El futuro de la monarquía

Entre la precaución de los Botín y el acuerdo 'in extremis' de Damm: dos precedentes para el emérito

El rey emérito Juan Carlos I, en una imagen de archivo.

Pagar y saldar las deudas o arriesgarse a que se abra una causa penal para, años después, tratar de lograr un pacto con la Fiscalía y devolver lo defraudado. Pueden ser ambos los caminos por los que el rey emérito podría optar para intentar quedar en paz con la Justicia y con Hacienda en las dos investigaciones que se han abierto en los últimos meses que indagan en fondos ocultos, movimientos de dinero y cuentas opacas en el extranjero. Hay múltiples ejemplos de una y otra estrategia con las que personas sospechosas de evasión de impuestos han evitado un juicio e incluso una condena de cárcel.

Estrategia Botín: ¿qué dice el artículo 305.4 del Código Penal?

La familia del banquero ya fallecido regularizó la herencia del padre y el abuelo que se encontraba oculta en cuentas en Suiza. Pagaron unos 200 millones de eurosa la Hacienda Pública por lo no declarado. El recurso fue la vía que permite el artículo 305.4 del Código Penal, que establece que "se considerará regularizada la situación tributaria" cuando se haya procedido "al completo reconocimiento y pago de la deuda" antes de que la Agencia Tributaria notifique la apertura de una investigación, de que la Fiscalía interponga una "querella y denuncia" o de que un juez de instrucción "realice actuaciones" que permitan tener conocimiento formal de esas diligencias.

En el caso de Juan Carlos I, la Fiscalía del Tribunal Supremo ha iniciado sus pesquisas pero éstas no han llevado todavía a la interposición de querella ante la Sala Segunda (de lo Penal) del Tribunal Supremo, ante la que está aforado. Por tanto, no hay escrito del Ministerio Público ni, por lo tanto, actuaciones por parte de ningún juez instructor. En este lapso de tiempo, y sin saber aún si las investigaciones de los fiscales acabarán en una querella, al rey emérito le quedaría esta vía de escape para regularizar su situación con el fisco, pues el citado artículo del Código Penal determina que "quedará exento de responsabilidad penal" e “impedirá” que se persiga al obligado tributario por las irregularidades contables o falsedades instrumentales que pudiera haber cometido antes de la regularización.

La puesta al día con Hacienda de los Botín se conoció en 2011, a raíz de que quedaran expuestos por la publicación de la que se conoce como lista Falciani y esto encendiera las alarmas en la Agencia Tributaria. Doce familiares presentaron 72 declaraciones del IRPF y del Impuesto sobre Patrimonio de entre 2005 y 2009 por los activos de la herencia familiar en Suiza, lo que les llevó a pagar a Hacienda unos 200 millones de euros, incluidos los recargos. Meses después, la Audiencia Nacional archivó el procedimiento que se había abierto. "La regularización practicada por los denunciados se puede considerar que es correcta y anterior a que la Agencia Tributaria incoara un procedimiento de inspección y verificación", explicaba entonces el magistrado Fernando Andreu, que añadía después que los imputados quedaban "exentos de la responsabilidad criminal", una decisión que es "ajena al contenido injusto y, probablemente también, de culpabilidad del hecho".

¿Qué requisitos se exigirían al rey emérito?

Técnicos de Hacienda consultados por infoLibre recuerdan que esta opción que da el artículo 305.4 del Código Penal de no perseguir el delito fiscal implica una "regularización veraz y completa". Es decir, Juan Carlos de Borbón tendría que reconocer todos y cada uno de los bienes o fondos de los que dispone y que no ha declarado, lo que supondría admitir que efectivamente ha delinquido. Implicaría sacar a la luz toda la posible fortuna que puede haber acumulado después de cuatro décadas de reinado y que podrían dejar lo que se ha conocido en los últimos días en medios de comunicación como la punta del iceberg. Y aparte de las nefastas consecuencias para la imagen de la Corona, el precio que tendría que pagar para regularizar podría ser de decenas o de cientos de millones de euros.

