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    <title><![CDATA[infoLibre - Delitos]]></title>
    <link><![CDATA[https://www.infolibre.es/temas/delitos/]]></link>
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      <title><![CDATA[La piratería, una amenaza más allá del mar que resurge en pleno conflicto en el Golfo Pérsico]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.infolibre.es/internacional/pirateria-amenaza-mar-resurge-pleno-conflicto-golfo-persico_1_2170862.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.infolibre.es/clip/22c9d4d6-373f-46de-8faf-de9b37eb692c_16-9-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="La piratería, una amenaza más allá del mar que resurge en pleno conflicto en el Golfo Pérsico"></p><p>El pulso entre Irán, Israel y Estados Unidos no solo se libra en el terreno diplomático o militar: <strong>sus efectos ya se dejan sentir en las rutas marítimas</strong> que sostienen la economía global.</p><p>La amenaza de una<strong> interrupción del tráfico</strong> en el <strong>Estrecho de Ormuz </strong>se ha convertido en un factor clave de la <strong>actual reconfiguración geopolítica, </strong>con consecuencias que van más allá del encarecimiento del crudo. Afecta al comercio internacional, tensiona las cadenas de suministro y, de forma menos visible, pero no menos relevante, está favoreciendo el <a href="https://www.20minutos.es/internacional/pirateria-somali-repunta-por-conflicto-oriente-medio-hemos-pasado-cinco-anos-sin-ataques-52-los-dos-ultimos_6900013_0.html" target="_blank">resurgimiento de la piratería en la región</a>.</p><p>La piratería somalí ha sido contenida por operaciones como la <a href="https://www.defensa.gob.es/misiones/en_exterior/actuales/listado/atalanta.html" target="_blank">ATALANTA</a> de la <a href="https://eunavfor.eu/" target="_blank">EUNAVFOR</a>, que en la actualidad está prorrogada hasta 2027. Sin embargo, esta nueva situación política ha provocado un <strong>desplazamiento de buques</strong> hacia las zonas de conflictos en defensa de antimisiles e interceptación de drones que ha sido aprovechada por <a href="https://www.puentedemando.com/imb-advierte-de-un-repunte-de-la-pirateria-en-somalia-oceano-indico-y-golfo-de-aden/" target="_blank">los grupos de criminales que operan en el Golfo de Adén y el estrecho de Mandeb o Bab el-Mandeb</a>.</p><p>Ahora bien, la actividad de piratería frente a las costas de Somalia ha vuelto a<strong> emerger desde finales de octubre de 2025, </strong>con grupos de acción pirata coordinados que operan a gran distancia de la costa, en la cuenca de Somalia y el océano Índico adyacente, lo que marca una escalada significativa tras varios años de relativa calma y que se puede ver agudizada con el conflicto actual.</p><p>La <strong>piratería</strong>, según la <a href="https://www.un.org/depts/los/convention_agreements/texts/unclos/unclos_e.pdf" target="_blank">Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar</a> (UNCLOS) de 1982, se define en su artículo 101 como “todo <strong>acto ilegal de violencia o de detención</strong> o todo acto de <strong>depredación </strong>cometidos con un <strong>propósito personal</strong> por la tripulación o los pasajeros de un <strong>buque privado o de una aeronave privada</strong> y dirigidos: (i) contra un buque o una aeronave en alta mar o contra personas o bienes a bordo de ellos; (ii) contra un buque o una aeronave, personas o bienes que se encuentren en un lugar no sometido a la jurisdicción de ningún Estado”.</p><p>Que la economía global del crudo se vea afectada por las rutas que están siendo salpicadas por la guerra, producirá un<strong> incremento en la piratería, </strong>como se extrae del último <a href="https://icc-ccs.org/global-maritime-piracy-and-armed-robbery-increased-in-2025/" target="_blank">informe  de la International Maritime Bureau</a> (Oficina Internacional Marítima), que reporta un total de 137 incidentes durante el pasado año.</p><p>El fenómeno no es nuevo. En la <strong>Antigua Roma</strong> ya tenían claro que los piratas no eran simples ladrones del mar, sino una <strong>amenaza total</strong>. No solo asaltaban barcos: saqueaban ciudades, secuestraban personas y <strong>extendían la violencia tierra adentro.</strong> Por eso fueron definidos como <span class="highlight" style="--color:transparent;"><em>hostes humani generis</em></span> (enemigos de toda la humanidad), una etiqueta que justificaba su persecución implacable por parte del poder romano.</p><p>No obstante, esta condena no impidió que<strong> Roma adoptara posiciones pragmáticas</strong> en determinados contextos. Así ocurrió con la piratería cilicia –operaba principalmente desde la escarpada región de Cilicia Tráquea (actual Turquía)–, cuya actividad llegó a ser tolerada, cuando no indirectamente aprovechada, en función de <strong>intereses estratégicos</strong> frente a determinados reinos helenísticos.</p><p>La piratería surge allí donde se repite una<strong> misma combinación explosiva.</strong> De un lado, costas abruptas y difíciles de controlar, con pocos recursos, que empujan a mirar al mar como única salida. En segundo lugar, Estados débiles, incapaces de vigilar sus aguas, que dejan abiertos auténticos <strong>corredores sin ley en rutas clave del comercio mundial.</strong> Y, sobre todo, surge donde la pobreza, la falta de oportunidades y las tensiones geopolíticas convierten<strong> la piratería en negocio, </strong>en refugio o incluso en estrategia.