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El juez De Prada, objetivo a batir por el PP en 'Gürtel', goza del respaldo sin fisuras de sus compañeros jueces

El próximo 16 de noviembre está previsto que comience otro macrojuicio del caso Gürtelcaso Gürtel. Pero no será un juicio cualquiera, pues lo que se examina es la llamada Época II, la segunda etapa de actividades de la red corrupta en la Comunidad de Madrid, esta vez en el municipio de Boadilla del Monte, y el PP vuelve a sentarse en el banquillo como posible beneficiario a título lucrativo. Es decir, por lucrarse supuestamente con los negocios de la trama. Y en el tribunal que deberá dictar sentencia está el magistrado José Ricardo de Prada, a quien el partido conservador viene señalando como el artífice de su primera condena y de las frases más contundentes de la sentencia que sacó a Mariano Rajoy de la Moncloa y al que intentan apartar de todas las piezas de esta macrocausa y del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ). Sin embargo, sus compañeros en la Audiencia Nacional descartan cualquier sesgo ideológico que le impida juzgar con imparcialidad este caso de corrupción. 

En el tribunal que juzgará la Época II hay tres magistrados de la Sección Segunda de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional. De ellos, dos ya han juzgado previamente piezas del caso Gürtel: el presidente, José Antonio Mora Alarcón, y José Ricardo de Prada. El paso de éste último por el tribunal que juzgó la Época I hizo que varios de los acusados, incluido el que fuera número dos de la trama corrupta, Pablo Crespo, y el PP, trataran de apartarle de la vista oral que comienza este martes. Sin éxito. Quince magistrados de la Sala de lo Penal lo rechazaron, avalando la postura de la Fiscalía Anticorrupción, que tampoco estaba de acuerdo en recusarle.

Es decir, sus compañeros de la Audiencia Nacional no ven causa para apartarle por las causas esgrimidas por los acusados. El PP citó como motivos su supuesta cercanía al PSOE o las "afirmaciones" de la sentencia de la Época I "de las que puede inferirse ánimo acusatorio" contra el partido. Ninguno de estos argumentos fue compartido por el Pleno de la Sala. Todo ello, a pesar de que De Prada sí fue apartado para juzgar la causa de la caja b del PP, pues en la sentencia que derivó en la moción de censura ya tuvo que examinar pruebas sobre esa contabilidad opaca, la cual se dio por acreditada casi tres años antes de que ésta fuera objeto de su propia vista oral.

Fuentes próximas al magistrado consultadas por infoLibre insisten en que De Prada está y siempre ha estado "absolutamente al margen de la política" y que su único propósito es "impartir justicia" en los casos que se le asignan para enjuiciar, ya que, según recuerdan, ningún juez elige los juicios que le tocan.

Procedimientos diferentes

En el caso del juicio de la Época II, el auto del Pleno de la Sala que confirmó a De Prada como miembro del tribunal, de octubre de 2019 y consultado por este periódico, esgrime que es un procedimiento penal "diferente" al de la Época I que se han tramitado en piezas separadas: aunque en las dos este magistrado "entró en contacto" con las pruebas contra el Grupo Correa, la "actuación desplegada" en cada una de las piezas fue en municipios diferentes. En la primera, en Majadahonda y Pozuelo, mientras que en la segunda fue en Boadilla se depura la actividad de personas, sólo en parte coincidentes, en este último municipio.

"Aunque ambas causas dilucidan la relevancia penal de comportamientos desarrollados en entornos próximos y puede existir alguna premisa fáctica concreta común, no es cierto que en el anterior proceso se analizara y diera por probado hechos que son también objeto de la presente pieza, ni el magistrado pudo formar opinión o prejuzgar los acontecimientos que serán ahora examinados", concluye.

Ser propuesto por el PSOE "no proyecta duda en la sociedad"

En cuanto al otro argumento defendido por el PP en su incidente de recusación, posible cercanía al PSOE, pues fue el partido que le propuso para la renovación fallida del CGPJ en 2018, el auto remarca que "ni los términos de las manifestaciones del magistrado tienen entidad o incidencia para afectar a la apariencia de imparcialidad, ni la designación para cargos en que se valora la experiencia o que son fruto del consenso entre partidos políticos comporta necesariamente pérdida de imparcialidad o interés personal en la causa".

Los magistrados del Pleno creen que estas circunstancias "no arrojan dudas sobre la independencia de criterio" de De Prada. "La posible afinidad ideológica no justifica la existencia de interés directo o indirecto en un magistrado ni su pérdida de imparcialidad", añaden.

