Derechos digitales

El Defensor recurre al TC la norma que permite a los partidos recoger opiniones políticas en las redes sociales

Sede del Tribunal Constitucional

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El Defensor del Pueblo ha interpuesto un recurso de inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional (TC) contra la norma que permite la recopilación de datos personales relativos a las opiniones políticas de las personas en redes sociales por parte de los partidos políticos en el marco de sus actividades electorales, informa Europa Press.

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De este modo, la institución ha recurrido al TC el artículo 58 bis.1 de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General, incorporado a esta por la disposición final tercera, punto dos, de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, una iniciativa legislativa que comenzó su tramitación con el PP en el Gobierno.

Desde la sociedad civil, un grupo de juristas y organizaciones de defensa de los derechos digitales han presentado en las últimas semanas al Defensor del Pueblo una solicitud de interposición de recurso de inconstitucionalidad ante el alto tribunal.

"El Defensor del Pueblo (e.f.) ha hecho uso de la legitimación que le confiere el artículo 162.1 de la Constitución Española, y ha interpuesto recurso de inconstitucionalidad contra el precepto de la mencionada ley –por considerar que a través del mismo se vulneran los artículos 9.3, 16, 18.4, 23.1 y 53.1 de la Constitución–, en los términos que se concretan en la demanda que ha sido presentada ante el Tribunal Constitucional", comunica Francisco Fernández Marugán a los solicitantes en su escrito.

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