</p><p><strong>Pompeyo</strong>, investido de amplios poderes extraordinarios por la <span class="highlight" style="--color:transparent;"><em>Lex Gabinia de piratis persequendis</em></span> (67 a.C.), logró neutralizar en gran medida la <strong>amenaza pirática en el Mediterráneo. </strong>Más allá de la represión militar, lo consiguió desarrollando una <strong>estrategia de integración </strong>con clara dimensión política: promovió la<strong> reubicación de antiguos piratas </strong>en territorios despoblados, especialmente en Cilicia, como Solos, donde se incentivó su dedicación a la agricultura como medio de vida estable. Esta política no solo reducía la reincidencia, sino que<strong> contribuía al control</strong> y reorganización del territorio.</p><p>Un paralelismo contemporáneo puede observarse en iniciativas impulsadas por la <a href="https://www.fao.org/newsroom/detail/Artificial-fish-habitats-along-Somali-coast-to-benefit-coastal-communities/en" target="_blank">FAO</a> y la Unión Europea en Somalia, donde la instalación de <strong>FADs </strong>(Dispositivos de concentración de peces o Fish Aggregating Devices) <strong>incrementa la productividad</strong> pesquera, genera empleo y ofrece alternativas sostenibles frente a la piratería.</p><p>Curiosamente, aunque la piratería ha acompañado a la humanidad desde las riberas del Mediterráneo romano, en España el Código Penal de 1995 <strong>decidió borrarla del mapa jurídico, </strong>considerándola una figura anacrónica. El resultado fue paradójico: <strong>la Audiencia Nacional quedó sin un tipo penal específico para juzgar ataques </strong>en aguas internacionales, creando un vacío legal difícil de entender en pleno siglo XXI, cuando los piratas vuelven a surcar mares estratégicos y las rutas comerciales se convierten en terreno de riesgo global. <strong>Una lección de historia y derecho </strong>que recuerda que el pasado nunca se aleja del todo.</p><p>Esta laguna legal quedó en evidencia durante el caso del barco <a href="https://www.ieee.es/Galerias/fichero/docs_marco/2012/DIEEEM09-2012_CasoAlakrana_AlfonsoBarrada.pdf" target="_blank">Alakrana</a>, en 2009, cuando <strong>la falta de una norma clara </strong>dificultó la <strong>aplicación de la jurisdicción universal. </strong>Eso obligó a los tribunales a encajar los hechos en delitos genéricos de robo o detención ilegal, cuya persecución internacional es más compleja.</p><p>Para corregir este vacío, la <a href="https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2010-9953" target="_blank">Ley Orgánica 5/2010</a> reintrodujo la piratería en los artículos 616 ter y 616 quater. El primero castiga con penas de 10 a 15 años a quien, mediante violencia o engaño, se apodere o dañe una embarcación o aeronave; mientras que el segundo extiende la responsabilidad penal a quienes colaboren en la planificación o financiación de estos actos, <strong>dotando finalmente a la justicia española de las herramientas necesarias </strong>para procesar estos crímenes globales.</p><p>Más allá de las leyes estatales, para plantar cara a los delitos de piratería es preciso articular mecanismos de colaboración internacional a través de instancias como la IMB PRC (International Maritime Bureau), la <a href="https://icc-ccs.org/imb-piracy-reporting-centre-2/" target="_blank">OMI</a> (Organización Marítima Internacional), el <a href="https://gog-mdat.org/home" target="_blank">MDAT-GoG</a> (Maritime Domain Awareness for Trade - Gulf of Guinea) y la <a href="https://www.recaap.org/" target="_blank">ReCAAP</a> (Regional Cooperation Agreement on Combating Piracy and Armed Robbery against Ships in Asia).</p><p>Después de todo, nos encontramos ante un<strong> fenómeno estructural y persistente, </strong>cíclico, que se adapta a los distintos contextos históricos. Y en el que confluyen la piratería tradicional y nuevas formas de violencia marítima próximas al terrorismo,<strong> afectando gravemente a la seguridad</strong> de la navegación y al comercio internacional.</p><p>A estos riesgos se suman hoy desafíos emergentes como la <a href="https://www.mdpi.com/2673-8732/2/1/9" target="_blank">ciberseguridad</a> y el<strong> uso de tecnologías avanzadas</strong>, incluida la inteligencia artificial, que amplían las capacidades operativas de actores ilícitos.</p><p>Todo ello se ve intensificado por el actual escenario de<strong> inestabilidad global, </strong>donde conflictos armados y tensiones comerciales están reconfigurando las rutas marítimas.</p><p>______________________________________________________</p><p><em><strong>José Luis Zamora Manzano</strong></em><em> es catedrático de Derecho romano en la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria. Este artículo fue publicado originalmente en </em><a href="https://theconversation.com/" target="_blank"><em>The Conversation</em></a><em>. Lea el original </em><a href="https://theconversation.com/vuelven-los-piratas-en-pleno-conflicto-en-el-golfo-persico-279076" target="_blank" ><em>aquí.</em></a></p>]]></description>
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      <pubDate><![CDATA[Wed, 01 Apr 2026 04:01:16 +0000]]></pubDate>
      <author><![CDATA[José Luis Zamora Manzano]]></author>
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      <media:title><![CDATA[La piratería, una amenaza más allá del mar que resurge en pleno conflicto en el Golfo Pérsico]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Irán,Tecnología digital,Delitos,Oriente Medio,Guerra en Oriente Medio,Oriente Próximo]]></media:keywords>
