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    <title><![CDATA[infoLibre - Ana Botella]]></title>
    <link><![CDATA[https://www.infolibre.es/temas/ana-botella/]]></link>
    <description><![CDATA[infoLibre - Ana Botella]]></description>
    <language><![CDATA[es]]></language>
    <copyright><![CDATA[Copyright infoLibre]]></copyright>
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      <title><![CDATA[Los precedentes que prueban que la acusación del juez Peinado contra Begoña Gómez no se sostiene]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.infolibre.es/politica/precedentes-prueban-acusacion-juez-peinado-begona-gomez-no-sostiene_1_2068678.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.infolibre.es/clip/69f151e9-502d-45f5-a859-c2bf629db39b_16-9-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Los precedentes que prueban que la acusación del juez Peinado contra Begoña Gómez no se sostiene"></p><p>Dieciocho meses después de iniciar <a href="https://www.infolibre.es/politica/gobierno-critica-investigacion-prospectiva-peinado-begona-gomez-no-sola-prueba_1_2049251.html" target="_blank">una investigación prospectiva</a> a partir de <a href="https://www.infolibre.es/politica/manos-limpias-admite-denuncia-basa-informaciones-periodisticas-falsas-juez-debe-investigar_1_1776211.html" target="_blank">una denuncia presentada por la organización ultra </a><a href="https://www.infolibre.es/politica/manos-limpias-admite-denuncia-basa-informaciones-periodisticas-falsas-juez-debe-investigar_1_1776211.html" target="_blank"><strong>Manos Limpias</strong></a><a href="https://www.infolibre.es/politica/manos-limpias-admite-denuncia-basa-informaciones-periodisticas-falsas-juez-debe-investigar_1_1776211.html" target="_blank">, </a>que únicamente aportó recortes de prensa y un bulo sobre una falsa subvención, el juez <strong>Juan Carlos Peinado</strong> sigue sin hacer público en qué hechos o indicios se basa para acusar a <strong>Begoña Gómez</strong>, esposa del presidente del Gobierno, de <a href="https://www.infolibre.es/politica/juez-peinado-propone-begona-gomez-sea-juzgada-malversacion-jurado-popular_1_2068331.html" target="_blank">un delito de “malversación de caudales públicos”.</a></p><p>Este tipo penal está pensado para castigar <strong>desde el robo de dinero público hasta el uso de fondos de la administración para fines distintos de los previstos inicialmente.</strong> De manera que, para sostener esta acusación, Peinado necesita argumentar que tiene al menos indicios de que hubo afectación del dinero público cuando Gómez pidió a la asistente que Moncloa puso a su disposición —en calidad de cónyuge del presidente del Gobierno— que enviase dos correos sobre asuntos personales.</p><p>Es verdad que, <a href="https://www.infolibre.es/politica/malversacion-contamina-reforma-sedicion-guia-entender-debate-delitos_1_1364227.html" target="_blank">desde diciembre de 2022, </a>existe una modalidad, el <strong>uso temporal indebido de caudales públicos sin ánimo de apropiación</strong>, para la que no es imprescindible acreditar un perjuicio económico concreto. Pero sí se exige que quien lo comete sea “autoridad o funcionario público”, algo que la esposa del presidente no es.</p><p>La aparente desproporción entre la calificación penal que hace Peinado y el hecho en sí —que una asistente, cuya tarea es ayudar a la esposa del presidente, enviase dos correos electrónicos relacionados con una actividad privada en la Complutense que Gómez desempeñaba mucho antes de llegar a La Moncloa y por la que cobró aproximadamente 5.000 euros al año entre 2014 y 2022— es lo que <strong>ha puesto al juez en el ojo del huracán.</strong></p><p>Sobre todo, porque existen precedentes, en todos los gobiernos de la democracia, del nombramiento de<strong> personas de confianza para asistir a las esposas de los presidentes</strong> (todos hombres, desde las primeras elecciones democráticas),<strong> </strong>así como del uso de recursos públicos para dar soporte a sus actividades privadas.</p><p>La única vez que algo así se judicializó fue durante la presidencia de <strong>Mariano Rajoy</strong>, aunque, al final, el Tribunal Supremo decidió archivar el caso sin darle siquiera trámite. Ocurrió en 2015, cuando el entonces jefe del Gobierno se encontró con una denuncia por <strong>el uso de fondos públicos del presupuesto de La Moncloa para los cuidados de su padre, </strong>una persona de 95 años, dependiente, que vivía junto a él en el complejo presidencial.</p><p>En aquella ocasión, el Supremo no vio motivos para investigar malversación alguna, a pesar de que Rajoy, en vez de pagar de su propio dinero los cuidados de su padre (asistencia y acompañamiento día y noche por parte de dos personas),<strong> decidió cargarlos al presupuesto público.</strong></p><p>En este caso sí habría, sobre el papel, <strong>perjuicio para el erario público, </strong>a diferencia de lo que se conoce, al menos hasta ahora, por parte de Begoña Gómez.</p><p>Según elDiario.es, Rajoy decidió cargar al presupuesto de La Moncloa los gastos de atención de su padre tras comprobar la importancia de las facturas que se le venían encima. La familia del presidente conocía de primera mano el esfuerzo económico que suponía la contratación de varias personas para realizar labores de acompañamiento y asistencia a su progenitor tras asumir ese coste por espacio de poco más de un mes. <strong>La factura más alta que abonaron personalmente fue de 3.600 euros, </strong>que a partir de entonces se pagó con cargo al dinero público.</p><p>La denuncia por aquel caso la presentó la asociación <strong>El Defensor del Paciente</strong>, y en ella acusaba al entonces inquilino de La Moncloa de haber cometido <strong>un presunto delito de malversación de fondos públicos</strong>. El Gobierno de Rajoy se negó en redondo a dar explicaciones, escudándose en que se trataba de una práctica (costear con dinero público a asistentes de familiares del presidente) común a todos los presidentes que le antecedieron en el cargo.</p><p>La esposa de Rajoy, <strong>Elvira Fernández</strong>, también utilizó a un asistente pagado con fondos públicos para asuntos personales cuando vivía en el Palacio de La Moncloa: se trataba del hoy diputado del PP <strong>Jaime de los Santos</strong>. Famosas son las fotos en las que aparece llevando bolsas de establecimientos comerciales de la esposa del entonces presidente, <strong>a la que también auxiliaba en su “correspondencia, viajes, asuntos técnicos…”</strong>, según una información publicada por El Confidencial en septiembre de 2013. El ministro de Transportes, <strong>Óscar López</strong>, ironizó recientemente sobre sus funciones en un debate en el Congreso, llamando a De los Santos “<em>personal shopper</em>”.</p><p>En la época de <strong>José María Aznar</strong> (1996-2004) también se reprodujo una polémica similar, aunque sin consecuencias judiciales, igual que en el caso de Elvira Fernández. El Gobierno del PP nunca aclaró cuánto costó ni cuál fue la finalidad del viaje que realizó a finales de marzo de 2000 <strong>Ana Botella</strong>, la esposa del presidente, a México. El Ejecutivo de Aznar admitió que<strong> se financió con cargo al presupuesto del Ministerio de la Presidencia,</strong> que se efectuó como consecuencia de una invitación del presidente mexicano y que fue acompañada por tres personas adscritas a Presidencia.</p><p>Se sabe también que el propio presidente Aznar utilizó<strong> helicópteros, medios y personal de La Moncloa para participar en las campañas electorales </strong>del Partido Popular: volaba en el helicóptero oficial cada vez que se trasladaba al aeropuerto de Torrejón para coger un avión y asistir a los mítines de su partido en la campaña de 2003.</p><p><strong>Felipe González</strong> (1982-1996) también fue objeto de acusaciones de usar recursos públicos para fines privados porque <strong>utilizaba el avión presidencial para irse de vacaciones con su familia.</strong></p><p>La cuestión del uso de medios públicos para actividades privadas, en particular cuando afectan a la familia de los presidentes —que conviven con él en la sede de la Presidencia—<strong> no está regulada en España</strong>, lo que abre una amplia zona gris sujeta a interpretación.</p>]]></description>
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      <pubDate><![CDATA[Thu, 25 Sep 2025 04:00:25 +0000]]></pubDate>
      <author><![CDATA[Fernando Varela]]></author>
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      <media:title><![CDATA[Los precedentes que prueban que la acusación del juez Peinado contra Begoña Gómez no se sostiene]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Juan Carlos Peinado,Begoña Gómez,José María Aznar,Ana Botella,Mariano Rajoy]]></media:keywords>
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      <title><![CDATA[Ana Botella defiende la venta de viviendas públicas a fondos buitre: "El Ayuntamiento solo cumplió la ley"]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.infolibre.es/politica/ana-botella-defiende-venta-viviendas-publicas-fondos-buitre-ayuntamiento-cumplio-ley_1_1213306.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.infolibre.es/clip/ce6a9dc8-90db-470e-8c53-9b7547ff21a1_16-9-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Ana Botella defiende la venta de viviendas públicas a fondos buitre: "El Ayuntamiento solo cumplió la ley""></p><p>La exalcaldesa de Madrid <a href="https://www.infolibre.es/tags/personajes/ana_botella.html" target="_blank">Ana Botella</a> ha cerrado filas con la gestión de la Empresa Municipal de la Vivienda y Suelo (EMVS) en lo relativo a la <strong>venta de 1.860 viviendas protegidas</strong> a un fondo de inversión en 2013 al defender que el equipo directivo cumplió con la legalidad y con el objetivo de mantener el fin social.</p><p>"<strong>Se respetaron todos los derechos de los arrendatarios</strong>", ha aseverado en <a href="https://www.infolibre.es/noticias/politica/2021/10/29/a_juicio_caso_venta_860_viviendas_publicas_fondo_inversion_mandato_ana_botella_126184_1012.html" target="_blank">el juicio que se celebra por el presunto expolio de vivienda social</a> a preguntas del letrado Mariano Benítez de Lugo, abogado que representa a la Asociación de Afectados por la Venta de la EMVS, ha recogido Europa Press.</p><p>Mientras comparecía se han podido escuchar <strong>gritos de la veintena de afectados que se concentraba</strong> a las puertas de la Audiencia Provincial de Madrid para exigir responsabilidades a la que fuera alcaldesa de Madrid entre 2011 y 2015, época en la que se desarrolló este proceso de enajenación.</p><p>Tranquila y con voz firme, ha insistido en varias ocasiones en que "el equipo directivo cumplió <strong>todos los objetivos que marcaba la ley, entre ellos mantener el fin social</strong>". "La situación era desoladora. La EMVS no podía pagar las nóminas ni a los proveedores y no podía acceder a créditos", ha relatado en la misma línea con lo manifestado por el principal acusado en la causa, el exconsejero delegado de la EMVS Fermín Oslé.</p><p>Es la primera vez que la exdirigente conservadora se pronuncia sobre la enajenación de viviendas, manifestando al respecto que "<strong>todo se hizo conforme a la legalidad</strong>" y que se respetaron "todos los derechos de los inquilinos". "El Ayuntamiento de Madrid lo único que hizo es cumplir la ley", ha manifestado.</p><p>Botella ha explicado que el consejo de administración de la EMVS<strong> adoptaba las decisiones y la Junta de Gobierno de la ciudad de Madrid, constituida en Junta de Accionistas, aprobaba algunas</strong>.</p><p>A preguntas de Benítez de Lugo ha señalado que gracias al plan de viabilidad "confeccionado y diseñado" por el equipo directivo, hoy "la EMVS <strong>pervive y sigue cumpliendo con su objetivo social</strong>". "Gracias a ese plan, hoy pervive la empresa manteniendo a sus trabajadores y cumpliendo además su fin social. Había una situación desoladora", ha reseñado.</p><p>El abogado de la EMVS ha preguntado si se cercioraron de si se subrogaron las condiciones a las que tenían los inquilinos, a lo que ha respondido que "se cumplió con la ley". "<strong>Con el cumplimento de la ley, siempre, siempre, se subrogan y en este caso, también</strong>", ha apostillado.</p><p><strong>No compareció en la Comisión</strong></p><p>Botella, al igual que hicieron otros cargos del PP, <strong>se negó a comparecer en la Comisión de Investigación sobre la deuda y las políticas públicas del Ayuntamiento de Madrid</strong>, donde estaba llamada a comparecer para abordar este asunto.</p><p>En junio de 2011, <a href="https://www.infolibre.es/noticias/politica/2020/06/11/el_supremo_confirma_absolucion_ana_botella_por_venta_pisos_emvs_fondo_buitre_107675_1012.html" target="_blank">el Tribunal Supremo absolvió a Botella y a siete miembros de su equipo</a> por la citada venta al desestimar una queja que planteó la exedil socialista Mercedes González contra el Tribunal de Cuentas por impedirla recurrir el asunto en calidad de vecina.</p><p>En la vertiente económica del caso, el Tribunal de Cuentas revocó una sentencia condenatoria y exoneró a la exalcaldesa y a siete miembros de su equipo. La sentencia revocada<strong> condenaba a los acusados a abonar solidariamente de sus bolsillos 22,7 millones de euros</strong>.</p><p>En la primera sesión del juicio, los Afectados por la Venta de Viviendas de la EMVS lamentaron que la exdirigente no se sentara en el banquillo de los acusados al considerar que tuvo <strong>"bastante responsabilidad" en la operación</strong>.</p><p>En concreto, aludían a que el 20 de junio de 2013 el Ayuntamiento de Madrid aprobó en Junta de Gobierno, presidida entonces por Botella, la venta de 1.860 viviendas de protección oficial al fondo <strong>Blackstone-Magic Real Estate</strong>, tras haber valorado 4 ofertas de empresas. La exalcaldesa manifestó en un pleno posterior que "<strong>sólo cambiaba el propietario</strong>".</p>]]></description>
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      <pubDate><![CDATA[Wed, 17 Nov 2021 09:56:00 +0000]]></pubDate>
      <author><![CDATA[infoLibre]]></author>
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      <media:title><![CDATA[Ana Botella defiende la venta de viviendas públicas a fondos buitre: "El Ayuntamiento solo cumplió la ley"]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Ana Botella,Madrid,PP,Vivienda]]></media:keywords>
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      <title><![CDATA[A juicio el caso de la venta de 1.860 viviendas públicas a un fondo de inversión en el mandato de Ana Botella]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.infolibre.es/politica/juicio-caso-venta-1-860-viviendas-publicas-fondo-inversion-mandato-ana-botella_1_1212398.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.infolibre.es/clip/2a32ccb4-646e-4f02-af0c-d06b014ed6eb_16-9-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="A juicio el caso de la venta de 1.860 viviendas públicas a un fondo de inversión en el mandato de Ana Botella"></p><p>Fermín Oslé Uranga, exconsejero delegado de la Empresa Municipal de la Vivienda y Suelo (EMVS), y Alfonso Benavides Grases, antiguo apoderado de Fidere Vivienda —sociedad de inversión inmobiliaria del fondo Blackstone—, se sentarán el próximo martes en el banquillo de los acusados por la <strong>presunta venta fraudulenta de 1.860 viviendas a un fondo de inversión en 2013 bajo el mandato de Ana Botella.</strong></p><p>El caso iniciado a raíz de una denuncia del PSOE y afectados se archivó al considerar el juez de Instrucción número 38 de Madrid que no había "suficientes elementos" para seguir con la investigación. Pero <strong>en mayo de 2019 la Audiencia Provincial de Madrid ordenó su reapertura</strong> a instancias de la Asociación de Afectados por la Venta de Viviendas de la EMVS, que en el juicio ejerce como acusación particular.</p><p><strong>La Fiscalía de Madrid no imputa ningún delito a los dos acusados</strong> y solicita en su escrito, al que tuvo acceso Europa Press, la absolución al considerar que no han cometido ninguna infracción penal.</p><p>En cambio, la asociación de afectados solicita para los encausados ocho años de cárcel <strong>por fraude y por malversación de causales públicos</strong>, así como ocho años de inhabilitación para ejercer como cargo público, según ha detallado a Europa Press una portavoz del colectivo. La mercantil Fidere figura como responsable civil subsidiaria.</p><p>La investigación penal se instruyó por delitos de prevaricación administrativa, malversación de caudales públicos y fraude respecto a la participación en la venta irregular por parte de Fermín Oslé Uranga y Alfonso Benavides Grases.</p><p>Además del ámbito judicial, el caso tuvo una vertiente administrativa por parte del Tribunal de Cuentas. En septiembre de 2017, se hizo público informe de fiscalización elaborado por la Cámara de Cuentas de la Comunidad de Madrid, que se centraba en los ejercicios 2012 y 2013,<strong> bajo un mandato del PP</strong>.</p><p>En el informe se señalaba que la venta se produjo <strong>sin fijar con carácter previo el valor de los inmuebles</strong> a enajenar ya que lo más parecido a ello es una estimación realizada por una entidad, que además resultó ser asesora de los adjudicatarios.</p><p>A eso se sumaba que no existía una concurrencia real de eventuales compradores dada la<strong> información privilegiada</strong> que con carácter previo al acuerdo de la venta tuvieron cuatro compañías, entre ellas la adjudicataria Magic Real State, que después cedió sus derechos a las compañías Fidere.</p><p>Ana Botella resultó exonerada del caso después de que el Tribunal de Cuentas revocara una sentencia condenatoria y absolviera a la exalcaldesa y a siete miembros de su equipo. La sentencia revocada condenaba a los acusados a abonar solidariamente de sus bolsillos <strong>22,7 millones de euros</strong>.</p><p><strong>No ve delito</strong></p><p>Ya en la esfera penal, la Fiscalía subraya en su escrito que "el procedimiento en todo momento <strong>se ajustó a las prescripciones establecidas</strong> en el artículo 85 ter de la Ley 7/1985, de 2 de Abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y al artículo 18 del Decreto 74/09, Reglamento de Viviendas con Protección Pública de la Comunidad de Madrid".</p><p>A su juicio, ello "<strong>permitía la enajenación por sus titulares de las viviendas con protección pública</strong> para arrendamiento y arrendamiento con opción a compra por promociones completas y a precio libre, previa autorización de la Consejería competente en materia de <a href="https://www.infolibre.es/tags/temas/vivienda.html" target="_blank">vivienda</a>".</p><p>Por tanto, entiende que se siguieron "en todo momento los principios establecidos en el artículo 1 de la Ley de Contratos del Sector Público, de aplicación complementaria para resolver lagunas en aquéllos contratos excluidos de la Ley entre los que se encontraban los de enajenación de inmuebles".</p><p>En cuanto a la EMVS, apunta que "a resultas de la operación, el ejercicio económico de 2013 arrojó un resultado positivo en todas sus partidas, incrementando el patrimonio neto y los fondos propios y reduciendo el pasivo, conforme a las previsiones del Plan de Viabilidad y dando cumplimiento a las <strong>obligaciones de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera</strong>".</p><p><strong>Denuncia de los socialistas</strong></p><p>Las actuaciones se incoaron a raíz de una denuncia presentada por<strong> el abogado del PSOE </strong>en nombre del entonces portavoz municipal Jaime Lissavetzky, así como la Asociación de Afectados y Afectadas por la venta de viviendas de la EMVS contra Fermín Oslé y Alfonso Benavides, el apoderado de la firma Fidere.</p><p>Los demandantes insinuaron que el procedimiento objeto de la causa "no fue correcto" por existir, entre otras cosas, "otras alternativas, otras posibilidades que produjesen<strong> algo así como menos daño a la ciudad de Madrid</strong>".</p>]]></description>
