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Sanidad

Las vías que tienen los enfermos de hepatitis C para reclamar sus tratamientos en los tribunales

Afectados por hepatitis C concentrados a las puertas del hospital 12 de Octubre de Madrid.

La reclamación de colectivos de afectados y de partidos políticos de la oposición para que el Gobierno aumente la partida de 125 millones de euros reservada para financiar los fármacos de última generación (sofosbuvir y simepravir) que son capaces de curar indefinidamente determinados genotipos de la hepatitis C ya amenaza con llegar a los tribunales.

Miembros de la Plataforma de Afectados por la Hepatitis C (PLAFHC) –que mantienen desde el pasado 19 de diciembre un encierro en el Hospital Doce de Octubre de Madrid– preparan una querella contra la exministra de Sanidad Ana Mato por el delito de omisión del deber de socorro. Y el líder del PSM, Tomás Gómez, anunció este domingo que su partido emprenderá acciones judiciales contra el Gobierno Central y contra la Comunidad de Madrid si "en cinco días, en el próximo Consejo de Ministros no asegura el medicamento para todos los pacientes de hepatitis C que lo necesiten".

La vía penal es a la que apunta el colectivo de afectados y a la que presumiblemente también se acogerán los socialistas madrileños en el caso de que el Ejecutivo haga caso omiso a sus reivindicaciones. Los juristas consultados señalan que los tipos penales que encajarían en este supuesto son los de omisión del deber de socorro –artículos 195 y 196 del Código Penal– y prevaricación, por "haber denegado una cobertura a sabiendas de que la Administración sanitaria tiene el deber de atender a los ciudadanos". Si bien creen que este cauce es una vía de presión en el ámbito político con poco recorrido jurídico real. 

"Creo que la penal es una vía complicada. Otra cosa es que las asociaciones de afectados lo hagan por el valor simbólico y de agitación social, algo que me parece defendible, pero que carece de un rigor jurídico puro", señala el abogado experto en causas sanitarias Javier Aretxabaleta, quien también trabaja como asesor jurídico de la Asociación el Defensor del Paciente. "Es muy improbable que por la vía penal se condene a ningún político por no implementar una medicación por razones presupuestarias. Es más bien un instrumento de presión", dice, por su parte, el letrado Ignacio Martínez, especializado en reclamaciones por negligencias médicas y cuyo despacho colabora de forma habitual con la citada asociación de pacientes. 

Complejidad 

Josefa Cantero, presidenta de la asociación Juristas de la Salud, también es pesimista respecto al recorrido jurídico de una posible actuación penal. "Nos movemos en un delicado ámbito donde es difícil deslindar lo puramente administrativo del ámbito de las decisiones de política-sanitaria. En este último campo, mucho me temo que no queda más sanción que el reproche electoral. Será enormemente complejo acreditar que se ha cometido conscientemente una "injusticia" y que la decisión administrativa es una decisión "arbitraria"", señala. 

Cantero explica que el procedimiento administrativo para esta toma de decisiones, aunque es reglado, utiliza "numerosos conceptos jurídicos indeterminados" que acaban atribuyendo a la Administración sanitaria importantes ámbitos de discrecionalidad. "Además, parece que se está apoyando expresamente en el informe de posicionamiento terapéutico elaborado por los técnicos, lo que parece revestir de legitimidad la decisión administrativa", amplía.

Los documentos de instrucciones a seguir por los facultativos recogen que la terapia combinada, la considerada óptima porque aporta tasas de curación del 90%, sólo se autorizará a enfermos que requieran un tratamiento urgente y que no puedan someterse a la terapia clásica con interferón (un tratamiento inyectado que tiene notables efectos secundarios). El informe, que no cuenta con memoria económica, tampoco detalla qué se entiende por tratamiento urgente. 

Sin embargo, Martínez sí ve un resquicio interesante para los pacientes en el caso de que opten por la vía penal, pues al interponer una querella el afectado puede tener la posibilidad de pedir al juez que, como medida cautelar que evite un mal mayor (el agravamiento de su enfermedad e incluso la muerte), obligue a la Seguridad Social a costear esa medicación. "¿Admitiría eso un juez? Es muy difícil de decir, pero no me parece descabellado que se aceptara aunque la causa acabara archivándose. Eso sí, tendría que estar el caso muy bien documentado y con un informe forense solvente. Y sólo contemplo la posibilidad de que tuviera éxito en casos particulares, no en una causa general abanderada por un colectivo o partido político", asevera. 

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Vía administrativa 

Los expertos jurídicos consultados por infoLibre síven cierto recorrido a las reclamaciones por la vía administrativa a través de un procedimiento de responsabilidad patrimonial por los daños causados a los pacientes afectados o incluso el resarcimiento económico a sus familiares una vez que estos hubieran fallecido.

El abogado Francesc José María, especializado en Derecho Sanitario, ve más plausible la vía de la indemnización a través de un recurso contencioso administrativo que, en caso de éxito, conllevaría una reparación de carácter económico en caso de que se probara que ha habido un mal funcionamiento de la Administración, algo que tampoco parece sencillo atendiendo a los "ámbitos de discrecionalidad" a los que previamente ha aludido Cantero. También apunta José María a la opción del resarcimiento de gastos, aunque para ello el paciente tendría primero comprar el fármaco y después reclamar su abono a la Administración que podría o no aceptarlo en base a criterios jurídicos. 

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