Pacto en el último momento

Esta es una carta de lo más arriesgada. Ni mucho menos la Fiscalía acepta acuerdos con los imputados en todos los procedimientos. En la mayoría de los casos, implica un reconocimiento de los hechos y una colaboración para sacar a la luz todos los fondos ocultos, aparte del pago de multas que se calculan según la cantidad defraudada. Este reconocimiento suele llevar acarreada una rebaja sustancial en la condena, muchas veces de menos de dos años de cárcel, que es la barrera que normalmente determina la entrada o no en prisión, en caso de no tener antecedentes penales.

 Aunque esto no siempre es así, el Cógido Penal sí contempla en su artículo 80 la suspensión de la ejecución de las penas privativas de libertad, circunstancia que deberá ser motivada por el tribunal en cuestión y que se aplica "cuando sea razonable esperar que la ejecución de la pena no sea necesaria para evitar la comisión futura por el penado de nuevos delitos". Un reconocimiento completo de los bienes o fondos ocultos y su regularización con Hacienda por parte de Juan Carlos de Borbón llevaría a pensar que los delitos cometidos no se iban a volver a repetir.

En cualquier caso, el Cógido Penal advierte en esa misma disposición: el tribunal también tendría que valorar "las circunstancias del ilícito cometido, del investigado, su conducta posterior al hecho, en particular su esfuerzo para reparar el daño causado, sus circunstancias familiares y sociales, y los efectos que quepa esperar de la propia suspensión de la ejecución de la pena".

El caso de los dueños de Damm y otros

La regularización del rey emérito sólo asciende al 2% de todo lo que debería a Hacienda

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No son pocos los casos en los que imputados por delitos fiscales o blanqueo de capitales logran alcanzar un acuerdo con la Fiscalía. Para Hacienda, lo importante es la devolución de lo defraudado y en esos acuerdos los investigados acaban reconociendo el delito y claudicando para devolver lo que no habían declarado. Fue el caso de los dueños de la cervecera Damm, procesados en la Audiencia Nacional por fraude a la Hacienda Pública y blanqueo, quienes en 2016 alcanzaron un acuerdo de conformidad con la Fiscalía Anticorrupción que les llevó al pago de multas por más de 92 millones de euros. Las penas de cárcel previstas no superarían los dos años de cárcel y con este acuerdo se evitó la celebración del juicio. Y todo ello a pesar de que en la acusación inicial el Ministerio Público llegó a considerar la defraudación de los propietarios de la cervecera como "una de las mayores evasiones fiscales que se han dado en España" por parte de personas físicas.

Es sólo un ejemplo de estas resolucionesque libran a los procesados de la cárcel si devuelven lo evadido. Expertos consultados por infoLibre destacan siempre los casos de futbolistas como Cristiano Ronaldo o Leo Messi, acusados ambos de fraude fiscal. En cuanto al primero, el caso se cerró con un acuerdo consistente en una condena de 23 meses de cárcel al reconocer que cometió cuatro delitos fiscales por defraudar 14,7 millones de euros entre 2011 y 2014. El segundo fue condenado a 21 meses de prisión y multa de algo más de dos millones de euros, además de la obligación de ingresar a Hacienda los 4,1 millones defraudados.

Son los futbolistas de élite más famosos, pero no los únicos; otros también se han puesto al día con Hacienda al verse contra las cuerdas tras una investigación formal por parte de los tribunales o de la Agencia Tributaria. Y no sólo jugadores han sido condenados por no pagar los impuestos que deberían: el FC Barcelona anunció en 2016 un acuerdo de conformidad con Fiscalía y Abogacía del Estado por el conocido como caso Neymar 1, por el que el club pagó una multa de 5,5 millones de euros por dos delitos de fraude en el fichaje del delantero brasileño.

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