Poder Judicial

Vocales progresistas del CGPJ contraatacan acusando a la mayoría de alinearse con el PP y no respetar la separación de poderes

El presidente del Consejo General del Poder Judicial y del Tribunal Supremo, Carlos Lesmes, preside el pleno del CGPJ.

Las posturas en el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) a cuenta del bloqueo político a su renovación y de la reforma para limitar sus poderes en funciones están cada vez más enconadas. Prueba de ello es el voto particular que han presentado cinco vocales al acuerdo aprobado por mayoría en un Pleno extraordinario la semana pasada y que pedía al Congreso reconsiderar que no se consulte al órgano de gobierno de los jueces acerca de la proposición de ley presentada por PSOE y Unidas Podemos según la cual los vocales ya no podrán llevar a cabo nombramientos discrecionales al haber expirado su mandato constitucional.

Lo que confirma el voto particular de los vocales progresistas Álvaro Cuesta, Clara Martínez de Careaga, Rafael Mozo, Pilar Sepúlveda y Concepción Sáez es que en el CGPJ hay claramente dos bandos. Hasta ahora, el inferior se había limitado a expresar su discrepancia con la posición de la mayoría, pero el último acuerdo adoptado por la mayoría les ha llevado a firmar un contundente y extenso voto particular en el que no se ahorran críticas a sus compañeros por cuestionar la reforma legislativa y utilizar argumentos que, en su opinión, son falsos y constituyen una "deslealtad a España" en todos sus términos, además de resaltar una vez más la coincidencia entre los razonamientos de la mayoría con los del PP.

Competencias y separación de poderes

El documento, al que ha tenido acceso infoLibre, tiene catorce páginas –once más que el acuerdo de la mayoría– y en él se exponen uno por uno los motivos por los que estos cinco vocales progresistas consideran que el CGPJ se ha extralimitado en sus competencias y no respeta la separación de poderes. Primero, remarca que el órgano de gobierno de los jueces "no tiene el monopolio de la interpretación constitucional, ni sus opiniones fuerza vinculante alguna", y recuerda que "el sistema tiene garantías suficientes para la realización del control de constitucionalidad de leyes".

En respuesta a las exigencias de la mayoría al Congreso para que escuche al órgano de gobierno de los jueces, así como a otros organismos o colectivos afectados, antes de tramitar la reforma legislativa, los cinco vocales recuerdan que el órgano de gobierno de los jueces "no tiene competencia para emitir pronunciamientos sobre proposiciones de ley", salvo que así se inste discrecionalmente desde la Cámara Baja. Tampoco tiene, recuerdan, competencias a la hora de "ordenar los debates parlamentarios" ni sobre los "tiempos o trámites de las iniciativas legislativas", y tampoco "es nadie para indicar" al Parlamento "a quiénes o qué sectores sociales, agentes y operadores jurídicos han de oír, o cómo se deben organizar las relaciones del Parlamento con los diversos agentes sociales en los procedimientos legislativos".

Pero van más allá acusando a la mayoría de "incoherente" y adoptar un "acuerdo contradictorio" con sus propios actos porque, según recuerdan, en recientes reformas legislativas que afectaban al Poder Judicial ningún vocal solicitó pronunciarse al respecto: "En el año 2018 se aprobaron las reformas de la LOPJ y del CGPJ, con especial detenimiento en la regulación del estatuto de los miembros del CGPJ, de su estructura, régimen de acuerdos, políticas de personal, carrera judicial, optimización de órganos jurisdiccionales, etc. Aquellas reformas fueron tramitadas mediante una proposición de ley respecto de la que este órgano no tuvo participación alguna ni oportunidad de emisión de su parecer a través del correspondiente informe jurídico. Nada dijo entonces el Pleno del CGPJ ni los vocales solicitantes del Pleno extraordinario ni los que votaron a favor del acuerdo objeto de este voto particular, sobre la necesidad de consultar el parecer del órgano de gobierno del Poder Judicial", relatan.

