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Investigación

Avalmadrid mantiene desde 2015 paralizada la decisión de cómo actuar contra los avalistas morosos del 'caso Ayuso'

Juan Manuel Santos-Suárez, Rosario Rey y Juan Luis Fernández-Rubíes, en imágenes de archivo.

Las pruebas sobre el trato de favor de Avalmadrid a los ocho avalistas morosos de la empresa MC Infortécnica SL, entre los que estaban los padres de Isabel Díaz Ayuso, se acumulan una tras otra. Hasta ahora se sabía, tal y como desveló este periódico, que Avalmadrid lleva siete años sin actuar contra esos avalistas pese a que su Comité de Morosidad acordó ya en abril de 2012 proceder a la ejecución de sus bienes para recuperar el dinero que deben. Pues bien, nuevas informaciones conseguidas por infoLibre demuestran además lo siguiente:

 

  • Tras poner el dinero del primer impago de MC Infortécnica, Avalmadrid tenía 15 días para judicializar el asunto, pero tardó siete meses en hacerlo.

 

  • Avalmadrid acordó iniciar dos procedimientos judiciales, pero sólo le facilitó a la empresa encargada del cobro de deudas –Cobralia– documentación para poner en marcha uno.

 

  • El título que permitía actuar contra los avalistas se entregó en el Juzgado equivocado. Y, al parecer, en dos años nadie se dio cuenta de lo que había ocurrido.

 

  • Cuando oficialmente se dan cuenta del error y Cobralia pregunta cómo solucionar el entuerto, Avalmadrid deja transcurrir cuatro años y medio sin responder. Y sigue sin hacerlo.

Así se ha llegado a agosto de 2019, con una deuda por parte de MC Infortécnica SL que alcanza los 270.000 euros, y sin que ninguno de los equipos directivos que ha tenido Avalmadrid haya emprendido acción alguna contra los accionistas de MC Infortécnica SL. Desde 2011 hasta ahora, han estado al frente de Avalmadrid tres personas: Juan Manuel Santos Suárez (hasta mayo de 2014, cuando fue elegido consejero de la CNMV), José María Rotellar (hasta octubre de 2015) y Rosario Rey García, la presidenta actual. En relación con la concesión del préstamo a MC Infortécnica SL y a la actuación tras el impago también tuvo un papel fundamental Juan Luis Fernández-Rubíes, consejero delegado hasta marzo de 2016.

El principal accionista de esta entidad de capital mixto es la Comunidad de Madrid, con más del 31% de las acciones. Bankia tiene en torno al 30%.

La inactividad de Avalmadrid permitió operaciones como el presunto delito de alzamiento de bienes en el que participó Isabel Díaz Ayuso y el resultado es que la entidad tiene ahora mucho más complicado recuperar el dinero.

Este periódico preguntó a Avalmadrid por su versión sobre los nuevos datos conseguidos. Como ha sido práctica habitual desde que que salieron las primeras informaciones hace dos meses, desde la entidad no han respondido a las cuestiones planteadas [puedes leer al respecto, al final de esta información, La caja negra].

  El intento de culpar a Cobralia

Personas que conocen el expediente del préstamo de MC Infortécnica SL desvelaron a infoLibre la existencia de movimientos dentro de la cúpula de Avalmadrid para intentar descargar la responsabilidad de todo lo sucedido en Cobralia.

Entre 2007 y 2012, según El Confidencial, Cobralia y Avalmadrid firmaron cuatro contratos. La empresa de recuperación de deuda gestionó 133 expedientes de clientes morosos y a cambio percibió al menos 312.000 euros. Uno de esos expedientes fue el de MC Infortécnica SL.

Las fuentes consultadas por este periódico indicaron que ese intento de culpar a Cobralia no se sostiene de ninguna manera. Y para demostrarlo apuntaron dos fechas clave: noviembre de 2011 y marzo de 2015.

