Periodismo

Los colegios profesionales demandan que la titulación sea requisito para ser considerado periodista

Entrada a la facultad de Ciencias de Comunicación de la Universidad Carlos III, en el inicio del curso universitario

La Red de Colegios Profesionales de Periodistas de España exigió este lunes que la definición legal de los profesionales de la información incluya el requisito de contar con “la titulación y la formación universitaria específica” que imparten medio centenar de universidades, y no solo la dedicación profesional “a la búsqueda, tratamiento y difusión de información veraz de interés público, a través de cualquier medio de comunicación, con la finalidad de hacer efectivo el derecho a la información”, como establece el borrador de la futura ley reguladora del secreto profesional de los periodistas.

La Red, que coordina la actuación de los colegios de periodistas de Andalucía, Aragón, Asturias, Cantabria, Castilla y León, Galicia, La Rioja, Murcia, Navarra y País Vasco, expresó este lunes su preocupación por la falta de noticias por parte del Gobierno en relación con la futura ley orgánica de regulación del secreto profesional, que según fuentes consultadas por infoLibre irá este martes al Consejo de Ministros.

Los colegios de periodistas temen que esta falta de comunicación “tenga que ver con la pretensión de aprobar un anteproyecto de ley sin contar con las aportaciones o sugerencias de las corporaciones de derecho público que en sus ámbitos territoriales están reconocidas legalmente como representantes de los intereses generales de la profesión”. Es decir, “las únicas que en sus comunidades autónomas están reconocidas legalmente para representar a los periodistas y sus intereses profesionales”.

La Red está de acuerdo en la necesidad de concretar garantías legales para quienes ejercen el periodismo y sus fuentes, amparadas en cualquier caso en el marco de los derechos fundamentales reconocidos en la Constitución. “Sin embargo, y precisamente por eso, entienden que es un error pretender legislar sin tener en cuenta las peculiaridades de la profesión periodística, en la que el intrusismo y la falta de regulación provocan la indefensión de la ciudadanía ante la desinformación”.

Formación especifica

Para los colegios, “profesional periodista es la persona que, contando con la titulación y la formación universitaria específica, investiga, recopila, analiza y difunde información veraz por cualquier medio de comunicación, guiado en sus actuaciones por los códigos deontológicos de la profesión periodística”. No exigir estos requisitos en esta ley, sostienen, “supondría amparar con este singular derecho a cualquier persona que difunda cualquier tipo de contenido”.

En segundo lugar, la Red cree que también es necesario “afinar en la definición de medio de comunicación social, para evitar que cualquier soporte de difusión de contenidos de cualquier naturaleza reciba garantías que no le corresponden en virtud de este derecho”.

La Red de Colegios Profesionales de Periodistas recalca que, para legislar sobre un derecho tan singular como la libertad de prensa, es necesario hacerlo “de acuerdo con los colectivos profesionales”, porque no hacerlo puede provocar el efecto contrario: la restricción del disfrute del derecho a recibir información veraz por parte de la ciudadanía.

Consejo General pendiente

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Este colectivo aprovecha también este asunto para recordar la necesidad de poner en marcha el Consejo General de Colegios de Periodistas de España, reclamación que los colegios de periodistas llevan años haciendo y que “vendría a resolver la falta de interlocutor institucional legal en el ámbito estatal”. Una circunstancia que, para las organizaciones colegiales, “no es ni baladí ni casual y que provoca que los profesionales del periodismo en España no puedan hacer su trabajo con todas las garantías”.

El Consejo General de Colegios de Periodistas de España, aseguran, es fundamental para representar el interés público al que responde el ejercicio de la profesión periodística a nivel nacional, desarrollar sistemas de autorregulación y proteger el derecho a la información de toda la ciudadanía española, de forma igualitaria y sin discriminaciones.

El borrador de anteproyecto de ley sobre el secreto profesional que maneja el Gobierno delimita quién puede considerarse periodista a partir de tres criterios clave: dedicación profesional habitual, difusión de información veraz de interés público a través de un medio de comunicación y servicio al derecho a la información de la ciudadanía. No basta con publicar contenidos puntuales o en redes sociales: se requiere una actividad continuada, ejercida en medios con responsabilidad editorial y guiada por normas deontológicas. Según el Tribunal Constitucional, la “información veraz” no exige verdad absoluta, sino una investigación diligente y contrastada. Este enfoque excluye a influencers, activistas o ciudadanos que difunden información relevante sin ejercer el periodismo de forma profesional ni con estándares propios de la profesión.

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