Esto en lo que respecta a las competencias del CGPJ, pero sobre la separación de poderes, el voto particular es aún más contundente al considerar el acuerdo del Pleno extraordinario de la semana pasada "una confrontación gratuita, infundada e impropia en términos constitucionales". Es más, a juicio de los vocales progresistas, el CGPJ pierde con la declaración de la mayoría toda apariencia de imparcialidad, "pues refleja una falta de respeto por el ámbito propio de las competencias y de la legitimidad del Poder Legislativo, interfiriendo en el debate parlamentario".

Igual estrategia que el PP

Los cinco vocales progresistas llaman la atención sobre el hecho de que la mayoría del Pleno pidiera la reconsideración a la Mesa del Congreso, igual que hizo el Grupo Popular en la Cámara, una circunstancia que hace parecer que el órgano de gobierno de los jueces "se alinea, como coadyuvante o postulante, con la estrategia política y parlamentaria" del PP, partido al que no citan expresamente pero consideran responsable del bloqueo desde hace más de dos años en la renovación del CGPJ o al menos "tiene una gran responsabilidad en ello". "El Consejo debería defender su dignidad como institución, evitando confusiones que comprometan su independencia y la trayectoria de sus años de gestión institucional al servicio del interés público y de la independencia del Poder Judicial, máxime cuando está bloqueada de manera inconstitucional su renovación y caducado su mandato", afirman.

No es la única mención a la responsabilidad del PP por negarse a negociar la renovación del CGPJ si en el acuerdo está Unidas Podemos. Los cinco vocales recuerdan que renovar en el plazo legal las altas instituciones del Estado "es un imperativo constitucional, un derecho-deber de las Cámaras, Congreso y Senado, tal como en reiteradas ocasiones ha afirmado el Tribunal Constitucional". En este sentido, insisten en que obstaculizar dicha renovación "es un grave atentado a la estabilidad del sistema democrático español, que contribuye al desprestigio de las instituciones democráticas y de los órganos constitucionales, y constituye un intento artero e irresponsable de manipulación del Consejo General del Poder Judicial, de la separación de poderes y de la independencia del Poder Judicial"

Llamamiento a Europa sin precedentes

El planteamiento de la mayoría del CGPJ de instar al Congreso a que recabara opinión también de órganos europeos para acometer la reforma legislativa no encuentra, a juicio de los vocales discrepantes, "precedente en los reglamentos parlamentarios de las democracias europeas ni en el derecho comparado". Esta idea, además, "supone un menosprecio muy grave a la credibilidad de España y de sus instituciones democráticas, atentando contra la dignidad del Parlamento español, situándolo al margen del Estado de Derecho, como si no fuera, en terminología de algún medio de comunicación español que se ha prestado a jalear de forma entusiasta el acuerdo del Consejo, un parlamento al uso”.

Para estos cinco vocales, insinuar "siquiera remotamente" que el Congreso de los Diputados o las Cortes Generales –al tomar en consideración y tramitar una proposición de ley– incurren en violación del Derecho Europeo y de los Tratados de la Unión Europea y convierte a España "en merecedora de sufrir el mecanismo fiscalizador, sancionador y de suspensión de derechos como miembro de la Unión, previsto en el artículo 7 del Tratado de la Unión Europea (TUE)", es una "deslealtad a España".

El acuerdo de la mayoría del Pleno del CGPJ insistía en que solicitar el pronunciamiento de instituciones comunitarias era un recordatorio de los principios y requerimientos que derivan del Derecho de la Unión Europea para preservar la independencia judicial. Esta argumentación es, para los cinco vocales progresitas firmantes del voto particular, "falsa de toda falsedad". Es más, alertan de que con estas afirmaciones "el Consejo parece intentar acompañar, o contribuye de manera objetiva a acompañar, la campaña de desprestigio contra nuestro país ante las instituciones europeas", una vez más poniendo el foco en que "determinados agentes políticos de distinto signo vienen realizando de forma irresponsable", en una alusión velada más al PP.

