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El barrio es nuestro es un blog colectivo alimentado por la Federación Regional de Asociaciones Vecinales de Madrid (FRAVM). El nombre alude al viejo grito de guerra del movimiento vecinal que sirve para reivindicar el protagonismo de la vecindad en los asuntos que la afectan, a menudo frente a aquellos que solo ven en el territorio un lugar de negocio y amenazan su expulsión.

La Directiva Marco del Agua, ¿por qué quieren revisarla?

Gonzalo Marín, Susana Gil Pascual y Enrique Ortega

Tras cinco años de reuniones y debates ministeriales, hubo que esperar otros cinco de negociaciones entre la Comisión, el Parlamento Europeo y el Consejo, para que la Unión Europea aprobara en octubre del año 2000 la Directiva Marco del Agua (DMA) que, posteriormente, habría de ser transpuesta al ordenamiento jurídico interno de los Estados miembros. Hasta entonces, la política europea del agua se caracterizaba por la coexistencia de enfoques fragmentarios y perspectivas particularistas que se concretaba en numerosas directivas sectoriales relativas, entre otras, a las aguas de baño, calidad de aguas de consumo humano, nitratos, aguas residuales o protección de acuíferos. Ese modelo fragmentado impedía una visión de conjunto del estado real de los ecosistemas acuáticos, porque permitía cumplir una norma en un tramo de río, al mismo tiempo que en otros imperaban situaciones de grave deterioro ecológico.

La DMA introdujo explícitamente la concepción de que el agua no es un bien comercial como los demás, sino un patrimonio que hay que proteger, defender y tratar como tal, cuestión nada baladí, que sirve de basamento conceptual para su articulado, que asume como objetivo central la recuperación y conservación del buen estado ecológico de ríos, lagos, lagunas y humedales, que no debe considerarse subordinado a la satisfacción de las demandas sociales, sino a una restricción a los recursos disponibles para los usos humanos. Esto supuso un cambio radical en el enfoque de las políticas entonces imperantes, que se basaba en la promoción de los recursos. Complementariamente, la DMA introduce el principio de no deterioro del agua, profundizando el compromiso de conservación más allá del principio de quien contamina (deteriora) paga. Todo esto constituye un reto relevante, basado en la convicción de que unos ecosistemas acuáticos seguros y saludables son la garantía de futuro para el suministro seguro de agua de calidad a los usos humanos.

Un paso significativo a nivel europeo, aunque en España era parte del modo de gestión que tenía, fue el establecimiento por parte de la DMA de la cuenca hidrográfica como marco territorial de gestión de aguas, asumiendo la indivisibilidad y unicidad sistémica de las aguas subterráneas y superficiales, a la vez que promueve su gestión integrada en el ámbito de las cuencas, lo que tuvo como consecuencia la necesidad de coordinar políticas en 75 cuencas transfronterizas europeas.

La DMA introduce también criterios novedosos de racionalidad económica en la gestión de aguas presididos por el principio de recuperación de costes, y exige abrir la gestión de aguas a una participación ciudadana activa.

La implementación de la DMA se consigue a través de la planificación hidrológica cíclica mediante planes de cuenca revisados cada seis años, con diagnóstico de presiones, análisis económico y programas de medidas vinculados a financiación y seguimiento institucional.

Se puede afirmar que son pocas las directivas que han tenido una relevancia comparable a la DMA en lo que toca a la planificación hidrológica, elevar la protección de las masas de agua y consolidar una visión común del agua como elemento estratégico para el equilibrio ambiental, territorial y socioeconómico de la Unión Europea.

