Financiación partidos

La Justicia archiva por cuarta vez una denuncia contra Podemos por financiación irregular

Ibon Uría

El Tribunal Supremo archivó este miércoles una querella de Manos Limpias contra el secretario general de Podemos, Pablo Iglesias, y el secretario político y portavoz en el Congreso del partido, Íñigo Errejón. El alto tribunal señala que los hechos denunciados no constituyen ilícito penal o que no se aportaron "elementos acreditativos iniciales mínimos" que justificaran la apertura de una causa penal contra ninguno de los dos dirigentes.

Según recoge el auto, el fondo de la querella versaba en el caso del líder de Podemos sobre el presunto cobro de comisiones ilegales, el pago a miembros del equipo de producción de su programa La Tuerka en dinero B y con salarios por debajo del mínimo, acerca de la supuesta ocultación al régimen fiscal español de "fondos recibidos del Gobierno venezolano" y también de la "evasión fiscal por el cobro de comisiones ilegales en dinero B ocultando la financiación de países como Irán y Venezuela".

Sobre Errejón, la querella del autodenominado sindicato Manos Limpias hacía referencia a su contrato con la Universidad de Málaga y sostenía que "induciendo a error sobre sus condiciones personales" a la institución educativa, logró "una remuneración" por parte de la Universidad. También aseguraba que eludió el pago de cuotas a la Seguridad Social al mantiener "encubierta" su relación laboral con Podemos.

No hay incidio alguno de delito

Manos Limpias imputaba a Iglesias numerosos delitos: de desobediencia, contra los derechos de los trabajadores, de organización criminal o asociación ilícita, otro más de apropiación indebida, un delito de administración desleal, otro contra la Hacienda Pública y, finalmente, delitos de cochecho y tráfico influencias o, alternativamente a los dos últimos, uno de corrupción entre particulares. En el caso de Errejón, le imputaba delitos de estafa y contra la Seguridad Social.

Pues bien, los cinco magistrados que suscriben por unanimidad el auto afirman, con respecto a Iglesias, que Manos Limpias ya denunció estos mismos hechos con anterioridad y que a finales de abril de 2015 le fue inadmitida una querella similar "por no ser los hechos constitutivos de ilítico penal alguno". Los jueces subrayan que en la presente querella no se aportan "datos nuevos o nuevos documentos relevantes", de modo que se remiten al auto que decretó al archivo de la primera denuncia de Manos Limpias contra el líder del partido morado.

En cuanto a Errejón, el Supremo establece que los hechos en torno a su contrato con la Universidad de Málaga "no pueden ser constitutivos de ilícito penal alguno". En este sentido el tribunal recuerda que fueron objeto de un expediente disciplinario incoado por la universidad, que consideró que "podían ser considerados como dos faltas disciplinarias por no hacer desarrollado el trabajo conforme a los términos" del contrato. "Pero más allá del reproche ético y la ilicitud disciplinaria", concluye el auto, no hay sospecha alguna de delito.

El 'informe PISA' no prueba los hechos

Los jueces se pronuncian además sobre el denominado informe PISA, que Manos Limpias atribuye a la Dirección Adjunta Operativa de la Dirección General de la Policía y que adjuntó com supuesta prueba en la querella. El alto tribunal recuerda que "las meras afirmaciones" no justifican la apertura de una causa penal si no están "mínimamente avaladas por algún elemento objetivo que apoye su verosimilitud" y que, por tanto, en este caso corresponde "la inadmisión a trámite de la querella por no aportar fundamento acreditativo mínimo o posibilidad alguna de acceder a elementos objetivos probatorios, siquiera iniciales".

También sobre el informe PISA, que Manos Limpias ha aportado ya en dos procedimientos judiciales ante el Supremo, el tribunal recuerda en el auto de este miércoles que ya en 2012 estableció que "la mera publicación de informaciones en medios de comunicación no puede justificar sin más la apertura de un procedimiento penal para la investigación de los hechos descritos si la denuncia o querella no aporta u ofrece algún indicio de su comisión que pueda ser calificado como accesible y racional".

