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El futuro de Cataluña

Delgado asegura que no hubo "imposición de criterio" a la Abogacía del Estado en la causa del 'procés'

La vicepresidenta del Gobierno, Carmen Calvo, y la ministra de Justicia, Dolores Delgado.

"No ha habido imposición de criterio". Con esas palabras, la ministra de Justicia, Dolores Delgado, negó de forma taxativa que el escrito de la Abogacía del Estado que acusa de sedición pero no de rebelión a los líderes del procés sea fruto de una orden cursada por el Gobierno para aplacar a las formaciones independentistas catalanas y lograr que den vía libre a los Presupuestos del Estado para 2019.

El Servicio Jurídico del Estado –ha remarcado Delgado durante la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros– se ha guiado estrictamente por criterios "técnico-jurídicos" y de "profesionalidad". Y sus diferencias con el presentado por la Fiscalía se inscribe en el intenso "debate jurídico" abierto sobre si las circunstancias que rodearon la preparación del referéndum del 1 de octubre encajan o no en lo que el Código Penal define como delito de rebelión. El escrito –ha afirmado la titular de Justicia– va firmado por la jefa de la Abogacía, Consuelo Castro, porque ha tomado las riendas del asunto dada su relevancia.

En la rueda de prensa, la vicepresidenta, Carmen Calvo, ha esquivado las preguntas sobre qué ha llevado al presidente a modificar su planteamiento desde que en mayo dijo en una entrevista que "clarísimamente ha habido un delito de rebelión". "El presidente nunca ha dicho que ha visto un delito de rebelión en Cataluña", respondió primero Calvo. Cuando un periodista insistió citando sus palabras en una entrevista concedida en mayo, Calvo terció de inmediato: "En mayo, en mayo", dijo para subrayar que en ese momento Pedro Sánchez no estaba aún al frente del Gobierno. 

Calvo ha remachado que no se ha producido ningún cambio en la posición de la Abogacía del Estado por cuando esta es la primera vez en que se ha pronunciado de manera formal. Y Delgado ha mantenido que cuando en agosto el Servicio Jurídico se mostró a favor del auto por el que el juez Pablo Llarena dada por concluida la instrucción, ese acuerdo concernía solo a la finalización de las actuaciones de investigación

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La comparecencia de Calvo y Delgado se produjo apenas media hora después de que la Abogacía del Estado hiciera públicas sus conclusiones provisionales. En su escrito, el Servicio Jurídico del Estado aprecia los delitos de sedición, malversación de caudales públicos y desobediencia grave. Las penas solicitadas para los 18 acusados oscilan entre los 12 años de prisión y la multa. Es decir, menos de la mitad de lo que pide la Fiscalía, que acusa a los líderes del proceso independentista catalán de un delito de rebelión y pide 25 años de prisión y otros 25 de inhabilitación para el exvicepresident Oriol Junqueras, 16 años para cada uno de los cinco exconsellers presos (Joaquim Forn, Jordi Turull, Josep Rull, Raül Romeva y Dolors Bassa) y 17 para los líderes de la ANC y Òmnium, Jordi Sànchez y Jordi Cuixart, así como para la expresidenta del Parlament de Cataluña, Carme Forcadell. A Junqueras y los exconsellers se les acusa, además, de "distracción ilegal de fondos públicos".

Hace una semana, el propio presidente del Gobierno sugirió que el delito de rebelión no era aplicable al procés. "En 1994 –dijo entonces Sánchez–, el señor [Federico] Trillo, diputado del PP, decía que la rebelión se tiene que dar por militares o por civiles armados a la orden de militares. El discurso del señor [Pablo] Casado incluso pasa por la derecha al discurso del señor Trillo", dijo Sánchez en el Congreso, al final de su comparecencia sobre el último Consejo Europeo.

Distintos juristas, entre ellos Pascual Sala, expresidente del Tribunal Supremo y del Tribunal Constitucional, han expresado en los últimos meses su convencimiento de que los requisitos que el Código Penal exige para el delito de rebelión no se ajustan a lo sucedido en Cataluña en relación al referéndum ilegal del 1 de octubre de 2017.

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