Un tribunal obliga al juez a admitir la querella de Iglesias contra un coronel retirado que le acusó de trabajar para "potencias extranjeras"

El vicepresidente segundo y líder de Unidas Podemos, Pablo Iglesias.

La Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Madrid ha ordenado al juez de instrucción número 45 de Madrid la admisión de la querella que presentó el vicepresidente segundo del Gobierno, Pablo Iglesias, contra el coronel de infantería retirado Diego Camacho por posibles delitos de injurias o calumnias por declaraciones y artículos publicados en medios de comunicación en los que acusaba al líder de Podemos de poner en riesgo la seguridad nacional por haber trabajado "a sueldo" de Venezuela y de Irán y le relacionara "con el narcotráfico, el terrorismo y los intereses marroquíes" a través de su antigua asesora Dina Bousselham.

Los magistrados de la Audiencia Provincial han admitido los recursos presentados tanto por Iglesias como por la Fiscalía contra el auto del juzgado que inadmitía la querella del vicepresidente. La resolución, a la que ha tenido acceso infoLibre, considera que el coronel retirado no realizó con sus declaraciones una "crítica política" a Iglesias, "tampoco a su gestión, ni como representante de un partido político, ni como ministro y vicepresidente del Gobierno", sino que "le imputa graves delitos ajenos a sus funciones y a su tarea en cuanto tal".

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"El hecho de que el querellante sea representante político amplía el margen de crítica hacia su persona, pero no conlleva su desprotección frente a la emisión de mensajes difamatorios y objetivamente ofensivos que no pretenden realizar crítica ni abrir debate político alguno", explican los magistrados.

El auto de la Audiencia Provincial advierte de que "no puede aceptarse que exista una base fáctica en las expresiones proferidas" por Camacho por el hecho de que "fueron noticia las querellas y denuncias interpuestas frente al querellante o la formación política u otros miembros de la misma", ya que "todas ellas fueron rechazadas por los tribunales", como se recoge en el propio auto de la juez. "El hecho de que en su día fueron noticia las querellas y denuncias interpuestas contra al querellante o su formación política u otros miembros de la misma, que hacían mención a una financiación procedente de Irán o Venezuela, en nada afecta a las expresiones proferidas por el querellado, y más cuando, según se indica en el auto recurrido, fueron archivadas", explica.

En el auto que recurrieron el vicepresidente y la Fiscalía se afirmaba además que las palabras de Camacho eran "meros juicios de valor", algo con lo que los magistrados no están de acuerdo en lo que se refiere a ciertos artículos y declaraciones en los que se le vinculaba con "el narcotráfico de Venezuela, con la financiación de Venezuela, con la financiación de Irán" y se aseguraba que "ha estado a sueldo de dos potencias extranjeras". El tribunal no está de acuerdo con que sean meras opiniones, sino que la imputación de estos hechos delictivos muy graves "podría constituir, en este momento procesal y a nivel indiciario, los delitos" de injurias o calumnias por los que el vicepresidente se querelló.

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