El citado documento, elaborado por la Unidad de Delincuencia Económica y Fiscal (UDEF) de la Policía, recoge supuestos indicios de financiación ilegal de Podemos. La UDEF lo finalizó hace más de cinco meses, y tras un largo periodo, hace unas semanas lo remitió al Tribunal de Cuentas para que lo investigue. Se trata, fundamentalmente y en palabras de la Fiscalía del Supremo, de un informe que es en realidad "una mera remisión de informaciones no autenticadas difundidas públcamente por los medios de comunicación". Y entre otras cuestiones sorprendentes, como desveló infoLibre, incluye como financiadora de Pablo Iglesias a la Fundación Ramón Areces, vinculada a El Corte Inglés, que concedió una beca al líder de Podemos para que realizara estudios de posgrado en una universidad suiza.

La cuarta denuncia archivada

Con la de este miércoles son cuatro las ocasiones en las que diversos tribunales han archivado o desestimado las iniciativas judiciales de varias organizaciones de derecha radical contra Podemos y sus dirigentes por hechos vinculados a la supuesta financiación irregular del partido, un extremo que hasta ahora nunca se ha probado.

La primera de esas ofensivas judiciales data de noviembre de 2014, cuando el denominado Partido Socialista de la Justicia –que encabeza el abogado Emilio Rodríguez Menéndez– se querelló contra Podemos en base a una información aparecida en julio de ese año en el diario El País, que explicó que la Fundación CEPS –de cuya cúpula formaron parte varios de los ahora dirigentes de Podemos– había ingresado 3,7 millones de euros de Venezuela. Pero el Supremo no admitió siquiera a trámite la querella, de la que dijo que extraía, sin probarlo, "la conclusión de que por medio de la la fundación se financia el partido citado". "Del relato de hechos" no se desprende "indicio alguno de acción delictiva", agregó el tribunal en su auto.

Segundo intento: en febrero de 2015 Manos Limpias entra en escena y se querella contra Pablo Iglesias ante el Supremo, fundamentalmente por hechos vinculados a sus actividades como productor y presentador de televisión. En la querella le acusó de delitos de desobediencia, contra los derechos de trabajadores, de organización criminal, apropiación indebida, tráfico de influencias, cohecho y un delito contra la Hacienda Pública, por supuestamente mantener trabajadores sin el alta en la Seguridad Social o utilizar la productora Con Mano Izquierda para gestionar fondos con origen en Venezuela e Irán. ¿El resultado? El Supremo también inadmitió esta querella apenas dos meses después, en abril de 2015. Los jueces aseguraron entonces que en el documento se exponían "confusamente y en un totum revolutum totum revolutumhechos, opiniones y sospechas" entre los que resultaba "difícil" advertir la presencia de los elementos o requisitos dogmáticos de los múltiples delitos que se dicen que han sido cometidos."

Finalmente, en febrero de este año, la Audiencia Provincial de Madrid confirmó la decisión del Juzgado de Instrucción número 30 de Madrid de inadmitir a trámite una querella más de Manos Limpias, que planteaba nuevamente que la productora Con Mano Izquierda habría recibido comisiones ilegales en su mayoría con origen en Venezuela e Irán, valiéndose para ello de su forma jurídica de asociación. La Audiencia Provincial, sin embargo, descartó esas acuasaciones y señaló que no se aportaban pruebas del supuesto fraude. Además, añadió que incluso de probarse la recepción de esos fondos difícilmente podría hablarse de un "ilícito penal, habida cuenta de que para subsumir tales irregularidades en un delito fiscal la cuota defraudada debería ser superior a 120.000 euros, lo que no se infiere de lo relatado" en la querella.

Más sobre este tema
stats