La primera fecha hace referencia al momento en que Avalmadrid entregó el expediente de MC Infortécnica SL a Cobralia: el 26 de noviembre de 2012. El primer impago del préstamo se había producido el 15 de diciembre de 2011 y Avalmadrid realizó la primera regularización del importe vencido e impagado el 30 de abril de 2012 —el dinero lo había prestado Caja España, pero con el afianzamiento de Avalmadrid, que pagaba en caso de que no lo hiciera la empresa—. La normativa interna obligaba a la entidad a judicializar el expediente en un plazo máximo de 15 días desde ese primer pago a Caja España, pero esperó hasta el 26 de noviembre: es decir, retrasó de forma irregular durante siete meses la entrega del expediente a Cobralia. [Puedes leer aquí una información detallada sobre este asunto].

La segunda fecha, marzo de 2015, hace referencia al momento en que Cobralia realizó a Avalmadrid una solicitud expresa de instrucciones para saber cómo debía proceder para actuar contra los morosos de MC Infortécnica SL. Y planteaba dos opciones: presentar una demanda de ejecución frente a los avalistas explicando que la documentación original estaba en otro procedimiento o esperar a que finalizase la ejecución hipotecaria en marcha.

Para entender esa alternativa es necesario analizar primero cómo funcionan los procedimientos de reclamación de deuda, lo que además desvelará la comisión de dos graves errores en el caso de MC Infortécnica SL. Dos fallos que, una vez más, tenían como única consecuencia posible favorecer a los morosos.

  LA RECLAMACIÓN DE DEUDAS

Los accionistas de MC Infortécnica SL eran cuatro matrimonios, entre ellos el de los padres de la actual presidenta madrileña. El 15 de marzo de 2011, la compañía formalizó una operación de crédito-aval por importe de 400.000 euros a devolver en 36 meses. Se trata de operaciones en las que la entidad financiera —en este caso fue Caja España— presta el dinero a la empresa, pero si se produce cualquier impago el banco se lo reclama a Avalmadrid, que actúa de avalista y abona la deuda de forma casi inmediata. Avalmadrid, por su parte, exige una serie de garantías a quienes van a recibir el préstamo para asegurarse de que tiene forma de recuperar el dinero en caso de impago por parte de la empresa.

En el caso de MC Infortécnica SL, Avalmadrid exigió dos tipos de garantías diferentes:

 

  • 1. Una hipoteca sobre una nave industrial en el municipio de Sotillo de la Adrada (Ávila), tasada en 213.000 euros y que cubría por tanto sólo el 53% de los 400.000 euros prestados. Para ello se firmó una escritura de afianzamiento con garantía hipotecaria.

 

  • 2. El aval solidario de los ocho socios de MC Infortécnica SL y de la sociedad matriz del grupo empresarial. Este aval supone que cada uno de los avalistas responde con todos sus bienes presentes y futuros de las deudas que se generen. Para ello se firmó un contrato de afianzamiento con los nueve fiadores.

El nombre es similar, pero son cosas diferentes: la “escritura de afianzamiento” se refería única y exclusivamente a la nave hipotecada, mientras que el “contrato de afianzamiento” afectaba a los bienes personales de los ocho avalistas.

Ambos –la escritura y el contrato– son títulos que sirven al acreedor para demostrar la existencia de una deuda. Y, por ello, el acreedor sólo recibe una copia de cada título. Valdría como símil decir que son como un cheque: nadie tiene tres copias del mismo cheque. Y, por tanto, nadie puede tener tres copias de un título de reconocimiento de deuda. Sólo tiene uno “con eficacia ejecutiva”.

Para reclamar una deuda por vía judicial, además de un título, se necesita un segundo documento: un “certificado de saldo intervenido”. Hay que saber a cuánto asciende la deuda y, para ello, no basta con lo que diga el acreedor. En este caso, Avalmadrid no puede decir una cantidad y que se dé por buena. Tiene que ir a un notario, que comprueba que lo que dice el acreedor es correcto, y emite entonces un “certificado de saldo intervenido”, donde se fija la cantidad adeudada.

