Tensión entre los poderes del Estado

El reproche a Iglesias abre interrogantes sobre las diferentes reacciones del Poder Judicial a las críticas políticas

Carlos Lesmes, presidente del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial.

La declaración institucional con que el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) reaccionó el miércoles pasado a la entrevista donde el vicepresidente Pablo Iglesias calificaba de "humillación" los reveses recibidos en Europa, y en las que aseguró que "muchos tribunales" han quitado la razón a jueces españoles por el procés, constató el aumento de tensión con el recién constituido Gobierno. Pero abrió también la espita de los interrogantes. ¿Cuándo se siente obligado al órgano de gobierno de los jueces a salir en defensa de la imparcialidad y la independencia del tercer poder del Estado y de sus miembros? ¿Cuándo entiende que debe censurar –o al menos afear en mayor o menor grado– las palabras o acciones de un político por su intromisión en el estricto terreno de lo judicial o sus ataques a un miembro de la judicatura?

La respuesta de los portavoces del órgano de gobierno de los jueces, a los que infoLibre planteó esas preguntas, se resume así: que la jurisprudencia del Tribunal Constitucional (TC) defiende de una manera "muy pronunciada" la libertad de expresión de los miembros del poder legislativo. O sea, la de los parlamentarios. Y que, en consecuencia, el Consejo reserva sus reproches para los políticos de la esfera gubernamental.

Pero si la línea marcada por el TC lleva al CGPJ a circunscribir sus críticas a políticos del poder ejecutivo y da carta blanca a los del poder legislativo, ¿por qué la comisión permanente del órgano, es decir, su núcleo duro, adoptó el 24 de febrero de 2018 un acuerdo "ante las manifestaciones vertidas por el Presidente del Parlament catalán, Roger Torrent", que acababa de hablar de "presos políticos"? El acuerdo tildaba como "descalificación muy grave de la función judicial" aquellas declaraciones y salía así en defensa de juez Pablo Llarena.

¿Quedaba Torrent, miembro de un poder legislativo, a salvo de reproches oficiales por el blindaje jurisprudencial del TC pese a que, en efecto, sus manifestaciones podían resultar un ejemplo nítido de ataque a los jueces del procés? No. Según el CGPJ, no quedaba a salvo. Porque cuando Torrent se pronuncia públicamente –responden en el Consejo– no lo hace un diputado de ERC sino "el presidente de la institución" parlamentaria, que compromete así a todas las formaciones allí representadas. "Las manifestaciones realizadas en un ámbito institucional por quien ostenta la representación de un Parlamento autonómico –decía de hecho el texto aprobado entonces por el CGPJ– nos obligan a recordar a las instituciones y a la sociedad, que el Poder Judicial actúa siempre desde la más absoluta independencia, siendo ésta una salvaguarda que a todos nos concierne respetar y defender".

Para ninguna de las incógnitas que emergen ahora tras la reconvención al vicepresidente segundo del Gobierno existe norma legal que ofrezca un manual de conducta reglado y diáfano sobre por qué, cuándo y con qué criterios debe el órgano de gobierno de los jueces emitir una declaración institucional o, por lo menos, un simple comunicado de reproche. En funciones desde el 5 de diciembre de 2018 tras el bloqueo del whatsapp, aquel mensaje donde el entonces portavoz del PP en el Senado, Ignacio Cosidó, daba por hecho que el partido seguiría controlando el consejo entre bambalinas pese a que se viese alterada su composición, el CGPJ permanece hoy bajo dominio conservador. A su cabeza se sitúa Carlos Lesmes, que también preside el Tribunal Supremo. En estos 13 meses de interinidad en espera de que se produzca la renovación, el Consejo ha hecho 57 nombramientos discrecionales de alto nivel.

