Controlar la jornada. Tiempo robado, tiempo perdido

Amantes del papel, la carpeta de cartón azul marino, el bolígrafo BIC, punta fina y punta normal, los sobres de lengua-pegada y el sello Tarifa A de 0,96, el Consejo de Estado ha decidido oponerse al registro digital de jornada.

En España, solo en 2025, 441.000 personas trabajaron gratis más de cinco horas semanales. Cinco horas invisibles, sin cotizar a la Seguridad Social, que no podrán contabilizarse a ningún efecto. Derechos laborales que quedan reducidos a un sinfín de tecnicismos y dos tesis recurrentes: “cargas para las pymes” y “complejidad técnica”.

El registro diario de jornada se introdujo en marzo de 2019. En ese mismo momento, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea exigió a los Estados miembros la implantación de un sistema de registro “objetivo, fiable y accesible”. Y el decreto planteaba su digitalización obligatoria y universal dado que era la única manera de garantizar algo semejante. Es evidente que los sistemas en papel son susceptibles de adulteración o doble registro.

Más allá de las cuestiones procedimentales, posibles problemas de adaptación, ámbito excesivamente generalista de aplicación o tiempos acelerados de implementación, en esencia, el Consejo de Estado considera que la exigencia de un soporte digital resulta muy costosa para las PYMES y que puede violar el derecho a la intimidad de los trabajadores.

La Agencia Española de Protección de Datos dice que la geolocalización solo debe usarse cuando sea imprescindible y que el consentimiento del trabajador no puede entenderse libremente prestado en una relación laboral. Y en el ámbito de la protección de datos se plantean, además, reservas al acceso remoto permanente a los sistemas informáticos privados o al de los representantes de los trabajadores a su registro completo. El Consejo de Estado admite que el TJUE (S. 30 de mayo de 2013) no se opone al acceso inmediato si resulta necesario y respeta el principio de proporcionalidad, pero entiende que esto requiere de cobertura legal y no debe abordarse por la vía reglamentaria.

La cuestión es que las jornadas especiales de trabajo llevan regulándose por Real Decreto desde hace más de treinta años y nadie se ha pronunciado hasta este momento. Lo único que ha cambiado es que ahora ya no se usará el papel. Así de sencillo. Repentinamente, esta radical transformación requiere de una tramitación parlamentaria que, con el actual mapa político, equivale a enterrar la reforma por siempre jamás.

El recurso a la vulnerabilidad de las PYMES empieza a ser ya un clásico, como si las personas que trabajan en empresas pequeñas carecieran, por definición, de derechos laborales

La paradoja es que el Consejo de Estado avala el objetivo, reconoce el problema, acepta que el sistema actual es deficiente y manipulable, pero rechaza el único instrumento jurídico disponible para solucionar las cosas. Y el Ministerio de Economía ha encontrado en este informe la excusa perfecta para apuntarse al ralentí. Ya sabemos que lo ideal hubiera sido una ley de reducción de jornada, pero también sabemos que el Congreso la tumbó en septiembre del año pasado con los votos del PP, Junts y Vox… que ahí siguen.

Dicho esto, nadie duda del argumento de la protección de datos, pero solo tiene sentido si se utiliza para blindarse frente al poder empresarial o estatal, no para garantizar la opacidad de quienes incumplen sistemáticamente la ley. Y estamos hablando de eso, de fragilidad frente al abuso porque quien trabaja en condiciones de asimetría de poder tiene menos capacidad de documentar y reclamar su tiempo de trabajo. No se trata únicamente de eficiencia inspectora… de inspeccionar por inspeccionar. De hecho, por eso hay también brecha de género en el registro de jornada. Los datos de la EPA 2025 muestran que el 52,1% de las mujeres que realizan horas extraordinarias lo hacen sin remuneración, frente al 46,7% de los hombres.

Por lo demás, el recurso a la vulnerabilidad de las PYMES empieza a ser ya un clásico, como si las personas que trabajan en empresas pequeñas carecieran, por definición, de derechos laborales. Evidentemente, nadie pide que una pescadería con dos empleados implante un sistema de ciberseguridad militar en dos días, pero tampoco se puede dejar que la mayor parte de nuestro tejido empresarial funcione al margen de la ley. Las PYMES no pueden alimentarse de un tiempo robado como no pueden incumplir sus obligaciones con la Seguridad Social, la prevención de riesgos laborales o el pago de un salario mínimo. Se estima que el coste de implementar el sistema digital será de 291 euros anuales por empresa en años sucesivos al primero y no parece mucho frente a los 3.200 millones de euros que unos pierden y otros ganan, en horas no retribuidas.

El artículo 34.7 del Estatuto de los Trabajadores habilita expresamente al Gobierno a “establecer especialidades en las obligaciones de registro de jornada para aquellos sectores, trabajos y categorías profesionales que por sus peculiaridades así lo requieran”. Si bien ningún sector profesional se libra de esta silenciosa transferencia del trabajo al capital, dado que sanidad y servicios sociales, industria manufacturera, comercio, educación, transporte, hostelería y construcción acumulan el 70% del total de horas extraordinarias semanales del país… ¿superaría todos los obstáculos un Decreto que circunscribiera el registro digital obligatorio a esos siete sectores? ¿Se podría reformular el proyecto circunscribiéndolo a los sectores con peculiaridades, diferenciando por sectores y territorios, incorporando las salvaguardas de protección de datos y ampliando los plazos de su entrada en vigor? Esto es lo que sugiere Cruz Villalón en un artículo reciente.

Sea como fuere, lo cierto es que el Consejo de Estado es un órgano consultivo, no vinculante, no elegido democráticamente, que está frenando, de facto, la aplicación de una obligación ya establecida en la ley, exigida por el derecho europeo y demandada por los sindicatos mayoritarios de nuestro país. Su dictamen allana el camino a los recursos contenciosos que las empresas decidan interponer y refuerza la posición de quienes no quieren un registro efectivo. El Gobierno debería encontrar una fórmula jurídica que permitiera aprobar un registro digital para acabar con las miles de horas de trabajo que nadie registra, nadie paga y nadie cuenta.

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María Eugenia Rodríguez Palop es ecofeminista y profesora de DDHH y Filosofía del derecho en la Universidad Carlos III de Madrid.

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