Los límites del Estado aconfesional

40 años del Acuerdo España-Santa Sede: la Iglesia incumple su parte del trato

El papa Francisco preside el rezo del Ángelus desde unas de los ventanales del Vaticano en la Plaza de San Pedro del Vaticano, este martes.

En política las palabras nunca son del todo inocentes. En diplomacia, menos. Y si anda por medio el Estado Vaticano, hay que leer con lupa cada coma. Los Acuerdos del Estado Español con la Santa Sede, una reforma –no una derogación– del Concordato de 1953, son una obra político-jurídica en que todo cuenta. Es relevante lo que se dice, y cómo se dice. Y lo que se omite, y cómo se omite. Sólo sobre esta premisa puede entenderse que 40 años después de dichos Acuerdos, firmados el 3 de enero de 1979, la Iglesia católica haya incumplido de forma flagrante su principal compromiso conforme a los mismos: autofinanciarse. Es decir, financiarse con cargo al dinero de sus fieles. Ni tal cosa ha ocurrido, ni hay visos de que ocurra. Al contrario, desde 1979 hasta hoy, y pese a la galopante secularización de la sociedad española, la Iglesia se ha amorrado a la fuente de recursos del Estado hasta quedar en una situación de completa dependencia de lo público. Alejandro Torres, profesor de Derecho Eclesiástico de la Universidad de Navarra, que se cuenta entre los más exhaustivos conocedores de los entresijos de las relaciones entre Estado e Iglesia, ha sintetizado la cuestión con una frase con vocación de titular: la Iglesia "es el eterno adolescente de 40 años que nunca se va de casa".

Un dato. Hasta 2016, último año del que hay datos oficiales, la Iglesia ha recibido vía asignación tributaria, más las entregas presupuestarias para suplirla o compensarla, más de 5.000 millones de euros, según los datos del Ministerio de Hacienda consultados por infoLibre (y convertidos a euros en los años en que todavía funcionaba la peseta). Desde la reforma acordada en 2006 por la Iglesia católica y el Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero, la cantidad asignada anualmente por el Estado a la Iglesia ronda los 250 millones de euros para la financiación de su funcionamiento. Y esto es sólo una ínfima parte de lo que la Iglesia y sus instituciones logran del Estado cada año en forma de sueldos, subvenciones, excenciones y conciertos. Europa Laica cifra el montante total en alrededor de 11.000 millones al año, si bien no todo ello es para su financiación directa, sino para la prestación de múltiples servicios que el Estado tiene delegados en la Iglesia católica y sus múltiples terminales: educativo, sanitario, caritativo... La CEE no ha ofrecido una cifra alternativa. El dinero asignado por el Estado a la Iglesia vía IRPF –que pagan todos los contribuyentes, no sólo los que marcan la equis– no es el más relevante desde el punto de vista cuantitativo, sino cualitativo, ya que es el que más claramente expresa la consolidación de un modelo que consagrada la dependencia de la Iglesia católica de las arcas públicas.

¿Cómo casa todo esto con el deber de autofinanciación recogido en los Acuerdos de España y el Vaticano? Difícilmente, si leemos el punto 5 del artículo II del pacto económico, que dice así: "La Iglesia católica declara su propósito de lograr por sí misma los recursos suficientes para la atención de sus necesidades". No es ocioso resaltarlo el incumplimiento de este "propósito" por dos motivos: 1) los portavoces de la Conferencia Episcopal, los obispos y los medios de opinión conservadores suelen insistir en que los Acuerdos del 79 aquilatan el particular y ventajoso régimen económico, simbólico y educativo de la Iglesia; y 2) los sectores progresistas y laicos recalcan que sin la derogación de dichos Acuerdos es imposible cualquier verdadera reforma de la relación del Estado con la Iglesia católica. De hecho, el propio PSOE lleva en su programa la denuncia de estos Acuerdos, si bien no ha movido un dedo para dar cumplimiento a este compromiso ni al grueso de sus medidas de corte laicista. Es decir, los Acuerdos están el punto de mira por el trato ventajoso que otorgan a la Iglesia. Pero nadie repara en reclamar el cumplimiento del acuerdo allí donde es más exigente con las autoridades eclesiásticas: en la autofinanciación. Hay que repetir el artículo en cuestión: "La Iglesia católica declara su propósito de lograr por sí misma los recursos suficientes para la atención de sus necesidades". Ese propósito se ha quedado en eso: en un simple propósito, per saecula saeculorum. No sólo no se ha cumplido, sino que se ha dispuesto un modelo que hace inverosímil que se cumpla.

