Lo que el Pacto Europeo de Migración obliga a España a partir del 12 de junio, aunque el Gobierno no quiera

El 12 de junio no es una fecha negociable. A partir de ese día, España debe tener operativa la maquinaria que el Pacto Europeo sobre Migración y Asilo (PEMA) lleva años construyendo en Bruselas: sistemas policiales, judiciales y aduaneros integrados con el resto de la Unión, procedimientos de criba en frontera y una base de datos biométrica que a partir de ahora incluirá la cara y las huellas dactilares de cualquier menor no acompañado desde los seis años de edad.

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La fecha marca el inicio de la aplicación efectiva de un conjunto de reglamentos que el Parlamento Europeo aprobó en 2024 y que transforman la gestión migratoria en todo el continente. Lo que antes era un mosaico de normas nacionales dispersas pasa a ser, al menos en teoría, un sistema unificado. Y España, como país de primera llegada, es uno de los Estados que más cambios debe implementar.

La medida más inmediata es la implantación del procedimiento de cribadoscreening, en la jerga comunitaria— en todos los puntos de entrada irregular. Cualquier persona que llegue a las costas canarias o a los puertos andaluces sin documentación debe pasar por un control exhaustivo de identidad, estado de salud y perfil de seguridad en un plazo máximo de siete días.

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Durante ese tiempo, la persona no tiene derecho legal a pisar territorio nacional. El pacto lo llama “ficción de no entrada”: un limbo jurídico administrado en instalaciones fronterizas que España tiene que habilitar o ampliar. Si los Centros de Internamiento de Extranjeros (CIE) ya operaban al límite de su capacidad, la obligación de retener sistemáticamente a quienes llegan exige una inversión en infraestructuras adicional que depende del Ministerio del Interior.

Al cribado le sigue, de forma automática para ciertos casos, el procedimiento fronterizo exprés de asilo. La regla es concreta: si el solicitante proviene de un país con una tasa de concesión de protección internacional inferior al 20%, su caso debe resolverse en un máximo de 12 semanas. Mientras dura ese proceso, la persona permanece confinada en zonas de tránsito o ubicaciones fronterizas habilitadas. Ya no puede esperar una decisión en libertad.

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Países “seguros”

La lógica de Bruselas es desestimar rápidamente las solicitudes consideradas “infundadas o inadmisibles” antes de que el solicitante entre en el sistema ordinario. Para ello, la UE ha fijado una lista común de “países de origen seguros” que incluye, entre otros, a Marruecos, Egipto y Colombia a pesar de que organizaciones como Amnistía Internacional los consideran en la lista negra de los que violan los derechos humanos. Esta clasificación no impide pedir asilo, pero coloca al solicitante en una posición más vulnerable: si procede de un país considerado “seguro” por Bruselas, su expediente puede tramitarse por la vía rápida y ser rechazado si no acredita riesgos personales concretos en su país de origen.

El problema práctico es que 12 semanas en una zona de tránsito fronteriza no son 12 semanas en un hotel. Las organizaciones de derechos humanos llevan meses advirtiendo que las condiciones de estas instalaciones no están diseñadas para una estancia prolongada, especialmente cuando hay familias con menores.

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Otro de los aspectos del PEMA que más rechazo ha generado entre las ONG es la ampliación del sistema Eurodac. Esta base de datos, que hasta ahora recogía huellas dactilares de adultos en situación irregular, pasa a registrar también imágenes faciales y datos biométricos de menores desde los seis años.

La Unión Europea justifica la medida argumentando que protege a los niños en caso de separación familiar. España ha tenido que aceptarla a pesar de la incomodidad con la que el Ejecutivo ha gestionado el debate. Los datos no se quedan en un servidor nacional: deben interactuar en tiempo real con Europol y con el Sistema de Información Schengen (SIS), de modo que cualquier agente de policía en cualquier país del bloque pueda saber si una persona —incluso un menor— tiene una orden de retorno pendiente en otro Estado miembro.

La reforma de Eurodac ha suscitado críticas porque amplía de forma notable el alcance de una base de datos que nació para identificar a solicitantes de asilo y repartir responsabilidades entre Estados miembros. Con el nuevo marco, el sistema pasa a almacenar más categorías de personas, más datos biométricos y durante más tiempo, lo que para sus detractores supone un giro hacia una lógica de control migratorio más intrusiva.

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Vigilancia biométrica

Uno de los puntos más controvertidos es el impacto sobre la privacidad y la protección de datos. Organizaciones de derechos humanos y expertos en privacidad advierten de que la reforma refuerza la dimensión de vigilancia del sistema y reduce garantías, especialmente al facilitar un uso más amplio de la información recopilada y al conectar Eurodac con otras bases de datos europeas.

También ha generado especial rechazo la inclusión de menores en el sistema biométrico. Las críticas subrayan que tomar y conservar datos de niños y niñas desde edades muy tempranas, como los seis años, resulta desproporcionado y difícil de justificar desde la perspectiva de los derechos fundamentales. A ello se añade la preocupación por la mezcla entre gestión de asilo y fines policiales, ya que la reforma refuerza el uso de Eurodac para apoyar retornos y, en determinados supuestos, para fines de seguridad.

La consecuencia más tangible de la reforma europea está en la relación entre asilo y retorno. En cuanto una solicitud de protección es denegada, el PEMA obliga a poner en marcha el procedimiento de retorno, lo que reduce el margen de maniobra de la Administración y acelera el paso de una fase a la otra. Para encajar esa exigencia en la normativa española, el Ejecutivo ha tenido que introducir una cláusula de “incompatibilidad de procedimientos”, pensada para evitar que el asilo y otras vías de regularización se tramiten de forma simultánea.