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      <title><![CDATA[La Eurocámara vuelve a pedir que el 'sí es sí' se aplique en toda la UE, apoyado por el PP]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.infolibre.es/union-europea/eurocamara-vuelve-pedir-si-si-aplique-ue_1_2151668.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.infolibre.es/clip/31d91dc1-c5e6-48d0-aac9-9f541b6e3421_16-9-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="La Eurocámara vuelve a pedir que el 'sí es sí' se aplique en toda la UE, apoyado por el PP"></p><p>Dos comisiones del <a href="https://www.infolibre.es/temas/parlamento-europeo/"  >Parlamento Europeo</a> retomaron este miércoles el intento de que toda <a href="https://www.infolibre.es/temas/union-europea/"  >la Unión Europea</a> (UE) tipifique de la misma forma el delito de violación, en base<strong> al consentimiento explícito y no por el uso de la fuerza</strong>, algo que el bloque se quedó a las puertas de hacer en 2024, informa EFE.</p><p>Las comisiones de Igualdad y Libertades Civiles de la Eurocámara aprobaron<strong> una resolución</strong> sobre el asunto, que había quedado pendiente de revisión antes de 2029.</p><p>El texto pide a <a href="https://www.infolibre.es/temas/comision-europea/"  >la Comisión Europea</a> "que proponga sin retraso legislación que establezca una definición de violación a escala de la Unión basada en el requisito del consentimiento libre, informado y revocable", en base a un artículo del <a href="https://www.infolibre.es/igualdad/union-europea-ratifica-convenio-estambul-combatir-violencia-mujeres_1_1504835.html"  >Convenio de Estambul</a> que sitúa <strong>el consentimiento</strong> como eje en este tipo de violencia sexual.</p><p>"Sólo es válida una indicación clara, afirmativa, libre e inequívoca de consentimiento (...). El silencio, la falta de resistencia verbal o física o la ausencia de un 'no' no pueden interpretarse como consentimiento; ni el consentimiento previo ni la conducta sexual pasada ni ninguna relación pasada o presente con el agresor (...) implican el consentimiento actual o futuro para cualquier acto sexual", inciden.</p><p>El texto, negociado por una docena de eurodiputadas de todos los grupos políticos, salió adelante por <strong>75 votos a favor</strong>, 27 en contra y tres abstenciones.</p><p>La resolución apunta a que el consentimiento "debe evaluarse en el contexto de las condiciones circundantes" y no puede darse en casos de <strong>violencia, amenaza, abuso de poder, coerción, vulnerabilidad o incapacidad</strong> resultante de una intoxicación, una pérdida del conocimiento o la edad, entre muchos otros casos.</p><p><strong>La ausencia de una definición armonizada </strong>de violación basada en el consentimiento en toda la UE "da lugar a marcadas disparidades en la protección de las personas supervivientes en toda la UE y socava el acceso a la justicia y el enjuiciamiento efectivo de la violencia sexual". señalan las eurodiputadas.</p><p>Tanto el Parlamento como la Comisión quisieron incluir <strong>la homologación penal del delito de violación</strong> en la directiva europea pionera sobre violencia de género, aprobada en 2024, pero un grupo de Estados miembros -con <a href="https://www.infolibre.es/temas/francia/"  >Francia </a>y <a href="https://www.infolibre.es/temas/alemania/"  >Alemania </a>a la cabeza- lo vetaron.</p><p>La directiva incluía una cláusula por la que los delitos bajo su paraguas <strong>se revisarían en cinco años</strong>. Si bien no es vinculante, el texto aprobado este miércoles por la comisión de Igualdad es un paso en esa dirección, señalan fuentes parlamentarias.</p><p>No obstante, el pleno del Parlamento Europeo que tendrá que dar el visto bueno final a esta resolución está <strong>más escorado a la derecha </strong>que el que en 2024 (antes de las últimas elecciones) estaba plenamente <a href="https://www.infolibre.es/igualdad/eurocamara-avala-si-si-defiende-ausencia-consentimiento-tipifique-violacion_1_1547657.html"  >a favor de la igualar la tipificación penal</a> de la violación.</p><p>Fuentes cercanas a la negociación explican a EFE que para llegar al texto final han hecho falta casi <strong>una docena de reuniones técnicas</strong>, más de lo habitual, y que <a href="https://www.infolibre.es/temas/partido-socialistas-europeos/"  >el grupo socialdemócrata</a> habría cedido en varios puntos clave -como una mención a la cultura de la violación- para asegurarse el voto a favor del <a href="https://www.infolibre.es/temas/ppe/"  >Partido Popular Europeo</a>, sin los cuales es inviable alcanzar una mayoría.</p><p>Fuentes del PP en el Parlamento Europeo aseguraron que<strong> su voto a favor</strong> refleja "el apoyo a la protección de las víctimas y el principio de consentimiento como puntos vectores", su defensa del Convenio de Estambul y el esfuerzo por "garantizar la formación especializada de todos los actores implicados, como policía, jueces, fiscales, servicios sociales y el personal sanitario que atiende a las víctimas".</p><p>No obstante, recalcan que respaldar <strong>la definición de consentimiento </strong>en este informe "no es en ningún caso apoyar <a href="https://www.infolibre.es/temas/la-ley-del-solo-si-es-si/"  >la ley del 'solo sí es sí'</a>" española, de la que lamentan lo que describen como sus "consecuencias devastadoras".</p><p><a href="https://www.infolibre.es/temas/podemos/"  >Podemos</a>, por su parte, incidió en que el texto que ha salido adelante "va en consonancia a la legislación española impulsada por el Ministerio de Igualdad de <a href="https://www.infolibre.es/temas/irene-montero/"  >Irene Montero</a> en 2023".</p><p>"El Parlamento Europeo aprueba hoy que solo sí es sí, que el consentimiento debe ser siempre explícito y que la ausencia de un no jamás constituye un sí", celebró la delegación morada.</p>]]></description>
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      <pubDate><![CDATA[Wed, 25 Feb 2026 19:06:06 +0000]]></pubDate>
      <author><![CDATA[infoLibre]]></author>
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      <media:keywords><![CDATA[Igualdad,La ley del 'sólo sí es sí',Parlamento Europeo,Comisión Europea,Violaciones,Violencia sexual,Irene Montero,Delitos]]></media:keywords>