En el caso del préstamo impagado de MC Infortécnica SL, el Comité de Morosidad de Avalmadrid acordó en las reuniones celebradas el 2 de abril y el 16 de noviembre de 2012 iniciar dos procedimientos: uno de ejecución hipotecaria de la nave y otro de ejecución dineraria de los avalistas. En consecuencia, tendría que haber hecho lo siguiente:

 

  • 1. Ir al Juzgado de Arenas de San Pedro (Ávila) con su título —la escritura de afianzamiento— y su certificado de saldo intervenido para iniciar el procedimiento embargo de la nave hipotecada. Esta demanda se formuló en enero de 2013.

 

  • 2. Ir al Juzgado de Madrid con su título —el contrato de afianzamiento— y su certificado de saldo intervenido para iniciar el procedimiento de embargo de los bienes personales de los avalistas. Esta demanda no se presentó nunca.

Dos procedimientos, dos 'errores'

Pues bien, aunque parezca increíble, no se hizo bien ninguna de las dos cosas.

El 26 de noviembre de 2012, Avalmadrid puso el expediente de MC Infortécnica SL en manos de Cobralia. Pero le aportó un único “certificado de saldo intervenido”, de forma que dicha empresa sólo pudo iniciar un procedimiento judicial (el hipotecario en Arenas de San Pedro). No tenía un segundo “certificado de saldo intervenido” para iniciar la actuación en el Juzgado de Madrid contra los avalistas. Es cierto que Cobralia lo podría haber reclamado, pero ni esta empresa lo hizo ni Avalmadrid se preocupó de ello.

El segundo fallo roza el esperpento. Resulta que se aportaron al Juzgado de Arenas de San Pedro los dos títulos que tenía Avalmadrid: la “escritura de afianzamiento”, que sí era necesario entregar en aquel Juzgado para demostrar la existencia de la hipoteca sobre la nave, pero también el “contrato de afianzamiento”, que no pintaba absolutamente nada en aquel Juzgado.

Resultado: Avalmadrid se había quedado sin título para reclamar los bienes a los avalistas de MC Infortécnica SL. Siguiendo con el símil anterior, es como si hubiese entregado el cheque a la persona confundida.

“Es una negligencia tan grave aportar dos títulos diferentes en un único procedimiento que me parece imposible que sea un error involuntario. Y menos aún si hablamos de abogados expertos en préstamos y avales”, explica a infoLibre un notario con muchos años de experiencia. “Es insólito. Si de verdad fue un error no intencionado es para quitarles el título de abogado”, concluye.

Este periódico no ha podido saber quién fue el responsable último de la decisión de aportar los dos títulos en el Juzgado de Arenas de San Pedro: si Cobralia por su cuenta o siguiendo instrucciones de Avalmadrid.

A principios de 2015, dos años después de ese asombroso error procesal, se realizó un intento de enmendar el tema. Se solicitó al Juzgado abulense el desglose del “contrato de afianzamiento”; es decir, se pedía la devolución del título que permitía actuar contra los ocho avalistas. Pero el Juzgado dijo que no, que tenían que esperar a que finalizase la ejecución hipotecaria. Una decisión discutible, según los juristas consultados por este periódico, ya que ese título no pintaba nada en el procedimiento abulense. En otra muestra más de pasividad, ni siquiera se presentó un recurso contra la decisión judicial que denegaba el desglose.

Y así llegamos a marzo de 2015, cuando Cobralia se dirige a Avalmadrid para recibir instrucciones sobre cómo actuar frente a los morosos. Y plantea las dos opciones mencionadas:

 

  • 1. Presentar una demanda de ejecución frente a los avalistas explicando que la documentación original estaba en otro procedimiento (en el de Arenas de San Pedro).

 

  • 2. Esperar a que finalizase la ejecución hipotecaria en marcha y, dado que la adjudicación de la nave a Avalmadrid no iba a cubrir las cantidades adeudadas, solicitar que se continuase la ejecución contra los bienes personales de los deudores.

Avalmadrid permitió siete operaciones de alzamiento de bienes a los avalistas del préstamo del 'caso Ayuso'

Cuatro años y seis meses después, en Cobralia siguen esperando una respuesta de Avalmadrid a su solicitud de instrucciones.

[Puedes leer aquí todas las informaciones desveladas por infoLibre sobre el caso Ayuso].

 

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