"Humillación" sin réplica

Tras lo sucedido con Iglesias, este periódico preguntó también a los portavoces del CGPJ por qué la comisión permanente evitó pronunciarse cuando Pablo Casado utilizó en 2018 ese mismo término –"humillación"– al menos en dos ocasiones para afirmar lo siguiente: que decisiones como aquella por la que el tribunal superior del Estado alemán de Schleswig-Holstein acordó entregar a Carles Puigdemont aunque solo por malversación y no por rebelión hacían que los independentistas se sintieran "refrendados por un entorno internacional". La respuesta del Consejo incide de nuevo en que Casado ocupaba un escaño. No representaba al poder ejecutivo y en consecuencia ni cabía plantearse que el Consejo entrase ahí.

Para cuando el  líder del PP habló en los términos enunciados, el Tribunal de Justicia de la UE (TJUE) no había emitido aún ningún pronunciamiento sobre nada de lo que rodea al procés. ¿Podía perjudicar a la imagen de la justicia española fuera de nuestras fronteras ese alegato de Casado según el cual el "entorno internacional" estaba permitiendo que los independentistas se sintieran "refrendados?" Al igual que el líder del PP, también el de Vox, Santiago Abascal, habló el pasado 19 de diciembre –el día después de la sentencia del TJUE sobre Junqueras– de "humillación" a España por las tribulaciones de la justicia española en el exterior.

Por supuesto, y al igual que Casado, Abascal interpretó aquella "humillación" del TJUE como un golpe a la razón que, según su criterio, asiste sin fisura a los tribunales españoles. Pero de nuevo queda en el aire la pregunta sobre el efecto que las declaraciones de ambos, justamente por tratarse también de políticos de primera línea, pueden tener sobre la tranquilidad, la calma y la serenidad en los tribunales.

¿Habría apelado el Consejo a la "responsabilidad institucional" si Casado o Abascal perteneciesen al poder ejecutivo? La pregunta representa un escenario inexistente y carece, por tanto, de respuesta. Pero para enfatizar la idea de que el CGPJ utiliza una sola vara de medir, el mismo día en que la comisión permanente –su núcleo duro– lanzó la declaración institucional sobre Iglesias, sus portavoces recordaron que el órgano de gobierno también había reprendido con anterioridad a ministros del PP como Rafael Catalá por sus declaraciones sobre el juez partidario de absolver a los acusados de La Manada; o a Jorge Fernández Díaz por atacar a tres magistrados de la Audiencia Nacional que excarcelaron a dos etarras en aplicación de una norma europea.

En ninguno de los dos casos se trató de una "declaración institucional", la fórmula más solemne, sino de un "comunicado" en lo que respecta a Catalá. Y de un "acuerdo" en lo relativo a Fernández Díaz, aunque el asunto principal de aquel acuerdo, y así lo acredita la documentación del CGPJ, no lo constituía la crítica al político del PP sino la denegación de amparo a los tres jueces a quienes el entonces ministro del Interior había atacado conceptuando su decisión judicial como "lamentable desde todos los puntos de vista, también jurídicamente". El Consejo adujo que en su petición de amparo no se identificaba "con la claridad exigible esta necesaria relación entre las conductas irrespetuosas que se describen y el riesgo de proyección influyente de las mismas sobre la decisión a tomar por el tribunal".

"El Consejo hace una declaración cuando le interesa, según quién sea el que ha dicho qué". Quien se queja en esos términos es un vocal del CGPJ que exige anonimato dada la temperatura del enfrentamiento que denotan la declaración institucional sobre Iglesias y la enorme fractura interna registrada en la votación que se produjo al día siguiente, jueves 16 de enero, para respaldar el nombramiento de la nueva fiscal general, Dolores Delgado.

