Los juristas de la querella contra el emérito recurrirán el cerrojazo del Supremo y no descartan ir al TC

El Rey Juan Carlos en el puerto deportivo de Sanxenxo a 21 de abril de 2024, en Sanxenxo (España).

Los impulsores de la querella contra el rey emérito por delitos contra la Hacienda Pública darán la batalla tras el cerrojazo impuesto por el Tribunal Supremo. El grupo de juristas, según confirman a infoLibre, está trabajando ya en un recurso de súplica contra el auto de la Sala de lo Penal que ha rechazado abrir causa contra Juan Carlos I por las rentas y donaciones no declaradas a través de dos fundaciones ubicadas en el extranjero. Y en función de la respuesta que reciban, no cierran la puerta a acudir, si creen que se han visto vulnerados derechos fundamentales, al Tribunal Constitucional.

Una docena de personalidades decidió en noviembre querellarse contra el emérito por fraude fiscal. Entre ellas, el exmagistrado del Supremo José Antonio Martín Pallín, el exfiscal Anticorrupción Carlos Jiménez Villarejo o el catedrático de Derecho Constitucional Javier Pérez Royo. Ponían el foco en las rentas y donaciones no declaradas por el emérito a través de dos fundaciones: Zagatka, con sede en Liechtenstein, y Lucum, en Suiza. Estos hechos ya fueron investigados en su día por la Fiscalía. Pero rechazó judicializarlos al entender que los mismos estaban prescritos o fueron objeto de una regularización tributaria.

La investigación que llevó a cabo el Ministerio Público puso de manifiesto, por un lado, que el ex jefe de Estado no incluyó en sus autoliquidaciones del IRPF "rentas y rendimientos obtenidos en las cuentas abiertas" en un banco suizo por Lucum –cuyo titular real era Juan Carlos de Borbón–, un fraude que el decreto fiscal situó en hasta 56.097 millones y que se cometió cuando ocupaba el trono –y, por tanto, mientras era inviolable–. Y también que Zagatka, constituida por el primo del emérito y de la que este último fue beneficiario, financió gastos personales del exjefe del Estado sin que este último informase a la Agencia Tributaria.

Respalda la "exhaustiva" investigación de Fiscalía

Los hechos eran posteriores a su abdicación. Por eso, en cuanto se vio acorralado presentó declaraciones complementarias, abonando a las arcas públicas 4,41 millones de euros. Una regularización fiscal con la que esquivó la acción de la justicia. Pero cuya validez ponía en cuestión la querella interpuesta ante el Supremo. En ella, se recordaba que la misma se había realizado después de que Fiscalía hubiese comunicado al emérito la incoación de diligencias de investigación. Y que el Código Penal solo contempla la excusa absolutoria cuando se lleva a cabo antes de que el defraudador tenga conocimiento formal del inicio de pesquisas en su contra.

Pero la Sala de lo Penal del Alto Tribunal da plena validez a la regularización y al posterior archivo, que considera "más que conveniente". En un auto que respalda de principio a fin las conclusiones y la "exhaustiva" investigación del Ministerio Público, los cinco magistrados intervinientes –Manuel Marchena (ponente), Andrés Palomo, Ana Ferrer, Vicente Magro y Javier Hernández– sostienen que "no puede constituir un obstáculo a la regularización tributaria" la notificación de unas diligencias que, en ese momento, no tenían por objeto la indagación delito contra la Hacienda Pública. Es decir, dan el visto bueno al efecto exoneratorio al entender que esas primeras notificaciones no hacían referencia al fraude fiscal.

Lo hacen apoyándose en el decreto de archivo dictado por el jefe de Anticorrupción, Alejandro Luzón, en el que se apuntaba que ni en los escritos de incoación de diligencias ni en las notificaciones "se hacía referencia a los hechos a los que se contraen" las autoliquidaciones complementarias. "La Fiscalía no tenía entonces constancia del incumplimiento de las obligaciones tributarias, conducta que posteriormente ha quedado perfilada", apuntó el Ministerio Público. Y eso es, precisamente, a lo que se agarra también el Supremo para justificar que en este caso no se pueda negar el efecto exoneratorio que la misma Sala sí rechazó aplicar en otro caso esgrimido por los querellantes.

Los juristas buscan romper el candado

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Si la resolución de la Fiscalía supuso en su momento un candado que dificultaba la investigación penal del emérito por estos hechos, el Alto Tribunal se ha encargado ahora de echar la llave al mismo. Al fin y al cabo, cualquier intento futuro de reactivar el caso contra el aforado chocará de lleno con la resolución de la Sala de lo Penal, en la que se llega a acusar a los querellantes de retorcer los decretos de archivo que en su día dictó el Ministerio Público. "Nada ha cambiado tres años después para alzar la razonada y congruente decisión de la Fiscalía y acordar la apertura de un proceso penal", asevera el Tribunal Supremo.

Los juristas, sin embargo, tienen pensado seguir dando la batalla. "La decisión no está suficientemente fundada. Por eso, vamos a pedir que sea reconsiderada", aseguran a este diario fuentes del grupo querellante. Por el momento, están trabajando ya en un recurso de súplica, que deberá ser interpuesto en las próximas horas y en el que tratarán de rebatir la resolución judicial que, por otro lado, ha sido adoptada por unanimidad de los magistrados. El movimiento no parece, en principio, sencillo. Al fin y al cabo, deslizan las fuentes jurídicas consultadas, será la misma Sala la que deba resolver la impugnación. Una respuesta que será clave para los querellantes, que no descartan acudir al Tribunal Constitucional si aprecian una vulneración de derechos.

Mientras, ya se han normalizado por completo los viajes a España del emérito. Un exjefe de Estado que, además, ha decidido iniciar una ofensiva judicial contra aquellos que le han señalado públicamente. Comenzó con el expresidente cántabro Miguel Ángel Revilla. Y ha continuado con su examante, Corinna Larsen. Querellas que han vuelto a ponerle de nuevo bajo el foco. A él, a su fortuna y a sus negocios ocultos. De Zagatka a Lucum. Y de los pagos del empresario mexicano Allen de Jesús Sanginés Krause a los 64,88 millones de euros que el Ministerio de Hacienda de Arabia Saudí ingresó en 2008 en una cuenta del banco suizo Mirabaud cuya documentación de apertura establecía que el beneficiario de la posición de la misma ante la entidad era únicamente el entonces rey de España.

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