Tamayazo

El 'tamayazo' persigue a Alberto Moreno quince años después de la traición

Imagen de la Asamblea de Madrid el 23 de junio de 2003.

El tamayazo es probablemente la traición política más conocida de la democracia. 15 años después hay un condenado, pero no es ninguno de los políticos o empresarios relacionados con los hechos. Su nombre es Alberto Moreno, entonces un trabajador de Telefónica, sentenciado por filtrar datos de las llamadas de teléfono de alguno de los implicados en la traición. Moreno niega de forma rotunda que fuese él y ahora teme perder la casa en la que vive en el madrileño barrio de Vallecas, porque la condena incluye una indemnización en concepto de responsabilidad civil. “Que en algo tan serio como fue no permitir un gobierno y repetir elecciones, con asuntos tan oscuros detrás, se acabe culpando a un trabajador que en ese momento era de la escala más baja de la compañía…”, reflexiona Alberto en conversación con infoLibre. Pero no se resigna y afirma que seguirá peleando para que se haga justicia.

Todo empezó el 10 de junio de 2003. Aquella mañana, el socialista Rafael Simancas llegaba a la Asamblea de Madrid sonriente. No era para menos. El entonces líder del PSOE madrileño había alcanzado un acuerdo con Izquierda Unida para ser investido durante aquella jornada presidente de la Comunidad de Madrid tras las elecciones autonómicas celebradas un mes antes. Aunque Esperanza Aguirre se había impuesto en los comicios con más del 46% de las papeletas, la aritmética parlamentaria era favorable a las formaciones de izquierdas: 55 asientos conservadores frente a los 56 que juntaba el PSM e IU. Sin embargo, el guion que aquella mañana manejaba Simancas no contaba una modificación de última hora: dos de sus diputados, Eduardo Tamayo y María Teresa Sáez, no ocupaban sus respectivos escaños y nadie sabía dónde estaban. La traición en el seno de los socialistas se tradujo, meses después, en unas nuevas elecciones en las que el PP se hizo con 57 escaños frente a los 54 que aglutinó el bloque de izquierdas. Ahora sí, Esperanza Aguirre se alzó con la Presidencia de la Comunidad de Madrid.

Horas después de la deserción, la dirección socialista, en boca de su presidente –Manuel Chaves en aquel momento–, empezó a difundir la teoría de que la “traición” respondía a “intereses económicos y urbanísticos”, algo que el PP rebajó a un simple problema interno del PSOE. Sin embargo, pocos días después varios medios de comunicación –Interviú, El Mundo y Cadena Ser, principalmente– comenzaron a publicar sospechosos cruces de llamadas entre Tamayo y empresarios en las horas previas y posteriores a la sesión de investidura. Así, se reveló que el diputado había mantenido contactos con el promotor inmobiliario Francisco Bravo, que según destapó posteriormente el diario El Mundo se había reunido en las horas posteriores a la espantada con el entonces secretario general del PP de Madrid, Ricardo Romero de Tejada. También conversó con el abogado José Esteban Verdes, quien, según se desprendía de las llamadas, “hizo de intermediario” entre Tamayo y Romero de Tejada, y con José Luis Balbás, líder de la corriente socialista a la que pertenecían los tránsfugas: Renovadores por la Base.

La actuación de los dos diputados, unida a todas las informaciones que iban saliendo, condujo a la creación de una comisión de investigación en la Asamblea que se cerró sin avances de ningún tipo. Tampoco prosperaron las querellas interpuestas contra los implicados en la presunta trama. Y los intentos de la Fiscalía Anticorrupción, por aquel entonces liderada por Carlos Jiménez Villarejo, quedaron finalmente en papel mojado. A día de hoy, casi quince años después de que en la Asamblea de Madrid estallara el escándalo, sólo una persona ha sido condenada. Se llama Alberto Moreno y es extrabajador de Telefónica Móviles –desde marzo de 2003 ocupaba un puesto en el Centro de Relaciones a Clientes Empresas–. La Justicia le ha condenado a seis meses de prisión al considerar probado que fue él quien filtró los registros telefónicos de políticos y empresarios. Sin embargo, Moreno denuncia, en conversación con infoLibre, que ha sido “utilizado como cabeza de turco”. El extrabajador de la compañía telefónica sigue dando la batalla en los tribunales para intentar “demostrar” su “incocencia”. Y, dice, llegará hasta el Tribunal Constitucional si es necesario.