¿Por qué entonces esta diferencia con el tratamiento a Concepción Espejel, Enrique López y Juan Pablo González, quienes fueron recusados de todos los juicios del caso Gürtel por haber sido vocales del CGPJ a propuesta del PP? Para la Sala, no puede haber "paralelismo" entre estos tres magistrados y De Prada, pues en esta macrocausa se juzgan hechos contra el "partido político proponente" de Espejel, López y González, mientras que en el caso de De Prada, éste "fue propuesto como vocal a impulso de un partido político en oposición al que es parte en la causa, situación que no compromete la apariencia de imparcialidad ni proyecta duda en la sociedad sobre la independencia de criterio del magistrado".

La primera sentencia "no denota malquerencia"

Sobre el "ánimo acusatorio" que ve el PP en De Prada tras la sentencia de la Época I, el Pleno de la Sala recuerda que "los razonamientos judiciales de la susodicha sentencia expresan el criterio de la mayoría del tribunal, no de un concreto magistrado, que ni siquiera figura como ponente". Cabe recordar que el PP fue condenado como partícipe a título lucrativo en el primer juicio de Gürtel por mayoría de dos magistrados, José Ricardo de Prada y Julio de Diego, y que el presidente del tribunal, Ángel Hurtado, emitió un voto particular discrepando de esa conclusión.

En este sentido, la Sala reprocha al partido que no llegue a precisar "qué interés pueden demostrar en el recusado, directo o indirecto, que comporte un prejuicio en el nuevo enjuiciamiento" sobre la Época II. "El tenor de la sentencia esgrimida no denota malquerencia, ni desdibuja la imagen de imparcialidad; las frases relatadas corresponden al enjuiciamiento de unos hechos complejos y relacionados entre sí, coadyuvan a la condena de los estimados en aquella causa responsables en las vertientes penal y civil, y constituyen disgresiones explicativas sobre la fuente del convencimiento judicial, que corroboran la decisión principal", apunta.

Además, hay que recordar que esa sentencia fue confirmada casi íntegramente –a excepción de varios ajustes en las penas de prisión y multas– por el Tribunal Supremo, que no cambió ni una coma de las conclusiones alcanzadas por De Prada y De Diego, incluidas las referidas a la confirmación de que el PP mantuvo una contabilidad en negro durante al menos veinte años.

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La recusación a la que se enfrentó De Prada por el juicio que comienza este miércoles no era la primera. Siempre, en el marco del caso Gürtel. Primero le intentaron apartar del enjuiciamiento de la Época I; después, en el de la caja b del PP, cosa que al final ocurrió porque ya se había pronunciado sobre esa financiación ilegal en el primer juicio. Esto no ha impedido que otros magistrados hayan condenado al partido conservador como responsable civil subsidiario de los delitos cometidos por el extesorero Luis Bárcenas. Y como el horizonte judicial en la Audiencia Nacional era muy negro para el PP, en el otoño de 2018 el partido de Pablo Casado optó por aceptar a De Prada como vocal del CGPJ con el objetivo de que saliese del tribunal. 

"Es bueno para la justicia española que deje de hacer lo que estaba haciendo, que deje de poner sentencias", dijo al magistrado el diputado del PP Carlos Rojas durante su comparecencia ante la Comisión Consultiva de Nombramientos del Congreso, durante el procedimiento, que luego resultó fallido, para renovar a los vocales del órgano de gobierno de los jueces. Pero ahora, tres años después de esta comparecencia y con el CGPJ aún sin renovar, el PP vuelve a preferir que se quede en la Audiencia Nacional.

El nombre de De Prada surge cada cierto tiempo como uno de los supuestos escollos para nombrar a los nuevos veinte vocales. En todos los procesos de negociación entre el Gobierno y el PP que ha habido desde 2018, el magistrado aparece como la persona que veta el partido conservador y en la que siguen insistiendo PSOE y Unidas Podemos. El diario El Mundo, sin embargo, publicó recientemente que la Moncloa había aceptado el veto de los de Pablo Casado con respecto a De Prada, pero de momento no se presentan avances para un futuro acuerdo.

El próximo 16 de noviembre está previsto que comience otro macrojuicio del caso Gürtelcaso Gürtel. Pero no será un juicio cualquiera, pues lo que se examina es la llamada Época II, la segunda etapa de actividades de la red corrupta en la Comunidad de Madrid, esta vez en el municipio de Boadilla del Monte, y el PP vuelve a sentarse en el banquillo como posible beneficiario a título lucrativo. Es decir, por lucrarse supuestamente con los negocios de la trama. Y en el tribunal que deberá dictar sentencia está el magistrado José Ricardo de Prada, a quien el partido conservador viene señalando como el artífice de su primera condena y de las frases más contundentes de la sentencia que sacó a Mariano Rajoy de la Moncloa y al que intentan apartar de todas las piezas de esta macrocausa y del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ). Sin embargo, sus compañeros en la Audiencia Nacional descartan cualquier sesgo ideológico que le impida juzgar con imparcialidad este caso de corrupción. 

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