  Un acuerdo fraguado en el franquismo

Los detalles relevantes para entender el caso empiezan en las fechas. En primer lugar porque, en contra de lo que se suele decir, los Acuerdos no son sólo de 1979. De los cinco Acuerdos, uno, el que crea el marco jurídico, es de 1976 –es decir, predemocrático–, y cuatro son de 1979: 1) jurídico; 2) sobre asistencia religiosa a las Fuerzas Armadas; 3) educativo y cultural; 4) económico. En segundo lugar, porque incluso los Acuerdos formalmente democráticos de 1979 lo son sólo sobre el calendario. Se firmaron el 3 de enero de 1979, hace ahora 40 años, tan sólo 29 días después de la aprobación de la Constitución en referéndum. Había que guardar las formas, aunque en realidad las negociaciones para el Concordato bis, independientes de las constitucionales, habían empezado cuando la hipótesis democrática sólo estaba en la mente de los puntales de la oposición antifranquista y los reformistas más audaces. Cuando se redactaron los Acuerdos, a pesar de que su firma es posterior al 6 de diciembre de 1978, el texto de referencia no era la Constitución, sino el Concordato de 1953, anclaje de hierro del nacionalcatolicismo. Eso explica que lo que el Estado español le garantiza al Vaticano es mucho más que lo que lo que el Vaticano le entrega al Estado español.

El cardenal Jean Marie Villot, que tuvo un papel destacado en el Concilio Vaticano II pero que luego se sumó al neointegrismo de Juan Pablo II, y Marcelino Oreja, entonces ministro de Exteriores, luego eurodiputado y diputado de Alianza Popular y del PP, destacado propagandista católico al igual que Leopoldo Calvo Sotelo, firmaron un acuerdo que tenía el impulso político de Pablo VI y Francisco Franco. El artículo Las relaciones entre la Iglesia y el Estado en España (1953-1976), de Alberto de la Hera, que fue director general de Asuntos Religiosos con José María Aznar, no deja dudas: los Acuerdos del 76-79 son un producto jurídico-político del franquismo, no de la Transición. Eso sí, a lo largo de las conversaciones para definirlo, ambas partes concluyeron que era inviable mantener la consustancialidad Estado-Iglesia que había marcado el franquismo, por lo que sometieron el Concordato a un remozamiento.

  Una catarata de privilegios

El Estado venía de aportar 300.000 millones de pesetas en 33 años a la Iglesia en "construcción de templos, seminarios, centros de caridad y de enseñanza, sostenimiento del culto, etcétera", como desveló Carrero Blanco en 1972 y recoge Joan Castellá-Gassol en su ensayo ¿De dónde viene y a dónde va el dinero de la Iglesia española? (Dirosa, 1975).

"La Iglesia recibe anualmente unos 6.000 millones de pesetas del Estado español por diversos conceptos", tituló Europa Press en 1974, información nunca desmentida. Con un acceso así al erario público era mucho lo que se jugaba la Iglesia en el tránsito hacia la democracia, que podía suponer una alteración sustancial del statu quo. Pero no fue así. Conservó lo esencial de sus privilegios simbólicos, educativos y económicos gracias a los Acuerdos de 1979, a su vez anclados en el marco previo de 1976, que Dionisio Llamazares, en su artículo Los Acuerdos del Estado español con la Santa Sede, considera "vértice del sistema" y raíz de su inconstitucionalidad, por generar de facto una confesionalidad encubierta contraria al principio constitucional de aconfesionalidad del Estado. No obstante, la compatibilidad de los Acuerdos con la norma fundamental jamás ha sido sometida al escrutinio del Tribunal Constitucional, de modo que el trato de favor a la Iglesia que supone ha permanecido, ampliado por leyes como la de mecenazgo (2002), que blinda su estatus fiscal privilegiado.

Los compromisos adquiridos en el 79 por la naciente democracia española con el Vaticano –un Estado teocrático extranjero que anclaba su especialísimo estatus en su colaboración con el alzamiento franquista y con el régimen dictatorial– son múltiples. El convenio jurídico da a la Iglesia total libertad para organizarse, crear y modificar circunscripciones, parroquias y diócesis, aprobar y suprimir órdenes, congregaciones... Y a toda la miscelánea de organismos que componen la Iglesia le otorga "personalidad jurídica civil y plena capacidad de obrar". De cada reconocimiento de una actividad de la Iglesia derivará un gasto público. Por ejemplo, el convenio sobre asistencia religiosa a las Fuerzas Armadas y el servicio militar de clérigos y religiosos implica no sólo el derecho a recibir la asistencia religiosa, sino la obligación del Estado de pagarla. El derecho a la educación religiosa no implica sólo un derecho –o una libertad, en la retórica eclesial–, sino un deber de financiación pública.

  Sin reciprocidad eclesial

Pero no hay reciprocidad en las concesiones de la Iglesia. Véase el artículo XV del convenio educativo: "La Iglesia reitera su voluntad de continuar poniendo al servicio de la sociedad su patrimonio histórico, artístico y documental". Lo que para el Estado español es compromiso u obligación, para la Iglesia es "voluntad". Y es sabido que las trabas de la Iglesia a la hora de facilitar el acceso a sus archivos a los historiadores ha sido motivo de queja frecuente por parte de estos.

