Energía

El CSN aprueba, con el voto en contra de Narbona, recortar de tres a un año el plazo para que las centrales nucleares pidan renovar

La consejera del CSN y exministra de Medio Ambiente Cristina Narbona.

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El pleno del Consejo de Seguridad Nuclear (CSN) ha acordado por mayoría, pero con el voto en contra de la consejera Cristina Narbona, informar favorablemente una propuesta del Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital dirigida a modificar el plazo con el que las centrales nucleares han de solicitar su renovación al regulador. Con ello se acortaría el plazo de los tres años actuales hasta, como mucho, un año antes de que concluya la licencia de explotación de la planta.

Se trata de una modificación de las órdenes ministeriales por las que se conceden las autorizaciones de explotación vigentes a las centrales nucleares españolas.

En la actualidad, el plazo para pedir la renovación de la licencia de explotación tiene una fecha límite de tres años antes de que expire el permiso en vigor, pero con esta modificación –según han señalado fuentes conocedoras del texto informado favorablemente a Europa Press–, los titulares de las centrales podrán solicitar la renovación dos meses después de que el Gobierno apruebe el Plan de Energía y Clima o bien, como mucho, cuando cada planta tenga que presentar su Revisión Periódica de Seguridad, más o menos algo más de un año antes de que expiren sus autorizaciones vigentes.

Según ha informado el CSN, el texto propuesto por el Ministerio recoge "todas las modificaciones" aprobadas por el pleno del CSN en su reunión del 1 de febrero de 2017 e incorpora también una modificación administrativa por la cual el plazo para presentar una nueva solicitud de renovación de la autorización de explotación, queda supeditada a la aprobación de un Plan Integral de Energía y Clima, aunque deberá ser presentada, como muy tarde, en la fecha establecida para presentar la Revisión Periódica de la Seguridad (RPS). Esto es, más o menos, un año antes de concluir la licencia en vigor.

Si bien, la modificación informada favorablemente mantiene la obligación del titular de presentar tres años antes de la expiración de la autorización vigente los documentos asociados a una eventual operación a largo plazo.

Estos documentos son el Plan Integrado de Evaluación y Gestión del Envejecimiento (PIEGE); el Suplemento del Estudio de Seguridad (ES); la Revisión de las Especificaciones Técnicas de Funcionamiento (ETF); el estudio del impacto radiológico; la revisión del plan de gestión de residuos radiactivos y combustible gastado Revisión de la Guía de Seguridad GS-1.10.

Las centrales nucleares más inminentemente afectadas por este cambio normativo son Almaraz (Cáceres), que con la legislación vigente debía presentar su solicitud de renovación antes del 8 de junio, y Vandellós II (Tarragona), cuya fecha límite era el 26 de julio.

De este modo, estas centrales contarán con dos años más de plazo para conocer la planificación energética nacional y optar así o no a pedir una nueva renovación de su licencia, algo que con esta modificación, podrán esperar hasta mediados de año de 2019.

Según ha informado el CSN, el texto propuesto recoge todas las modificaciones aprobadas por el pleno en su reunión de 1 de febrero de 2017. En aquella reunión, el organismo regulador propuso al Ministerio restas modificaciones con el objetivo de incorporar la nueva sistemática para realizar las Revisión Periódica de la Seguridad (RPS) que se recoge en la revisión 2 de la Guía de Seguridad del CSN, GS-1.10.

La revisión aprobada este martes con la abstención de la consejera Cristina Narbona establece los objetivos, el alcance, el contenido, los plazos de presentación y la forma de documentar RPS de las centrales nucleares en operación, en cumplimiento de la Instrucción del CSN IS-26, de 16 de junio de 2010, del Consejo de Seguridad Nuclear, sobre requisitos básicos de seguridad nuclear aplicables a las instalaciones nucleares.

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Además, se incluyen aspectos específicos como el envejecimiento y obsolescencia de los equipos, la posible operación a largo plazo de las instalaciones más allá de la vida inicialmente prevista, y las lecciones aprendidas del accidente de Fukushima en marzo de 2011.

Del mismo modo, el CSN ha señalado que con esta revisión de la GS-1.10 busca cumplir la recomendación incluida en el Plan Nacional de España (NAcP) que se aprobó para cumplir el Plan de Acción aprobado por el Grupo Europeo de Reguladores Nucleares (ENSREG por sus siglas en inglés) una vez completadas las pruebas de resistencia como consecuencia del accidente de Fukushima.

La revisión de la GS 1.10 incorpora la experiencia internacional en materia de RPS en países de nuestro entorno así como los documentos generados en el Organismo Internacional de Energía Atómica (OIEA) tomando como referencia la Guía de Seguridad SSG-25 Periodic Safety Review for Nuclear Power Plants, publicada en marzo de 2013.

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