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      <pubDate><![CDATA[Fri, 29 Oct 2021 10:45:00 +0000]]></pubDate>
      <author><![CDATA[infoLibre]]></author>
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      <media:title><![CDATA[A juicio el caso de la venta de 1.860 viviendas públicas a un fondo de inversión en el mandato de Ana Botella]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Ana Botella,Fiscalía,Vivienda]]></media:keywords>
    </item>
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      <title><![CDATA[El Ayuntamiento de Madrid, denunciado ante el Tribunal de Cuentas Europeo por los 300 millones que le hace perder su mala gestión recaudatoria]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.infolibre.es/economia/ayuntamiento-madrid-denunciado-tribunal-cuentas-europeo-300-millones-le-perder-mala-gestion-recaudatoria_1_1206413.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.infolibre.es/clip/1b1d9717-c4ff-4fdc-bc83-45ec73ba779b_16-9-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="El Ayuntamiento de Madrid, denunciado ante el Tribunal de Cuentas Europeo por los 300 millones que le hace perder su mala gestión recaudatoria"></p><p>El <a href="https://www.infolibre.es/noticias/economia/2020/02/20/hacienda_registro_una_recaudacion_record_700_millones_lucha_contra_fraude_2019_mas_104190_1011.html" target="_blank">fraude fiscal </a>se asocia a los grandes impuestos, el IRPF o sobre sociedades, a esos muchos miles de millones que se les escapan a los inspectores de Hacienda. Pero también hay fraude y evasión en otros niveles que pueden pasar más desapercibidos o son considerados de menor cuantía y gravedad. En los ayuntamientos, por ejemplo, que también son poderosas máquinas de recaudar. <strong>La investigación del fraude fiscal requiere unos medios humanos e informáticos de los que suelen carecer las administraciones locales.</strong> Lo que no quiere decir que el agujero municipal por el que se pierden otros tantos millones de euros cada año sea pequeño. Un informe elaborado por el Ayuntamiento de Madrid calcula que <strong>el 71% de las 27.685 actas de inspección abiertas entre 2015 y 2018 implicaron una sanción tributaria</strong>. El resto se regularizaron sin sanción. Por lo que los autores del documento concluyen que en esas 19.577 actas concurría algún tipo de culpabilidad por <strong>intencionalidad o negligencia</strong>. Según sus cifras, <strong>en el 20% de las sanciones había una “ocultación intencional”</strong>. En el 13% de ellas, el fraude tenía la consideración de grave. Y <strong>en un 19% los responsables eran sociedades anónimas</strong>, lo que puede indicar que se trataba de empresas de un cierto tamaño, no de particulares o pymes.</p><p>Sin embargo, <strong>no hay ni una sola denuncia por delito fiscal que un ayuntamiento español haya llevado jamás a la Fiscalía</strong>. La dificultad para acreditar el ánimo de defraudar es la razón. Para probar que ha existido dolo hay que motivar bien la causa, y para ello, a su vez, hay que investigar.</p><p>Además, los ayuntamientos deben cobrar: los tributos y las sanciones por no pagarlos. Y eso también resulta complicado si los medios son escasos. O no se pone mucho empeño. <a href="http://www.somossindicalista.es/" target="_blank">Somos Sindicalistas</a>, una pequeña organización surgida hace años al tiempo que Podemos, ha denunciado al Ayuntamiento de Madrid ante el <a href="https://www.eca.europa.eu/es/Pages/ecadefault.aspx" target="_blank">Tribunal de Cuentas Europeo</a> (ECA) y ante la <a href="https://ec.europa.eu/anti-fraud/home_es" target="_blank">Oficina de Lucha contra el Fraude</a> (OLAF) por los casi <strong>300 millones de euros que el consistorio municipal deja de recaudar cada año </strong>por problemas de<strong> ineficacia recaudatoria y fraude</strong>.</p><p>La eficacia recaudatoria de una administración se mide relacionando los derechos reconocidos –lo que debería ingresarse– por cada impuesto con la recaudación efectivamente realizada. El Ministerio de Hacienda <a href="http://www.hacienda.gob.es/Documentacion/Publico/Tributos/Estadisticas/Recaudacion/2015/Analisis_estadistico_recaudacion_2015.pdf" target="_blank">calculó</a> la eficacia municipal para el ejercicio de 2015 en <strong>un 90,65% </strong>por lo que, <a href="http://www.infolibre.es/noticias/economia/2018/10/29/los_municipios_pierden_uno_cada_euros_por_ineficacia_recaudatoria_88212_1011.html" target="_blank">de cada 10 euros, las entidades locales pierden uno</a>. La del Ayuntamiento de <strong>Madrid</strong> está ligeramente por debajo de esa media, con un <strong>89,27%.</strong> Sólo contando los cuatro principales impuestos –IBI, IAE, Plusvalía y Vehículos–, <strong>Madrid dejó de recaudar 296,66 millones de euros en 2017</strong>, por 46,07 millones <strong>Barcelona.</strong></p><p>Según la demanda, a la que ha tenido acceso infoLibre, esa “pérdida no justificada de recaudación” se debe a que el Ayuntamiento <strong>“no utiliza consciente y voluntariamente medidas legales y técnicas disuasorias de fraude”</strong>, ni activa <strong>“aplicaciones informáticas de gestión tributaria eficaces </strong>para hacer efectivo el cobro de las sanciones penales impuestas a las empresas que cometen fraude”. A juicio de los demandantes, se combina una <strong>“obsolescencia informática mantenida adrede”</strong> en las aplicaciones destinadas a la gestión y cobro de deudas, con una <strong>“interesada mala gestión”</strong>.</p><p><strong>Grabar datos manualmente</strong></p><p>El atraso informático de la Agencia Tributaria municipal lo reconoce el propio ayuntamiento en el informe antes citado, que fue elaborado en 2018, por la anterior corporación encabezada por Manuela Carmena. No importa si se trata del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI), el Impuesto de Actividades Económicas (IAE), el Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO), o la conocida como plusvalía (Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana) o las múltiples tasas municipales, las aplicaciones informáticas con las que trabaja el Ayuntamiento de Madrid <strong>“presentan carencias importantes y falta de interconexión entre ellas para explotar mejor los datos”</strong>, resume el informe. Por ejemplo, los funcionarios no tienen acceso a los datos del impuesto de sucesiones –en poder de la Comunidad de Madrid–, ni a las de los notarios y registradores, o <strong>deben “grabar manualmente” determinados pagos</strong>.</p><p>El desfase es similar en la <strong>recaudación ejecutiva</strong>, cuando el ayuntamiento tiene que cobrar en vía de apremio y embargar al deudor. El informe revela que <strong>“no existe desarrollo informático” para tramitar los procedimientos de derivación de responsabilidad</strong> –exigir el pago de una deuda a quien se declare responsable solidario o subsidiario–, que por tanto también se hacen “manualmente”. Así, “este tipo de expedientes sólo pueden ser abordados de forma esporádica”. Es decir, no es posible perseguir aquellos casos en que una empresa infractora “desaparece” o si en una multa de tráfico el infractor resulta ser un ciudadano insolvente. O cuando se utilizan sociedades interpuestas para no pagar. <strong>Las sanciones terminan prescribiendo</strong>.</p><p>Según el informe, tampoco existe una aplicación informática única que incluya desde la tramitación de las liquidaciones y recibos hasta su extinción. “Hay que cargar las deudas en la aplicación de recaudación ejecutiva <strong>desde cuatro aplicaciones distintas</strong>”, detalla. Cuando el entonces director de la Agencia Tributaria municipal, José Antonio Díaz de Cerio Villamayor, presentó el documento a los sindicatos, aseguró que el trabajo que hacían los funcionarios era <strong>“meritorio y casi artesanal”</strong>.</p><p>infoLibre ha preguntado a la actual corporación municipal sobre estos problemas con la recaudación. Fuentes del área de Hacienda sólo mencionan las <strong>“dificultades propias de estos procesos, fundamentalmente en la vía ejecutiva”</strong>: la desaparición del deudor por fallecimiento o disolución de la empresa, errores en las matrículas de los vehículos por parte de la Dirección General de Tráfico, la identificación de cuentas corrientes o de bienes en embargos. Pero dicen que no existe ninguna cifra que mida el impacto de las deficiencias informáticas en los ingresos municipales. Por el contrario, subrayan que <strong>la recaudación se redujo en 2020 y lo hará también este año por la política municipal de bajada de los tributos</strong>. La reducción del tipo del IBI, las bonificaciones para familias numerosas en este impuesto y en la tasa de residuos sólidos urbanos a locales cerrados y por inicio de actividad, así como las medidas fiscales por el covid-19<strong> recortarán la recaudación municipal en 250 millones de euros</strong>, precisan.</p><p><strong>18,7 millones en el proyecto Mástil</strong></p><p>Estas carencias aparecen destacadas en la demanda presentada en el Tribunal de Cuentas Europeo y relacionadas con la historia del <a href="https://www.infolibre.es/noticias/economia/2014/11/18/madrid_entierra_millones_sistema_informatico_cuya_implantacion_demorara_anos_24071_1011.html" target="_blank">proyecto Mástil</a>, una plataforma para gestionar los ingresos municipales que intentó ponerse en marcha <strong>en 2006</strong>, mediante un contrato con una Unión Temporal de Empresas (UTE) integrada por T-Systems, ITC/TAO y Gestión Tributaria Territorial, a cambio de <strong>7,2 millones de euros</strong>. El proyecto debería haber quedado completado en 2009, pero no fue así. Tuvo que ser<strong> licitado de nuevo, se hizo cargo de él Indra</strong>, que cobró<strong> 2,5 millones de euros </strong>hasta 2013 por un trabajo que tampoco quedó concluido. Ana Botella volvió a sacarlo a concurso justo antes de salir del consistorio, por <strong>nueve millones de euros</strong>, pero <strong>Manuela Carmena paralizó la convocatoria</strong> nada más llegar a la alcaldía, en julio de 2015.</p><p>La gestión de este contrato es, destaca la demanda, “un claro ejemplo de mala gestión y de opacidad”. “Nunca se concluyó”, subraya, pero “se pagó en su totalidad”, pese a que las empresas adjudicatarias lo incumplieron “de manera reiterada”. Por su parte, el ayuntamiento indica que el proyecto Mástil <strong>se paralizó en 2019</strong>, porque en los años en que se prolongó su desarrollo <strong>su “diseño conceptual” se quedó “obsoleto”</strong>. Ni integraba los nuevos estándares de la administración electrónica ni permitía la “interacción” con otros sistemas del consistorio, como los de “gestión y control de la actividad económico-financiera y los recursos humanos”, detallan.</p><p>Para los denunciantes, el proyecto Mástil es, además, un ejemplo de <strong>uso indebido de los fondos Feder de la UE</strong>, de los que la Comunidad de Madrid ha recibido <strong>33,56 millones de euros </strong>para repartir entre los ayuntamientos a fin de mejorar el uso y calidad de las <strong>tecnologías de la información (TIC) entre 2014 y 2020.</strong> De ahí que Somos Sindicalistas solicite al Tribunal de Cuentas Europeo que <strong>audite si el ayuntamiento hizo un uso correcto de esos fondos</strong> e informe a la OLAF, en caso de que sospeche un fraude. Por su parte, el consistorio asegura que en esos fondos no existe una aportación destinada a desarrollar herramientas tecnológicas para la gestión de tributos municipales.</p><p>El ayuntamiento explica también que está trabajando en la implantación de un nuevo proyecto para la gestión interna de los tributos municipales basado en la solución SAP-TRM, que debería sustituir al actual sistema, <strong>AS400</strong>. En marzo de este año, <a href="http://www.infolibre.es/noticias/politica/2021/06/05/la_justicia_almeida_desmontan_legado_carmena_121328_1012.html" target="_blank">el Ayuntamiento de Madrid ha convocado un nuevo concurso</a>, por un importe de <strong>6,6 millones de euros</strong>, para la creación de una plataforma que dé soporte a la gestión integrada de ingresos municipales, multas, tesorería y seguimiento administrativo. El pasado mes de marzo fue adjudicado a<strong> IBM, la única empresa que se presentó</strong>. Deberá haber completado sus trabajos en 2024.</p>]]></description>
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      <pubDate><![CDATA[Fri, 18 Jun 2021 04:00:00 +0000]]></pubDate>
      <author><![CDATA[Begoña P. Ramírez]]></author>
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      <media:title><![CDATA[El Ayuntamiento de Madrid, denunciado ante el Tribunal de Cuentas Europeo por los 300 millones que le hace perder su mala gestión recaudatoria]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Ana Botella,IBI,IBM,Tribunal de Cuentas,Ayuntamiento de Madrid,multa,Manuela Carmena,impuesto de sociedades]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[PP, Cs y Más Madrid acuerdan otorgar la Medalla de Honor de la ciudad a las exalcaldesas Botella y Carmena]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.infolibre.es/politica/pp-cs-madrid-acuerdan-otorgar-medalla-honor-ciudad-exalcaldesas-botella-carmena_1_1197481.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.infolibre.es/clip/ac52d439-0c5c-46eb-8805-3186c7bff429_16-9-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="PP, Cs y Más Madrid acuerdan otorgar la Medalla de Honor de la ciudad a las exalcaldesas Botella y Carmena"></p><p>La exalcaldesa de Madrid Ana Botella (PP) recibirá la Medalla de Honor de la ciudad este sábado, San Isidro, aunque con el no de los socialistas, <strong>reconocimiento que también recibirá la que fuera asimismo primera edil de la capital, Manuela Carmena</strong> (Ahora Madrid), aunque con la abstención en este caso de Vox.</p><p>Vox se ha abstenido en la votación al reconocimiento a Manuela Carmena porque, en palabras de su portavoz, Javier Ortega Smith, fue "una alcaldesa que creó enfrentamiento y división" al "ofender al jefe del Estado", "fomentó la okupación y <strong>los chiringuitos políticos de su ideología sectaria"</strong>, según recoge Europa Press.</p><p>También han mostrado su rechazo a la medalla dedicada al cantante Ramoncín porque, <strong>"al margen del nivel artístico, que es discutible",</strong> "ha justificado los ataques violentos sufridos por Vox en Vallecas".</p><p>El PSOE ha votado no en la votación de la medalla de honor propuesta para la exalcaldesa Ana Botella porque<strong> no es más que "un atropello institucional". </strong>"Con Ana Botella nunca pude imaginar que se arrastraran tanto palabras como mérito y capacidad", ha alegado la portavoz socialista de Cultura, Mar Espinar.</p><p><strong>Más Madrid, PP y Cs han votado a favor de todas las propuestas. </strong>La votación se ha producido en un pleno extraordinario y urgente después de que todos los grupos municipales acordaran posponer la decisión una vez que pasaran las elecciones autonómicas y antes de la fiesta de San Isidro, el sábado,<strong> cuando se entregarán los reconocimientos.</strong></p>]]></description>
