El Gobierno está obligado a subir la cuantía por despido injustificado tras el varapalo del Consejo de Europa

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España es el país del área de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) que más ha reducido la protección frente al despido arbitrario, según se refleja en el informe El coste del despido individual sin causa justificada en España de UGT. Es más, en lo que respecta a las salidas laborales sin causa justificada, se ha pasado de un indicador de protección de empleo (IPE) de 3,55, en 1985, a 2,05, en 2019, lo que significa estar por debajo la media de la OCDE, que es de 2,06. Pero es que además, la media de la Unión Europea es superior a ese indicador y España es el segundo país, después de Portugal, “que más intensamente ha devaluado la tutela del empleo frente al despido individual, nada menos que 1,5 puntos”, de acuerdo a lo evidenciado en el mencionado estudio.

Los datos no soportan la afirmación de que España es el país con mayor protección, por tanto, con el despido “más caro”, dado que tiene un IPE frente al despido individual muy por debajo de Alemania, con 2,60; Francia e Italia, que coinciden en un 2,56; Países Bajos, 3,61; Portugal, con un 3,14; o Grecia, con 2,45, a la luz de lo plasmado en el informe de UGT. 

En la actualidad, la indemnización máxima por despido improcedente en contratos indefinidos es de 33 días por año trabajado con un límite de 24 mensualidades desde que en 2012 un Gobierno de Rajoy recortara los 45 en vigor hasta entonces. A lo expuesto hay que sumar que, según datos estadísticos del Ministerio de Trabajo y Economía Social relativos a 2021, para los despidos individuales disciplinarios la media indemnizatoria es de unos 9.512 euros, reduciéndose a 9.310 para los despidos objetivos por causa de empresa. Si se tiene en cuenta la información del Consejo General del Poder Judicial para el mismo ejercicio, fue de algo por encima de 10.500 euros, apenas un 10% más.

Pero la compensación media para el trabajo temporal no alcanza los 1.500 euros y la promedio para el trabajo indefinido parcial se sitúa por debajo de los 5.000, con detalle, 4,642 euros, prácticamente la misma que para las personas fijas discontinuas, que es de 4.493. Al avanzar en el tiempo cabe aportar que en 2022 hubo 530.000 despidos, que recibieron una indemnización media de 8.251 euros. 

En ese contexto, UGT elevó una demanda al Comité Europeo de Derechos Sociales (CEDS), órgano vinculado al Consejo de Europa, convencido de que el sistema español de despido incumple lo consignado en el artículo 24 de la Carta Social Europea y el Convenio 158 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), en tanto que limita la posibilidad de que la persona trabajadora pueda ser resarcida por daños adicionales, más allá de la indemnización tasada, y no contribuye a disuadir de no echar del puesto de trabajo. Por ello, reclamaron que a la hora de fijar el importe de la remuneración por despido se tuvieran en cuenta las circunstancias personales y familiares de la persona como la edad, el sexo, si tiene o menores a su cargo o la ausencia de formación. Ya se sabe que el CEDS se ha alineado con la organización sindical y que el tope de los 33 días no se ajusta a la Carta Social Europea, pero aún no se conoce el contenido exacto de la resolución.

Palos en la rueda

España ratificó en el verano de 2021 de forma plena la Carta Social Europea y fue, vía el Protocolo de Reclamaciones Colectivas, por donde UGT presentó su demanda. Fuentes conocedoras del proceso relatan que no ha sido fácil, entre otras cuestiones porque el agente de España ante el Consejo de Europa “ha conspirado contra la resolución”. Narran que el 18 de octubre de 2023 se reunieron los expertos del CEDS para examinar lo planteado por UGT y de ahí salió una propuesta favorable a las tesis del sindicato, que tenía que confirmarse en el siguiente encuentro, a celebrar la primera semana de diciembre. Pero, el agente, que fue nombrado en 2018 por el Ejecutivo de Rajoy, según la información que maneja la organización sindical, “presentó una recusación frente a la miembro española, algo inédito”, sostienen las fuentes consultadas. Esto motivó que no se resolviera ni en diciembre de 2023 ni el pasado enero y haya habido que esperar hasta marzo.

En cualquier caso, de lo que no tienen ninguna duda en UGT es del carácter vinculante de la decisión del Comité Europeo de Derechos Sociales, dado que el artículo 96 de la Constitución declara los tratados internacionales, como la Carta Social Europea, parte del ordenamiento interno español, como se plasma en el instrumento de ratificación en el Boletín Oficial del Estado (BOE) de 11 de junio de 2021.

Para las fuentes sondeadas, la posibilidad de que el actual Gobierno progresista de PSOE y Sumar, que de momento no se ha pronunciado sobre este asunto, no acepte lo que marque el CEDS “no parece posible”, ya que “España se ha comprometido internacionalmente al ratificar la Carta, con la autorización del Parlamento”. En ese punto, comentan que “el CEDS nace del mismo sitio que el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, el Tratado del Consejo de Europa” y anotan que España ya acató, por ejemplo, la resolución de aquel tribunal “que concluyó que se estaba incumpliendo respecto a etarras en las cárceles y se han producido liberaciones”, después de que varios miembros de la banda terrorista demandaran al Estado por impedir que las condenas que habían afrontado en otros países como Francia se acumularan para computar el tiempo máximo que han de pasar en prisiones nacionales. 

Desde UGT confían en que el Gobierno mueva ficha cuando se haga pública la resolución para modificar el despido, ya que, lo contrario, sería un coqueteo con la inacción y lo que indique Europa se impondrá en los juzgados. De hecho, ya hay una sentencia del Tribunal Supremo (TS) en la que se asegura que "el Tratado es jurídicamente vinculante”. Vaticinan que se aplicarán las directrices europeas, dado que lo opuesto sería “como incumplir una ley española" y así "lo reconoció el propio ministerio competente en el informe de la Secretaría de Estado de Justicia de 17 de diciembre de 2020, con dictamen favorable del Consejo de Estado, en el que determinó que 'el Tratado es jurídicamente vinculante y las decisiones del Comité de Expertos son de obligado cumplimiento'", inciden.

Y no son las relativas al despido, las únicas pautas que la organización sindical espera de Europa. Las mismas fuentes manifiestan que han puesto otra demanda ligada “a la retribución de las horas extraordinarias” –piden, entre otros elementos, que se suban al menos un 25% y que se dejen de pagar igual que las ordinarias– y avisan: “Vamos a profundizar en la adecuación de la legislación española con los compromisos adquiridos en tratados internacionales”. 

España es el país del área de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) que más ha reducido la protección frente al despido arbitrario, según se refleja en el informe El coste del despido individual sin causa justificada en España de UGT. Es más, en lo que respecta a las salidas laborales sin causa justificada, se ha pasado de un indicador de protección de empleo (IPE) de 3,55, en 1985, a 2,05, en 2019, lo que significa estar por debajo la media de la OCDE, que es de 2,06. Pero es que además, la media de la Unión Europea es superior a ese indicador y España es el segundo país, después de Portugal, “que más intensamente ha devaluado la tutela del empleo frente al despido individual, nada menos que 1,5 puntos”, de acuerdo a lo evidenciado en el mencionado estudio.

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