  Condena en primera instancia

La causa en la que se encuentra inmerso Moreno se inició después de que un responsable de Telefónica señalase en la Comisión de Investigación del tamayazo que la revelación del cruce de llamadas había sido realizada por dos empleados de la empresa, Alberto Moreno y Álvaro Sáez, que habían sido despedidos. Sin embargo, el juicio, en el que participaron hasta cuatro acusaciones –ejercidas por Romero de Tejada, el PP, José Esteban Verdes y la mercantil Euroholding, liderada por Francisco Bravo–, no se celebró hasta febrero y marzo de 2016, casi 13 años después. Tras el paso de los acusados por sede judicial, el Juzgado de lo Penal número 22 de Madrid dictó sentencia: absolución para Álvaro Sáez al no quedar acreditada su participación en los hechos y condena de seis meses de prisión para Alberto Moreno “como autor de un delito de descubrimiento y revelación de secretos”. Sobre las cabezas de ambos pendían peticiones de cárcel que iban desde el año y diez meses que solicitaba la Fiscalía hasta los cinco años que pedía Verdes.

Tras el análisis de las pruebas aportadas al proceso y de las declaraciones realizadas tanto por los acusados como por diferentes testigos, el juez consideró probado que Moreno había utilizado “sin consentimiento” la clave de su compañero, que había sido su formador y tenía mayores privilegios en la empresa, para acceder a los registros de todos los señalados en la supuesta trama. A diferencia de su propio código de usuario, con el que únicamente podía visualizar los cinco primeros dígitos de un número de teléfono, el de Sáez permitía conocer las nueve cifras y consultar una amplia base de datos de clientes en la que figuraban el titular del móvil, el contrato que tenía, la domiciliación de las facturas, el listado de llamadas realizadas y la fecha, hora y duración de las mismas. El formador de Moreno, por su parte, fue absuelto gracias a que la Policía, revisando el control de las entradas al centro de trabajo, comprobó que cuando se accedía a esos datos “uno estaba en su puesto de trabajo mientras que el otro estaba fuera”.

En sede judicial, Sáez aseguró que no cedió ni a Alberto ni a ninguno de sus compañeros sus claves y que si el condenado la tenía sería porque se la habría dado su supervisor “para sustituirle”. “¿Por qué no se tiene en cuenta en la sentencia todo lo que dijo Álvaro en instrucción y en vista oral?”, se pregunta el extrabajador de Telefónica en conversación con infoLibre. En este sentido, la defensa de Moreno se centró en que las contraseñas estaban a mano de cualquier empleado. “Estaban publicadas las claves de todos en una hoja”, apostilló el acusado durante el juicio. En la misma línea se pronunciaron también otros dos testigos que trabajaban en la compañía. “Reconocieron que las contraseñas eran públicas”, recuerda a día de hoy Moreno. Sin embargo, otros trabajadores, que declararon como testigos, negaron dicho extremo ante el juez.

Durante el juicio se pusieron sobre la mesa tres informes. El primero, presentado por la defensa como única pericial y elaborado por un experto de la Universidad Politécnica de Madrid, concluía que “el hecho de no poder garantizar el sistema [de Telefónica] como seguro, implica que no se pueden imputar a D. Alberto Moreno las acciones de acceso no permitido a información sensible”. Y el segundo y tercero, elaborados por la Policía y la Agencia Española de Protección de Datos, señalaban que el acceso a la información se había realizado desde las cuentas de los dos imputados. “Tal prueba no deja de ser más que un informe teórico, basado en hipótesis, sin base real y que, por tanto, ofrece a este juzgador muchas dudas sobre sus conclusiones”, asevera la sentencia sobre el estudio de la defensa. Moreno, por su parte, plantea varias dudas sobre los dos informes oficiales. “Todo es oscuro. No reflejan quiénes fueron los expertos técnicos que lo realizaron”, sostiene.