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      <pubDate><![CDATA[Mon, 10 May 2021 08:26:00 +0000]]></pubDate>
      <author><![CDATA[infoLibre]]></author>
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      <media:title><![CDATA[PP, Cs y Más Madrid acuerdan otorgar la Medalla de Honor de la ciudad a las exalcaldesas Botella y Carmena]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Ana Botella,Madrid,PP,PSOE,Ayuntamiento de Madrid,Ciudadanos,Manuela Carmena,Más Madrid]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Medallas muy... ¿merecidas?]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.infolibre.es/club-infolibre/librepensadores/medallas-merecidas_1_1196907.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.infolibre.es/clip/a9ca73fd-45b4-425c-a8af-f490e85c0739_16-9-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Medallas muy... ¿merecidas?"></p><p><em>"Hay épocas y lugares en los que no ser nadie es más honorable que ser alguien", Carlos Ruiz Zafón, Épocas y lugares.</em></p><p>Vamos a ver si nos aclaramos. Una cosa es la Medalla de Oro de la Comunidad de Madrid, que le será entregada el 2 de mayo a Cristina Cifuentes, su expresidenta, por los innegables servicios personales e intelectuales prestados a su comunidad, como ha quedado bien demostrado en Eroski y en la Universidad Rey Juan Carlos. Este trofeo le será entregado por la actual presidenta Isabel Ayuso, la "no mantenida" que <strong>antes cobraba 4.219 euros netos al mes por llevar las redes sociales de Esperanza Aguirre</strong> y de su perro Pecas. Ahora cobra más del doble como presidenta madrileña.</p><p>Y otra cosa parecida, pero diferente, es la <strong>Medalla de Honor de la Ciudad de Madrid</strong>, que es la que se concede a quienes, por sus actividades o servicios, se hayan destacado haciéndose muy merecedoras del reconocimiento del pueblo de Madrid. Este galardón la entregará el actual alcalde Almeida a la exalcaldesa <strong>Ana Botella </strong>el próximo 15 de mayo, día de san Isidro, patrón de la ciudad. ¿Ha quedado claro y estamos todos conformes por la decisión tomada por el Ayuntamiento?</p><p>Pues no. Siempre hay quien discrepe. Y así lo ha hecho con cierto enfado Mar Espinar, portavoz socialista en el Área de Cultura del consistorio madrileño, afirmando que "no se puede otorgar esa distinción <strong>a alguien tan indigno como Ana Botella</strong>" y añadiendo que la propuesta es "una provocación" con la que el PP pretende "limpiar la imagen" de la peor alcaldesa de la ciudad".</p><p>Qué barbaridad. Cómo se puede estar tan ciega y no reconocer los méritos de esta alcaldesa inolvidable. Es cierto que Ana Botella alcanzó la alcaldía simplemente por ir de número 2 en la lista de Ruiz Gallardón, que <strong>le facilitó el puesto al ser él nombrado ministro de Justicia </strong>del gobierno de Mariano Rajoy.</p><p>Es verdad también que en el desempeño de su cargo tuvo algunas sombras, pero sin "demasiada" importancia, como:</p><p>-Acudir a su peluquería en coche oficial y con abundante escolta policial.</p><p>-Haber celebrado la <strong>boda magna de su hija en El Escorial</strong>, cuyos ingentes gastos fueron pagados en parte por los implicados en la <em>trama Gürtel</em>.</p><p>-No conseguir nada positivo en el tercer intento para organizar <strong>los Juegos Olímpicos en Madrid</strong>, que fue descartada en la primera ronda de votación del Comité Olímpico, logrando menos votos que en los dos intentos anteriores.</p><p>Y otras sombras muy terribles de las que consiguió escapar, como:</p><p>-Haber autorizado la celebración del macrofestival <strong>Madrid Arena</strong> en una ubicación municipal en donde, por exceso de aforo y por falta de servicios de seguridad y médicos suficientes, <strong>murieron 5 chicas</strong> (3 en el acto y 2 en el hospital). La alcaldesa se personó en Madrid el día siguiente a la tragedia y regresó de nuevo a Portugal a seguir disfrutando de un <em>resort</em> de lujo en el que pasaba unos días de relax.</p><p>-<strong>Vender 1.860 viviendas públicas de VPO al fondo buitre Blackstone</strong>, a un precio de saldo, abocando a muchas familias al desahucio. Por el perjuicio económico causado al Ayuntamiento de Madrid, estimado en 25 millones, la alcaldesa fue condenada provisionalmente, junto a otros exconcejales, por el Tribunal de Cuentas al pago de 2,8 millones de euros por la venta irregular, pero esta causa penal no ha seguido adelante al haber despedido el actual alcalde a la letrada que llevaba el caso y así quedó sin recurrirse, motivo por el cual fue archivada por el juzgado de instrucción num.38 en el año 2019.</p><p>Nota final: Blackstone pagó por las promociones de VPO con inquilinos en su interior 128,5 millones y el valor actual de mercado supera los 660 millones. Casos tan graves deberían ser penalizados en cualquier época y lugar, pero ahora en Madrid hay libertad y se premian con medallas.</p><p>Alfonso Jiménez es socio de infoLibre</p>]]></description>
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      <pubDate><![CDATA[Wed, 28 Apr 2021 04:00:00 +0000]]></pubDate>
      <author><![CDATA[Alfonso Jiménez]]></author>
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      <media:title><![CDATA[Medallas muy... ¿merecidas?]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Ana Botella,Ayuntamiento de Madrid,Cristina Cifuentes,Isabel Díaz Ayuso]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[El PSOE votará en contra de la Medalla de Honor a Ana Botella porque es alguien "indigno" y "la peor alcaldesa de Madrid"]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.infolibre.es/politica/psoe-votara-medalla-honor-ana-botella-alguien-indigno-peor-alcaldesa-madrid_1_1196460.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.infolibre.es/clip/18e69602-f38d-42a5-9773-8973e6c76d39_16-9-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="El PSOE votará en contra de la Medalla de Honor a Ana Botella porque es alguien "indigno" y "la peor alcaldesa de Madrid""></p><p>La portavoz socialista de Cultura en el Ayuntamiento de Madrid, Mar Espinar, ha anunciado este sábado que <strong>votará en contra de la Medalla de Honor</strong> que el Gobierno municipal propone para la exprimera edil <a href="https://www.infolibre.es/tags/personajes/ana_botella.html" target="_blank"><strong>Ana Botella</strong></a> porque es alguien "indigno" y "la peor alcaldesa de Madrid". "Ni de broma podemos darle una condecoración a alguien tan indigno como Ana Botella", ha declarado Espinar en un comunicado, donde apunta que la propuesta es "una provocación" con la que el PP pretende limpiar la imagen de una persona con "causas penales pendientes aún con la Justicia", en referencia a la venta de miles de viviendas públicas a un fondo buitre.</p><p>"El Partido Popular demuestra una vez más que desprecia el significado de mérito y de capacidad a la hora de valorar la acción política", ha asegurado la edil y portavoz adjunta del PSOE en el Ayuntamiento. A su juicio, "el mero hecho de proponer la concesión de la Medalla de Honor de la ciudad de Madrid a alguien tan indigno como Ana Botella <strong>indica que a los de Pablo Casado solo les importan las apariencias</strong>".</p><p>Según ha declarado, <strong>"hay cosas que en sí mismas representan una línea roja que ninguna persona con estómago puede soportar"</strong>. En su opinión en el PP "limpian su gestión a base de galardones y de mudanzas", en alusión a la intención del PP de abandonar su sede de la calle Génova. "Creer que alguien así, que pasó por Madrid como quien pasea por su finca de recreo, merece el mayor reconocimiento que puede dar esta Villa, o está provocando o no vive en este mundo", ha insistido la concejala.</p><p>Opina que si la intención era provocar, "lo han conseguido porque <strong>ni de broma el PSOE va a apoyar esta propuesta</strong>", ha anunciado para apostillar que "la democracia y las instituciones no deben premiar este tipo de comportamientos sino que tienen que condenarlos".</p>]]></description>
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      <pubDate><![CDATA[Sat, 17 Apr 2021 11:31:00 +0000]]></pubDate>
      <author><![CDATA[infoLibre]]></author>
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      <media:title><![CDATA[El PSOE votará en contra de la Medalla de Honor a Ana Botella porque es alguien "indigno" y "la peor alcaldesa de Madrid"]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Ana Botella,Ayuntamiento de Madrid]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[El Supremo confirma la absolución de Ana Botella por la venta de pisos de la EMVS a un fondo buitre]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.infolibre.es/politica/supremo-confirma-absolucion-ana-botella-venta-pisos-emvs-fondo-buitre_1_1184044.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.infolibre.es/clip/4040b44f-5e6e-4040-a3cb-6e9ce1208f7a_16-9-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="El Supremo confirma la absolución de Ana Botella por la venta de pisos de la EMVS a un fondo buitre"></p><p>El Tribunal Supremo ha confirmado<strong> la absolución definitiva de la exalcaldesa de Madrid</strong> <a href="https://www.infolibre.es/tags/personajes/ana_botella.html" target="_blank">Ana Botella</a> y de su Junta de Gobierno por la venta de 1.860 viviendas públicas a un fondo buitre al rechazar la queja que planteó la edil socialista Mercedes González contra el Tribunal de Cuentas por impedirla recurrir el asunto en calidad de vecina.</p><p>Así consta en un auto, al que ha tenido acceso Europa Press, en el que los magistrados <strong>desestiman el recurso interpuesto por la concejal González Fernández</strong> contra el auto de 11 de diciembre de 2019, dictado por el Tribunal de Cuentas. Así, se declara bien denegada la preparación del recurso de casación, debiendo ponerse "esta resolución en conocimiento del expresado Tribunal para su constancia en los autos".</p><p>En concreto, el Tribunal de Cuentas<strong> rechazó la pretensión de la edil de recurrir, en calidad de vecina, en casación por la venta</strong> de viviendas públicas a un fondo buitre por parte de la EMVS después de que el consejo de administración de la empresa acordara no recurrir ante el Supremo.</p><p>La edil alegó en su recurso que "la acción popular es un medio de defensa general de la legalidad, de modo que la legislación, cuando la reconoce expresamente,<strong> lo hace como un medio de control difuso de los intereses públicos".</strong></p><p>"Control que no sustituye al que las propias Administraciones Públicas deben ejercitar por sí mismas, de modo que el ejercicio de la acción popular no enerva la legitimación que, por ejemplo, poseen ellas mismas para denunciar a aquellas personas que han lesionado sus intereses, <strong>como sucede en el procedimiento de responsabilidad contable por alcance</strong>", esgrimía la concejal socialista.</p><p>Por ello, solicitaba que con estimación del recurso de queja <strong>se declarase su legitimación para ejercer en casación la acción sustitutoria del artículo 68 LBRL</strong> contra la sentencia del Tribunal de Cuentas, de 17 de julio.</p><p>Señalan los magistrados que "la ahora recurrente en queja <strong>no desarrolló ninguna actuación procesal en la instancia</strong>, y ha sido con posterioridad a la sentencia cuando ha decidido comparecer ante el Tribunal de cuentas y anunciar su intención de recurrirla en casación".</p><p>"Así las cosas, <strong>surge un inicial obstáculo para la admisibilidad de su recurso de casación</strong>, por aplicación de la regla del precitado artículo 89.1 LJCA; que la recurrente, conocedora del mismo, intenta soslayar acudiendo precisamente a la vía del artículo 68 LBRL; pues lo que viene a sostener es que su comparecencia en esta sede casacional no da lugar a la personación de una nueva parte procesal distinta de las existentes, sino que comparece en la posición de la antes demandante (la Empresa Municipal de la Vivienda y Suelo de Madrid S.A. -EMVS-) y en sustitución de ésta", agrega.</p><p>Asimismo, señala que "aun cuando la recurrente ha dejado expresa constancia de su condición de concejal del grupo municipal socialista del Ayuntamiento de Madrid, no sostiene su legitimación procesal con base en el cargo público que ocupa, sino que, según ella misma enfatiza una y otra vez, ha comparecido y está litigando con <strong>base en su condición de vecina del Ayuntamiento de Madrid</strong>, y con amparo en la acción vecinal del artículo 68 precitado, al que se refiere constantemente a lo largo de su recurso de queja".</p><p>Concluye que "el requerimiento que se formula invocando únicamente, de forma clara y expresa, el cargo público que se desempeña, <strong>no puede surtir efectos como tal requerimiento</strong>, a efectos del artículo 68 LBRL, si nada se dice acerca de la acción que este precepto consagra".</p>]]></description>
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      <pubDate><![CDATA[Thu, 11 Jun 2020 17:01:00 +0000]]></pubDate>
      <author><![CDATA[infoLibre]]></author>
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      <media:title><![CDATA[El Supremo confirma la absolución de Ana Botella por la venta de pisos de la EMVS a un fondo buitre]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Ana Botella,Madrid]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Los investigados por la venta de 1.860 viviendas públicas en la época de Botella se sentarán en el banquillo]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.infolibre.es/politica/investigados-venta-1-860-viviendas-publicas-epoca-botella-sentaran-banquillo_1_1178091.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.infolibre.es/clip/4040b44f-5e6e-4040-a3cb-6e9ce1208f7a_16-9-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Los investigados por la venta de 1.860 viviendas públicas en la época de Botella se sentarán en el banquillo"></p><p>La Audiencia Provincial de Madrid ha confirmado que el exconsejero delegado de la Empresa Municipal de Vivienda y Suelo de Madrid (EMVS) <strong>Fermín Oslé </strong>y el apoderado de la empresa de vivienda Fidere<strong> Alfonso Benavides</strong> vayan a juicio por la presunta<strong> venta irregular</strong> en la época de <strong>Ana Botella</strong> de 1.860 viviendas públicas al fondo de inversión Blackstone. Así consta en un auto, al que ha tenido acceso Europa Press, en el que los magistrados de la Sección 30 acuerdan <strong>desestimar sendos recursos</strong> contra el auto por el que el juez transformó las diligencias en procedimiento abreviado para llevarlo a juicio tras la conclusión de la investigación.</p><p>Dicho auto se produjo tras la orden el pasado mayo de la Audiencia de Madrid de <strong>reabrir el caso tras ser archivado</strong> al concluir que existían "indicios suficientes" como para entender la presunta comisión de los delitos imputados por el juez.</p><p>Se les investiga por la presunta comisión de delitos de prevaricación administrativa, malversación de caudales públicos y fraude.</p><p><strong>"Mera apariencia" de concurrencia libre</strong></p><p>Los magistrados analizan en la resolución si la negociación previa y la transmisión "se llevó a cabo realizando los <strong>principios aplicables a la contratación pública</strong> y no mediante la creación de una mera apariencia de concurrencia libre", que no real "de eventuales compradores de la que se obtuviera el mejor precio posible en la vista de las circunstancias del mercado en ese momento".</p><p>"A tal efecto, no puede desconocerse que no hubo una concurrencia de eventuales compradores con carácter público ni una<strong> fijación previa </strong>del valor de los inmuebles desde el inicio del proceso de venta, salvo una valoración de los activos realizados por una consultora después de conocer una oferta de Blackstone", recoge el auto.</p><p>Añade que precisamente esa consultora fue quien "recomendó, tras haberse contactado ya con potenciales compradores, fijar un rango potencial de venta y un proceso de venta competitivo, a partir del cual se publicitó la venta de promociones".</p><p>En septiembre de 2017, se acordó la reapertura de las diligencias previas, que fueron archivadas, a raíz de la presentación del informe de fiscalización elaborado por la Cámara de Cuentas de la Comunidad de Madrid el 30 junio 2016 y que se centraba en los ejercicios 2012 y 2013,<strong> bajo un mandato del PP</strong>.</p>]]></description>
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      <pubDate><![CDATA[Mon, 16 Dec 2019 15:05:00 +0000]]></pubDate>
      <author><![CDATA[infoLibre]]></author>
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      <media:title><![CDATA[Los investigados por la venta de 1.860 viviendas públicas en la época de Botella se sentarán en el banquillo]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Ana Botella,PP,Ayuntamiento de Madrid,fondo buitre]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Dos consejeros del Tribunal de Cuentas afines al PP revocan la condena a Botella y su equipo por la venta de viviendas públicas a un 'fondo buitre']]></title>
