El futuro de Cataluña

Las insólitas anomalías del informe del Tribunal de Cuentas sobre el 'procés'

Los presos independentistas saludan a los simpatizantes que se han congregado a las puertas del centro Penitenciario de Lledoners.
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El procedimiento abierto en el Tribunal de Cuentas por los gastos de la Generalitat catalana para la promoción del procés en el exterior ha dejado al descubierto lo que miembros del propio organismo fiscalizador consideran anomalías e incumplimientos de la legislación vigente. Consejeros adscritos al sector progresista y minoritario alertaron en 2019 de que el informe aprobado el 28 de marzo de aquel año, un mes antes de las primeras elecciones generales del año, llegó a la mesa del pleno con una "incomprensible urgencia", sin tiempo para examinarlo y sin que presidencia del departamento de fiscalización del tribunal accediera a ampliar el plazo para su análisis. Una consejera llegó a sostener que, en contra de la doctrina del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), en el trámite de elaboración del informe se hurtó a las entidades públicas involucradas el derecho a hacer alegaciones.  Y que tampoco se dio traslado al Ministerio de Asuntos Exteriores.

Las críticas de tres consejeros progresistas se sustentaron en el trípode esbozado en el párrafo anterior. En primer lugar, atacaron las prisas por la aprobación de un complejo informe que, junto con las alegaciones, sumaba más de 700 páginas y  cuya "versión final completa" no había facilitado a los miembros del pleno el consejero ponente, uno de los elegidos a propuesta del PP. En segundo lugar, cuestionaron la incorporación de afirmaciones basadas por ejemplo en notas de prensa y no en "documentos oficiales", lo que podía poner en duda la  solidez del informe. Y como tercer elemento de discordancia, una de las consejeras esgrimió que el trámite de alegaciones se hubiera limitado al Gobierno de la Generalitat.

La exclusión de las entidades públicas catalanas con personalidad jurídica propia –mantuvo Enriqueta Chicano, elegida a propuesta del PSOE– "genera incertidumbre e inseguridad jurídica". "No se ha dado debido cumplimiento al trámite de alegaciones previsto", añadió citando una de las normas de procedimiento derivadas de la ley que regula el funcionamiento del Tribunal de Cuentas. Esa norma, la 52.a, dice que "si la fiscalización se realiza sobre entidades que tienen personalidad jurídica, se remitirá al representante legal de la misma". 

La consejera no se detuvo ahí. Porque, en su opinión, y así lo plasmó en su voto concurrente, "esta restricción del trámite de alegaciones es contraria a la doctrina consagrada" por una sentencia del TJUE en julio de 2001, la del caso Ismeri. En resumen, lo que tal sentencia confirmó es que privar a una empresa de participar en el trámite de alegaciones entraña el riesgo de indefensión.

Días después de que el pleno del tribunal aprobase el 28 de marzo de 2019 el informe  que ahora sustenta un embargo millonario de bienes de dirigentes independentistas, los tres consejeros del sector progresista expresaron sus discrepancias por escrito. Una de ellas, Dolores Genaro, se había opuesto a que el pleno diese vía libre al informe y firmó lo que se conoce como un voto particular. Otros dos –Enriqueta Chicano y Felipe García– habían votado junto con la mayoría. Pero cada uno de los dos presentó lo que se denomina un voto concurrente: un texto que, sin desmarcarse de la decisión final adoptada, expone las discrepancias de quien lo suscribe.

"Un atestado policial"

Las fuentes consultadas enfatizan que Chicano no se opuso a la aprobaciòn del informe porque tanto la Fiscalía del tribunal como la Abogacía del Estado entendían que los gobernantes catalanes podían haber incurrido en responsabilidad contable: la que obliga a devolver el dinero malgastado. Pero su voto concurrente incluyó no solo el demoledor aviso sobre una eventual contradicción con la doctrina europea sino otros dos: que tampoco se había dado traslado del expediente al Ministerio de Asuntos Exteriores pese a que, recalcó Chicano, es "punto fundamental de coordinación y supervisión de la 'acción exterior' de las comunidades autónomas"; y que en el informe se echaba "en falta la existencia de algún dato comparativo del gasto de las diversas comunidades autónomas en acción exterior". En un momento de su voto concurrente, Chicano asegura que el informe parece por momentos "un atestado policial".

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infoLibre intentó sin éxito este jueves por la tarde obtener la versión de los portavoces oficiales del Tribunal de Cuentas sobre por qué no se accedió a ampliar el plazo para que los consejeros pudieran estudiar con detenimiento el informe. 

"Lo normal –remarca, sin embargo, una fuente– habría sido aplazar la aprobación del informe". Pero hacerlo, asegura el mismo interlocutor, habría obligado a posponer su aprobación hasta un pleno extraordinario. O hasta el siguiente ordinario, previsto para tres días antes de las elecciones generales del 28 de abril y cuyos acuerdos no se habrían difundido previsiblemente hasta la semana siguiente. ¿Por qué? "Porque el paso previo es informar a las Cortes Generales".

La premura impuesta fue el eje central del voto particular de Dolores Genaro. Pero la consejera también puso el acento en cómo "en determinados supuestos la evidencia [de gasto indebido] no se halla debidamente sustentada, y ello debido a que con los datos que se indican en el informe no parece existir en estos casos una extralimitación de la acción exterior ejercida por la Generalitat de Cataluña".

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