En el plano económico el Estado hace gala de una generosidad de dudoso encaje en un sistema aconfesional. Dice el artículo II del convenio económico: "El Estado se compromete a colaborar con la Iglesia católica en la consecución de su adecuado sostenimiento económico". El acuerdo establece las bases del sistema de financiación vía dotación presupuestaria e IRPF, que a la larga ha sido compatible también con la financiación de cuantiosas ONG católicas a través de la llamada "casilla de fines sociales". Hay que destacar que tanto una casilla como la otra derivan en una financiación con cargo al erario público. Es decir, el que marca la casilla católica no pone ni un euro más de su bolsillo para la Iglesia. Los católicos que lo desean marcan la equis católica y, con ello, declaran su voluntad de que se aporte el 0,7% de la recaudación a la institución religiosa. El dinero que va a la Iglesia se detrae, en una cantidad establecida en función el número de equis marcadas, de la masa total recaudada, de tal modo que también el que no quiere aportar acaba aportando. Es dinero público que deja de ir a carreteras, investigación científica, educación o pago de la deuda.

El Acuerdo económico del 79 también sienta las bases del régimen fiscal de la Iglesia, que no sólo está exenta de la mayoría de los impuestos por las actividades e inmuebles vinculados a su actividad religiosa, educativa o asistencial, sino que en la práctica incluso hace negocio libre de impuestos y con total opacidad a través de actividades como el alquiler y el cobro de entradas a sus monumentos, también conservados con dinero público.

  "Dejación de funciones" del Estado

Todo este negocio, en el que la Iglesia encubre como donativo lo que en realidad son actividades lucrativas, tiene su base en el amplio margen de discrecionalidad operativa que otorgan los Acuerdos del 79 a la Iglesia católica. La contrapartida era el punto 5 del artículo II del acuerdo educativo: "La Iglesia católica declara su propósito de lograr por sí misma los recursos suficientes para la atención de sus necesidades". Pero se ha quedado en una quimera. "Ha habido una dejación de funciones por parte del Estado a la hora de exigir ese compromiso. Es como si no estuviese escrito en el Acuerdo. En Holanda hubo un plazo de 20 años, que venció en 2004. Se dio un periodo de diez años para las exenciones en el pago de tarifas postales y de 20 en la financiación directa. Se cumplió el plazo y se quitó. Aquí no hay un plazo fijado. Cada año 250-255 millones minorados de la recaudación pública van a la Iglesia, sin más", señala Torres.

En el seno de la propia Iglesia católica, Redes Cristianas –que agrupa a unos 200 colectivos de base– mantiene una campaña a favor de la autofinanciación de la Iglesia. Consultada por infoLibre, la Conferencia Episcopal no ofreció información para este artículo. No obstante, el máximo órgano de representación de la Iglesia en España mantiene que ya se autofinancia, ya que considera que el dinero que le llega vía IRPF proviene de los fieles, a pesar de que lo pagan todos los contribuyentes. La CEE se opone a adoptar en España el llamado modelo alemán, o Kirchensteuer, que implica un recargo individual en los impuestos estatales sobre la renta y los rendimientos de trabajo. Su porcentaje oscila entre el 8 y el 10% de la cuota tributaria. Es dinero que el contribuyente pone de más. Es decir, el que quiere aportar a una determinada confesión, hace una aportación extra, no decide que se haga entre todos. Eso sería autofinanciación, y no el actual modelo, en el que católico decide y todos pagan.

  Un privilegio que ha ido a más

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El camino recorrido hasta consolidar el actual modelo, que no sólo elude la autofinanciación sino que ni siquiera encamina a la Iglesia hacia la misma, tiene diversos hitos. En 1988 se creó la llamada casilla de la Iglesia. Posteriormente, ya con José María Aznar en el Gobierno, se introdujo la cuantificación del mínimo de la entrega mensual a cuenta a la Iglesia: 1.776,6 millones de pesetas. El total anual superaría en cualquier caso los 21.319,6 millones de pesetas y se actualizaría anualmente. Esto suponía que la supuesta decisión de los fieles de que el Estado aportase dinero se convertía de hecho en la mera validación de una decisión presupuestaria ya adoptada. El Estado aportaba el dinero mes a mes, para garantizarle la liquidez.

En 2006, con José Luis Rodríguez Zapatero en La Moncloa, la asignación vía IRPF a la Iglesia pasó del 0,5239 al 0,7% tras un acuerdo que adoptó la forma de Intercambio de Notas entre la Nunciatura Apostólica en España y el Ministerio de Asuntos Exteriores. La cesión del Gobierno tenía dos contrapartidas: 1) La obligación de la CEE de presentar anualmente una memoria de justificación del uso del dinero, que en la práctica el Gobierno no fiscaliza; y 2) La supuesta renuncia a la exención del IVA, que en realidad venía exigida por la Comisión Europea. El dinero que recibe anualmente la Iglesia vía IRPF financia principalmente su estructura, pero también campañas contra el aborto y la televisión Trece.

Así están las cosas hoy, pese a que hace 40 años la Iglesia puso por escrito en un documento que sigue colgado del BOE que su "propósito" era pagarse a sí misma. Ni lo ha cumplido, ni hay el menor viso de que vaya a cumplirlo. Ni de que el Estado vaya a exigírselo.

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