Transparencia

La Audiencia obliga a la Agencia Tributaria a dar información sobre el reparto de los complementos de productividad

Oficina de la Agencia Tributaria.

La Agencia Tributaria tendrá que facilitar información sobre los repartos del complemento de productividad de sus empleados. La Sección Séptima de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional desestimó este martes el recurso de apelación que interpuso la Agencia Tributaria (AEAT) contra el fallo del Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo nº 4 de Madrid, que avalaba una resolución del Consejo de Transparencia y Buen Gobierno (CTBG)  favorable a que estos datos fueran facilitados a quienes los demandaban. EL CTBG es el órgano que vela por el cumplimiento de la Ley de Transparencia.

En la citada esta resolución, el CTBG instaba a que la AEAT facilitara la información sobre los objetivos, criterios e instrucciones de reparto de las bolsas de productividad de mejor desempeño en su delegación de Valencia.

Según informan desde el Consejo de Transparencia, para no facilitar esa información, la Agencia Tributaria argumentaba que, al ser solicitada por representantes de los trabajadores, no resultaba de aplicación la Ley de Transparencia.

En la sentencia del Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo nº 4 de Madrid, ratificada ahora por la Audiencia, podía leerse que el artículo 12 de la citada ley "reconoce del derecho de acceso a la información pública a todas las personas, sin distinción". Por ello, la Junta de Personal de la AEAT en Valencia tiene derecho a que se le facilite la información demandada.

Antecedentes

"La Junta de personal de AEAT Valencia presentó una solicitud de información a la Agencia para conocer los objetivos asignados en 2015 y 2016 así como los criterios e instrucciones de reparto de las bolsas de productividad", informan el CTBG en una nota.

La AEAT no contestó a la solicitud y los demandantes presentaron una reclamación al Consejo de Transparencia y Buen Gobierno, que resolvió que en base a la ley esos datos debían ser facilitados.

La respuesta de la Agencia fue recurrir esa resolución. El Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo de Madrid número 4 desestimó en primera instancia el recurso y avaló la resolución del CTBG. La AEAT, por su parte, apeló a la Audiencia Nacional, que de nuevo, ha dado la razón al Consejo.

"Transparencia en el reparto de productividades"

Según el Consejo, "el objetivo de los solicitantes de esta información es la rendición de cuentas por el manejo de fondos públicos y la transparencia en el reparto de productividades".

No es la primera vez que el CTBG se ha pronunciado sobre el derecho de los ciudadanos "a conocer los criterios de reparto de los complementos retributivos al desempeño abonados por las organizaciones públicas, en especial, en lo referido a sus máximos responsables y directivos", añade.

Cinco años sin reglamento

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Cualquier ciudadano que demande información por los cauces previstos en la ley puede quejarse si considera que la respuesta que se le ha facilitado desde la Administración no es la adecuada. Las resoluciones dictadas son recurribles directamente ante la jurisdicción contencioso-administrativa, sin perjuicio de la posibilidad de interposición de una reclamación previa ante el CTBG.

El 9 de diciembre de 2013, se aprobó la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno (LTBG) y, un día después, se publicaba en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Cinco años después de que esta ley viera la luz, todavía no se ha aprobado el reglamento que la desarrolla, algo que conduce a que la rendición de cuentas y el acceso de los ciudadanos a la información de la Administración no sean completos.

Que la administración pleitee contra la administración, como ocurre en este caso de la AEAT, no es algo atípico. El CGTB contabiliza 81 recursos de la Administración General del Estado contra sus resoluciones desde 2015.

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