Machismo

El profesor de la USC sancionado por criticar el escote de una alumna amenaza a quienes secunden el 8M

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Organizaciones de estudiantes de Galicia han denunciado que Luciano Méndez, el profesor de la Universidad de Santiago de Compostela (USC) que fue suspendido de empleo y sueldo dos meses por criticar el escote de una alumna, ha amenazado con "consecuencias académicas" a las estudiantes que se quieran sumar a la huelga feminista que tendrá lugar este jueves 8 de marzo, Día Internacional de la Mujer.

Así lo han señalado la organización estudiantil Erguer y la Asemblea Aberta de Mulleres USC a través de sus respectivas cuentas de Twitter:

 

En marzo de 2016, seis estudiantes de la Facultad de Económicas de la USC denunciaron ante el decanato de la universidad al profesor por haber vertido comentarios sexistas durante una de sus clases. La propia afectada señaló que el docente, ante la llegada con retraso de algunos alumnos, expresó que se estaba desconcentrando "con el ruido de los bolígrafos y el escote de María". Después de que varias alumnas se marcharan de clase tras acusarle de machista, Méndez respondió que “si fuese machista le pegaría una hostia”.

Pero el incidente no quedó ahí. Además de presentar la correspondiente denuncia en el decanato, días después, numerosos estudiantes pidieron la expulsión del profesor e irrumpieron en su clase con escotes pronunciados, a modo de protesta. Finalmente, el docente fue suspendido de empleo y sueldo dos meses.

El profesor de la USC que defendió a 'La Manada', suspendido de nuevo por referirse al escote de una alumna en clase

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La USC terminó abriéndo además un expediente disciplinario a los alumnos que protestaron en el aula. En septiembre, cientos de estudiantes se congregaran en la Praza do Obradoiro para exigir la expulsión del profesor y reclamar que se cerraran los expedientes abiertos.

La ley orgánica 8/1985 reguladora del Derecho a la Educación, modificada en 2006, establece que "en los términos que establezcan las administraciones educativas, las decisiones colectivas que adopten los alumnos, a partir del tercer curso de la educación secundaria obligatoria, con respecto a la asistencia a clase no tendrán la consideración de faltas de conducta ni serán objeto de sanción, cuando éstas hayan sido resultado del ejercicio del derecho de reunión y sean comunicadas previamente a la dirección del centro".

A partir de tercero de la ESO cualquier alumna puede hacer huelga sin que sea necesaria autorización de sus progenitores o tutores legales, tal y como avala el Tribunal Supremo mediante una sentencia del año 2015.

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