Corrupción

Al PP le sale a devolver: la condena por las obras en negro de Génova le reembolsa un millón que adelantó como fianza

El presidente del PP Pablo Casado, esta semana en el Congreso Nacional de la Empresa Familiar.
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El extesorero del PP Luis Bárcenas pactó con la empresa Unifica el pago en negro de parte de las obras de reforma de la sede central del PP en la calle Génova de Madrid. En total, fueron 1.072.000 euros los que se abonaron eludiendo el control de Hacienda, según ha podido probar el tribunal de la Audiencia Nacional que ha juzgado los hechos y que ha condenado al partido conservador como responsable civil subsidiario de 123.669 euros por el impuesto de Sociedades que se dejó de pagar en 2007. Una sentencia que, al final, le sale a devolver a los de Pablo Casado, pues hace cinco años abonaron una fianza de 1,2 millones de euros, por lo que ahora le queda un saldo positivo por valor de 1.076.000 euros, un poco más incluso de lo que se pagó en b por las obras.

A mediados de 2016, el juez que entonces instruía la causa de los llamados papeles de Bárcenas, José de la Mata, dio diez días al PP para depositar 1,2 millones  en concepto de fianza por las posibles responsabilidades civiles que pudieran derivar de la investigación. La formación conservadora abonó dicha cantidad el 4 de junio de ese año a través de dos avales del Banco Popular no sin antes recurrir la petición al entender que los responsables directos de los delitos, que son los extesoreros Luis Bárcenas, Álvaro Lapuerta –fallecido en 2018–, el exgerente Cristóbal Páez y la empresa Unifica, eran solventes como para asumir el pago. El titular del Juzgado Central de Instrucción número 5 lo desestimó y exigió el abono de la fianza bajo la amenaza de embargo.

Fuentes jurídicas consultadas por infoLibre confirman que al ser la fianza superior a la condena a la que tendrá que hacer frente el PP, éste podrá recuperar la diferencia. Es lo que ocurrió, por ejemplo, con la infanta Cristina, quien tuvo que abonar 587.413 euros en concepto de fianza cuando fue imputada en el caso Nóos, pero tras la sentencia en firme del Tribunal Supremo, que le rebajó a 136.000 euros la condena como responsable a título lucrativo por los delitos de su marido Iñaki Urdangarin, pudo solicitar al Ministerio de Justicia la devolución del excedente.

Eso sí, no hay que olvidar que el PP ya tuvo que abonar hace ahora un año los 245.000 euros a los que también fue condenado como partícipe a título lucrativo por la primera época de actividades de la trama de corrupción GürtelGürtel, en aplicación de la sentencia del Tribunal Supremo. En concreto, fueron 133.628,48 eurospor lucrarse de la adjudicación de contratos en el municipio de Majadahonda y otros 111.864,32 eurospor los gastos de la campaña electoral de las elecciones de mayo de 2003 en Pozuelo de Alarcón. 

"Discordancias y errores" en los papeles de Bárcenaspapeles de Bárcenas

Aunque la Audiencia Nacional ha condenado ahora al PP como responsable civil subsidiario por el delito cometido por su empleado Bárcenas y ratifica lo que ya han confirmado otros tribunales, que el partido se nutrió de una caja b que estuvo activa desde 1990 hasta 2008, la sentencia salva en ciertos aspectos a la formación que ahora lidera Pablo Casado. Para empezar, descarta una condena por el ejercicio fiscal de 2008 y sólo pide responsabilidades por el de 2007. En segundo lugar, da credibilidad a los papeles del extesorero, los apuntes publicados por el diario El País a principios de 2013 y que destaparon la existencia de la financiación ilegal, pero al mismo tiempo apunta a "discordancias y errores" de los documentos y expone que la "falta de explicación o poca lógica" del propio Bárcenas sobre alguno de los apuntes y saldos "impide dar una validez total al conjunto" de esos archivos "y al testimonio" del acusado a pesar de que este reconociera los hechos.

No es, por tanto, una sentencia tan contundente como pedían las acusaciones populares y como quizá temía el PP, que a principios de este año, recién comenzado el juicio del que ahora se acaba de conocer la resolución, anunció la venta de su histórica sede de la calle Génova. Venta que, dicho sea de paso, aún no se ha producido casi un año después de que empezara la vista oral y tras casi una década de sospechas de corrupción sobre su reforma que ya han sido confirmadas por la Audiencia Nacional.

Reproches a las acusaciones populares

Pero es que además, el tribunal formado por los magistrados José Antonio Mora Alarcón, Fernando Andreu y María Fernanda García Pérez otorga al partido conservador una victoria moral sobre las acusaciones populares al imponer a éstas el pago "de forma proporcional" de las "costas causadas a la defensa" del PP por pedir en sus conclusiones definitivas del juicio la condena como responsable civil subsidiario por cuantías que, en opinión de los jueces, excedían este procedimiento o sobre las que no se podía ejercer acusación.