      <link><![CDATA[https://www.infolibre.es/politica/consejeros-tribunal-cuentas-afines-pp-revocan-condena-botella-equipo-venta-viviendas-publicas-fondo-buitre_1_1172762.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.infolibre.es/clip/4040b44f-5e6e-4040-a3cb-6e9ce1208f7a_16-9-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Dos consejeros del Tribunal de Cuentas afines al PP revocan la condena a Botella y su equipo por la venta de viviendas públicas a un 'fondo buitre'"></p><p>El <a href="https://www.tcu.es/tribunal-de-cuentas/es/" target="_blank">Tribunal de Cuentas</a> ha revocado la condena a la exalcaldesa de Madrid, <strong>Ana Botella,</strong> y a los que fueron<strong> concejales </strong>en su equipo de gobierno por la venta de 18 promociones de viviendas de la <a href="https://www.emvs.es/Paginas/Home.aspx" target="_blank">Empresa Municipal de Vivienda de Madrid</a> (EMVS) al grupo societario <a href="http://www.encajatualquiler.com/" target="_blank">Fidere</a>, sociedad de inversión inmobiliaria del fondo <a href="https://www.blackstone.com/" target="_blank">Blackstone</a>, según informa Europa Press.</p><p>Con ello, revierte el <strong>fallo inicial</strong> dictado el 27 de diciembre, que cifraba en casi 25,8 millones de euros el perjuicio que esta operación ocasionó a la EMVS.</p><p>La resolución ha sido adoptada por dos votos contra uno de los tres miembros que conforman la Sala de Enjuiciamiento. Los dos consejeros que han votado a favor de la absolución, nombrados a isntancias del PP, son <strong>Margarita Mariscal de Gante</strong> —exministra de Justicia en el Gobierno de José María Aznar— y <strong>José Manuel Suárez Robledano</strong>. Mientras, el consejero <strong>Felipe García Ortiz</strong>, nombrado a instancias del PSOE, emitió un voto particular discrepante.</p><p>En una resolución de este mismo miércoles, a la que ha tenido acceso Europa Press, la sección de Enjuiciamiento del órgano fiscalizador <strong>rechaza</strong> el recurso de apelación interpuesto por la empresa municipal (que se mostraba disconforme con el precio máximo de la venta de los inmuebles y el criterio utilizado para determinar el daño al patrimonio público) y estima las alegaciones presentadas por todos los concejales que estaban condenados, a lo que se adhirió el Ministerio Fiscal.</p><p>El Tribunal de Cuentas considera que la enajenación se realizó mediante<strong> concurso público </strong>y que no se puede imputar "negligencia grave" a los apelantes al constar en la venta que se aprobó un plan de <strong>viabilidad financiera</strong>, sin que fuera "impugnada en ningún modo".</p><p>Alude también a la existencia de informes, el más relevante el de Intervención Municipal aunque también otros de instancias no municipales, que "no cuestionaron la operación inmobiliaria ni dictaminaron en su contra". Se ha emitido también un voto particular de uno de los consejeros del Tribunal de Cuentas, Felipe García, que mantiene que la operación de venta fue <strong>"lesiva" para el patrimonio municipal</strong> y que no cumplió los principios de "publicidad, concurrencia, transparencia y objetividad" en el procedimiento.</p><p>El órgano fiscalizador entiende que <strong>Botella y su equipo "no intervinieron directamente en las operaciones"</strong> que desembocaron en las ventas del inmueble, que fueron gestionadas y verificadas por el exconsejero delegado (en alusión a Fermín Oslé) que había recibido el mandato de administrar y concluir la venta. "La conducta desplegada por los antiguos miembros de la Junta de Gobierno municipal (y de la Junta General de Accionistas) en los hechos objeto de las actuaciones no fue la causa directa de que se produjera el perjuicio a los fondos municipales, por lo que su cualidad de personas legitimadas pasivamente para imputarles, en este procedimiento de reintegro por alcance, una responsabilidad contable directa, no se ha producido en este caso sometido a enjuiciamiento", razona el fallo.</p><p>También alude a que la consejera de primera instancia "ha deslizado afirmaciones que no se atienen a la obligada descripción de los hechos relevantes para su subsunción en las normas jurídicas aplicables". Al respecto, hace referencia a un párrafo donde se recoge que el precio de venta de todos los inmuebles "fue inferior al mínimo jurídicamente exigible, que no es otro que el valor máximo posible de venta". Otro de los aspectos que recrimina del fallo inicial es el extracto en el que afirma que <strong>las enajenaciones de la vivienda</strong> se hicieron "sin aplicar los requisitos de procedimiento exigibles en normativa de derecho público".</p><p>Por tanto, la Sala de Enjuiciamiento considera revisable el relato de los hechos con anulación de alguno de ellos, afeando que prime un informe de fiscalización, elemento que posee una "<strong>indudable importancia"</strong> pero que "obliga a ponerlo en relación con el resto del caudal probatorio del proceso". En esta línea, y tras señalar que la normativa permite la venta de viviendas en determinados supuestos, expone que la Ley de Estabilidad Presupuestaria de 2012 exigió aplicar una política económica "contundente" basada en la eliminación del déficit público y que la EMVS formaba parte del sector público a efectos de contabilidad, por lo que computaba en términos de deuda.</p><p>Del procedimiento y frente al criterio de primera instancia, el Tribunal de Cuentas establece que se llevó a cabo un concurso público para la adjudicación de un servicio de intermediación destinado a la búsqueda de posibles compradores de los inmuebles. "Este concurso fue publicado oportunamente", subrayan los consejeros del Tribunal de Cuentas para añadir que se presentaron<strong> diferentes ofertas al proceso de venta</strong> y que fueron baremadas por una mesa de contratación entre los que participaron, entre otros, asesores y consejeros de grupos de la oposición municipal.</p><p><strong>El precio fijó "un punto de equilibrio" del mercado</strong></p><p>El servicio de intermediación resulta relevante en este fallo revocatorio para "<strong>asegurar más aún el éxito de la operación</strong>", pues la transacción había sido recogida en los planes de viabilidad, al agilizar la gestión de las ofertas recibidas. Respecto al precio de venta, fijado en 128,5 millones de euros, la nueva resolución del Tribunal de Cuentas considera que ambas partes (EMVS y el fondo de inversión) llegaron a un "punto de equilibrio de mercado".</p><p>Detalla también que en las primeras fases del procedimiento de enajenación participaron hasta ocho empresas o grupos inversores, por lo que entiende que hubo publicidad del proceso aunque sí detecta algunas irregularidades "meramente formales" en materia de transparencia y concurrencia.</p><p>Por tanto, concluye que en 2012 la EMVS "<strong>enfrentaba una situación crítica"</strong> y que no se debe olvidar "cuáles eran las condiciones generales del mercado", marcadas por un "desplome" del mercado financiero que se mostraba también "reacio" a refinanciar créditos inmobiliarios.</p><p>"Los precios de la vivienda acumulaban años de continuas caídas. La EMVS había sacado a subastas decenas de pisos en 2011 y 2012 pero dicho procedimiento demostró ser ineficaz, puesto que las ofertas fueron bajas y escasas", argumenta la sentencia para destacar que entonces la empresa por su situación económica se enfrentaba incluso a su posible disolución. "Ha quedado acreditado su ajuste a las normas y principios del ordenamiento jurídico", ahonda.</p><p>Mientras, el consejero Felipe García emite un voto particular discrepante sobre la venta de estas<strong> 1.860 viviendas</strong> al entender que para fijar el precio se debió contar con al menos tres tasaciones porque ve la "inexistencia de un precio fundado y falto de tasación". Cree que había otras alternativas a la enajenación de los pisos, como aplicar criterios profesionales en la gestión de la EMVS o la inyección de capital por parte del Consistorio para reequilibrar sus cuentas. "La operación fue lesiva para el colectivo ocupante", desgrana el consejero, para añadir que la transacción no consideró "adecuadamente a un colectivo especialmente vulnerable y resultó dañosa para sus intereses y para el derechos a obtener una vivienda digna".</p><p>Más Madrid exige casación ante el TS por "decencia y regeneración democrática"</p><p>La portavoz orgánica de Más Madrid en el Ayuntamiento, <strong>Marta Higueras</strong>, ha reclamado que se eleva a casación ante el Tribunal Supremo (TS) el fallo del Tribunal de Cuentas sobre la venta de viviendas de la Empresa Municipal de la Vivienda y el Suelo "por decencia y regeneración democrática".</p><p>En la misma línea, ha ido la portavoz mediática de Más Madrid, <strong>Rita Maestre</strong>, que ha criticado que haya sido "una exministra de (José María) Aznar" –Margarita Mariscal de Gante, presidenta de la sala de enjuiciamiento del Tribunal de Cuentas– y un consejero propuesto por el PP absuelven a Botella por la venta de viviendas públicas a los 'fondos buitre'". "No sorprende pero sí avergüenza", termina la edil.</p>]]></description>
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      <pubDate><![CDATA[Wed, 17 Jul 2019 14:54:00 +0000]]></pubDate>
      <author><![CDATA[infoLibre]]></author>
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      <media:title><![CDATA[Dos consejeros del Tribunal de Cuentas afines al PP revocan la condena a Botella y su equipo por la venta de viviendas públicas a un 'fondo buitre']]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Ana Botella,PP,Ayuntamiento de Madrid,Blackstone]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[La Audiencia Provincial reabre el caso de la venta de viviendas públicas al fondo buitre Fidere por el Gobierno de Ana Botella]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.infolibre.es/politica/audiencia-provincial-reabre-caso-venta-viviendas-publicas-fondo-buitre-fidere-gobierno-ana-botella_1_1170987.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.infolibre.es/clip/d1b3fefd-9941-40db-9bbd-f27b5368c175_16-9-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="La Audiencia Provincial reabre el caso de la venta de viviendas públicas al fondo buitre Fidere por el Gobierno de Ana Botella"></p><p>La Audiencia Provincial de Madrid ha reabierto el caso de la venta de <strong>vivienda pública </strong>al <strong>fondo de inversión buitre Fidere</strong> <a href="https://www.infolibre.es/noticias/politica/2018/12/29/la_condena_ana_botella_por_venta_pisos_publicos_confirma_que_fondo_buitre_blackstone_tuvo_informacion_privilegiada_90317_1012.html" target="_blank">por el Gobierno presidido por la exalcaldesa Ana Botella</a> (<strong>PP</strong>), informa Europa Press.</p><p>En un auto, fechado ayer, 27 de mayo, al que ha tenido acceso Europa Press, la Audiencia Provincial <strong>estima los recursos presentados</strong> por la <a href="https://www.infolibre.es/noticias/politica/2019/01/08/afectados_por_venta_viviendas_del_ivima_protestan_contra_cambio_criterio_del_fiscal_pedir_sobreseimiento_90524_1012.html" target="_blank">Asociación de Afectados</a> por la Venta de Viviendas de la EMVS; por la portavoz del Grupo Municipal Socialista, <strong>Purificación Causapié</strong>, y por la <strong>EMVS contra el auto del pasado 23 enero</strong>, dictado por el Juzgado de Instrucción 38 de Madrid, que dispuso el sobreseimiento provisional y archivo de las diligencias.</p><p>Con esta nueva decisión se <strong>busca agotar la investigación</strong> por los posibles delitos de <a href="https://www.infolibre.es/noticias/economia/2019/03/30/blackstone_pelotazo_fondo_buitre_espana_93425_1011.html" target="_blank">prevaricación administrativa, malversación de caudales públicos y fraude</a> que pudieran haber cometido los investigados <strong>Fermín Oslé Uranga</strong>, quien fuera consejero delegado de la EMVS, y <strong>Alfonso Benavides Grases</strong>, apoderado de la entidad mercantil Fidere Vivienda, por la venta de <a href="https://www.infolibre.es/noticias/politica/2019/01/30/el_sinhogarismo_discriminacion_las_politicas_cortoplacistas_caracterizan_este_problema_olvidado_90328_1012.html" target="_blank">1.860 viviendas, locales y garajes públicos</a> realizada en 2013.</p><p>Ya un auto de septiembre de 2017 acordó la reapertura de las diligencias previas, <strong>también archivadas</strong>, <strong>a raíz </strong>de la presentación del<strong> informe de fiscalización </strong>elaborado por la<strong> Cámara de Cuentas</strong> de la Comunidad de Madrid el 30 junio 2016 y que se centraba en los<strong> ejercicios 2012 y 2013</strong>, <a href="https://elpais.com/ccaa/2017/11/02/madrid/1509629167_528780.html" target="_blank">bajo el mandato de Ana Botella</a> (PP). En el informe de la Cámara de Cuentas se señalaba que la venta se produjo <strong>sin fijar con carácter previo el valor de los inmuebles</strong> <strong>a enajenar </strong>ya que lo más parecido a ello es una estimación realizada por <strong>una entidad</strong>, que además resultó ser asesora de los adjudicatarios.</p><p>A eso se sumaba que <strong>no existía una concurrencia real de eventuales compradores </strong>dada la información privilegiada que, con carácter previo al acuerdo de la venta, tuvieron <strong>cuatro compañías</strong>, entre ellas la adjudicataria <strong>Magic Real State</strong>, que después cedió sus derechos a las compañías <strong>Fidere</strong>. Y destacaban igualmente que había sido <strong>el comprador</strong> y no EMVS quien <strong>fijó el precio de la venta</strong> de las viviendas, un importe "objetivamente inferior al precio que podía obtenerse e incluso al mero valor contable de las viviendas". El informe de la Cámara de Cuentas también hacía mención a los<strong> 2,3 millones de euros</strong> destinados al pago de dos facturas de<strong> una sociedad intermediaria</strong> en las operaciones de compra-venta "que no sólo no resultaría necesaria sino que <strong>no existe otra constancia de la intermediación </strong>que la aparición de las propias facturas".</p><p>En el auto, la Audiencia Provincial hace mención a que <strong>Oslé pudo incumplir las normas reguladoras</strong> de la gestión económico-financiera aplicables a las operaciones en las que intervino "pues<strong> no aplicó</strong> las prevenciones de derecho público exigibles". "Además, <strong>permitiendo el pago a la empresa intermediaria por prestaciones</strong> que no tenían cobertura jurídica, <strong>ni está probado</strong> que se ejecutaran, y el cobro por la venta de inmuebles<strong> por un precio inferior al mínimo jurídicamente aceptable</strong>, la actuación del demandado produjo <a href="https://www.lavanguardia.com/local/madrid/20180523/443747675273/botella-pelotazo-1000-millones-vpo-buitre.html" target="_blank">un daño real y efectivo</a>, económicamente evaluable e identificado en unos bienes públicos concretos", apostillan.</p><p>La actuación de Oslé "está incursa, al menos, en negligencia grave pues ni se atuvo al canon de diligencia cualificado exigible en la gestión de fondos públicos, ni agotó los medios a su alcance profesional para prevenir y evitar <strong>el menoscabo del patrimonio público </strong>puesto a su cargo". La Audiencia Provincial no desconoce que el ámbito competencial del Tribunal de Cuentas es diferente del penal, aunque<strong> no descartan</strong> "la existencia de indicios de infracción penal" en la actuación de Oslé.</p><p>"Existen indicios suficientes como para entender que entra dentro de un razonable juicio de probabilidad que los investigados pudieran haber incurrido en <strong>responsabilidad penal </strong>por un presunto delito de prevaricación y malversación de caudales públicos", añaden. Contra la presente resolución <strong>no cabe recurso alguno</strong>.</p>]]></description>
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      <pubDate><![CDATA[Tue, 28 May 2019 15:25:00 +0000]]></pubDate>
      <author><![CDATA[infoLibre]]></author>
