la revuelta judicial
Los abogados reclamarán al Gobierno indemnizaciones por la huelga de jueces y fiscales
Meses e incluso años de espera para una cita judicial. Y cuando llega la fecha señalada, el juez, el fiscal o ambos están de huelga y suspenden el acto. Los tres días de paro convocados por las asociaciones judiciales y fiscales de derechas provocarán graves disfunciones respecto de los ciudadanos y letrados que tengan que acudir a los juzgados en estas fechas. El Colegio de Abogados de Madrid ha puesto a disposición de todos sus miembros —a través de su página web y en las salas de togas de todos los edificios judiciales— formularios para que los abogados puedan reclamar del Ministerio de Presidencia y Justicia una indemnización por los daños causados y el tiempo perdido en caso de que el juez o el fiscal secunden los paros. Desplazamientos, hoteles, comidas, horas de trabajo improductivas que podrían dedicarse a otros clientes... La factura no la pagarán los propios jueces y fiscales, sino todos los españoles con sus impuestos.
La primera razón a favor de que los abogados y cualquier otro ciudadano pueda reclamar es que la huelga de jueces y fiscales es ilegal, porque el derecho fundamental del que gozan todos los trabajadores y funcionarios, no está previsto para ambos cuerpos, al integrar un poder del Estado, de la misma forma que tampoco pueden formar parte de sindicatos. El Consejo General del Poder Judicial confirmó el pasado jueves que la protesta carece de base legal y decidió considerar la convocatoria de huelga como no presentada. También rechazó decretar los servicios mínimos al considerar que el órgano de gobierno de los jueces no es competente para ello. La Fiscalía General del Estado adoptó un acuerdo similar en el que, además, solicitaba a los fiscales jefes de cada provincia que hicieran llegar a la dirección del Ministerio Público cualquier incidencia que se produjera en el servicio.
Para los ciudadanos y sus abogados y procuradores, también para peritos, testigos y demás personas que estén citadas estos días de paros en un órgano judicial o una fiscalía, la incertidumbre es total. El último comunicado del comité de huelga, conformado por las cinco asociaciones conservadoras de ambos cuerpos —Asociación Profesional de la Magistratura, Francisco de Vitoria, Foro Judicial Independiente, Asociación de Fiscales y Asociación Profesional e Independiente de Fiscales— tras animar a jueces y fiscales a unirse a la protesta, recuerda que "no existe obligación de informar si se tiene o no intención de secundarla. Ni a decanos, ni ha presidentes de sala, de audiencias provinciales o de tribunales superiores de justicia; tampoco a fiscales jefes ni fiscalías superiores", dice la nota.
La falta de legalidad de la huelga y la negativa del Consejo y la Fiscalía General del Estado de establecer servicios mínimos, todavía ha complicado un poco más el caos. Al final, han sido las propias asociaciones las que han decretado esas prestaciones esenciales en los diferentes órdenes jurisdiccionales, las guardias, los juzgados de Violencia sobre la Mujer o los de Vigilancia Penitenciaria, pero al haberse convocado la protesta al margen de la legalidad, los jueces y fiscales huelguistas no están obligados a cumplirlos, a diferencia de cualquier otro trabajador o funcionario. El hecho de no hacerlo, además, no tendrá previsiblemente ninguna consecuencia jurídica para ellos, a diferencia de cualquier trabajador o funcionario que ejerza ese derecho. Los jueces sancionan a todo empleado público o privado que se salte los servicios esenciales para la comunidad. A ellos no les va a pasar nada.
El mecanismo establecido por el Colegio de Abogados de Madrid es facilitar a todos los letrados un formulario dirigido "al Ministerio de Justicia para ante el Consejo de Ministros". En él se invoca el artículo 32 de la Ley de Régimen Jurídico del Sector Público, que establece el derecho de "los particulares" a ser indemnizados por "toda lesión que sufran en cualquiera de sus bienes y derechos, siempre que la lesión sea consecuencia del funcionamiento normal o anormal de los servicios públicos". También el artículo 67 de la Ley del Procedimiento Administrativo Común, que regula los procedimientos de "responsabilidad patrimonial" por esos daños.
El responsable de la decisión de abonar o no esos gastos será el Ministerio de Justicia que, previamente, pedirá un informe al CGPJ sobre cada caso para que este dictamine si el Estado debe pagar o no. Los daños entonces, en caso de que finalmente sean indemnizados, correrán de cargo de los presupuestos del Estado que pagamos con nuestros impuestos todos los ciudadanos.
Fuentes del Consejo estiman que al haberse declarado la ilegalidad de la protesta, en teoría, cualquier tipo de daño al servicio público de la justicia podría dar lugar a responsabilidad disciplinaria. El artículo 418.10 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) califica como falta grave con multa de hasta 6.000 euros "el incumplimiento injustificado y reiterado del horario de audiencia pública y la inasistencia a los actos procesales con audiencia pública que estuvieren señalados" y, como leve (multa de hasta 500 euros) "la ausencia injustificada y continuada por más de un día natural y menos de cuatro de la sede del órgano judicial en la que el juez o magistrado se halle destinado".
Esas mismas fuentes sostienen que, dado que el Pleno del Consejo, al igual que la Fiscalía General, ha aprobado que la movilización no tiene encaje legal, sería difícil que, ante una queja disciplinaria presentada contra un juez o magistrado, el CGPJ no abriera una información previa o un expediente. En cualquier caso, el corporativismo de parte del órgano de gobierno de los jueces hace muy difícil que estas investigaciones prosperen y, si lo hicieran y acabaran en sanción, podrían ser recurridas ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, con lo que la decisión final sobre posibles infracciones de los jueces huelguistas, recaería en sus compañeros. Tras la última huelga, celebrada en 2018, un juzgado de la Audiencia Nacional concluyó que era ilegal que el Ministerio de Justicia restara a los movilizados el salario de los días no trabajados. La decisión obligó al Gobierno a devolver el dinero y la protesta, a diferencia de al resto de trabajadores, les salió gratis.