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      <title><![CDATA[El Supremo establece que llamar a un inmigrante "negro de mierda" es un delito de odio]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.infolibre.es/politica/supremo-establece-llamar-inmigrante-negro-mierda-delito-odio_1_2146883.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.infolibre.es/clip/699a821f-7988-4b9f-8aa4-f6b40aaa3101_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="El Supremo establece que llamar a un inmigrante "negro de mierda" es un delito de odio"></p><p>El<a href="https://www.infolibre.es/temas/tribunal-supremo/"  > Tribunal Supremo</a> ha confirmado una condena a un hombre que en <a href="https://www.infolibre.es/temas/valencia/"  >Valencia </a>insultó al dueño de un bar llamándole <strong>"negro de mierda" y "mono"</strong>, al establecer que proferir insultos a alguien por su raza o por no ser español constituye un <strong>delito de odio</strong>.</p><p>El Alto Tribunal confirma la pena de <strong>seis meses de prisión</strong> y de <strong>1.260 euros de multa</strong> a un hombre que en enero de 2022 insultó al dueño de un bar en Valencia,<strong> por un problema con la máquina de tabaco</strong>, llamándole "negro de mierda" y amenazándole con matarle y que a la llegada de la Policía habló de "monos" a los que iban a "tirar" del barrio y <strong>recriminó a los agentes el trato que le dieron siendo él español</strong>, al contrario del otro.</p><p>En su sentencia, el Supremo reconoce que <strong>"existe una amplia manifestación de delitos de odio en espectáculos públicos"</strong>, como partidos de fútbol en los que se insulta a jugadores<strong> "por su raza diferente"</strong>, "circunstancia que no debe ser 'devaluada' en su gravedad al integrar un delito de odio".</p><p>El odio al diferente por el color de su piel y su raza <strong>no es leve</strong>, deja claro el tribunal, "sino que integra una expresión de odio, sin que se pueda aceptar que queden al margen del reproche penal los ataques a las personas por el color de su piel y raza, o por su condición de ser, o no, españoles". </p>]]></description>
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      <pubDate><![CDATA[Tue, 17 Feb 2026 11:29:15 +0000]]></pubDate>
      <author><![CDATA[infoLibre]]></author>
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      <media:title><![CDATA[El Supremo establece que llamar a un inmigrante "negro de mierda" es un delito de odio]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Delitos,Racismo,Tribunal Supremo]]></media:keywords>
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      <title><![CDATA[Del terrorismo y los jueces estrella al crimen organizado: la Audiencia Nacional debate su futuro tras el fin de ETA]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.infolibre.es/politica/terrorismo-jueces-estrella-crimen-organizado-an-debate-futuro-eta_1_2140224.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.infolibre.es/clip/f3b7a2bc-7cce-4b75-9a48-6587ac0905e5_16-9-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Del terrorismo y los jueces estrella al crimen organizado: la Audiencia Nacional debate su futuro tras el fin de ETA"></p><p>Durante décadas, el foco informativo permanente de los casos más trascendentes y algunos jueces de gran popularidad la convirtieron en <strong>la imagen que los ciudadanos tenían de la Justicia</strong>. Por sus juzgados centrales de instrucción –y después por sus banquillos de cristal blindado– pasaron los terroristas más sanguinarios y peligrosos. Los de ETA y los islamistas. Desde sus despachos se puso a la Justicia española en el mundo a través de causas internacionales como las de <a href="https://www.infolibre.es/politica/guantanamo-couso-10-casos-rescataria-audiencia-nacional-si-reforma-justicia-universal_1_1163708.html" target="_blank">Pinochet, el torturador argentino Scilingo, el asesinato de José Couso, los crímenes de Israel en Gaza anteriores a la actual invasión, Guantánamo o Ruanda</a>. Con la desaparición de ETA, el repliegue del yihadismo y los sucesivos recortes a la jurisdicción universal, <a href="https://www.infolibre.es/politica/audiencia-nacional-tribunal-especial-enorme-sobrevivio-derrota-eta_1_1899276.html" target="_blank">la Audiencia Nacional se ha convertido en el escenario de las grandes macrocausas por corrupción</a> como <em>Gürtel</em>, <em>Púnica</em>, <em>Pujol </em>o <em>Lezo</em>. </p><p>A falta de un año para su 50 aniversario, el tribunal del terrorismo aspira a transformarse en el del crimen organizado más sofisticado.</p><p>El nuevo presidente, <strong>Juan Manuel Fernández Martínez</strong>, planteó el debate el pasado noviembre con una carta abierta enviada a todos los jueces centrales y secciones de lo Penal –también de lo Contencioso-Administrativo, Social, Menores y Vigilancia Penitenciaria– para abrir <strong>una reflexión que adapte las competencias del tribunal a la criminalidad más compleja y sofisticada</strong>. La idea es plantear una reforma legal que pueda ser trasladada al Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) y de ahí al Gobierno y al Parlamento. La propuesta del presidente considera que <strong>el actual marco competencial de la Audiencia ha quedado obsoleto</strong>. Fernández considera que, pese a la transformación de la criminalidad en los últimos años, el órgano sigue siendo necesario, aunque necesita una mayor especialización. La Audiencia Nacional <strong>aspira ahora a convertirse en el órgano de la criminalidad organizada en todas sus vertientes</strong>.</p><p>Para ello, según el documento enviado por Fernández a toda la plantilla, es necesaria una reforma de la <a href="https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1985-12666" target="_blank">Ley Orgánica del Poder Judicial </a>que le atribuya expresamente esa materia que requiere una respuesta judicial especializada y coordinada. La delincuencia organizada que se atribuya a la Audiencia Nacional con esas nuevas competencias –entre las que se propone que siga estando el <strong>terrorismo</strong>– tendrá que cumplir tres requisitos. En primer lugar, que la organización criminal de que se trate tenga <strong>"una estructura organizada y jerarquizada"</strong>. También que su <strong>ámbito de actuación sea transnacional</strong> o, en caso de que se implante en territorio español, "que afecte a un número significativo de personas que exceda de una comunidad autónoma". El último criterio por el que este tribunal entraría a investigar y enjuiciar a estas bandas sería la utilización por estas <strong>"de medios sofisticados o violentos para la comisión de delitos</strong>".