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      <media:title><![CDATA[La Audiencia Provincial reabre el caso de la venta de viviendas públicas al fondo buitre Fidere por el Gobierno de Ana Botella]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Ana Botella,Comunidad de Madrid,Corrupción,Especulación financiera,Especulación inmobiliaria,Malversación fondos,Mercados financieros,Prevaricación,Vivienda,Viviendas vacías,fondo buitre]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[La Virgen de la Caridad del Baratillo procesiona con el fajín de Franco puesto en presencia de Aznar, Botella y Zoido]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.infolibre.es/politica/virgen-caridad-baratillo-procesiona-fajin-franco-puesto-presencia-aznar-botella-zoido_1_1169540.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.infolibre.es/clip/af6cdc90-48ee-4b4f-8468-20215957562e_16-9-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="La Virgen de la Caridad del Baratillo procesiona con el fajín de Franco puesto en presencia de Aznar, Botella y Zoido"></p><p>La talla de María Santísima de la Caridad en su Soledad, conocida como Virgen de la Caridad, de la Antigua y Fervorosa Hermandad de la Santa Cruz y Cofradía de Nazarenos del Santísimo Cristo de la Misericordia y Nuestra Señora de la Piedad, conocida popularmente como Hermandad del Baratillo, <strong>ha iniciado su procesión finalmente</strong> por las calles de Sevilla <strong>con el fajín</strong> del general Francisco Franco, el cual ha sido <a href="https://www.infolibre.es/noticias/politica/2019/04/15/un_grupo_juristas_denuncian_ante_fiscalia_que_virgen_sevillana_del_baratillo_luce_fajin_francisco_franco_94012_1012.html" target="_blank">objeto de una denuncia por la asociación 'Sociedad Andaluza de Juristas 17 de marzo'</a>, informa Europa Press.</p><p>Según la información del Consejo de Hermandades y Cofradías de Sevilla, recogida por Europa Press, <strong>la cruz de guía de la Hermandad del Baratillo ha salido de su templo</strong> alrededor de las 18,10 horas, unos 20 minutos después de la hora prevista, <strong>arropada por numerosos ciudadanos</strong> que se congregaban en la calle Adriano, hasta donde también ha acudido el expresidente del Gobierno <a href="https://www.infolibre.es/noticias/politica/2019/03/27/aznar_mirandome_cara_nadie_habla_una_derechita_cobarde_porque_no_aguanta_mirada_93366_1012.html" target="_blank">José María Aznar</a>, junto a su esposa, <a href="https://www.infolibre.es/noticias/politica/2019/01/08/afectados_por_venta_viviendas_del_ivima_protestan_contra_cambio_criterio_del_fiscal_pedir_sobreseimiento_90524_1012.html" target="_blank">Ana Botella</a>, y el exministro de interior y <strong>candidato del PP al Parlamento europeo </strong><a href="https://www.infolibre.es/noticias/politica/2019/03/28/marlaska_pide_responsabilidades_politicas_tras_abyecto_robo_del_movil_con_informacion_sobre_pablo_iglesias_93372_1012.html" target="_blank">Juan Ignacio Zoido</a>.</p><p>Esta hermandad sigue así los pasos del resto de cofradías que preveían iniciar con anterioridad a ella su estación de <a href="https://www.infolibre.es/noticias/politica/2019/04/17/los_ataques_extrema_derecha_contra_lugares_homenaje_intensifican_madrid_94073_1012.html" target="_blank">penitencia</a>, ya que, hasta el momento, todas han salido de sus templos pese a las previsiones climatológicas de la jornada. Un portavoz de la <strong>Hermandad del Baratillo</strong> ya había confirmado a Europa Press que <strong>la talla de la Virgen de la Caridad</strong> presentaba en su vestuario <strong>el referido fajín</strong> por lo que la intención era que procesionara llevándolo puesto.</p><p>  </p><p>Desde la hermandad, <strong>se rechazaba entrar a valorar la denuncia contra la exposición pública de esta prenda</strong> que, en primera instancia <strong>fue archivada por la Fiscalía de Sevilla</strong> al considerar que "los hechos expuestos no son constitutivos de delito", pero que posteriormente motivó que el <strong>Juzgado de Instrucción número 7 de Sevilla</strong>, en funciones de guardia, decidiera <strong>abrir diligencias previas</strong>. La Hermandad del Baratillo ha iniciado, en este marco, su estación de penitencia con las tallas de La Piedad y de la Virgen de la Caridad y <strong>1.800 nazarenos aproximadamente</strong>. De su lado, la Agencia Estatal de Meteorología (Aemet) en su página web, consultada por Europa Press, prevé un 95 por ciento de probabilidad de lluvia desde las 20,00 horas y hasta las 2,00 horas de este Jueves Santo, cuando la probabilidad baja.</p><p><strong>Diligencias previas </strong></p><p>El Juzgado de Instrucción número 7 de Sevilla, en funciones de guardia, decidió instruir diligencias previas a raíz de la <a href="https://www.infolibre.es/noticias/politica/2019/04/15/un_grupo_juristas_denuncian_ante_fiscalia_que_virgen_sevillana_del_baratillo_luce_fajin_francisco_franco_94012_1012.html" target="_blank">denuncia presentada por la Asociación de Juristas 17 de Marzo</a> por la resolución de la cofradía de El Baratillo de procesionar con el referido fajín, "lo que puede ser <strong>constitutivos de un delito de enaltecimiento</strong>". En un auto notificado este pasado lunes y al que tuvo acceso Europa Press, el juzgado entiende que los hechos "presentan características que hacen presumir la posible existencia de una infracción penal". En consecuencia, incoa las correspondientes diligencias previas, dando <strong>un plazo a las partes para comparecer</strong>.</p><p>Fiscalía archiva la demanda</p><p>Por otra parte,<strong> la Fiscalía de Sevilla decidió archivar la denuncia de la asociación de juristas</strong> al considerar que los hechos expuestos en ella "no son constitutivos de delito". En el decreto de incoación y archivo, fechado el 15 de abril y al que tuvo acceso Europa Press, el Ministerio Público considera que con los datos facilitados en la denuncia "no consta que<strong> el fajín supuestamente donado por la hija de Franco a la Hermandad</strong> del Baratillo", al igual que no consta que se "haya hecho jactancia del origen franquista del fajín, esté efectivamente catalogado como s<a href="https://www.infolibre.es/noticias/club_infolibre/librepensadores/2019/04/15/verdad_reparacion_justicia_93937_1043.html" target="_blank">ímbolo contrario a la memoria histórica</a>".</p><p>Igualmente, la Fiscalía señala que si estuviera catalogado como símbolo contrario a la memoria histórica, "<strong>tampoco consta requerimiento de la Administración Pública </strong>con competencia ejecutiva de procederse a la retirada del fajín de general de la imagen de la Virgen" como elemento ornamental durante la estación de penitencia de la Hermandad este Miércoles Santo.</p><p>La denuncia </p><p>Cabe recordar que la denuncia indica que "del mismo modo resulta notorio" que "en estos momentos" <strong>la imagen de la Virgen de la Caridad "se exhibe ya en público" el citado fajín</strong>, el cual fue donado por la hija del general Franco, Carmen Franco, en el año 2000.</p><p>Así, a juicio de la asociación de juristas, <strong>la exhibición pública de esta prenda "viene expresamente prohibida</strong> por el artículo 510.1 del Código Penal" que recoge penas de prisión para quien "públicamente <strong>nieguen, trivialicen gravemente o enaltezcan los delitos de genocidio</strong>, de lesa humanidad o contra las personas y bienes protegidos en caso de conflicto armado, o enaltezcan a sus autores, cuando se hubieran cometido contra un grupo o una parte del mismo, o contra una persona determinada por razón de su pertenencia al mismo, por <strong>motivos racistas</strong>, antisemitas u otros referentes a la ideología, religión o creencias".</p><p>Del mismo modo, la denuncia apunta que debe entenderse por enaltecimiento la exhibición pública "<strong>en lugar del máximo honor</strong>" de una prenda militar que será "paseada por la ciudad" como objeto de "suprema devoción", por lo que el tipo penal se cumple "al pertenecer dicha prenda al dictador que accedió ilegítimamente al poder a raíz del golpe de Estado de 1936 debe entenderse que el enaltecimiento se refiere al autor de numerosos delitos de lesa humanidad, cometidos con ocasión de un conflicto armado contra numerosas personas en razón de su<strong> ideología, religión o creencias</strong>".</p><p>Asimismo, la asociación de juristas añade en su denuncia que la exhibición del fajín "no forma parte de las <strong>opciones religiosas de la Hermandad</strong>, cuyo objeto social se centra en el culto a unas imágenes", y en esa línea, agrega que "la inclusión de elementos de apología del autor de un delito de lesa humanidad no guarda ninguna relación con las creencias religiosas que se van a manifestar en público".</p><p>Por último, la denuncia ante el Ministerio Público de la '<a href="http://17demarzo.blogspot.com/" target="_blank">Sociedad Andaluza de Juristas 17 de marzo</a>' recoge que la exhibición de este fajín <strong>no cabe aplicar "el ejercicio legítimo de la libertad de expresión"</strong> toda vez que la Hermandad del Baratillo "no pretende dar a conocer sus ideas políticas, ni es una asociación creada para tal fin, de modo que la glorificación de la figura del dictador a través del ensalzamiento de las prendas que lo identifican como militar no pretende difundir ninguna idea más allá del enaltecimiento de su figura".</p>]]></description>
      <guid isPermaLink="false"><![CDATA[23f5020c-f632-4504-9377-c6735e9b5053]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Wed, 17 Apr 2019 17:07:00 +0000]]></pubDate>
      <author><![CDATA[infoLibre]]></author>
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      <media:title><![CDATA[La Virgen de la Caridad del Baratillo procesiona con el fajín de Franco puesto en presencia de Aznar, Botella y Zoido]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Ana Botella,Iglesia católica,José María Aznar,Juan Ignacio Zoido,Ley Memoria Histórica,Semana Santa,Franquismo,Francisco Franco]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Afectados por la venta de viviendas a un fondo buitre protestan contra el cambio de criterio del fiscal al pedir el archivo]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.infolibre.es/politica/afectados-venta-viviendas-fondo-buitre-protestan-cambio-criterio-fiscal-pedir-archivo_1_1166046.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.infolibre.es/clip/ce5a7e94-f4b4-4dd0-9ef5-d1747f69737d_16-9-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Afectados por la venta de viviendas a un fondo buitre protestan contra el cambio de criterio del fiscal al pedir el archivo"></p><p>Afectados por la venta de viviendas del Instituto de la Vivienda de Madrid (IVIMA) a un fondo de inversión en 2013 y diversos colectivos sociales se han concentrado esta mañana en los juzgados de Plaza de Castilla contra el <strong>reciente cambio de criterio </strong>de la <a href="https://www.infolibre.es/tags/instituciones/fiscalia.html" target="_blank">Fiscalía</a> de Madrid en la causa al reclamar al juez de Instrucción número 48 de Madrid el archivo del proceso penal.</p><p>Bajo el lema <em>Nuestras casas no son un negocio. No queremos que se de carpetazo a nuestra querella</em>, los afectados han cargado contra la decisión del nuevo fiscal de la Sección de Delitos Económicos de pedir el <strong>sobreseimiento del procedimiento</strong> alegando que "la legislación permisiva existente constituyó el origen del conflicto generado con la enajenación de las promociones".</p><p>La causa tiene origen en una querella criminal presentada por miembros del <a href="https://www.infolibre.es/tags/partidos/psoe.html" target="_blank">Grupo Parlamentario Socialista</a> de la Asamblea de Madrid por <strong>presuntos delitos de malversación de caudales públicos y prevaricación continuada</strong> contra la entonces directora del IVIMA, Ana Gomendio López de Asiain.</p><p>Acompañados por miembros de la plataforma Stop Desahucios y otros colectivos, el presidente de la Federación Regional de Asociaciones de Vecinos de Madrid (FRAVM), Enrique Villalobos, ha subrayado que el nuevo fiscal del caso "tiene una línea conservadora" y en base a ella ha cambiado el criterio <strong>"en claro favor"</strong> hacia la Comunidad de Madrid".</p><p>A su juicio, hay "jurisprudencia y dictámenes suficientes" como para que el instructor del proceso <strong>concluya la investigación y se abra juicio oral</strong>. "Los afectados llevan cinco años sufriendo el acoso y viviendo una situación de incertidumbre. Llevamos cinco años esperando que se haga Justicia", ha reseñado.</p><p>Además, cree que la posición del <a href="https://www.infolibre.es/tags/instituciones/tribunal_cuentas.html" target="_blank">Tribunal de Cuentas</a> sobre la venta de pisos de la Empresa Municipal de la Vivienda de Madrid (EMVS) a un fondo similar en la época de <a href="https://www.infolibre.es/tags/personajes/ana_botella.html" target="_blank">Ana Botella</a> podría <strong>trasladarse a esta operación</strong>. Recientemente, este tribunal condenó a Botella y a su equipo por esta venta.</p><p>"Se trata de dos operaciones<strong> idénticas y equivalentes</strong>. Se vendieron viviendas a fondos en condiciones en las que se restó a los legales adjudicatarios sus derechos", ha apostillado.</p><p><strong>Presiones</strong></p><p>La portavoz de la Asociación de Afectados por la Venta de Viviendas del IVIMA (AVVI), Montse González, ha denunciado presiones <strong>por parte del fondo de inversión</strong> y falta de apoyo del Gobierno regional, criticando que se laven las manos respecto a la operación.</p><p>Esta afectada, una de las que todavía resisten en sus casas, está pendiente de la decisión que tomé el <a href="https://www.infolibre.es/tags/instituciones/tribunal_supremo.html" target="_blank">Tribunal Supremo</a> sobre su caso. "Esto implica un desgaste diario porque no sabes cuando te vas a tener que ir. Están todo el día mandándote <strong>correos amenazantes</strong>.</p><p>Hay dejadez en las casas para que te vayas", ha criticado González, quien cree que "el fondo" les metió "okupas de tipo violento" para presionarles e irse de sus viviendas.</p><p>Asimismo, ha destacado que <strong>no se sienten apoyados</strong> por la Comunidad de Madrid, ya que cuando han pedido una reunión "jamás les han contestado". "No nos vale su perdón. Tienen que rectificar", ha dicho la portavoz de los afectados.</p><p>Al margen de esta causa, siguen abiertos <strong>cinco procesos contencioso-administrativos</strong> sobre la operación de venta de pisos al citado fondo de inversión.</p>]]></description>
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      <pubDate><![CDATA[Tue, 08 Jan 2019 10:58:00 +0000]]></pubDate>
      <author><![CDATA[infoLibre]]></author>
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      <media:title><![CDATA[Afectados por la venta de viviendas a un fondo buitre protestan contra el cambio de criterio del fiscal al pedir el archivo]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Ana Botella,Justicia,Tribunal de Cuentas,Tribunal Supremo]]></media:keywords>
    </item>
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      <title><![CDATA[Una sala dominada por consejeros elegidos a propuesta del PP decidirá si confirma la condena del Tribunal de Cuentas a Ana Botella]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.infolibre.es/politica/sala-dominada-consejeros-elegidos-propuesta-pp-decidira-si-confirma-condena-tribunal-cuentas-ana-botella_1_1165987.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.infolibre.es/clip/7ec5113c-cee4-4386-9eee-f5497e9fc13c_16-9-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Una sala dominada por consejeros elegidos a propuesta del PP decidirá si confirma la condena del Tribunal de Cuentas a Ana Botella"></p><p>Tres consejeros del Tribunal de Cuentas, dos de los cuales accedieron en 2012 al órgano fiscalizador a propuesta del PP y el tercero a instancias del PSOE, revisarán la sentencia que <strong>condena a la exalcaldesa Ana Botella</strong> y seis de sus antiguos ediles a pagar 22,7 millones por el daño que la venta de 1.800 pisos públicos al fondo buitre Blackstone infligió en 2013 a la Empresa Municipal de Vivienda y Suelo (EMVS) de Madrid.</p><p>Los dos consejeros que llegaron al tribunal de la mano del PP son <strong>Margarita Mariscal de Gante, ministra de Justicia en el primer Gobierno de José María Aznar</strong>, y el presidente de la sección de enjuiciamiento: <strong>José Manuel Suárez Robledano</strong>, miembro de la comisión de gobierno del tribunal, exmagistrado del Tribunal Superior de Madrid (TSJM), antiguo portavoz de la mayoritaria Asociación Profesional de la Magistratura (APM) y uno de los puntales del sector conservador en el máximo órgano fiscalizador.</p><p>El tercer miembro de la <a href="https://www.tcu.es/tribunal-de-cuentas/es/enjuiciamiento/seccion-de-enjuiciamiento/presidencia/" target="_blank">Sala de Justicia</a>, nombre oficial del órgano de apelación en el Tribunal de Cuentas, es <strong>Felipe García Ortiz</strong>, que ocupó diversos cargos de segundo nivel en Gobiernos del PSOE y que, como los anteriores, forma parte del órgano fiscalizador desde julio de 2012.</p><p>Dado que la sección de enjuiciamiento del tribunal está integrada por cuatro consejeros, la Sala de Justicia queda siempre integrada por el presidente de la sección, ahora Suárez Robledano, y por los dos consejeros que no hayan dictado la sentencia recurrida. En este caso, fue María Antonia Lozano, consejera elegida en 2012<strong> a propuesta del PSOE y de IU,</strong> la que dictaminó sobre lo sucedido con la venta de pisos de la EMVS.</p><p>El Tribunal de Cuentas no establece ningún plazo cerrado para resolver los recursos ya anunciados por los condenados de la <a href="https://www.infolibre.es/noticias/politica/2016/07/16/dos_empresas_aportan_datos_juego_sucio_venta_pisos_publicos_fondo_buitre_etapa_botella_52580_1012.html" target="_blank">Operación Blackstone</a>. ¿Es previsible que la sentencia de segunda instancia se conozca antes de las elecciones municipales de mayo? Nadie lo sabe a ciencia cierta. Pero lo habitual, aseguran fuentes extraoficiales iniciadas en los ritmos del tribunal, es que el trámite de apelación dure más.</p><p>A comienzos de año, Lozano solicitó abstenerse invocando su relación de amistad con Marta Higueras, ahora mano derecha de <strong>Manuela Carmena </strong>en el Ayuntamiento de Madrid y presidenta de la EMVS. Pero la misma Sala de Justicia que ahora revisará la sentencia contra Botella <a href="https://www.elmundo.es/madrid/2018/12/29/5c268705fdddff9c688b45ea.html" target="_blank">denegó su petición</a>. ¿Encerraba aquella decisión y bajo el espaldarazo formal a la imparcialidad de Lozano un arma capaz de mostrar ahora su doble filo? Lo único incontestable es que su solicitud de abstención fue denegada. Y que ninguno de los demandados la recusó tampoco.