizada respecto del encaje penal de la conducta objeto de investigación y esta sí es la práctica cotidiana”.

Para refutar el auto, Horrach hace suyas las afirmaciones que el juez utilizó en marzo de 2012 al rechazar la imputación de la infanta, solicitada desde el principio de la investigación por Manos Limpias, que ejerce la acusación popular. Y, según el fiscal, nada nuevo ha ocurrido desde entonces que permita cambiar la posición procesal de la infanta. Los correos de Diego Torres, dice, aquellos que constatan que Urdangarin consultaba sus decisiones con su esposa, no desvelan ningún dato incriminatorio para Cristina de Borbón, ni siquiera el alusivo a aquel que presenta a la infanta como mensajera de su padre para una gestión relativa al Proyecto Ayre. Sobre el mail en que Urdangarin ponía a su esposa al tanto de sus pasos en los inicios de la empresa Nóos, precursora de la ONG del mismo nombre, Horrach replica al juez que no puede interpretarse como el presagio de una cooperación necesaria delictiva, es decir, la prestada por alguien sin cuya participación el delito no podría perpetrarse. "Deduce el Juez Instructor del contenido de dicha misiva una presunta cooperación de esta en futuras, y aún desconocidas, actividades criminales", escribe Horrach antes de propinar otro golpe al magistrado: "Obviamente este supuesto indicio no merece observación jurídica alguna".

Tampoco cabe –mantiene Horrach- atribuirle un delito de tráfico de influencias, que requiere hacer valer esa influencia ante un cargo público o un funcionario. Sobre la declaración de Diego Torres respecto a cómo la infanta participaba en la junta directiva de Instituto Nóos, de la que era vocal, el fiscal niega que tal afirmación posee valor penal: es, según Horrach, una “manifestación genérica en sí misma inocua a efectos incriminatorios” porque la junta directiva de Instituto Nóos “nunca se reunió ni por tanto adoptó decisión alguna”. Otro tanto, añade el fiscal, ocurre con la empresa Aizoon SL, cuya propiedad comparte la infanta con su marido. Que firmase las cuentas anuales de la sociedad, recalca Horrach, no implica que supiera que Aizoon estaba desarrollando actividades presuntamente ilegales.

Ya en la segunda página, el fiscal reproduce dos párrafos del auto del 5 de marzo de 2012 donde el juez se opuso a la imputación de la infanta y extrajo la siguiente conclusión: “Carecería de sentido convocar a alguien como imputado a sabiendas de que, salvo que admitiera expresamente su responsabilidad penal, se debería acto seguido sobreseer la causa en cuanto al mismo”. Tras el entrecomillado, el fiscal propina el primer revés al magistrado: “Sobran más comentarios”.

La presencia de la infanta en el folleto publicitario de Instituto Nóos, que la mencionaba con su nombre y posición en la familia real, carece de relevancia, entiende Horrach. “No consta –dice el recurso- que esa supuesta carta de presentación fuera utilizada de cara a los conciertos habidos con las Administraciones Públicas”, aquellos que reportaron a Instituto Nóos seis millones de euros que acabaron en las cuentas privadas de sus máximos responsables, Iñaki Urdangarin y Diego Torres, quienes a su vez compartían algunas de ellas con sus respectivas esposas.

Horrach atribuye a Castro incluso de haber tergiversado el sentido en que la mujer de Diego Torres, Ana Tejeiro, pronunció su "por ser quien es"en relación a Cristina de Borbón. No lo dijo, destaca el fiscal, para referirse a por qué la infanta no había sido llamada a declarar sino en el de por qué los empleados de Nóos interrogados en la causa hablaban de Ana Tejeiro y no de Cristina de Borbón. "El contexto -remata aquí el recurso- desvirtúa la interpretación que realiza el Instructor". El juez considera en su auto que Ana Tejeiro quiso decir que el "distinto trato sólo puede obedecer a su posicionamiento institucional y no a un sustancial diferente grado de participación en los hechos”.

Al hilo del folleto publicitario de Instituto Nóos, Horrach arremete de nuevo contra el juez, a quien censura que apunte “de manera solapada” a un presunto delito de tráfico de influencias. Y lo hace así: “Si a lo que apunta, de manera “solapada”, en los Fundamentos Jurídicos Tercero, Cuarto, Quinto y Sexto es a un presunto delito de tráfico de influencias, la mera aparición de un nombre en los folletos informativos o de presentación de una entidad no es en sí mismo suficiente para la comisión de la citada figura delictiva, por alto que sea el rango personal o institucional de que se trate”.

Horrach entra también a matar en el punto en que el juez habla del fraude fiscal atribuido a Urdangarin, que entraña una sugerencia de que su mujer puede terminar imputada por ese mismo delito. Ni la Agencia Tributaria ni la Abogacía del Estado, dice el fiscal, han hallado el menor signo de que Cristina de Borbón pudiera estar implicada.

Reunión en Zarzuela

Documento: Recurso de apelación presentado por la Fiscalía Anticorrupción (PDF)

El fiscal también repasa el episodio de la reunión en Zarzuela donde, según Diego Torres, se gestó el primer pelotazo de Instituto Nóos durante una reunión que el propio Torres y Urdangarin celebraron a comienzos de 2004 con Francisco Camps y Rita Barberá.

El fiscal, que no niega la existencia de esa reunión, rebate al juez así: esa hipotética reunión “a quienes se reunieron o a quienes patrocinaron dicha reunión, no a quienes ni estaban, ni consta conocieran su existencia. Pero aun en el hipotético caso de que Doña Cristina de Borbón conociese que las reuniones tuvieran lugar en tan reales sitios, se escapa a este fiscal nuevamente el alcance penal de este extremo”.

Al pronunciarse en esos términos, Horrach exonera a la infanta pero reabre la caja de los truenos para Camps y Barberá, cuya imputación implicaría que el juez de Palma se inhibiese a favor del Tribunal Superior de Valencia, ante el que ambos, en su calidad de diputados autonómicos, están aforados. La vía de la inhibición sigue siendo posible, máxime cuando Horrach ya está “concluida la investigación de la causa” en lo que concierne al sumario de Palma.

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