</p><p>Esa atribución general de la criminalidad organizada debería, a su vez, especificarse en sus diferentes ramas. El <strong>narcotráfico</strong>, uno de los campos tradicionales de la Audiencia –con operaciones como <em>Nécora </em>o las actuales <a href="https://www.infolibre.es/narcotrafico/juez-ratifica-prision-exjefe-udef-detenido-20-millones-escondidos-casa_1_1977786.html" target="_blank">del exjefe de la UDEF al que encontraron 20 millones en su casa </a>o las narcolanchas del Estrecho– es uno de ellos. El documento considera que los criterios de atribución de estos casos a la Audiencia han quedado anticuados y que esto "perjudica gravemente al éxito de las investigaciones en esta materia". La ley establece que la AN es competente siempre que el delito lo cometa una organización criminal y actúe en el territorio de varias provincias. Lo que se plantea es que <strong>se deje al margen ese criterio territorial y la Audiencia sea competente solo en los casos más graves</strong>. Uno de los criterios para determinar esa gravedad podría ser la <strong>corrupción</strong> que en muchos casos lleva asociada, lo que sí justificaría que un órgano central como la AN, y no los de los distintos territorios, se encarguen de ellos.   </p><p>Otra de las manifestaciones del crimen organizado que reclama la Audiencia Nacional es el <strong>blanqueo de capitales a través de organizaciones criminales transnacionales</strong>. Se trata de un tipo de delito que este órgano ya investiga, pero que no tiene atribuido expresamente. Su inclusión expresa en el catálogo de delitos del tribunal se justifica "por la necesidad de centralizar la investigación de delitos complejos que requieren una visión global y recursos especializados". "El blanqueo de capitales moderno implica técnicas sofisticadas como el uso de <strong>paraísos fiscales, empresas pantalla y criptomonedas</strong>", dice el documento enviado a los jueces. "La AN, con sus recursos especializados, puede abordar la complejidad de estas investigaciones", continúa. La razón es que el tribunal permite <strong>una mayor coordinación entre los cuerpos policiales, los jueces y los organismos internacionales</strong>. El objetivo final es proteger "la estabilidad financiera y la confianza en las instituciones" frente a un delito que socava el sistema financiero, distorsiona la economía y facilita la corrupción.</p><p>Transformar la Audiencia Nacional en el tribunal de la criminalidad organizada obliga, además, a incluir entre sus competencias otras materias. Como <strong>la trata de seres humanos</strong>, una actividad caracterizada por la transnacionalidad y que ejercen organizaciones de una extraordinaria complejidad que requieren una respuesta judicial especializada y centralizada. También las infracciones cada vez más frecuentes relacionadas con <strong>la ciberseguridad que puedan poner en peligro infraestructuras críticas</strong> como la red eléctrica, el transporte público o las instituciones financieras. "La AN, con su experiencia en la lucha contra el terrorismo y otros delitos complejos, es el órgano idóneo para abordar estos casos", afirma el documento del presidente. Otras dos categorías cuya inclusión se plantea son <strong>los delitos medioambientales que causen "un grave daño"</strong> y afecten a más de una comunidad autónoma o tengan dimensión transnacional. También los relativos al <strong>"tráfico ilícito de bienes culturales"</strong> o "que afecten a un patrimonio cultural de especial relevancia".</p><p>Estafas masivas como los casos <a href="https://www.infolibre.es/politica/cupula-forum-filatelico-condenada-doce-anos-carcel_1_1160668.html" target="_blank"><em>Foro Filatélico</em></a><a href="https://www.infolibre.es/politica/cupula-forum-filatelico-condenada-doce-anos-carcel_1_1160668.html" target="_blank"> y </a><a href="https://www.infolibre.es/politica/cupula-forum-filatelico-condenada-doce-anos-carcel_1_1160668.html" target="_blank"><em>Afinsa</em></a>, entre otros, han sido también materia tradicional de la Audiencia. El Supremo estableció que estos casos le correspondieran <strong>cuando la cantidad defraudada superara un millón de euros</strong>. La propuesta enviada a los jueces considera que ese límite está desfasado y que solo deberían corresponder a la AN las que "afecten gravemente a la economía nacional". El documento destaca el atasco que provocan las defraudaciones con criptomonedas con muchos afectados pero con deudas individuales muy pequeñas. Por eso propone que el límite se eleve a los <strong>10 millones de euros con, al menos, 100 perjudicados</strong>. También propone que se le encomienden los delitos que afecten al orden constitucional y a la forma de gobierno, y no solo a altas instituciones del Estado. </p><p>Además de los jueces destinados en el Tribunal Central de Instancia (el que engloba los antiguos juzgados centrales de instrucción) y los magistrados de las distintas secciones y salas, en el debate abierto sobre el futuro de la Audiencia planteado por Juan Manuel Fernández también entran la Fiscalía de la Audiencia Nacional, Antidroga y la Fiscalía Anticorrupción. </p>]]></description>
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      <pubDate><![CDATA[Fri, 06 Feb 2026 05:00:31 +0000]]></pubDate>
      <author><![CDATA[Manuel Altozano]]></author>