No son pocas las menciones que hace el voto a las comparaciones que desde los que se oponen a la reforma de la ley sobre los poderes del CGPJ en funciones hacen entre España y Polonia. "España no es Polonia", destacan los cinco vocales progresistas en mayúsculas. para acusar a la mayoría del Pleno de "agresión desleal e intolerable" a las instituciones españolas y el Estado de Derecho.

Doctrina del Tribunal Constitucional

Como último argumento para explicar su posición contraria al posicionamiento de la mayoría, los cinco vocales traen a colación la sentencia del Tribunal Constitucional de 2016 sobre la anterior reforma de la ley que limitaba sólo a la elección del presidente los poderes de un CGPJ en funciones. "Aquella reforma, al tratar del bloqueo, lo normalizó y permitió que el Consejo caducado continuara ejerciendo sus funciones. Lo que hasta ese momento era una situación excepcional, se acabó legalizando pero, en el fondo, se deslegitimó el sistema. En definitiva, en 2013 se legalizó el fraude a la Constitución, pues ninguna consecuencia negativa tenía para el bloqueante resistirse a la renovación del Consejo, logrando así que los vocales elegidos (cuando tenía mayoría) continuasen, ya caducados, con las mismas competencias. Todo ello a pesar de que nuestra Constitución en su artículo 122 ha querido que el Consejo más su Presidente, tenga un mandato de cinco años, y la Ley Orgánica que lo regula, establece que sus vocales no sean reelegibles", explican.

El tribunal de garantías amparó la reforma, pero también, según el voto particular, dio por buena "la competencia del legislador para hacer frente a situaciones de bloqueo en la renovación del órgano". Según dicha sentencia, que exponen los vocales progresistas, "el control sobre la constitucionalidad de las leyes que a este tribunal le cumple no puede realizarse sin reconocer y respetar el muy amplio margen o libertad de configuración que le corresponde al legislador para dar curso a sus opciones políticas, opciones que no están previamente programadas en la Constitución de una vez por todas, como si lo único que cupiera hacer en lo sucesivo fuera desarrollar tal programa previo (...) la Constitución es un marco de coincidencias suficientemente amplio como para que dentro de él quepan opciones políticas de muy diferente signo".

Así, dijo el Constitucional que "nada hay que objetar, en términos jurídico-constitucionales, a la opción legislativa que así busca paliar los efectos de una eventual anomalía, opción que por lo demás, y como es evidente, no habría de librar de censura ni de convertir en constitucionalmente correcta, llegado el caso, cualquier hipotética relajación de las Cámaras en el cumplimiento diligente de sus respectivos deberes de propuesta". Esa anomalía es la no renovación de los vocales del CGPJ en tiempo y forma, situación que ahora se prolonga durante más de dos años.

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Los cinco vocales discrepantes respaldan el planteamiento de la reforma propuesta por PSOE y Unidas Podemos, ya que ven un "requisito de legitimación democrática y adaptación a los cambios sociales y enfoques normativos de cada momento" la "renovación y la necesidad de una completa regulación que defina qué competencias corresponden a un CGPJ prorrogado en funciones". La limitación de los poderes del órgano caducado podría suponer, en su opinión, "un incentivo para renovar, un factor estimulante para evitar retrasos y dilaciones en la renovación de los órganos constitucionales".

Una sola coincidencia

Para los vocales progresistas firmantes del voto particular, el único acierto del escrito de la mayoría, aunque expuesto "no con la intensidad necesaria", estriba en el último párrafo del acuerdo del Pleno, en el que se traslada que en el trasfondo de este asunto está la excesiva prolongación de la prórroga del mandato de este Consejo e instan a las fuerzas políticas representadas en las Cortes Generales para que acuerden su renovación a la mayor brevedad.

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