</p><p>Ahora bien, incluso en el supuesto de que la sentencia resulte confirmada, a los condenados<strong> les queda otra carta</strong>: plantear un recurso de casación ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo, que es la encargada de resolver sobre los litigios que afectan a las distintas administraciones públicas. Si, por el contrario, la Sala de Justicia del Tribunal de Cuentas revoca la resolución, también la EMVS está facultada para acudir al Supremo.</p><p>En cualquier caso, si el procedimiento llega al alto tribunal, el dictamen definitivo tardará años. Tampoco aquí hay plazos fijados pero una consulta a sentencias anteriores sobre recursos contra resoluciones del Tribunal de Cuentas indica que <strong>el fallo puede demorarse años</strong>. En el caso más reciente de esta naturaleza entre aquellos que pueden consultarse en la base de datos del Poder Judicial, relativo al Consorcio de la Zona Franca de Cádiz, transcurrieron nada menos que seis años entre la primera sentencia del Tribunal de Cuentas y la última dictada por Tribunal Supremo, que <a href="http://www.poderjudicial.es/search/contenidos.action?action=contentpdf&databasematch=TS&reference=8278319&links=%22tribunal%20de%20cuentas%22%20casaci%C3%B3n%20alcance&optimize=20180205&publicinterface=true" target="_blank">puedes leer pinchando aquí</a>.</p><p>La resolución del Tribunal de Cuentas condena a Botella y sus seis ediles a pagar de forma solidaria 22,7 millones por la <strong>Operación Blackstone</strong> y eleva la cifra hasta 25,7 millones para un octavo miembro de su antiguo equipo –el ex consejero delegado de la EMVS– porque le considera también responsable de provocar un segundo quebranto a las arcas locales con la venta de otro pequeño lote de viviendas a dos empresas ajenas al fondo buitre. </p><p>A lo largo de 90 páginas, el fallo confirma que <a href="https://www.infolibre.es/noticias/politica/2018/12/29/la_condena_ana_botella_por_venta_pisos_publicos_confirma_que_fondo_buitre_blackstone_tuvo_informacion_privilegiada_90317_1012.html" target="_blank">Blackstone tuvo información privilegiada</a> y desgrana las múltiples irregularidades que concurrieron en el <strong>procedimiento de venta, que define como "ilegal"</strong>. </p><p>Pero <strong>la sentencia no establece ninguna responsabilidad penal</strong> sino solo y exclusivamente de índole contable. La respuesta a la pregunta de si, además de realizar una gestión económica lesiva para el erario público, Botella y los suyos delinquieron está pendiente de las diligencias abiertas en un juzgado de instrucción de Madrid y en las que tanto el PSOE como la asociación de inquilinos afectados ejercen la acusación desde que en 2014 interpusieron querella por malversación, prevaricación y fraude.</p><p> </p>]]></description>
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      <pubDate><![CDATA[Sat, 05 Jan 2019 04:00:00 +0000]]></pubDate>
      <author><![CDATA[Alicia Gutiérrez]]></author>
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      <media:title><![CDATA[Una sala dominada por consejeros elegidos a propuesta del PP decidirá si confirma la condena del Tribunal de Cuentas a Ana Botella]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Ana Botella,Tribunal de Cuentas,Tribunal Supremo,Ayuntamiento de Madrid,Manuela Carmena,fondo buitre]]></media:keywords>
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    <item>
      <title><![CDATA[La condena a Ana Botella por la venta "ilegal" de pisos públicos confirma que el fondo buitre tuvo información "privilegiada"]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.infolibre.es/politica/condena-ana-botella-venta-ilegal-pisos-publicos-confirma-fondo-buitre-tuvo-informacion-privilegiada_1_1165837.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.infolibre.es/clip/18e69602-f38d-42a5-9773-8973e6c76d39_16-9-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="La condena a Ana Botella por la venta "ilegal" de pisos públicos confirma que el fondo buitre tuvo información "privilegiada""></p><p>La sentencia del Tribunal de Cuentas que condena a la exalcaldesa de Madrid Ana Botella y a siete miembros de su equipo por la venta de 1.800 pisos públicos confirma no solo que <strong>la operación fue "ilegal"</strong> sino que el fondo buitre <strong>Blackstone, que adquirió el lote a bajo precio, tuvo información "privilegiada"</strong>. A través de dos filiales –Fidere Gestión de Vivienda SL y Fidere Vivienda SL–, Blackstone compró en total 5.315 inmuebles (los pisos, sus garajes y trasteros) por 128,5 millones, un precio que la sentencia declara muy inferior a los 151,2 millones que la empresa municipal de vivienda (EMVS) habría ingresado de habérselas vendido a los inquilinos que residían en ellas. </p><p>Bajo el argumento de que solo así podía salvarse de la quiebra la EMVS, la venta se llevó a cabo sin tasación previa, sin concurrencia real que abriera la puja a cualquier ofertante, sin pliego de condiciones y con una rebaja de dos millones aceptada a última hora porque Blackstone adujo, sin aportar nunca pruebas, que la morosidad de los arrendatarios era superior a la prevista. Todo eso consta en los hechos probados de la sentencia, que <a href="https://www.infolibre.es/noticias/politica/2018/12/28/el_tribunal_cuentas_condena_ana_botella_equipo_gobierno_por_venta_pisos_publicos_fondos_buitre_90294_1012.html" target="_blank">obliga a Botella y a los otros condenados a pagar de su bolsillo 25,7 millones</a>. </p><p>La exalcaldesa ya ha anunciado un recurso que deberán dirimir tres consejeros del Tribunal de Cuentas cuya identidad no se conoce aún. Y el equipo de su sucesora, Manuela Carmena, estudia ahora cómo abordar, sentencia en mano, un nuevo procedimiento administrativo para declarar nula la venta y recuperar las viviendas. Lo intentó hace un año tras el informe de la Cámara de Cuentas autonómica que ya desnudó, hasta donde permitían los datos disponibles, la madeja de irregularidades y opacidad de aquella operación. Pero <strong>el consejo jurídico de la Comunidad de Madrid, cuyo informe es preceptivo y vinculante, cerró esa puerta</strong> el pasado mes de abril. </p><p><strong>Ningún cese previsto</strong></p><p>Entre los condenados figura <a href="http://www.madrid.org/es/transparencia/persona/jose-enrique-nunez-guijarro" target="_blank">el actual viceconsejero de Justicia de la Comunidad de Madrid, José Enrique Núñez</a>, que era concejal de Economía y portavoz del gobierno municipal del PP cuando la Empresa Municipal de Vivienda y Suelo (EMVS) de Madrid cerró en octubre de 2013 la ruinosa venta de 18 promociones de vivienda protegida. El Gobierno de Madrid confirmó este mismo viernes que la continuidad de Núñez no está en duda. Ni tampoco la de otro de los condenados, el también viceconsejero –de Medio Ambiente– Diego Sanjuanbenito. El presidente del Ejecutivo regional, Ángel Garrido, se ha declarado este miércoles contrario a "formalizar" ventas de pisos protegidos con fondos buitre.</p><p>Entre los condenados hay otros dos cargos públicos: Pedro María Corral, que se mantiene como edil de oposición en la capital, y María Dolores Navarro Rey, ahora concejal de Transparencia en Torrejón de Ardoz. Completan la lista Concepción Dancausa, delegada del Gobierno en Madrid hasta junio de este año; la antigua delegada municipal de Urbanismo, Paz González; y el exconsejero delegado de la EMVS, Fermín Oslé.</p><p>La resolución del Tribunal de Cuentas no establece <strong>ninguna responsabilidad de índole penal –no es su competencia–, esta última pendiente de las diligencias abiertas en un juzgado de instrucción</strong> de Madrid y en las que tanto el PSOE como la asociación de inquilinos afectados ejercen la acusación desde que en 2014 interpusieron querella por malversación, prevaricación y fraude. Tras la llegada de Manuela Carmena al gobierno local, la Empresa Municipal de Vivienda y Suelo (EMVS) de Madrid se personó en la causa, <a href="https://www.europapress.es/madrid/noticia-audiencia-provincial-reabre-causa-venta-1860-viviendas-emvs-fondos-buitre-2013-20171016140934.html" target="_blank">cuya reapertura forzó hace un año la Audiencia de Madrid</a> tras el cerrojazo decretado por el juez instructor. El informe emitido por la Cámara de Cuentas, y aprobado incluso por los consejeros elegidos a propuesta del PP, fue determinante para que la Audiencia de Madrid ordenase la reapertura del caso penal que instruye el juzgado de instrucción 38.</p><p>Pero, aun respondiendo a una demanda de carácter estrictamente contable, las 90 páginas de la sentencia que firma la consejera del Tribunal de Cuentas María Antonia Lozano trazan un diagnóstico demoledor. Los demandados –dice el último párrafo del apartado de hechos probados– <strong>"no advirtieron y evitaron que la enajenación se hiciera a través de un procedimiento ilegal y por un precio lesivo para el patrimonio público"</strong>.</p><p>La sentencia aplica ese entrecomillado tanto al que era consejero delegado de la EMVS, Fermín Oslé, como a Botella y sus concejales, que encarnaban la junta universal de accionistas de la empresa municipal. A Botella y sus ediles se les condena de manera solidaria al pago de 22,7 millones. Es decir, la diferencia entre los 128,5 millones que pagó Blackstone y los 151,2 millones que habría reportado la venta de las viviendas a particulares. El Ayuntamiento cree que el daño económico fue mucho mayor –127 millones– y no descarta recurrir.</p><p>Más de dos millones a cambio de no se sabe qué</p><p>Para Oslé, la condena es mayor –25,7 millones– porque, además de su implicación directa en la operación Blackstone, autorizó la venta de 44 viviendas más a otras dos empresas con un menoscabo de un millón para las arcas municipales. Y porque impulsó la firma de un contrato de "intermediación inmobiliaria" con una UTE (Ítaca Desarrollos Urbanos SL y Promociones y Desarrollos Creaciona SL) que <strong>cobró 2,4 millones de euros sin que a día de hoy nadie sepa qué trabajo real hizo</strong>, y así lo remarca la sentencia.</p><p>Como publicó infoLibre, al frente de esa UTE se situaba un arquitecto, Guillermo Barturen, que había sido <a href="https://www.infolibre.es/noticias/politica/2016/05/13/el_equipo_ana_botella_pago_cuatro_millones_intermediarios_inmobiliarios_recta_final_mandato_49681_1012.html" target="_blank">socio y directivo de Aguirre Newman</a>, la consultora de la que <a href="http://www.savills-aguirrenewman.es/_news/article/225454/268159-0/10/2018/savills-aguirre-newman-culmina-su-proceso-de-integracion-con-la-reorganizacion-de-su-primer-nivel-ejecutivo" target="_blank">un hermano de Esperanza Aguirre</a><strong> </strong>es copropietario. Fuentes jurídicas vinculadas al caso que instruye el titular del juzgado 38 de la madrileña Plaza de Castilla han asegurado a este periódico que <strong>Guillermo Barturen</strong> ni siquiera ha declarado como testigo porque <strong>"no se le ha podido localizar aún"</strong>.</p><p>La sentencia destaca que el anuncio en prensa con que la empresa municipal de vivienda (EMVS) dio oficialmente por iniciado el trámite para la venta en mayo de 2013 solo perseguía un objetivo: <strong>"Crear una apariencia de que se respetaba el requisito" de publicidad y transparencia</strong>. En realidad, concluye el máximo órgano encargado de velar por la legalidad del gasto público, para cuando salió impreso el anuncio el fondo buitre Blackstone y otras tres empresas ya estaban al tanto del plan de la EMVS para desprenderse de los pisos, los garajes y los trasteros a ellos vinculados.</p><p>En realidad –dice la sentencia–, la EMVS "no promovió una verdadera concurrencia de interesados en la compra" sino que facilitó "el acceso a la información de la compraventa, <strong>con carácter previo y por tanto privilegiado</strong>, al menos a cuatro entidades jurídicas, una de las cuales resultaría ser la adjudicataria final de los inmuebles vendidos".</p><p>Que el anuncio en prensa fue <strong>un auténtico paripé</strong> lo ilustra la sentencia con un dato: "Ello [que lo que se buscaba era crear una apariencia] viene también avalado, entre otras pruebas documentales, por el plazo para presentar ofertas; que era de 14 días naturales desde la fecha de publicación de la compraventa, un período insuficiente, a menos que se pudiera disponer de información previa, para realizar una inspección, valoración económica y comprobación de la situación jurídica rigurosas, al tratarse de 5.315 inmuebles".</p><p>Pero hay más elementos que acreditan la "opacidad" y la discrecionalidad con que la empresa municipal madrileña se embarcó en una transacción multimillonaria y dañina para el interés público. La sentencia lo relata así: "En las escrituras públicas en las que se formalizaron las enajenaciones, se incluyó una <strong>cláusula de confidencialidad</strong>, mediante la cual las partes se comprometen a mantener la confidencialidad respecto a las negociaciones que han precedido al otorgamiento de esta escritura, <strong>lo que evidencia la falta de transparencia y objetividad </strong>con la que se articuló una venta, por una entidad pública, de inmuebles igualmente públicos y afectos a una función social perfectamente delimitada. Esta opacidad expresamente pactada resulta incompatible con la naturaleza jurídica y finalidad de los inmuebles enajenados".</p><p>Alegría y esperanza entre el miedo y la vergüenza</p><p>Los afectados han recibido con alegría la sentencia. Pero no ocultan que, pese a la "esperanza" que les insufla la condena del Tribunal de Cuentas, su existencia no garantiza que el Ayuntamiento de Madrid logre revertir la operación si finalmente se propone hacer un segundo intento.</p><p>Si esta vez consiguiera anular la venta, la EMVS tendría que devolver a Blackstone los 128,5 millones que pagó. En tanto se disipa la incertidumbre sobre esa vía, la vida de los inquilinos que cayeron en manos de Blackstone poco cambiará. Las <strong>subidas de precios sin control</strong> para unas viviendas a cuyos arrendatarios <strong>prometió Ana Botella que nada cambiaría en su situación</strong> se ha saldado ya, solo en el distrito de Carabanchel, con <strong>"unos 50 desahucios"</strong>. </p><p>Quien ofrece esa cifra es Arancha Mejías, cuya condición de portavoz de los afectados le costó hace dos años una represalia tangible: <a href="https://www.infolibre.es/noticias/politica/2016/09/06/el_fondo_buitre_que_botella_vendio_860_pisos_devora_portavoz_los_afectados_54340_1012.html" target="_blank">Blackstone se negó a renovar el contrato de alquiler de su familia</a>. El fondo dio finalmente marcha atrás. Pero no todos los golpes, cuenta ella misma, han visto la luz ni han provocado por tanto escándalos seguidos de rectificación: <strong>"Mucha gente desahuciada se ha ido sin decir nada por vergüenza y por miedo"</strong>.</p><p>No obstante, la joven portavoz considera la sentencia un éxito en toda regla: "Estamos contentos, felices y muy esperanzados por la vía penal". Su abogado, <strong>José Mariano Benítez de Lugo</strong>, ya ha anunciado que aportará la sentencia del Tribunal de Cuentas al juzgado de instrucción 38 de Madrid para reforzar sus argumentos de que sí hubo delito. Benítez de Lugo fue el abogado que en el verano de 2017 consiguió que el tribunal de <em>Gürtel</em> <strong>llamase a Mariano Rajoy como testigo</strong>.</p>]]></description>
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      <pubDate><![CDATA[Sat, 29 Dec 2018 04:00:00 +0000]]></pubDate>
      <author><![CDATA[Alicia Gutiérrez]]></author>