La consecuencia práctica de esta reforma es que quien solicita asilo no puede, al mismo tiempo, aprovechar ese periodo para construir una vía de regularización por arraigo. El tiempo que la Administración tarda en resolver la petición no suma como estancia válida a efectos de ese permiso, de modo que una eventual denegación puede dejar a la persona en una especie de punto de partida migratorio cero.

Eso obliga a muchas personas a escoger entre dos caminos que, en la práctica, se excluyen entre sí: pedir protección internacional o acumular tiempo de permanencia para intentar regularizarse después por arraigo. Las organizaciones sociales denuncian que esta situación convierte el procedimiento en una “trampa legal”, porque penaliza precisamente a quienes primero buscaron asilo y quedaron atrapados durante meses o años en la espera administrativa.

Limitación judicial

España también debe integrar en su sistema judicial la Orden de Retorno Europea. Esto implica que los juzgados y la policía española deberán ejecutar, de forma casi automática, las decisiones de expulsión emitidas por cualquier otro Estado miembro y registradas en el SIS.

El margen de los jueces españoles para revisar el fondo del asunto queda limitado a los casos en que la medida atente contra el orden público interno. Además, el efecto suspensivo de los recursos judiciales se erosionará de forma significativa: la administración podrá consumar la deportación aunque haya una apelación en trámite, con plazos de respuesta judicial reducidos a 14 días. Juristas especializados en derecho migratorio han señalado que esta aceleración choca con las garantías procesales previstas en la Constitución, pero el reglamento comunitario la impone como estándar de eficiencia.

Es verdad que no todo el PEMA es de aplicación obligatoria. Hay un conjunto de medidas que el pacto autoriza pero no impone, y es en ese espacio donde el Gobierno ha plantado sus líneas rojas.

La más visible es el rechazo a los centros de retorno en terceros países. El acuerdo político alcanzado en junio de 2026 abre la puerta a que los Estados miembros trasladen inmigrantes irregulares a centros cerrados fuera del territorio de la UE, siguiendo el modelo que Italia inauguró en Albania. El Gobierno español no tiene ninguna obligación de replicarlo y, al menos por ahora, no lo va a hacer.

Tampoco está obligada a criminalizar penalmente la estancia irregular. El PEMA autoriza a los países a imponer penas de prisión por no colaborar en la propia expulsión; el Ejecutivo ha decidido no ejercer esa facultad. Y en lo que respecta al Reglamento contra la Facilitación de la Inmigración Irregular, España —único país que votó en contra de esa norma en diciembre de 2024— tiene potestad para excluir explícitamente de cualquier responsabilidad penal a las ONG que realizan labores de salvamento marítimo.

Camino contrario

Mientras todo esto se despliega, el Ejecutivo mantiene su propio Reglamento de Extranjería nacional, en vigor desde mayo de 2025. Sus lógicas apuntan en dirección contraria: donde Bruselas amplía los plazos de detención administrativa hasta los 30 meses para asegurar las deportaciones, Madrid ha reducido de tres a dos años el tiempo de estancia necesario para regularizarse por arraigo. Donde Europa aprieta el procedimiento de retorno, España ha creado nuevas vías de integración laboral.

El debate sobre el PEMA no se limita a la gestión técnica del asilo: para la extrema derecha europea, y cada vez más para parte de la derecha tradicional, la reforma abre la puerta a un modelo de control migratorio inspirado en el ICE estadounidense, basado en la expulsión, la vigilancia intensiva y la reducción de garantías. Esa lógica ya no circula solo en manifiestos o cumbres ultras, sino también en propuestas concretas sobre reconocimiento facial, refuerzo de la detención, ampliación de los poderes policiales y debilitamiento de los recursos judiciales.

Los críticos con esta reforma advierten de que desplaza el foco desde la protección hacia la expulsión y normaliza un modelo de gestión migratoria que trata la irregularidad como un problema de seguridad más que de derechos, justo en la línea del discurso de la extrema derecha.

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La paradoja tiene consecuencias físicas en el calendario de las administraciones. Por las mañanas, la Policía Nacional debe preparar los sistemas biométricos y los protocolos de cribado que Bruselas exige. Por las tardes, las oficinas de extranjería tramitan regularizaciones masivas al amparo de una legislación nacional aprobada precisamente para sacar de la sombra a cientos de miles de personas.

El Mecanismo de Solidaridad Obligatoria completa el cuadro: la UE fijará anualmente un contingente de reubicaciones y una bolsa financiera de unos 600 millones de euros para repartir entre los Estados. Los países que no quieran acoger físicamente a solicitantes de asilo podrán pagar alrededor de 20.000 euros por persona rechazada. España se ha abstenido en las votaciones sobre este mecanismo por considerarlo un sistema que mercantiliza la solidaridad, pero deberá jugar bajo esas reglas.

A partir del 12 de junio, España ejecutará ambas agendas a la vez. La cuestión es cuánto tiempo podrá mantenerse esa contradicción sin que una de las dos partes acabe cediendo. Eso si un eventual vuelco electoral en 2027 no pone a España, de la mano de PP y Vox, al frente de los países que van a aplicar con más intensidad las nuevas políticas de expulsión de migrantes. 

El 12 de junio no es una fecha negociable. A partir de ese día, España debe tener operativa la maquinaria que el Pacto Europeo sobre Migración y Asilo (PEMA) lleva años construyendo en Bruselas: sistemas policiales, judiciales y aduaneros integrados con el resto de la Unión, procedimientos de criba en frontera y una base de datos biométrica que a partir de ahora incluirá la cara y las huellas dactilares de cualquier menor no acompañado desde los seis años de edad.

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