La intención de las acusaciones populares –IU, PSOE, Adade y Observatori Desc– ya se puso de manifiesto en el primer día del juicio: ahondar en cómo funcionaba la caja b, qué fondos manejaron Bárcenas y Lapuerta, para qué servían, si se pagaron sobresueldos en negro a dirigentes del partido o si se financiaron campañas electorales con ingresos no declarados a la Agencia Tributaria. El fiscal anticorrupción, Antonio Romeral, trató de poner freno a esta estrategia y se centró siempre en las cuotas defraudadas en las obras de la sede del partido conservador. Es la tesis que, ahora se ha visto con la sentencia, comparte el tribunal, el cual sin embargo no puso reserva a las acusaciones para que defendieran su postura durante toda la vista oral a pesar de que ahora les recrimine por ello.

Por un lado, los magistrados reprochan a las acusaciones que pidan condena por la cuantía defraudada en el Impuesto de Sociedades de 2008. Consideran que las acusaciones populares "no estaban legitimadas ni para mantener esa acción penal en solitario", dado que ni la Fiscalía ni la Abogacía del Estado lo solicitaron –aplicando así la doctrina Botín–, "ni para ejercitar la acción civil". Además, explican que "la prueba practicada en juicio oral puso de manifiesto la inexistencia de obligación de declarar las donaciones recibidas y, en todo caso, aun integrándolas en la base imponible del impuesto, la cuota resultante estaba muy por debajo del límite penal, por lo que no hay delito fiscal". También les afean que mantuvieran la acusación por delitos fiscales prescritos.

Los magistrados reprueban igualmente que las acusaciones pidieran responsabilidad por el montante de dinero supuestamente entregado por empresarios a la caja b del PP cuando estos hechos en concreto, dentro de lo que se conoce como pieza del cohecho en la causa de los papeles de Bárcenas, están aún en fase de investigación y, por lo tanto, no eran objeto del procedimiento que se acaba de juzgar, que se refería únicamente al pago en negro de las obras de la sede de Génova. Esta situación, dice la sentencia, llevó a los acusados, incluida la defensa del partido, a "realizar una defensa amplia en alegaciones y prueba innecesaria respecto a hechos que o no eran delito o estaban prescritos o no podían ser objeto de enjuiciamiento en este procedimiento".

Por todo ello, considera el tribunal que esta actuación de las acusaciones populares "entra dentro de los parámetros jurisprudenciales de temeridad y mala fe procesal", lo cual justifica la "imposición de las costas causadas a la defensa del Partido Popular".

Sobresueldos acreditados

A pesar de estos reproches y de lo preciso que ha sido el tribunal a la hora de valorar los hechos objeto de enjuiciamiento, no deja de ser esta sentencia la tercera que confirma la existencia de una caja b en el PP con donativos en metálico y que fue gestionada por Luis Bárcenas durante al menos veinte años. A pesar de los testimonios que prestaron numerosos exdirigentes del partido como José María Aznar, Mariano Rajoy, María Dolores de Cospedal, Javier Arenas o Francisco Álvarez-Cascos, que se empeñaron una y otra vez en negar la existencia de esta financiación en negro a pesar de que ya había un pronunciamiento nada menos que del Tribunal Supremo, los magistrados consideran que está demostrado que los papeles del extesorero "reflejan acontecimientos cuya realidad ha quedado acreditada".

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Esos acontecimientos son, según la sentencia, "traspasos a las cuentas de donativos oficiales, entregas de dinero a determinadas personas vinculadas con el PP –los sobresueldos a dirigentes del partido– o los pagos por las obras de reforma de la sede central".

La causa que investiga la caja b del PP aún ha terminado. Queda una pieza separada en el Juzgado Central de Instrucción número 5, que ahora dirige Santiago Pedraz, sobre el posible cohecho cometido por empresarios y el extesorero Bárcenas por las donaciones en metálico al partido durante esos veinte años en que la financiación ilegal estuvo activa. Son los hechos sobre los que las acusaciones populares intentaron que el tribunal se pronunciara en el juicio de las obras de Génova. El magistrado aún tiene pendiente decidir qué hacer: procesar a los imputados o cerrar definitivamente la investigación. Tal y como publicó recientemente El País, un informe de la Intervención General del Estado (IGAE) pendiente de entrega puede resultar decisivo.

A la espera de saber qué ocurre, la posición de Bárcenas ha cambiado en los últimos meses y así lo reconoce la sentencia de este jueves: ha prestado "una colaboración activa y eficaz en la investigación y enjuiciamiento de los hechos". De ahí que le haya impuesto una condena mínima de dos años de cárcel a pesar de que Anticorrupción mantuvo su petición de cinco años. Habrá que ver si esa cooperación se mantiene en la investigación del posible cohecho, con la que se juega los permisos de salida recién conseguidos.

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