El archivo de un caso por el recorte de plazos reabre las dudas sobre el futuro de las investigaciones por corrupción

La decisión de un juez de archivar una pieza que podría haber afectado al presidente de Murcia y de cuya apertura acababan de cumplirse los seis meses de plazo habilitados para las causas no declaradas "de especial complejidad" ha reabierto las dudas sobre las consecuencias que la nueva Ley de Enjuiciamiento Criminal (LEC) tendrá para las investigaciones sobre corrupción. Aunque la mayor parte de esas investigaciones son declaradas de especial complejidad, lo que les garantiza un plazo de instrucción de 18 meses prorrogables, la entrada en vigor de la ley ya ha puesto en alerta a investigadores y acusaciones en varias causas.

En el año transcurrido desde que los nuevos plazos para la instrucción entraron en vigor en diciembre de 2015, la intrincada estructura de las tramas corruptas, la lentitud de las solicitudes de ayuda internacional –especialmente las cursadas a paraísos fiscales– y la tardanza de las llamadas unidades de auxilio en la elaboración de los informes requeridos por los jueces ya han aportado signos para la inquietud.

"La reforma de la ley aprobada por el PP favorece a los corruptos", afirma tajante una fuente vinculada a la operación Púnica que pide mantenerse en el anonimato y que recuerda cómo, por ejemplo, Hacienda ha estado un año demorando la asignación de los peritos solicitados por Eloy Velasco, instructor del caso, para determinar los beneficios que los pelotazos urbanísticos depararon a la trama de Francisco Granados y David Marjaliza. El cierre de una de las piezas separadas de Púnica donde se investiga el papel de guardias civiles que supuestamente alertaron a Granados de que la Fiscalía le investigaba también se ha visto demorado más de seis meses, en espera de un informe pericial sobre el reconocimiento de la voz de uno de los involucrados cuyo teléfono interceptaron los investigadores. Que la tardanza en la asignación de peritos de Hacienda o la de los expertos encargados del reconocimiento de voz no sean atribuibles al juez ni a la Fiscalía resulta indiferente: el plazo no se interrumpe por ello. Y el reloj sigue corriendo.

Algo similar ha sucedido en la investigación que un juzgado de Madrid desarrolla en torno a la venta de pisos públicos de la Comunidad de Madrid –el llamado caso Ivima– a un fondo buitre. Tras un año dando largas, Hacienda asignó finalmente un perito que había estado indirectamente vinculado a la empresa para cuya investigación había solicitado auxilio la jueza. Ese factor llevó a la magistrada a rechazar al funcionario propuesto, lo que alargó otro mes la espera. Según la acusación popular, que representa a los inquilinos afectados por la venta de las viviendas al fondo buitre Goldman Sachs, los 18 meses de instrucción finalizan en julio. Y doce de ellos se han agotado sin que, literalmente, la jueza pudiera avanzar en la tarea de desentrañar las relaciones existentes entre las diversas empresas investigadas. 

Desde que la ley reformada entró en vigor, a efectos de nuevos plazos, el 6 de diciembre de 2015 ha habido jueces, como José Castro, cuya instrucción del caso Urdangarin le hizo saltar a la fama, que han sorteado los escollos ampliando el plazo de investigación a solicitud de la acusación particular y no de la Fiscalía, que es lo que preceptúa la nueva redacción de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LEC): lo hizo en junio del año pasado en el llamado Son Espases, donde se investiga el supuesto amaño en la adjudicación del mayor hospital de Baleares para favorecer a OHL, que finalmente no obtuvo el contrato. En el auto donde accedió a la pretensión de la Abogacía del Gobierno balear y prorrogó la instrucción por 12 meses, Castro propinó una bofetada a la LEC: "El artículo 324 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LEC) no permite que el instructor de la causa, del que es de suponer que algo debe saber sobre su complejidad, pueda declararla de oficio", sino que confiere esa prerrogativa "con carácter exclusivo y excluyente al Ministerio Fiscal quien, por esta vía se convierte en dueño absoluto de los destinos del proceso".

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Pero, con todo, la vía elegida por Castro para alejar el fantasma de una instrucción cerrada sin tiempo para recabar pruebas no ha sido la más peculiar. En marzo de 2016, la jueza María Núñez Bolaños, que investiga en Sevilla supuestas ilegalidades en torno a cursos de formación financiados con dinero público, archivó dos piezas del caso. Pero no porque hubiera concluido la inexistencia de delito sino para congelar los tiempos mientras esperaba una serie de informes necesarios para esclarecer lo ocurrido y cuya entrega llevaba meses reclamando a la Junta de Andalucía. Tras un recurso del PP, la Audiencia Provincial le obligó a dictar la reapertura en octubre. El tribunal de apelación admitió que el razonamiento esgrimido por la jueza con apoyo de la Fiscalía Anticorrupción –el de que debía sobreseer en espera de que los informes que aguardaba le permitiesen dictaminar si había indicios de delito– podía tener "base". Pero subrayó a renglón seguido que el objetivo de la reforma de los plazos establecidos ahora en la LEC es que exista "un límite temporal infranqueable"

Es ese límite "infranqueable" el que lleva a algunos juristas a trazar un negro diagnóstico de la situación. "El artículo 324 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LEC) es un palo en las ruedas de quienes pretenden luchar contra la corrupción". Lo asegura, desde Murcia, el abogado Ginés Ruiz, que ejerce la acusación popular en nombre de Podemos en el caso Pasarelas, aquel que amenazaba al presidente murciano, Pedro Antonio Sánchez, del PP, ahora en espera de que el Tribunal Superior de la comunidad decida sobre su futuro procesal en la causa central, la del auditorio de Puerto Lumbreras. Al igual que los socialistas, que también han pedido su personación, Ruiz cree que el sobreseimiento causa "un perjuicio gravísimo a las acusaciones y, sobre todo, al interés público que éstas tratan de defender". Centrado en el supuesto fraccionamiento de contratos que el Ayuntamiento de Puerto Lumbreras, cuyo alcalde era Pedro Antonio Sánchez, llevó a cabo en beneficio de un arquitecto, el caso Pasarelas se ha archivado sin que el juzgado practicase ninguna diligencia de investigación. Podemos ha recurrido el sobreseimiento

"Ahora, cuando ya ha pasado más de un año desde la reforma legal, podrá empezar a verse si lo sucedido en Murcia es una excepción o si la ley puede conducir a algún tipo de impunidad", reflexiona Ignacio Ubaldo, portavoz de Jueces para la Democracia. Ubaldo apoya el acotamiento de plazos para evitar que las investigaciones se eternicen. Pero conviene en que el riesgo de impunidad crece si jueces y fiscales no ven reforzados los medios con que trabajan. ¿Y se han reforzado? "No. No hay previsión económica", responde. 

La decisión de un juez de archivar una pieza que podría haber afectado al presidente de Murcia y de cuya apertura acababan de cumplirse los seis meses de plazo habilitados para las causas no declaradas "de especial complejidad" ha reabierto las dudas sobre las consecuencias que la nueva Ley de Enjuiciamiento Criminal (LEC) tendrá para las investigaciones sobre corrupción. Aunque la mayor parte de esas investigaciones son declaradas de especial complejidad, lo que les garantiza un plazo de instrucción de 18 meses prorrogables, la entrada en vigor de la ley ya ha puesto en alerta a investigadores y acusaciones en varias causas.

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