Todos los caminos del PP para boicotear en el Senado la amnistía conducen a un TC que deslegitima

El presidente del PP, Alberto Núñez Feijóo durante la sesión de control al Gobierno celebrada este miércoles.

Que el PP iba a usar el Senado, donde tiene mayoría absoluta, para boicotear la futura ley de amnistía era algo que se daba por descontado desde el momento en el que reformó el reglamento para dilatar la tramitación. Pero con la iniciativa ya sobre la mesa de la Cámara Alta, los conservadores han decidido redoblar su ofensiva. La formación de Alberto Núñez Feijóo está lista para plantear un inédito conflicto de atribuciones entre Congreso y Senado. Ésta es solo una de las posibles actuaciones de carácter judicial que los letrados de la Cámara Alta sugirieron contra una amnistía que consideran inconstitucional. La otra pasaría por un recurso de amparo con solicitud de cautelares. Dos armas jurídicas que, irremediablemente, conducen a un Tribunal Constitucional que el PP se ha esforzado por deslegitimar.

El conflicto de atribuciones es una fórmula que aparece recogida en el artículo 73 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional. Se reserva, en concreto, para aquellos casos en los que alguno de los órganos constitucionales –Gobierno, Congreso de los Diputados, Senado o Consejo General del Poder Judicial– estime que otro "adopta decisiones asumiendo atribuciones" que la Carta Magna o las leyes "confieren al primero". Para activar esta vía, dicho órgano, en este caso la Cámara Alta, debe por acuerdo de su Pleno dirigirse previamente al otro, en este caso el Congreso, para solicitarle que revoque la decisión "de la que se infiera la indebida asunción de atribuciones". Algo que el Senado, previsiblemente, hará tras el parón de Semana Santa.

Se trata de un botón pulsado en muy pocas ocasiones. El Constitucional, según su propia base de datos sobre jurisprudencia, solo recoge cinco sentencias de este tipo desde su creación. Tres de estos conflictos fueron promovidos por el Ejecutivo contra acuerdos de la Mesa del Congreso y Senado –dos durante la última legislatura de Mariano Rajoy y otro en la última de Felipe González–. Otro más, por el órgano de gobierno de los jueces en relación con la aprobación de la Ley Orgánica del Poder Judicial en 1985. Y el último fue promovido por la Cámara Baja contra el Gobierno de Rajoy ante la negativa de éste último a someterse a control parlamentario estando en funciones, algo que, al final, el Tribunal Constitucional acabó reprochando al Ejecutivo.

Nunca en democracia se había producido, sin embargo, un choque de este tipo entre las dos Cámaras que conforman las Cortes Generales. Hasta ahora. La decisión de la derecha de abrir esta vía se apoya en el informe elaborado por los servicios jurídicos del Senado sobre la amnistía. Un documento que propone dos posibles actuaciones judiciales ante la remisión a la Cámara Alta de un texto de amnistía que consideran inconstitucional. Una de ellas es, precisamente, el conflicto de atribuciones. Para fundamentarlo, parten de la base de que lo que se está planteando es, realmente, una "reforma constitucional encubierta". Y que al llevarla por el procedimiento legislativo ordinario, el Congreso menoscaba la atribución del Senado de "tramitación de las reformas constitucionales".

Una base que, sin embargo, no termina de ver clara el catedrático de Derecho Constitucional Xavier Arbos: "¿Qué atribuciones está ejerciendo aquí el Congreso que le correspondan a la Cámara Alta?".

Los servicios jurídicos del Senado, que lidera la letrada Sara Sieira, se muestran escépticos, sin embargo, ante la posibilidad de que este movimiento inédito pueda frenar la norma. "El planteamiento del conflicto no paraliza la tramitación en el Senado", deslizan en su informe. Al fin y al cabo, en la regulación de dicha figura no se hace mención "expresa" a que su interposición "tenga efecto suspensivo alguno" ni a la posibilidad de pedir "medidas cautelares". No obstante, los letrados dejan la puerta abierta a intentar usar esta última bala, la de solicitar cautelarmente la suspensión del procedimiento legislativo, por si el TC decide admitirla de forma excepcional ponderando "las circunstancias urgentes y extraordinarias que concurren".

Todo quedará, por tanto, en manos del Constitucional, a cuya puerta podrá tocar el Senado si la Cámara Baja no acepta sus pretensiones. Un órgano que la formación conservadora ha buscado deslegitimar desde su última renovación, de la que salió una mayoría de corte progresista. "Es un tribunal de parte", lanzaba hace unos meses el ahora portavoz del PP en el Congreso, Miguel Tellado. No ha sido el único. También Feijóo ha señalado en alguna ocasión que se ha "sembrado de dudas" la "imparcialidad" de la corte. Unos ataques que preocupan en Domenico Scarlatti. Y así lo reconocían en su día en privado algunas voces del TC: "Es inaceptable que los mismos que se quejan de las críticas a los jueces estén deslegitimando continuamente al Constitucional con sus descalificaciones".

Un recurso de amparo con cautelares usado hace dos años

Más allá del conflicto de atribuciones, el informe de los letrados del Senado pone sobre la mesa una segunda vía de acción que, de nuevo, pasaría por el máximo intérprete de la Ley Fundamental: el recurso de amparo. Es un paso que podría dar "cualquier senador o grupo parlamentario" de la Cámara Alta contra el acuerdo de la Mesa del Congreso de admitir a trámite la iniciativa, el acto del Pleno de aprobar la proposición de ley o el de remisión al Senado de la norma de olvido jurídico. A diferencia de lo que ocurre con el conflicto de atribuciones, en el recurso de amparo sí que se prevé la posibilidad de solicitar cautelares al TC. "Entre ellas –especifican los letrados– la suspensión del procedimiento en el Senado hasta que llegue la resolución".

Esta petición, consideran los servicios jurídicos de la Cámara Alta, "estaría muy justificada" por "su urgencia excepcional y atendiendo al periculum in mora". "La posible calificación de una futura ley de amnistía como norma penal más favorable haría irreversible efecto jurídico de su publicación y entrada en vigor, y haría perder su finalidad al recurso de amparo", se argumenta en el informe de los letrados, en el que se plantea que dicho amparo se solicite por vulneración del derecho de representación política.

No sería la primera vez que la derecha parlamentaria recurre a esta fórmula para intentar frenar una norma en las Cortes. Ya lo hizo en diciembre de 2022. Y lo consiguió. En una decisión sin precedentes, y tras un Pleno maratoniano, el Tribunal Constitucional, entonces de mayoría conservadora, aceptó las cautelarísimas del PP y paralizó la tramitación de la reforma que había impulsado el Gobierno para forzar, justamente, la renovación de una corte de garantías que llevaba meses caducada. Una decisión sin precedentes en democracia en la que no se abstuvieron dos de los magistrados conservadores a los que los cambios normativos afectaban directamente –sus mandatos habían finalizado–.

Los letrados del Senado consideran que dicho precedente puede servir de apoyo ahora. "Existen semejanzas con el caso actual. En aquel supuesto, el tribunal apreció que se daba la urgencia excepcional para acordar la suspensión 'por la extraordinaria celeridad con la que se sucedieron los trámites parlamentarios', lo que también podría aplicarse a este caso", resaltan en su informe. Sin embargo, el reparto de fuerzas en la corte de garantías es ahora muy diferente. En la actualidad, la mayoría es de sensibilidad progresista. Un bloque al que pertenecen muchos de los que en diciembre de 2022 rechazaron tajantemente que se frenase la tramitación al considerar que constituía "una interferencia sin precedentes en la función legislativa".

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