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      <media:title><![CDATA[Del terrorismo y los jueces estrella al crimen organizado: la Audiencia Nacional debate su futuro tras el fin de ETA]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Tribunales,Audiencia Nacional,Consejo General del Poder Judicial,Terrorismo,Terrorismo islamista,Lucha crimen organizado,ciberfraude,Medioambiente,Delitos,ETA,estafas]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[La Fiscalía investiga a Xavier García Albiol por el desalojo de 400 migrantes en un instituto de Badalona]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.infolibre.es/politica/fiscalia-investiga-albiol-desalojo-alrededor-400-migrantes-badalona_1_2133071.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.infolibre.es/clip/59873c38-b8cf-44ad-a62e-17ad836d0c5c_16-9-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="La Fiscalía investiga a Xavier García Albiol por el desalojo de 400 migrantes en un instituto de Badalona"></p><p>La Fiscalía de Odio y Discriminación ha abierto diligencias de investigación por <strong>varios delitos</strong>, entre ellos de <strong>odio</strong>, al alcalde de Badalona, Xavier García Albiol, a raíz del desalojo el <a href="https://www.infolibre.es/politica/mossos-empiezan-desalojar-decenas-personas-antiguo-instituto-b9-badalona_1_2115926.html" target="_blank">pasado 17 de diciembre</a> del antiguo instituto B9 de esta localidad, que dejó en la calle a <a href="https://www.infolibre.es/politica/generalitat-entidades-sociales-realojar-147-migrantes-procedentes-b9_1_2120215.html" target="_blank">alrededor de 400 migrantes</a>, según ha recogido EFE.</p><p>El pasado 24 de diciembre, el eurodiputado de Comuns <strong>Jaume Asens presentó una denuncia penal </strong>ante la unidad de Delitos de Odio y Discriminación de la Fiscalía contra Albiol por cuatro posibles delitos relacionados con el macrodesalojo del antiguo instituto B9, en el que vivían, en su mayoría, migrantes subsaharianos.</p><p>La denuncia de los Comuns sostenía que Albiol había podido cometer los<strong> delitos de denegación de servicio público</strong> por motivos discriminatorios, delito de odio, delito de <strong>desobediencia a la autoridad judicial</strong> y de<strong> prevaricación administrativa</strong>.</p><p>Tras la denuncia presentada por este partido político, la Fiscalía de Odio y Discriminación ha <strong>abierto diligencias</strong> de investigación, según han informado EFE fuentes del ministerio público.</p><p>En su escrito a la Fiscalía, Asens alegaba que la resolución judicial que dio lugar al desalojo condicionaba el mismo a que se "<strong>garantizara una alternativa habitacional</strong> a las personas afectadas conforme al protocolo municipal de las personas sintecho", de forma que lo primero quedaba "expresamente condicionado" a lo segundo.</p><p>Pese a ello, indicaba la denuncia, <strong>Albiol dijo en reiteradas ocasiones que el consistorio "no iba a ofrecer alojamiento </strong>ni recursos habitacionales" y, así, "persistió en una actuación contraria al mandato judicial", sostienen los Comuns en su escrito.</p><p>Asens denunció además la "tolerancia institucional" del Ayuntamiento de Badalona con los "episodios de<strong> bloqueo y presión vecinal</strong>" que impidió que los migrantes desalojados pudieran dormir en los recursos habitaciones proporcionados por entidades sociales.</p><p>Según este partido político, en posteriores reuniones con los vecinos en las que Albiol reiteró que no iba a facilitar alojamiento a estas personas, <strong>escuchó expresiones de carácter xenófobo y estigmatizador </strong>que "no fueron objeto de una desautorización clara e inmediata" por parte del alcalde.</p><p>El denunciante afirmó que Albiol<strong> denegó su ayuda a los migrantes "de forma selectiva" </strong>debido a su origen y condición social, lo que se enmarcaría en una denegación de servicio público por motivos discriminatorios.</p><p>Asimismo, adujo que existían "indicios de<strong> desobediencia reiterada</strong>" al no dar el consistorio badalonés "cumplimiento efectivo" a la resolución judicial que amparó el desalojo, así como un delito de prevaricación administrativa en la actuación "contraria al ordenamiento jurídico y potencialmente manifiestamente injusta".</p><p>La apertura de estas diligencias de investigación se suman a otro procedimiento judicial, ya que el pasado mes de diciembre la Fiscalía<a href="https://www.infolibre.es/politica/fiscalia-urge-aclarar-si-ayuntamiento-badalona-atiende-desalojados-antiguo-instituto-b9_1_2119146.html" target="_blank"> pidió al juzgado que autorizó el desalojo</a> que instara al Ayuntamiento de Badalona a <strong>aclarar de forma urgente si había ofrecido la "atención adecuada"</strong> y una alternativa habitacional a los migrantes desalojados, como ordenaba el mandato judicial.</p><p>La Fiscalía planteó esta petición ante el juzgado de lo contencioso administrativo de Barcelona que autorizó el desalojo, requiriendo de forma urgente al Ayuntamiento de Badalona para que entregara<strong> un informe sobre las incidencias producidas durante el desahucio </strong>y de qué modo se estaba dando cumplimiento al mandato del juzgado para que los servicios sociales prestaran la "atención adecuada" a las personas sintecho desalojadas. </p>]]></description>
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      <pubDate><![CDATA[Fri, 23 Jan 2026 12:59:57 +0000]]></pubDate>
      <author><![CDATA[infoLibre]]></author>
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      <media:title><![CDATA[La Fiscalía investiga a Xavier García Albiol por el desalojo de 400 migrantes en un instituto de Badalona]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Badalona,Xavier García Albiol,Delitos]]></media:keywords>
    </item>
