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El presidente del TJUE cree que una cuestión prejudicial del TS sobre las euroórdenes sería "en principio admisible"
El presidente del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), Koen Lenaert, ha asegurado este jueves que una cuestión prejudicial elevada por el Tribunal Supremo a la Justicia europea sobre las órdenes europeas de detención y entrega dictadas contra políticos catalanes procesados por el procés sería "en principio admisible", informa Europa Press.
"Dado que tenemos jurisdicción obligatoria, debemos asumir todos los casos que han sido presentados correctamente. Así que, si el Tribunal Supremo de España o de cualquier otro Estado presenta una cuestión de interpretación de la legislación europea, ésta es en principio admisible", ha asegurado el belga en una rueda de prensa en Bruselas.
No obstante, Lenaert ha explicado que el TJUE sólo se podrá pronunciar sobre la normativa comunitaria. "No podemos pronunciarnos sobre legislación española, alemana, belga, irlandesa o holandesa. Hay una estricta separación de competencias entre los tribunales nacionales y nuestro tribunal", ha dicho.
El presidente del tribunal con sede en Luxemburgo ha afirmado que el TS podría presentar una cuestión prejudicial aunque sean las autoridades judiciales de otro país las que deben decidir si ejecutan o no la orden de detención y entrega, pero ha añadido que hasta el momento todas las preguntas sobre este tipo de casos han sido planteadas por las segundas.
"Hay contextos procedimentales factibles tanto para el Estado miembro de la autoridad judicial que ha emitido la orden, en este ejemplo sería España, o para el Estado miembro en el que la autoridad judicial debe juzgar la ejecución de la orden. En los dos Estados miembros involucrados hay puntos de contacto con esta legislación europea y en los dos casos pueden conducir a una vía prejudicial", ha apuntado.
"Dicho esto, debo admitir que hasta aquí, según lo que yo sé, todas las cuestiones prejudiciales que hemos juzgado, todas, vienen de la autoridad judicial de ejecución", ha añadido justo después.
Al TJUE no le “constan” precedentes que cuestionen una decisión de un tribunal a petición de un órgano judicial de otro país
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Con respecto a si la Justicia del país que debe analizar una orden europea de detención y entrega debe entrar en el fondo de la cuestión o únicamente analizar que haya un delito similar que sea comparable, Lenaert ha indicado que existe un "problema metodológico" porque la legislación europea no está "armonizada" y, por el momento, no existen casos que puedan actuar como precedentes. "No hemos tenido todavía esos casos. Llegará sin duda, pero no tenemos todavía jurisprudencia y la dificultad metodológica está ahí", ha expresado.
A principios de abril se conoció que el magistrado del Tribunal Supremo Pablo Llarena estudiaba la posibilidad de plantear una cuestión prejudicial ante el TJUE tras la negativa del tribunal alemán de ver rebelión en las actuaciones del expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont.
Una cuestión prejudicial es un mecanismo regulado por el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea ideado para evitar interpretaciones divergentes en el derecho comunitario.