Pero la malla de protección tejida por el Constitucional para los miembros de las distintas cámaras legislativas sí que existe. Fue esa malla la que, por ejemplo, amparó en 2017 a una diputada regional del PSOE madrileño que tres años antes había llamado "corrupto" al entonces presidente de Madrid, Ignacio González, hoy ya en la recta final hacia el banquillo en la Operación Lezo. En la sentencia del TC, que estimó el recurso de la ya exdiputada socialista Maru Menéndez, el tribunal de garantías se remitía a algunas de sus resoluciones anteriores y reproducía una de las claves: que la "finalidad específica del privilegio" que gozan los parlamentarios consiste en "asegurar a través de la libertad de expresión de los parlamentarios, la libre formación de la voluntad del órgano legislativo al que pertenezcan".

Una carnicería verbal y una reclamación conjunta que nadie atendió

Pese a todo, el campo de las incógnitas se extiende y afianza con  episodios como la carnicería verbal desatada en 2018 contra uno de los jueces que dictaron la sentencia del caso Gürtel, José Ricardo de Prada, a quien el entonces portavoz parlamentario del PP, Rafael Hernando, acusó de estar "en sintonía con el mundo proetarra" mientras retumbaba el absoluto silencio del Consejo. Ejemplos como el anterior alimentan el debate no en lo que concierne a si un tribunal ha de condenar o no a alguien por opinar que José Ricardo De Prada es proetarra o confirmar una sanción contra la diputada que ha catalogado a Ignacio González en la categoría de los corruptos. En lo que surgen las dudas es, nuevamente, en el terreno de qué debe hacer el órgano de gobierno de los jueces.

En aquel momento del ataque a uno de los tres jueces del tribunal que dos meses antes había declarado al PP beneficiario económico de la trama Gürtel, julio de 2018, todas las asociaciones judiciales emitieron un comunicado conjunto. El texto reclamaba al Consejo que amparase "de modo efectivo en el ejercicio de su independencia judicial a los jueces y juezas". Y que recordase "el principio de separación de poderes y cuál es el papel del sistema judicial en un Estado constitucional como el español". El Consejo no tuvo en cuenta la petición.

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Lo que desencadenó la infrecuente unanimidad de criterios entre las cuatro asociaciones de jueces no fueron estrictamente las palabras de Hernando entrecomilladas dos párrafos más arriba sino un golpe de efecto parlamentario que al final quedó varado: el 1 de julio de 2018, trascendió que el PP había presentado en el Congreso una iniciativa para el CGPJ vigilase a jueces de Gürtel. O sea, a José Ricardo De Prada y al juez instructor de la parte reabierta en la pieza de los papeles de Bárcenas, José de la Mata.  El PP pedía en su iniciativa parlamentaria que el Congreso instara al CGPJ a "reforzar las medidas de su competencia y a llevar a cabo un atento seguimiento de estas actuaciones por si pudieran lesionar los derechos de defensa de los ciudadanos o en cuanto contribuyan a crear desconfianza en la independencia judicial y a aumentar la percepción de politización de la justicia".

El Consejo, recuerda ahora Ignacio González Vega, portavoz de Juezas y Jueces para la Democracia (JJpD), "no hizo nada". Y no lo hizo, añade, pese a que "está para defender a los jueces".

¿Es esa su misión? Pasajes como el de De Prada o como el del juez Santiago Pedraz, a quien el mismo Rafael Hernando llamó "pijo ácrata" adscrito a la "demagogia indecente", son los que abren la espita los interrogantes mencionados al comienzo: ¿debe el Consejo acudir en socorro de los jueces por iniciativa propia cuando figuras relevantes de la escena pública los vapulean? En el caso de lo que ocurrió con Pedraz, a quien Hernando asestó la bofetada verbal descrita por archivar la causa abierta a los organizadores de la protesta Rodea el Congreso, aparece un dato de interés: que tampoco en aquellas fechas ostentaba el diputado Rafael Hernando ningún cargo en el organigrama del poder ejecutivo. Pero ocupaba el puesto de portavoz adjunto del grupo del PP, el partido que, con Mariano Rajoy al frente, llevaba en esa época las riendas del Gobierno.

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