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      <title><![CDATA[Las plataformas marcan un nuevo récord al retirar en diciembre el 62% de los comentarios racistas]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.infolibre.es/politica/plataformas-retiraron-diciembre-62-comentarios-racistas_1_2132885.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.infolibre.es/clip/887e5218-d2fe-4a84-8d78-7ac3dcd3795c_16-9-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Las plataformas marcan un nuevo récord al retirar en diciembre el 62% de los comentarios racistas"></p><p>El <strong>Observatorio Español del Racismo y la Xenofobia (OBERAXE) </strong>detectó el pasado mes de diciembre<strong> 28.978 mensajes con contenido racista y xenófobo </strong>en redes sociales, un<strong> 25,8% menos</strong> que el mes anterior, y marcó un nuevo récord en la eliminación de comentarios al conseguir que las plataformas suprimieran un <strong>62%</strong> de los mensajes notificados, según informa EFE.</p><p>Así se desprende del último informe del OBERAXE, dependiente del <a href="https://www.infolibre.es/temas/ministerio-de-seguridad-social/" target="_blank" >Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, </a>que ha monitorizado cinco redes sociales: <em><strong>TikTok, X, Facebook, Instagram </strong></em><strong>y</strong><em><strong> YouTube. </strong></em></p><p>En ellas se detectaron <strong>28.978 mensajes, </strong>cifra que eleva a 808.176 el total de mensajes detectados a lo largo del año 2025. El dato del mes de diciembre supone además un importante descenso con relación a los mensajes detectados en noviembre, con <strong>10.076 comentarios menos </strong>respecto al mes anterior. Además, en diciembre se registró la mayor tasa de retirada de comentarios al conseguir que las plataformas<strong> suprimieran un 62%</strong> de los mensajes notificados -frente al 51% que se suprimieron en noviembre-. </p><p>Según este informe, <em>TikTok</em> fue la plataforma más eficaz en la retirada de mensajes y aumentó su <strong>tasa de retirada hasta el 86% de los contenidos reportados, </strong>frente al 79% que eliminó en noviembre. Le sigue <em>X</em>, con un porcentaje de eliminación del <strong>67%</strong>, Facebook con un <strong>42%</strong>, Instagram, el <strong>38%</strong> y YouTube, con un <strong>32%.</strong></p><p>Las <strong>redes sociales retiraron el 24% de los contenidos</strong> notificados como usuario normal -no como institución verificable-, un dato que supone un aumento notable respecto a noviembre, cuando la retirada por esta vía se situó en el 9%. </p><p>En relación con el plazo de efectividad, el<strong> 14% del contenido racista fue retirado en las primeras 24 horas,</strong> el 4% en 48 horas y el 6% restante a lo largo de la primera semana tras la notificación.  </p><p>Según las conclusiones de este informe, esto pone de relieve las diferencias en la efectividad de las <strong>distintas vías de verificación, </strong>y demuestra la necesidad de reforzar los mecanismos de moderación y mejorar la eficacia de los reportes realizados como usuarios normales, no institucionales.</p><p>La hostilidad en el mes de diciembre se concentró una vez más en<strong> personas procedentes del norte de África. </strong></p><p>Un <strong>70%</strong> de los contenidos analizados se referían a estas personas, lo que supone un<strong> descenso de seis puntos porcentuales</strong> respecto al mes anterior. Mientras, los comentarios referidos a<strong> personas musulmanas </strong>apenas suponen una variación respecto al mes anterior, con un <strong>18%</strong> y los <strong>afrodescendientes </strong>protagonizan un<strong> 9%</strong> de los mensajes vinculados con discurso de odio.</p><p>Según el tipo de contenido, los comentarios que<a href="https://www.infolibre.es/politica/ministerio-inclusion-detecta-aumento-racismo-redes-discurso-agresivo-sofisticado_1_2033091.html" target="_blank" > deshumanizan a las personas extranjeras </a>siguen siendo los más frecuentes, a pesar de que han experimentado un descenso significativo pasando de un <strong>68% en noviembre a un 46% en diciembre, </strong>pero siguen siendo los más frecuentes y contribuyen a la normalización de las actitudes hostiles.</p><p>Se duplica el porcentaje de mensajes que presentan al grupo de las personas extranjeras como amenaza y fomentan la percepción de estas como un peligro ya que alcanzan un <strong>28% </strong>frente al 13% del mes anterior. </p><p>Los mensajes que incitan a la expulsión suponen un <strong>14%,</strong> los que incitan a la violencia un<strong> 6% </strong>y los que alaban a quienes fomentan discursos hostiles suponen un <strong>5%</strong>, todos ellos suponen un repunte de 3 puntos respecto al mes anterior lo que implica un incremento de mensajes hostiles y que legitiman la violencia contra estas personas.</p><p>En el <strong>92%</strong> de los mensajes el contenido es además <strong>agresivo explícito, </strong>lo que refleja altos niveles de hostilidad y contribuye a la polarización social.</p><p>Los episodios que más mensajes eliminados por odio hubo en redes sociales estaban vinculados principalmente con la <strong>inseguridad ciudadana, </strong>con un <strong>57% </strong>del total. </p><p>Entre los episodios más frecuentes destacan el conflicto armado (20%) en relación con el<a href="https://www.infolibre.es/mediapart/gaza-entra-lleno-imperialismo-tecnocratico-consejo-paz_1_2130875.html" target="_blank" > genocidio en Palestina, </a>que fue detonante de comentarios con contenido antisemita e islamófobo con mensajes que justifican la violencia. También destacan en relación con el terrorismo (16%) los <strong>mensajes de odio</strong> retirados tras los atentados en<a href="https://www.infolibre.es/politica/16-muertos-incluido-agresores-tiroteo-playa-sidney_1_2114279.html" target="_blank" > Bondi Beach, en Australia.</a></p><p>Respecto al ámbito económico, que concentra un <strong>14% de los mensajes detectados, </strong>cabe destacar el odio generado tras el desalojo en Badalona de una antigua escuela de secundaria en la que residían 400 inmigrantes.</p>]]></description>