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      <media:title><![CDATA[La condena a Ana Botella por la venta "ilegal" de pisos públicos confirma que el fondo buitre tuvo información "privilegiada"]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Ana Botella,Desahucios,Tribunal de Cuentas,Ayuntamiento de Madrid,Manuela Carmena,fondo buitre]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Condenan a Ana Botella y su equipo municipal por vender pisos públicos a 'fondos buitre' por debajo del precio de mercado]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.infolibre.es/politica/condenan-ana-botella-equipo-municipal-vender-pisos-publicos-fondos-buitre-debajo-precio-mercado_1_1165814.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.infolibre.es/clip/d2909a69-1ba3-49ba-8573-e4aaed0771cd_16-9-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Condenan a Ana Botella y su equipo municipal por vender pisos públicos a 'fondos buitre' por debajo del precio de mercado"></p><p>El <a href="https://www.infolibre.es/tags/instituciones/tribunal_cuentas.html" target="_blank">Tribunal de Cuentas</a> ha condenado a la ex alcaldesa de Madrid <a href="https://www.infolibre.es/tags/personajes/ana_botella.html" target="_blank">Ana Botella</a> y a los que fueron concejales en su equipo de gobierno por la<strong> venta de 18 promociones de viviendas</strong> de la Empresa Municipal de Vivienda de Madrid (EMVS) al grupo societario Fidere, sociedad de inversión inmobiliaria del fondo Blackstone, por <strong>debajo de su precio de mercado</strong> en el año 2013.</p><p>En la sentencia, dictada el 27 de diciembre y a la que ha tenido acceso Europa Press, la sección de Enjuiciamiento del Tribunal cifra en <strong>casi 25,8 millones de euros</strong> el perjuicio que esta operación ocasionó a la EMVS. "La enajenación se hizo por un precio inferior al valor mínimo posible que cabía atribuir a los inmuebles vendidos, lo que supuso un quebranto en el patrimonio público". Además, habla de "falta de transparencia" y "opacidad" en toda la operación.</p><p>Por ello, declara <strong>responsables contables directos </strong>al entonces máximo dirigente de la EMVS, Fermín Oslé, a la exalcaldesa Ana Botella y a todos los concejales de su equipo de gobierno: Concepción Dancausa, Enrique Núñez, Diego Sanjuanbenito, Paz González Dolores Navarro y Pedro Corral, que deben asumir el pago solidario para resarcir los daños.</p><p>En el apartado de hechos probados, recuerdan que la sentencia, adelantada este viernes por la <a href="https://cadenaser.com/emisora/2018/12/28/radio_madrid/1545977851_438837.html" target="_blank">Cadena Ser</a>, se enmarca en el procedimiento abierto a raíz del informe elaborado por la Cámara de Cuentas de la Comunidad de Madrid en 2016 que recoge <strong>diversas irregularidades</strong>.</p><p>Además, está la demanda presentada por la <strong>propia EMVS</strong> ese mismo año, entonces con el Gobierno de <a href="https://www.infolibre.es/tags/personajes/manuela_carmena.html" target="_blank">Manuela Carmena</a> ya al frente y con esta empresa municipal dirigida por la primer teniente de alcalde, Marta Higueras.</p><p>El Tribunal destaca que hay pruebas documentales que avalan que el plazo que se dio para proceder a presentar ofertas para la enajenación, de 14 días naturales, era<strong> "insuficiente"</strong> a menos que se pudiera disponer de <strong>información previa</strong> para realizar una inspección, valoración económica y comprobación de la situación jurídica "rigurosas", al tratarse de 5.315 inmuebles.</p><p>En concreto, apunta que está acreditado que tenían conocimiento de esta operación antes de que se realizara, al menos, <strong>cuatro empresas</strong>, una de las cuales, Blackstone, resultó finalmente la adjudicataria final de la venta.</p><p>"La enajenación se articuló sin la elaboración de los oportunos pliegos administrativos, sin la preceptiva publicidad y concurrencia y, sobre todo, sin la previa fijación de un precio inicial de referencia<strong> basado en una tasación</strong> <strong>o en un estudio previo</strong> adecuado sobre el valor de los inmuebles enajenados", subrayan.</p><p>En el mismo sentido, añade el tribunal, que el precio de venta de todos estos inmuebles, que estaban sometidos a un régimen de protección pública por razón de su función social, "fue inferior al mínimo jurídicamente exigible, que no es otro que el valor máximo posible de venta" de las viviendas calificadas como viviendas públicas protegidas (151,2 millones de euros), lo que dio lugar a un <strong>"menoscabo injustificado en el patrimonio público que asciende a 22,7 millones"</strong>.</p><p>"El precio total de la compraventa de las 18 promociones de vivienda protegida y sus elementos vinculados y de los inmuebles no vinculados incluidos al final del proceso fue inferior al valor contable, al precio máximo como viviendas de protección pública, al valor catastral y sobre todo, al <strong>precio de mercado</strong>", resume.</p><p>También destaca que la operación se enmarcó en un Plan de Viabilidad que se aprobó cuando el procedimiento de enajenación ya estaba a punto de concluir, "de manera que la venta no se inició y concluyó bajo la<strong> cobertura jurídica</strong> de dicho Plan, sino que éste último se aprobó para dar respaldo jurídico a posteriori en una operación que se había decidido y ejecutado antes de que el Plan existiera".</p><p><strong>Falta de transparencia</strong></p><p>En la misma dirección, destaca que la enajenación no tuvo el reflejo presupuestario que legalmente le hubiera correspondido "ni, por tanto, la <strong>transparencia exigida</strong> por el derecho de la información de los miembros del consejo de administración de la EMVS y de la ciudadanía".</p><p>Además, subraya que en las escrituras públicas en las que se formalizaron las operaciones se incluyó una<strong> cláusula de confidencialidad</strong>, "lo que evidencia la falta de transparencia y objetividad con la que se articuló la venta por parte de una entidad pública".</p><p>"Esta opacidad expresamente pactada resulta incompatible con la<strong> naturaleza jurídica y finalidad de los inmuebles enajenados</strong>", apostilla, al tiempo que manifiesta que todas las irregularidades detectadas suponen una infracción de las disposiciones de derecho público "impulsoras de la buena gestión financiera, garantes del patrimonio público y limitadoras de una posible desproporción" en los precios.</p><p>No cumplieron con sus funciones</p><p>El Tribunal entiende que los condenados no realizaron la "supervisión de la <strong>gestión contable ni la presupuestaria y de control de déficit</strong> que tenían encomendada tanto por la normativa mercantil como por la de derecho público".</p><p>"Tampoco dieron las instrucciones a los gestores de la sociedad pública que, nuevamente, tanto el derecho público como el privado, les autorizaban a impartir para corregir las actuaciones que se alejaran de los requisitos jurídicos propios de una 'buena gestión financiera'", señala el Tribunal, que añade que, en concreto, "<strong>no advirtieron y evitaron </strong>que la enajenación se hiciera a través de un procedimiento ilegal y por un precio lesivo para el patrimonio público".</p><p>Y es que, como indica, en su condición de Junta General de la Sociedad, la Junta de Gobierno tenía encomendadas las funciones sobre las cuentas y por lo tanto "sí eran gestores del patrimonio público afectado, por lo que tienen <strong>legitimación pasiva</strong> en el presente procedimiento de reintegro por alcance".</p><p>Por otro lado, el Tribunal entiende que los demandados no han sido capaces de<strong> justificar por qué</strong> redujeron los precios de la enajenación. "No ha sido capaz de ofrecer ningún detalle sobre los datos objetivos y la metodología de cálculo que llevó a la EMVS a aceptar una reducción del precio de la venta".</p><p>"Esta opacidad e insuficiencia probatoria no puede aceptarse cuando lo que se enjuicia es un posible menoscabo en<strong> fondos de titularidad pública</strong>, por mucho que hayan sido gestionados por una sociedad mercantil pública y no por el propio Ayuntamiento", recoge.</p><p>Asimismo, el Tribunal hace referencia a otras enajenaciones que realizó la EMVS a Avellanar SL y a Madrid Town Inversiones, con viviendas libres que no estaban sujetas a ningún régimen de protección pero que se realizaron "sin aplicar los<strong> requisitos de procedimiento exigibles</strong> por la normativa de derecho público que, junto con la mercantil, regulaba esas compraventas".</p><p>Además, se hicieron por un precio inferior (2.072 millones) al mínimo jurídicamente exigible, "hasta el punto de ser inferior incluso a su valor catastral cifrado en 3.138 millones, lo que provocó un menoscabo en los fondos públicos que asciende a <strong>1.063 millones de euros</strong>.</p>]]></description>
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      <pubDate><![CDATA[Fri, 28 Dec 2018 07:03:00 +0000]]></pubDate>
      <author><![CDATA[infoLibre]]></author>
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      <media:title><![CDATA[Condenan a Ana Botella y su equipo municipal por vender pisos públicos a 'fondos buitre' por debajo del precio de mercado]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Ana Botella,Justicia,Tribunal de Cuentas,Ayuntamiento de Madrid,fondo buitre]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[El juez vuelve a rechazar la petición de Granados de citar como investigados a Cifuentes, Aguirre y González]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.infolibre.es/politica/juez-vuelve-rechazar-peticion-granados-citar-investigados-cifuentes-aguirre-gonzalez_1_1150875.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.infolibre.es/clip/3baf051a-e631-4e61-b865-6cf471888192_16-9-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="El juez vuelve a rechazar la petición de Granados de citar como investigados a Cifuentes, Aguirre y González"></p><p>El Juzgado Central de Instrucción número 6 de la Audiencia Nacional ha vuelto a <strong>rechazar </strong>la petición del exsecretario general del PP de Madrid <a href="https://www.infolibre.es/tags/personajes/francisco_granados.html" target="_blank">Francisco Granados</a> de citar en calidad de <strong>investigados</strong> a la presidenta de la Comunidad, <strong>Cristina Cifuentes</strong>, así como a los exdirigentes <strong>Esperanza Aguirre</strong> e <strong>Ignacio González</strong> y la exalcaldesa de la capital <strong>Ana Botella</strong> en la causa de la trama <a href="https://www.infolibre.es/tags/temas/operacion_punica.html" target="_blank">Púnica</a>.</p><p>Lo hace el letrado en un nuevo auto, fechado a 12 de febrero de 2018, donde <strong>rechaza el recurso</strong> de reforma interpuesto por Granados contra un <a href="http://cadenaser.com/ser/2017/12/12/tribunales/1513102733_596647.html" target="_blank">auto del pasado 5 de diciembre</a>, donde el juez Manuel García Castellón descartaba citar por el momento como investigados a los cuatro políticos madrileños, tras una petición en este sentido realizada en octubre, según informa Europa Press.</p><p>El magistrado García Castellón le respondía que la citación en calidad de investigado <strong>"no es una cuestión baladí"</strong> y que en modo alguno se justifica, ni en su escrito ni en el momento actual de la investigación que dirige, adoptar las decisiones que formulaba la representación procesal de Francisco Granados. Le recordaba, además, que será el resultado de las diligencias que se siguen practicando en este momento de la instrucción las que determinen el devenir de sus actuaciones.</p><p>Granados, que en un primer momento solicitó que sus excompañeros de filas declararan en <strong>calidad de testigos</strong>, formuló su solicitud tras los últimos interrogatorios practicados por el juez al exviceconsejero de Medio Ambiente de la Comunidad de Madrid <strong>Miguel Ángel Ruiz</strong> y del empresario <strong>Marcelino Elosúa</strong> sobre las presuntas irregularidades cometidas en las empresas Prisma y Arpegio.</p><p>En este nuevo auto, el juez desestima el recurso de reforma y mantiene en "su totalidad" lo acordado en el auto del 5 de diciembre, entre otras cuestiones, porque entiende, y de conformidad con lo ya expresado por el Ministerio Fiscal, que las diligencias propuestas <strong>son "inútiles y perjudiciales"</strong>.</p><p><strong>Evitar prácticas que respondan a "intereses espurios"</strong></p><p>Además, tras valorar "de forma suficiente y razonada la necesidad y pertenencia de las diligencias interesadas", el juez señala que "ha de tratar evitar que se practiquen diligencias que <strong>respondan a intereses espurios</strong>". "Tal es así que se diferencian las diligencias que se consideran <a href="https://www.infolibre.es/noticias/politica/2018/02/14/la_venganza_granados_75221_1012.html" target="_blank">perjudiciales</a> o no pertinentes en este momento procesal y aquellas otras que sí se consideran que garantizan el derecho de defensa" de Granados.</p><p>En el mismo sentido, añade que en ningún caso lo dispuesto en el auto del pasado 5 de diciembre <strong>"ha causado indefensión"</strong> a Granados "ni vulnera los derechos de defensa o tutela judicial efectiva, ya que la admisión de las testificales interesadas solamente quedan en suspenso hasta que la representación procesal de Granados indique los motivos que justificaría llamarles.</p><p>Todo ello, "a los efectos de poder valorar y ponderar la <strong>pertinencia de la prueba</strong> y realizar su citación conforme a derecho," sin perjuicio de poder pedir la citación de determinados testigos en el momento del juicio, como pueden ser los agentes de la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil "que intervinieron en los atestados unidos a las actuaciones", subraya.</p><p>En cuanto al <a href="https://www.infolibre.es/noticias/politica/2017/11/30/granados_interpone_una_querella_contra_marjaliza_por_presunta_vinculacion_con_narcotrafico_72546_1012.html" target="_blank">careo</a> que había solicitado con el presunto cerebro de la trama Púnica, el empresario <strong>David Marjaliza</strong>, "deberá quedarse a la espera de la nueva ronda de declaraciones y posibilidad de las partes de llevar a efecto las preguntas que consideren necesarias al respecto", dice el letrado.</p><p>No se vulnera el derecho de defensa</p><p>En este punto, recalca que tampoco se ha vulnerado <strong>ni limitado el derecho de defensa</strong> de Granados al no admitir las declaraciones como investigados de Cifuentes, Aguirre y González.</p><p>Tras el auto del 5 de diciembre, el letrado de Granados en un escrito al que tuvo acceso Europa Press, explicaba que pedía la imputación de los arriba mencionados (además del exviceconsejero <strong>Borja Sarasola</strong>, el exgerente del PP madrileño <strong>Beltrán Gutiérrez</strong> y los exconsejeros <strong>Lucía Figar e Ignacio Echeverría</strong>) en base a los cargos que han ostentado durante los años que son objeto de investigación y "por posibles <strong>competencias inherentes al cargo</strong>".</p><p>"¿Por qué a mi representado se le pretenden imputar <strong>responsabilidades por ser secretario</strong> de campaña, y para los otros, que han ostentado <strong>la misma carga, esto no vale?</strong>", se preguntaba su letrado que denunciaba que la batería de diligencias solicitadas no se hacen "caprichosamente" sino para esclarecer los hechos que investiga el titular del Juzgado Central de Instrucción número 6 y por tanto "no son impertinentes ni perjudiciales".</p><p>El acusado, en su recurso de reforma, pedía que se declarara la <strong>nulidad del auto</strong> del magistrado por vulnerar el derecho de defensa y de tutela judicial efectiva de Granados e insistía en que adoptara las diligencias formuladas en los escritos remitidos al instructor los pasados 5 y 20 de octubre.</p><p>En el citado auto del 5 de diciembre, el juez también le pidió que detallara los motivos por los cuáles <strong>formulaba la petición</strong> de que acudieran en calidad de testigos más de una decena de personas, entre ellas la actual presidenta de la Asamblea de Madrid, Paloma Adrados, la consejera de Economía, Engracia Hidalgo, y concejales del Ayuntamiento de Valdemoro.</p><p> </p>]]></description>
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      <pubDate><![CDATA[Wed, 14 Feb 2018 08:19:00 +0000]]></pubDate>
      <author><![CDATA[infoLibre]]></author>
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      <media:title><![CDATA[El juez vuelve a rechazar la petición de Granados de citar como investigados a Cifuentes, Aguirre y González]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Ana Botella,Corrupción,Esperanza Aguirre,Ignacio González,Cristina Cifuentes,Francisco Granados,Operación Púnica]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[La Fiscalía tilda de proceso "trufado de irregularidades" la venta de viviendas públicas madrileñas a fondos buitre]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.infolibre.es/politica/fiscalia-tilda-proceso-trufado-irregularidades-venta-viviendas-publicas-madrilenas-fondos-buitre_1_1150273.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.infolibre.es/clip/9789bb23-b42a-4fd6-95df-7be2fa3c3d4f_16-9-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="La Fiscalía tilda de proceso "trufado de irregularidades" la venta de viviendas públicas madrileñas a fondos buitre"></p><p>La Fiscalía Provincial de Madrid ha calificado la venta de 32 promociones, entre ellas<strong> 2.935 viviendas</strong>, del Instituto de la Vivienda de Madrid (Ivima) al <a href="http://www.infolibre.es/tags/temas/fondo_buitre.html" target="_blank"><strong>fondo de inversión</strong></a><strong> Azora Goldman-Sachs</strong> en 2013 como "un procedimiento de contratación <strong>trufado de irregularidades</strong>".</p><p>Así lo hace el fiscal del caso en un informe trasladado al Juzgado de Instrucción número 48 de Madrid —encargado de la causa—, en el que <strong>apunta directamente</strong> contra los anteriores directores gerentes del Ivima <strong>Ana Gomendio</strong> y <strong>Juan Van-Halen</strong>, a los que responsabiliza de los delitos de prevaricación y malversación de caudales públicos.</p><p><strong>Van-Halen presentó su renuncia</strong> en febrero de 2016 después de ser citado a declarar como investigado por su posible responsabilidad penal derivada de este procedimiento judicial. Ambos tuvieron que declarar ante el citado juzgado y <strong>continúan imputados</strong>. Además, comparecieron en la primera sesión de la Comisión de Investigación sobre corrupción política en la Comunidad de Madrid, allá por noviembre de 2015.</p><p>"Se trata de un <strong>procedimiento de contratación trufado de irregularidades"</strong>, asegura rotundamente el fiscal al comienzo del documento, al que ha tenido acceso Europa Press y adelantado este lunes <a href="http://cadenaser.com/ser/2018/01/29/tribunales/1517182798_714522.html" target="_blank">por la Cadena Ser</a>.</p><p>El representante del Ministerio Público explica que los indicios de la venta de las viviendas por debajo de su precio real son "diversos", aunque apostilla también que "si bien analizados individualmente podría llegar a cuestionarse el carácter delictivo, en su conjunto ofrecen la <strong>imagen fiel y exacta de una conducta malversadora</strong> o defraudatoria".