Libertad religiosa
La sentencia europea que avala prohibir el velo en el trabajo reabre el debate sobre su uso
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha respaldado este martes la prohibición del uso del velo islámico en el ámbito laboral. Lo hizo a través de una sentencia que amparaba el despido de una recepcionista belga, tras expresar la mujer su voluntad por llevar velo durante su jornada de trabajo.
La sentencia sostiene que no existe "discriminación directa" en tanto en cuanto la normativa interna de la empresa prohibía "el uso visible de cualquier signo político, filosófico o religioso". Sí podría, matiza, existir discriminación indirecta sobre quien posee unas convicciones religiosas concretas, por parte de quien no las comparte, algo que corresponde decidir al juez nacional. El tribunal añade, sin embargo, que en el caso de existir tal discriminación indirecta prevalecería el derecho de la empresa a mostrar una imagen neutral frente a los clientes, un fin legítimo, considera, que justifica la restricción del derecho de libertad religiosa. "Tal diferencia de trato no constituirá una discriminación indirecta si puede justificarse objetivamente con una finalidad legítima y si los medios para la consecución de esta finalidad son adecuados y necesarios", concluye.
La decisión de la justicia europea ha generado cierta polémica que ha alcanzado a las formaciones políticas y ha reabierto el debate entre organizaciones de la sociedad civil.
El portavoz de Ciudadanos en el Congreso, Juan Carlos Girauta, afirmó que la sentencia logra "un equilibrio muy saludable entre la imposibilidad de discriminar a alguien laboralmente por su confesión y la imposibilidad de que a una empresa se le obligue a aceptar exhibiciones externas de uno u otro culto". Por su parte, el portavoz del PP en la Cámara baja, Rafael Hernando, mostró su respeto hacia la sentencia y añadió que su partido está en contra de todos los elementos que "impliquen discriminación" hacia la mujer o una "minusvaloración de sus condiciones".
Irene Montero, portavoz de Unidos Podemos en el Congreso, entiende no obstante que el dictamen facilita que los empresarios "puedan discriminar por razones de religión o de género" a la mujer.
La Confederación Española de Organizaciones Empresariales (CEOE) señaló en conversación con este diario que la patronal "respeta la sentencia" pero no realiza ninguna valoración al respecto. Tampoco lo hace el sindicato CCOO, que en declaraciones a infoLibre afirmó no poseer ninguna opinión fraguada sobre el asunto. Ni la patronal ni el sindicato tienen constancia de que en España exista el hábito de prohibir el porte de símbolos religiosos como el velo islámico en las empresas privadas ni en las administraciones públicas.
El debate que gira en torno del atuendo religioso atañe de lleno a los movimientos feministas que trabajan, desde todas sus vertientes, por el objetivo común de proteger los derechos de las mujeres y auparlos para lograr una igualdad real y efectiva en todos los ámbitos. Sigue siendo, sin embargo, una de las cuestiones que genera más división de opiniones entre las feministas.
Entre la libertad religiosa y los símbolos de sumisión
Mientras que en el ámbito público los argumentos a favor o en contra del uso de símbolos religiosos son claros, en lo privado el asunto se complica. "No nos parece bien que una empresa le diga a una mujer lo que se tiene que poner", señala la presidenta de la Fundación Mujeres, Marisa Soleto. Sin embargo, reconoce entender y compartir la sentencia "en el sentido de que si estamos hablando de símbolos religiosos en términos generales no resulta discriminatorio este en concreto". Soleto destaca, además, su absoluto rechazo a "todo aquello que significa un símbolo de sumisión, aunque también hay matices en los distintos tipos de velos".
La activista feminista Brigitte Vasallo considera que el dictamen del tribunal "vuelve a ser un ataque contra las mujeres y esta vez además desde el capitalismo puro y duro, el del mundo empresarial". Vasallo critica en conversación con este diario que la decisión europea supone una agresión contra "las identidades minorizadas". "Cuando se entra dentro de la hegemonía tú puedes ejercer tus prácticas privadas siempre y cuando no se te noten, siempre que no se sepa en el ámbito laboral, puedes ser musulmana siempre que no lleves velo, que es una de las marcas claras, puedes ser feminista siempre y cuando no pongas el género sobre la mesa", lamenta, "y eso lo que hace no es generar un espacio de neutralidad ni mucho menos, porque la empresa no es un espacio neutro". Por el contrario, continúa, "lo que hace es reafirmar la identidad hegemónica y seguir generando violencia hacia identidades minorizadas".
Ana Valero, profesora de Derecho Constitucional en la Universidad de Castilla-La Mancha, confiesa estar en desacuerdo con la sentencia, y además señala otra del año 2013 emitida por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), que daba la razón a una empleada de facturación de la compañía British Airways despedida por lucir una cruz cristiana al cuello. "La empresa quería ofrecer una imagen de neutralidad, porque la mujer trabajaba de cara al público", explica Valero. Sin embargo, el tribunal determinó entonces que el símbolo "no vulneraba los derechos de terceras personas y que prevalecía la libertad religiosa de la trabajadora".
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En el ejemplo actual, añade, "el derecho de libertad religiosa musulmana está por encima de este derecho de la empresa privada a querer que su imagen sea neutral". Por este motivo, reclama que desde el ámbito laboral exista una "acomodación y flexibilidad hacia la multiculturalidad en la que nos encontramos en estos momentos a nivel sociológico", siempre y cuando no exista el riesgo de poner en peligro los derechos básicos y la salud de terceros.
Con ella coincide la feminista musulmana Hayar Abderrhaman, quien se muestra convencida de que la decisión de Luxemburgo supone "abrir la puerta al retroceso de las libertades y de todos los derechos conseguidos hasta ahora". "Bajo el lema de la laicidad se están cometiendo atrocidades enormes", critica. Resulta "aberrante que haya una sentencia que prohiba algo tan personal como el velo que llevo yo en la cabeza", prosigue Abderrhaman.
A su juicio, "no se trata única y exclusivamente de una cuestión de indumentaria, sino que se está atentando contra los derechos fundamentales", una cuestión, considera, que "en ningún caso se debe dejar al libre albedrío de las empresas, porque esa normativa está basada en prejuicios islamófobos". Aunque admite que en el caso del ámbito público las instituciones "sí tienen que ser laicas", apuesta por que cada país legisle "sin atentar contra los derechos fundamentales, porque la libertad religiosa y la libertad de decidir sobre tu propio cuerpo" deben ser cuestiones prioritarias. Para Vasallo "lo que está claro es que hay que conseguir una manera para que el cuerpo de las mujeres no sea siempre el lugar por donde entran todas las violencias" y pone como ejemplo asimismo la cuestión del embarazo dentro del mundo empresarial. "Ojalá hubiese una regulación que permitiese que nuestro cuerpo fuese nuestro", sentencia.