La Fiscalía pide la nulidad de la causa contra García Ortiz por ignorar las pruebas en su favor

La teniente fiscal del Tribunal Supremo, María Ángeles Sánchez Conde, ha pedido a la Sala Penal que anule la condena impuesta al exfiscal general Álvaro García Ortiz, al considerar que vulnera derechos fundamentales como la presunción de inocencia, el derecho de defensa, la tutela judicial efectiva y el principio de legalidad penal. La información, adelantada por El Español, recoge un duro escrito en el que la número dos de la Fiscalía acusa al Alto Tribunal de haber “creado un tipo delictivo” inexistente para poder sostener la condena por revelación de secretos.

El incidente de nulidad es el último trámite antes de que la causa pase al Tribunal Constitucional. En la práctica totalidad de las ocasiones es rechazado por el Supremo, que confirma su criterio expresado en la sentencia que se intenta anular. El valor del escrito de la número dos de la Fiscalía es que avanza cuáles son los razonamientos que el Ministerio Público mantendrá ante el Tribunal Constitucional cuando García Ortiz presente su recurso de amparo.

La sala "considera típica una conducta que excede del código penal, crea un tipo delictivo, lo que le está vedado y por ello vulnera el principio de legalidad penal" porque el secreto ya estaba divulgado antes de que desde la Fiscalía General se hiciera pública una nota de prensa para desmentir el bulo que fabricó Miguel Ángel Rodríguez de que fue la fiscalía quien había ofrecido un pacto al novio de Ayuso cuando todo sucedió al revés.

Según Sánchez Conde, el delito aplicado no puede extenderse a la difusión de datos que ya eran públicos y que habían sido divulgados previamente por una pluralidad de medios de comunicación. La fiscal asume el voto particular de las magistradas Ana Ferrer y Susana Polo y cuestiona la valoración de la prueba realizada por la Sala, en especial al ignorar los testimonios de varios periodistas que afirmaron haber tenido acceso al correo electrónico objeto de la causa antes que García Ortiz. Ese correo, filtrado a la Cadena SER, contenía la admisión de dos delitos fiscales por parte del empresario Alberto González Amador, pareja de la presidenta madrileña Isabel Díaz Ayuso.

El escrito subraya además que la sentencia pasa por alto que el correo del 2 de febrero de 2024 estaba en poder de múltiples actores institucionales —incluida la Fiscalía Superior de Madrid y la Abogacía del Estado— y que parte de su contenido ya había sido publicado por La Sexta horas antes de la emisión radiofónica. Para la teniente fiscal, la Sala altera el objeto del proceso al considerar delictiva también la nota de prensa difundida por la Fiscalía el 14 de marzo, pese a que la información que contenía era ya de dominio público y nunca fue formalmente imputada durante la instrucción.

El incidente de nulidad considera que la sentencia prescinde "sin explicación alguna del análisis del testimonio de muchos testigos de descargo y también omite todas las corroboraciones documentales de las informaciones que se desprendían del testimonio de los periodistas y del extremo de que no hubo en aquella noche ningún contacto telefónico del señor García Ortiz con ningún periodista" para sustentar la condena.

Los periodistas que declararon como testigos acreditaron que estaban en posesión del correo investigado antes de que lo recibiera García Ortiz. Es decir, "cuando el correo llegó al fiscal general del Estado ya había sido divulgado y ello está acreditado, aunque la sentencia lo omite", reza el escrito.

Desde una perspectiva de garantías democráticas, Sánchez Conde advierte de que extender el delito de revelación de secretos a hechos que exceden claramente el tenor literal del artículo 417 del Código Penal supone una vulneración del principio de legalidad y abre una peligrosa puerta a interpretaciones expansivas del derecho penal. También cuestiona la condena civil impuesta a García Ortiz y la obligación de pagar costas, recordando que las críticas públicas hacia González Amador están amparadas por la libertad de información y deben ser soportadas por quien tiene relevancia pública por su vínculo con un alto cargo político. Un reproche jurídico que, más allá del caso concreto, interpela al equilibrio entre poder judicial, libertad de prensa y Estado de derecho.

La teniente fiscal del Tribunal Supremo, María Ángeles Sánchez Conde, ha pedido a la Sala Penal que anule la condena impuesta al exfiscal general Álvaro García Ortiz, al considerar que vulnera derechos fundamentales como la presunción de inocencia, el derecho de defensa, la tutela judicial efectiva y el principio de legalidad penal. La información, adelantada por El Español, recoge un duro escrito en el que la número dos de la Fiscalía acusa al Alto Tribunal de haber “creado un tipo delictivo” inexistente para poder sostener la condena por revelación de secretos.

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