</p><p>El Ayuntamiento de Madrid ya solicitó que la exalcaldesa <strong>Ana Botella</strong> y su equipo <a href="https://www.infolibre.es/noticias/politica/2017/11/03/el_ayuntamiento_madrid_pide_tribunal_cuentas_que_condene_ana_botella_devolver_millones_por_operacion_blackstone_71406_1012.html" target="_blank">devolvieran 127 millones de euros</a> por el daño causado a las arcas públicas. Para el fiscal existen "indicios de uso de artificio para la <strong>venta a infraprecio</strong>", y señala que hay pruebas de malversación como el hecho de que se decidiese vender las viviendas de una vez y no de forma individualizada.</p><p><strong>"Un vacío de explicaciones evidente"</strong></p><p>Respeto de la decisión de venta de los inmuebles en su conjunto, asegura que hubo <strong>"un vacío de explicaciones evidente"</strong>. La Comunidad esgrimió que se hizo de ese modo por la "necesidad de liquidez", un extremo que el fiscal cuestiona pues ésta "pudiera haber sido cubierta si se hubiera optado por la enajenación no en su conjunto sino de forma individualizada". De hecho, señala que el <strong>Ivima vendió individualmente 513 viviendas</strong> y unos 200 garajes, locales y trasteros entre 2012 y 2013.</p><p>"No existe rastro documental de que <strong>se hubieran realizado estudios</strong> sobre cuál de las formas de enajenación hubiera sido más ventajosa para el sector público, es decir, con qué fórmula se hubiera obtenido una mayor liquidez, que era supuestamente el fin único de la operación", recoge el fiscal, quien a su vez asegura que <strong>Gomendio "ya se estaba reuniendo con los representantes de los fondos de inversión"</strong> cuando pidió la autorización para la venta al Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid.</p><p>En este sentido, el fiscal considera que con este sistema <strong>se favoreció a los grandes fondos de inversión</strong>, "únicos capaces de dotarse de la solvencia necesaria para hacer frente a la operación", y que incluso los informes de tasación del precio de los inmuebles "se realizaron con anterioridad a la firma del contrato" con la empresa tasadora.</p><p>"Resulta raro que se declararan innecesarios"</p><p>En cuanto a la declaración de innecesariedad de los bienes, requisito para poder vender cualquier propiedad pública, el representante del Ministerio Fiscal sostiene que su <strong>"pobre" argumentación</strong> parecía "ordenada a <strong>cumplir formalmente con un requisito administrativo</strong>, no a atender al fin último de dicho trámite que no es otro que vedar la arbitrariedad en la venta de bienes públicos".</p><p>De esta forma estima que esto <strong>"no puede ser más raro, extraño</strong>, desacostumbrado, excesivamente peculiar u original", ya que "no deja de ser asombroso" que se declaren innecesarios unos bienes destinados a los fines propios del Ivima: "la promoción y acceso a la vivienda pública". "Evidentemente, la declaración de innecesariedad tuvo una función exclusivamente financiera de obtener ingresos para la Administración", concluye.</p><p>"Entrada oculta y artificiosa de Goldman Sachs"</p><p>Por último, el fiscal analiza la <strong>"entrada oculta y artificiosa" de Goldman Sachs</strong> en la enajenación de los bienes a través de la sociedad Encasa Cibeles. Las promociones fueron adjudicadas al fondo de inversión Azora, que según el fiscal está participada íntegramente por ELQ Holdings, radicada en el paraíso fiscal de Delaware y controlada por Goldman Sachs.</p><p>Otro dato que resalta el fiscal es que el auditor independiente de ELQ es Price Waterhouse Coopers (PWC), "la misma quien a través de su filial española realizó labores de asesoramiento en el proceso de enajenación de las viviendas". El informe de asesoramiento, sin embargo, <strong>"se entregó después de la memoria justificativa de Gomendio"</strong> para la enajenación de viviendas, y por un precio de 71.390 euros.</p><p>En definitiva, reitera que esta "entrada oculta refuerza la idea de la existencia de un artificio", "lo que viene a <strong>aumentar el secretismo y escasa transparencia</strong> y abona el camino a la más absoluta arbitrariedad" de la operación.</p><p> </p>]]></description>
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      <pubDate><![CDATA[Mon, 29 Jan 2018 08:10:00 +0000]]></pubDate>
      <author><![CDATA[infoLibre]]></author>
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      <media:title><![CDATA[La Fiscalía tilda de proceso "trufado de irregularidades" la venta de viviendas públicas madrileñas a fondos buitre]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Ana Botella,Fiscalía,Ayuntamiento de Madrid,fondo buitre]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Los afectados por la venta de viviendas de EMVS a un fondo buitre pedirán que Botella y su Gobierno declaren ante el juez]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.infolibre.es/politica/afectados-venta-viviendas-emvs-fondo-buitre-pediran-botella-gobierno-declaren-juez_1_1149179.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.infolibre.es/clip/18e69602-f38d-42a5-9773-8973e6c76d39_16-9-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Los afectados por la venta de viviendas de EMVS a un fondo buitre pedirán que Botella y su Gobierno declaren ante el juez"></p><p>La Asociación de Afectados por la Venta de Viviendas de la <strong>Empresa Municipal de Vivienda y Suelo</strong> (<a href="https://www.emvs.es/Paginas/Home.aspx" target="_blank">EMVS</a>) pedirán al juez que tome declaración a la exalcaldesa, <strong>Ana Botella</strong>, y a la que fue su Junta de Gobierno por la operación en la que <strong>se vendieron 1.860 viviendas sociales</strong> <a href="http://www.lavanguardia.com/local/madrid/20171002/431739886181/psoe-bruselas-venta-vivienda-publica-botella-buitre.html" target="_blank">en 2013</a> al fondo de inversión Blackstone y que gestiona a través de Fidere.</p><p>Así lo ha destacado el abogado de la asociación, <strong>Mariano Benítez de Lugo</strong>, en declaraciones a los medios en los Juzgados de Plaza de Castilla, después de que durante la mañana de este miércoles el exconsejero delegado de EMVS <strong>Fermín Oslé</strong> y el apoderado de Fidere <strong>Alfonso Benavides</strong> hayan declarado ante el juez como <strong>firmantes de la compraventa de las viviendas</strong>.</p><p>"Tras Oslé y Benavides, voy a pedir que declaren los altos directivos de EMVS en ese momento, y después reclamaré la <strong>declaración de la Junta de Gobierno de Ana Botella</strong>", ha resaltado Benítez de Lugo, que ha culpado a todos ellos de "la <strong>patochada de concurso</strong> en la que se vendieron las promociones: sin mesa de contratación ni pliego de condiciones".</p><p>El abogado ha asegurado que <strong>ni Oslé ni Benavides han querido contestar a sus preguntas</strong> ni a las de la abogada de EMVS. Sí que lo habrían hecho a preguntas del juez, no a las de la fiscal.</p><p>Para el letrado, que ni Oslé ni Benavides hayan respondido a sus preguntas denota <strong>"una sensación de inseguridad"</strong>. "Cuando uno tiene la conciencia tranquila no tiene por qué tener miedo a las preguntas de un abogado", ha dicho Benítez de Lugo que, sin embargo, se ha congratulado de que hayan tenido que comparecer ante el juez tras más de tres años desde que reclamó su declaración.</p><p>Por otra parte, el abogado también ha hecho precisiones sobre el resto de la declaración de Oslé y Benavides. En este sentido, ha afirmado que ambos han alegado que <strong>la situación del Ayuntamiento era "catastrófica"</strong>, extremo que para el abogado "no es cierto". "También han argumentado que el Plan de Viabilidad exigía <a href="http://www.elmundo.es/madrid/2017/11/02/59faefd4268e3eb5078b459b.html" target="_blank">la venta de las viviendas</a>", señala Benítez de Lugo.</p><p>En última instancia, el letrado ha explicado que el juez ha preguntado a los dos investigados sobre si se comunicó a los propietarios la venta. Éstos, siempre según el abogado de la asociación, "se habrían escurrido" en su respuesta. "<strong>Cuando venden tu casa tienes derecho a saberlo</strong>, sobre todo porque puedes tener tanteo de compra", ha concluido.</p><p><strong>"Hoy están ante el juez"</strong></p><p>La presidenta de la Asociación de Afectados por la Venta de Viviendas de EMVS, <strong>Arantxa Mejías</strong>, ha detallado que estas primeras declaraciones suponen para los propietarios <strong>"una esperanza, una puerta abierta".</strong> "Todas estas ventanas judiciales son muy esperanzadoras, somos familias luchando contra los poderosos por nuestras casas. Esta es una de las mejores noticias que nos podría regalar el 2017", ha señalado.</p><p>En el plano personal, Mejías también se ha mostrado satisfecha porque hace justo un año llegó a su casa un burofax en el que le <strong>instaban a abandonar su vivienda</strong> para proceder a un desahucio. "Ahora los responsables de la venta de mi casa están en los juzgados dando explicaciones", se ha congratulado.</p><p>"<strong>Que no hayan querido declarar es significativo</strong>. Si lo hicieron tan bien como defendió en su momento Ana Botella no entendemos cómo no han explicado claramente por que vendieron mi vivienda y otras 1.860 más. A veces el silencio es una manera de respuesta", ha apostillado Mejías.</p><p> </p>]]></description>
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      <pubDate><![CDATA[Wed, 27 Dec 2017 11:51:00 +0000]]></pubDate>
      <author><![CDATA[infoLibre]]></author>
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      <media:title><![CDATA[Los afectados por la venta de viviendas de EMVS a un fondo buitre pedirán que Botella y su Gobierno declaren ante el juez]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Ana Botella,Madrid,Ayuntamiento de Madrid,fondo buitre]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[El Ayuntamiento de Madrid readmite voluntariamente al responsable de seguridad durante la tragedia del Madrid Arena]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.infolibre.es/politica/ayuntamiento-madrid-readmite-voluntariamente-responsable-seguridad-durante-tragedia-madrid-arena_1_1148191.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.infolibre.es/clip/0f5a3f3f-cbad-49ea-967d-766c77e5e10c_16-9-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="El Ayuntamiento de Madrid readmite voluntariamente al responsable de seguridad durante la tragedia del Madrid Arena"></p><p>La empresa municipal Madrid Destino <strong>acaba de readmitir</strong> sin obligación legal, es decir, sin que haya mediado la orden de ningún juez, a Rafael Pastor, que era <strong>responsable de seguridad </strong>durante<strong> </strong><a href="http://www.elmundo.es/t/ca/caso-madrid-arena.html" target="_blank">la tragedia del Madrid Arena</a>. En ese pabellón municipal de la Casa de Campo de Madrid murieron <a href="https://elpais.com/ccaa/2012/11/29/madrid/1354204502_298318.html" target="_blank">cinco adolescentes murieron</a> el 1 de noviembre de 2012 tras una avalancha por exceso del aforo en la fiesta que allí se celebraba. </p><p>Madrid Destino despidió a Pastor el 2 de diciembre de 2016, dos meses después de que la Audiencia de Madrid hubiese dictado sentencia sobre un desastre que zarandeó al equipo de Ana Botella y que conmocionó al país por los <a href="https://elpais.com/ccaa/2016/03/19/madrid/1458409994_131492.html" target="_blank">gravísimos fallos de seguridad</a> destapados durante la investigación. La sentencia le absolvió penalmente al haber despenalizado el nuevo Código Penal las faltas por homicidio y lesiones pero le condenó a indemnizar a las familias de las víctimas. Dictada por la Audiencia de Madrid, la resolución se encuentra pendiente de recurso ante el Supremo.</p><p>A preguntas de infoLibre, el equipo de <strong>Manuela Carmena</strong> ha eludido explicar el porqué de esta readmisión voluntaria: <strong>"Se trata de un procedimiento entre la empresa y el trabajador</strong> sobre el que aún no podemos hacer valoraciones", fue la respuesta de sus portavoces.</p><p>Sí se pronunció Yolanda Martín, representante de CCOO en el comité de empresa de Madrid Destino y con quien este diario habló el miércoles. "El tema no se ha tratado en el comité pero <strong>yo personalmente estoy encantada con la readmisión de Rafa</strong>". Martín recalcó con vehemencia que Pastor, desde 2007 subdirector de Seguridad  de Madridec, una de las empresas municipales ahora refundidas en Madrid Destino, fue absuelto. "Esa noche estaba en el Madrid Arena para atender a unos clientes que querían hacer un evento y no como responsable de seguridad", subrayó. La sentencia, en efecto, conviene que así fue pero considera acreditado que Pastor, que "se presentó ante todos los representantes de los organismos personados en el pabellón como responsable de Seguridad de Madridec", fue corresponsable de las muertes. La representante sindical remarcó que la condena como responsable civil  "está recurrida ante el Supremo y se podrá opinar sobre ella cuando sea firme".</p><p><strong>Lo que dice la sentencia</strong></p><p>Lo que dice la resolución de la Audiencia de Madrid sobre ese punto es esto: "También responderá civilmente de dichos daños y perjuicios Rafael Pastor, el cual, <strong>conforme a la redacción vigente en la fecha en que se produjeron los hechos habría resultado condenado por faltas de homicidio y lesiones</strong> por imprudencia leve previstas y penadas en el art. 621.2 y 3 del Código Penal, las cuales en la actualidad han sido despenalizadas. Por ello, Rafael Pastor debe ser absuelto pero responde civilmente de acuerdo con lo dispuesto en (...) de los daños y perjuicios producidos por su conducta que, en aquel momento era constitutiva de infracción penal". Su nombre figura en la lista de aquellos a quienes la Audiencia de Madrid dedicó en su sentencia estas palabras: "Todos [los condenados] han contribuido al resultado producido". Y también estas: <strong>"Si alguno de ellos hubiera actuado correctamente" </strong>la tragedia <strong>"podría haberse evitado</strong>".</p><p>El acuerdo de readmisión de Pastor se cerró el pasado día 21 cuando estaba a punto de comenzar el juicio por la demanda por despido improcedente que había formulado el antiguo responsable de seguridad de Madridec. Según Yolanda Martín, la juez de lo social que debía enjuiciar el caso le había dicho a la empresa que "la falta alegada para el despido disciplinario estaba prescrita" y que más le valdría negociar. </p><p>La sentencia del Madrid Arena consideró probado <a href="https://static.infolibre.es.bbnx.pro.bitban.com/infolibre/public/content/file/original/2017/1129/14/sentencia-madrid-arena-03a7153.pdf" target="_blank">[puedes leerla y hacer búsquedas en el texto pinchando aquí]</a> que la noche de la avalancha mortal durante una fiesta de Halloween cuya organización vulneró todas las normas municipales, Pastor "estuvo en el exterior del pabellón desde antes de que comenzara el evento hasta, al menos, las 3 de la mañana". Y que <strong>"tuvo que sacar la conclusión, inevitablemente, de que el aforo se había sobrepasado"</strong>. "Si dice eso, es mentira", espeta la representante del comité, quien sostiene que la tesis de la sentencia sobre la responsabilidad de Pastor en lo sucedido <strong>"es una interpretación de los jueces".</strong></p><p>La versión oficial</p><p>Fue el lunes por la tarde cuando infoLibre preguntó a los portavoces del equipo municipal de gobierno de Madrid por qué la corporación ha decidido la readmitir voluntariamente  a quien era responsable de seguridad del Madrid Arena cuando se produjo la tragedia de 2012. El miércoles por la mañana, fuentes autorizadas de la empresa municipal Madrid Destino ofrecieron la siguiente respuesta: "Se trata de un procedimiento entre la empresa y el trabajador sobre el que aún no podemos hacer valoraciones. Sí queremos reafirmar nuestra solidaridad con el dolor de las familias de las cinco chicas fallecidas en el Madrid Arena y <strong>confirmar nuestro compromiso con la asunción de responsabilidades</strong> ante tragedias como esta".</p><p>Pastor fue despedido "por la comisión de faltas de carácter muy grave y culpable" señaladas en el apartado 3 del artículo 46 del convenio colectivo de la ya extinta <strong>Madrid Espacios Congresos (Madridec)</strong>, así como en el artículo 54 del <a href="https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2015-11430" target="_blank">Estatuto de los Trabajadores</a>.</p><p>Una semana antes de la readmisión de Rafael Pastor, el Tribunal Supremo celebró una <a href="http://www.lavanguardia.com/local/madrid/20171114/432880668110/supremo-revisa-recursos-madrid-arena-flores.html" target="_blank">vista pública para examinar los 18 recursos de casación </a>presentados contra la sentencia. Las fuentes consultadas aseguran que Rafael Pastor, a quien este diario no ha logrado localizar y cuyo teléfono no figura en la guía, fue uno de los recurrentes. Dada la complejidad del asunto –la resolución recurrida consta de 677 páginas– y la abundancia de recursos, los expertos creen improbable que la sentencia se conozca con rapidez. Su redacción está encomendada al ya virtual nuevo fiscal general del Estado, <strong>Julián Sánchez Melgar</strong>.</p>]]></description>
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      <pubDate><![CDATA[Thu, 30 Nov 2017 04:00:00 +0000]]></pubDate>
      <author><![CDATA[Alicia Gutiérrez]]></author>
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