  Un detective a quien no conoce

Una vez desgranada la parte del acceso a la información, la sentencia se mete de lleno en la divulgación. “El acusado cedió la información obtenida mediante sus consultas informáticas a tercero o terceros no identificados que les permitió identificar a los usuarios”, recoge el escrito judicial. Durante el juicio, las acusaciones se centraron en las 152 llamadas que Moreno realizó durante los meses de junio y julio a Mario T.G., su amigo y por aquel entonces vicepresidente de una sociedad mercantil. Dicha compañía tenía como presidente a Manuel C., que se dedicaba también, según aseguraron varios de los testigos en sede judicial, a la investigación. Sin embargo, en su parte final la sentencia hace una conexión directa entre Moreno y el presunto detective.

El extrabajador de Telefónica condenado niega tajantemente conocer al detective, y menos haber señalado que era su amigo. No obstante, sí reconoce las llamadas hechas a Mario T.G. “Yo hablaba con un trabajador, que era Mario, pero no he contactado con el dueño de aquella empresa en toda mi vida. Ni le conozco ni sé quién es”, explica a infoLibre. “La sentencia –completa Moreno– da por hechos probados que yo accedí a la información y la pasé ‘a tercero o terceros’. Pero en ningún momento indican cómo está eso probado. Ni cómo se hizo, ni si hubo testigo alguno que lo cerciorase, ni en qué formato…”.

  Recurso ante la Audiencia Provincial

La decisión del Juzgado de lo Penal número 22 de Madrid cayó como un jarro de agua fría sobre Moreno. Sin embargo, decidido a llegar hasta el final, y recurrió ante la Audiencia Provincial de Madrid. En su escrito, el abogado del extrabajador de Telefónica sustenta el recurso sobre dos pilares fundamentales. El primero de ellos es la “absoluta falta de racionalidad en el discurso valorativo de la prueba”: “Que la sentencia reconozca que ‘no ha quedado acreditado que’ nuestro representado ‘facilitase la información a los medios de información’ es radicalmente incompatible con el hecho de que (…) se le condene por un delito de descubrimiento y revelación”, señala. Durante el juicio, afirma Moreno, los periodistas que testificaron –entre ellos el director de infoLibre, Manuel Rico, que en la época de los hechos trabajaba en la revista interviú– indicaron que “ni directa ni indirectamente las pruebas salieron de Telefónica”.

Por otro lado, la defensa del antiguo empleado de la empresa considera que durante el proceso se ha vulnerado el derecho a la tutela judicial efectiva y a la presunción de inocencia de su representado. “Nos encontramos ante un procedimiento con gravísimas irregularidades en lo que a su supuesta valoración se refiere”, apostilla el recurso. En este sentido, el abogado de Moreno sostiene “que la investigación”, que califica de “absolutamente deficiente” al no haber sido investigados ni “todos los posibles autores de los hechos” ni “todos los medios de acceso a la información”, ha estado “liderada y controlada por una parte plenamente implicada –en referencia a Telefónica– y con interés absoluto en el curso y el resultado del procedimiento”. Con todo esto sobre la mesa, el letrado solicitaba también de cara a la segunda instancia dos pruebas testificales de viejos compañeros de Moreno que habían sido rechazadas durante el juicio.