Son pocas las directivas que han tenido una relevancia comparable a la Directiva Marco del Aagua en lo que toca a la planificación hidrológica, elevar la protección de las masas de agua y consolidar una visión común del agua como elemento estratégico para el equilibrio ambiental, territorial y socioeconómico de la Unión Europea

Además, la propia DMA contempla en su articulado que la Comisión Europea debe revisar esta norma a más tardar 19 años después de su entrada en vigor, es decir, el 22 de diciembre de 2019. El proceso de revisión tuvo lugar desde el cuarto trimestre de 2017 hasta el tercer trimestre de 2019 -es decir, dos años-, y concluyó que la DMA era, en gran medida, adecuada para sus propósitos; aunque se reconoció un progreso insuficiente en la consecución de objetivos, el marco se consideró sólido, flexible y apto para abordar retos futuros, de forma que no se revisó la DMA.

Así las cosas, el pasado 10 de diciembre la Comisión Europea publicó un paquete ómnibus de propuestas de modificaciones en distintas normativas, entre las que está la DMA, con el objetivo de continuar con la simplificación de la carga administrativa que impone el cumplimiento de tales normativas. El uso reiterativo de los paquetes ómnibus está siendo fuertemente criticado por académicos, juristas y movimientos ciudadanos de toda Europa, en tanto podría vulnerar principios fundamentales de la UE al carecer de una evaluación de impacto adecuada, omitir una consulta pública completa de forma que se podría contravenir las garantías de proporcionalidad y de protección de los derechos fundamentales que sustentan el Derecho de la Unión Europea. Denuncian que los paquetes ómnibus se están usando para retrocesos sustanciales que podrían sentar un precedente peligroso para futuras legislaciones.

En este contexto, y sin previo aviso, la Comisión Europea, pretende revisar la DMA en 2026, a pesar de que, como se ha dicho, a finales de 2019 se concluyó positivamente su evaluación. El objetivo declarado por la Comisión para justificar la revisión de la DMA no deja espacio a la duda: simplificar y facilitar el acceso a materias primas esenciales para la Unión Europea, en respuesta directa a las demandas de las grandes empresas mineras, que serán claras beneficiarias de la revisión propuesta; esta circunstancia se corrobora por la intensa labor de lobby del sector minero que triplicaron sus reuniones con el funcionariado europeo.

Una normativa más laxa aumentará la exposición a sustancias químicas tóxicas y empeorará la calidad del agua, aumentando los riesgos a corto y largo plazo para la población humana

Pero las modificaciones no afectarán sólo a los proyectos mineros, ya que también se aplicarán a proyectos industriales y agrarios que pueden suponer un claro deterioro por nuevas obras hidráulicas, incremento de las captaciones o mayor contaminación. Hay que tener en cuenta que muchos ecosistemas de agua dulce ya se encuentran en estado crítico, sufriendo problemas de sobreexplotación, contaminación y pérdida de biodiversidad y que un mayor daño a tales ecosistemas agravará los riesgos para la salud pública y reducirá su capacidad de protección frente a los desastres climáticos. Por ejemplo, una normativa más laxa aumentará la exposición a sustancias químicas tóxicas y empeorará la calidad del agua, aumentando los riesgos a corto y largo plazo para la población humana.

En definitiva, con las modificaciones previstas, la Comisión de Von der Leyen está desmantelando décadas de protección de la naturaleza conseguidas con esfuerzo, poniendo en riesgo el aire, el agua y la salud humana en nombre de la competitividad y priorizando a los lobbies económicos por encima del interés público.

Frente a estos intentos de modificación de la DMA, hay diversas campañas de denuncia tanto en el ámbito europeo como en el español, donde más de 270 organizaciones ciudadanas, ambientalistas, ecologistas, sindicales, académicas, operadores públicos de agua y ONG de desarrollo, presentaron en el Congreso el pasado 20 de abril un manifiesto contra la revisión que la Comisión Europea pretende realizar de la Directiva Marco del Agua.

Gonzalo Marín, Susana Gil Pascual y Enrique Ortega son miembros de la Plataforma contra la privatización del Canal de Isabel II y de la Red Agua Pública

Gonzalo Marín, Susana Gil Pascual y Enrique Ortega

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Publicado el
8 de mayo de 2026 - 06:00 h
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