El recurso de apelación interpuesto fue desestimado en su totalidad por la Audiencia Provincial de Madrid el pasado mes de septiembre. La Sala consideró que “la conjunta alegación de error” en la valoración de la prueba y vulneración del derecho a la presunción de inocencia “constituye una contradicción”. “La presunción de inocencia queda desvirtuada desde que existe ‘una mínima’ (en el sentido de ‘suficiente’) actividad probatoria, de cargo y válida”, apunta el escrito judicial al respecto. En cuanto a la conculcación del derecho a la tutela judicial efectiva, los jueces de la segunda instancia consideraron que la sentencia impugnada “argumenta los motivos por los que llega a la conclusión probatoria y explicita cuál ha sido la razón de dicho pronunciamiento, que no es otra que la prueba practicada en el acto del juicio oral”. “Otra cosa es que no coincidan con las pretensiones del recurrente”, completa.

  Responsabilidad civil directa

Sin embargo, la Audiencia Provincial de Madrid sí que estimó parte de las apelaciones presentadas por Romero de Tejada, Euroholding y Verdes. En concreto, la parte relativa a la responsabilidad civil directa del condenado y la subsidiaria de Telefónica Móviles. El Juzgado de lo Penal número 22 de Madrid consideró que no procedía hacer pronunciamiento condenatorio contra Moreno en este sentido al no haber quedado probado que cediese de forma directa la información a la que había accedido a los medios de comunicación. Sin embargo, para la Audiencia Provincial dicho razonamiento es “ilógico” pues, aunque no hubiese filtrado a los periodistas esos datos, sí que se ha acreditado “que accedió mientras se encontraba en su puesto de trabajo y cuando no debía ser así porque dicho acceso no correspondía con el que en ese momento ostentaba”.

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“Con independencia de la existencia de terceras personas desconocidas, el acusado facilitó los datos necesarios para que dicha información saliera publicada, pues la acción nuclear es revelar y él reveló, lo cual causó perjuicios a los titulares y usuarios de los teléfonos, al descubrirse datos de carácter íntimo, personal y profesional”, concluye el escrito, que obliga a Moreno y a su antigua empresa a indemnizar a los demandantes. Ahora, con el añadido de la responsabilidad civil directa, el extrabajador de Telefónica teme perder la casa en la que vive en el madrileño barrio de Vallecas. “Que en algo tan serio como fue no permitir un gobierno y repetir elecciones, con asuntos tan oscuros detrás, se acabe culpando a un trabajador que en ese momento era de la escala más baja de la compañía…”, reflexiona.

No obstante, pretende llegar hasta el final. Con la vía del Tribunal Supremo cerrada por el acuerdo no jurisdiccional que alcanzó el 9 de junio de 2016 la Sala Segunda del TS –"el recurso de casación no se extiende a las sentencias de apelación dictadas en el procedimiento por delitos leves"–, ahora Moreno pretende interponer recurso de amparo ante el Constitucional. En el escrito, adelanta, adjuntarán dos actas notariales, a las que ha tenido acceso este diario, con el testimonio de dos empleados de la compañía a los que "se les impidió" declarar en el juicio: un exjefe de área de Calidad de Sistemas de Información y un excompañero. En ambos casos, refuerzan la defensa de Moreno al declarar que las claves por aquel entonces eran conocidas por todos los empleados.

El primero de ellos sostiene que "las contraseñas únicas eran públicas en la unidad del Centro de Relaciones con los Clientes y conocidas por todos (o la mayoría) de los empleados de dicha unidad", señalando además que la "compartición de usuarios y contraseñas se producía habitualmente" y criticando que "una compañía del calado de Telefónicas Móviles España" no fuese capaz "de registrar y facilitar las direcciones IP desde las cuales se realizaron los accesos" a la base de datos de la que se obtuvo la información. El segundo señala también que las password eran "de uso cuasi público", algo que, dice, han denunciado por activa y por pasiva desde UGT. Casi quince años después del mayor escándalo en la política madrileña, sólo Moreno ha sido situado bajo el foco. Mientras tanto, otras incógnitas siguen sin despejarse.

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