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      <pubDate><![CDATA[Fri, 23 Jan 2026 09:29:14 +0000]]></pubDate>
      <author><![CDATA[infoLibre]]></author>
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      <media:title><![CDATA[Las plataformas marcan un nuevo récord al retirar en diciembre el 62% de los comentarios racistas]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Redes sociales,Delitos,Racismo,Instagram,X (Twitter),TikTok,Gaza,Facebook]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[García Ortiz denuncia en el Supremo la vulneración de cinco derechos fundamentales y abre la puerta al TC]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.infolibre.es/politica/garcia-ortiz-denuncia-supremo-vulneracion-cinco-derechos-fundamentales-abre-puerta-tc_1_2130280.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.infolibre.es/clip/501c3851-860b-4ebc-8d79-82e60561faa9_16-9-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="García Ortiz denuncia en el Supremo la vulneración de cinco derechos fundamentales y abre la puerta al TC"></p><p>Presunción de inocencia, indefensión, derecho a una sentencia fundada en derecho, derecho a no ser condenado por una conducta no prevista como delito (legalidad penal) y libertad de expresión. Son los <strong>cinco derechos fundamentales y garantías procesales</strong> que el ex fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, ha invocado este lunes ante el tribunal que lo condenó para reclamar <a href="https://www.infolibre.es/politica/supremo-convierte-delito-garcia-ortiz-habia-reconocido-proceso_1_2111362.html" target="_blank">la nulidad de su sentencia por revelación de datos reservados que lo apartó del máximo cargo del Ministerio Público</a> el pasado diciembre. El escrito, último trámite antes de recurrir en amparo al Constitucional, denuncia las sucesivas <strong>"incoherencias", "mutaciones"</strong> e <strong>"inconsistencias"</strong> que llevaron a cinco de los siete magistrados de la Sala de lo Penal a apoyar el fallo y recoge párrafos enteros del <a href="https://www.infolibre.es/politica/juezas-discrepantes-creen-no-existe-base-probatoria-minimamente-solida-fiscal_1_2111709.html" target="_blank">voto particular radicalmente discrepante de Ana Ferrer y Susana Polo</a>, que propusieron sin éxito la absolución de García Ortiz y acusaron a sus propios compañeros de retorcer la Constitución para lograr su inhabilitación.</p><p>Los abogados del Estado que defendieron al ex fiscal general, la ex abogada general <strong>Consuelo Castro y su compañero José Ignacio Ocio</strong> consideran la indefensión de García Ortiz se produjo, en primer lugar, por <a href="https://www.infolibre.es/politica/supremo-modifico-acusacion-fiscal-general-cuatro-veces-condenarlo_1_2101982.html" target="_blank">los sucesivos cambios del objeto del proceso provocados por el Supremo</a>. Mientras que el auto de admisión a trámite del caso, redactado el 15 de octubre de 2024, <a href="https://www.infolibre.es/politica/ts-admite-nota-fiscalia-no-revelo-nuevo-imputa-fiscal-general-investigar-posibles-filtradores_1_1880923.html" target="_blank">excluía que la redacción del desmentido oficial al bulo</a> –difundido por la presidenta madrileña, Isabel Díaz Ayuso, y su mano derecha, Miguel Ángel Rodríguez, sobre la confesión de dos delitos fiscales por el novio de aquella– fuera ilegal, <strong>la sentencia considera que esa nota de prensa, por sí sola, sí era constitutiva de delito</strong>. El fiscal general argumentó durante la instrucción y el juicio que desconocía de qué se debía defender, si de la filtración de un correo electrónico, o de la redacción de esa nota cuya autoría él mismo confesó. </p><p>El escrito que solicita la nulidad considera que ese cambio de acusación <strong>constituyó "una mutación incongruente, generadora de indefensión"</strong> y recuerda que el voto particular –una de cuyas firmantes es la autora del auto de admisión que descartó que el desmentido fuera delito– mostraba la "absoluta discrepancia con la afirmación de la mayoría sobre que la nota informativa sea por si misma constitutiva de infracción penal".</p><p>Otro de los aspectos de la sentencia que ataca con más firmeza el escrito es que los cinco magistrados que apoyaron la condena <strong>dieran una importancia crucial a que García Ortiz hubiera borrado el contenido de su teléfono</strong> un día después de que se iniciara la causa contra él. En realidad, de las diligencias que se practicaron en el juicio, <strong>es imposible conocer de manera directa qué borró García Ortiz ese día de su teléfono</strong>. Tampoco era posible conocer el motivo concreto que lo llevó a cancelar sus datos. Sin embargo, la mayoría de los miembros del tribunal concluyó que, en las tripas de ese dispositivo estaban las pruebas directas de la filtración del correo con la confesión del novio de Ayuso que los magistrados no han encontrado. </p><p>La defensa de García Ortiz considera que esa suposición o sospecha en la que se basa en parte el fallo vulnera su presunción de inocencia. "Inferir que el único motivo posible del borrado es la existencia de pruebas de la comisión de un delito, sin ningún elemento adicional que sustente tal conclusión, <strong>transforma un acto neutro o ambiguo en una prueba de cargo autónoma, lo que vulnera de manera directa la presunción de inocencia</strong>". Pero es que, además, el tribunal no solo desconoce qué había exactamente en el teléfono, sino que, al aceptar su borrado como prueba, ataca directamente a otro derecho fundamental que tiene cualquier acusado, también el fiscal general: <strong>el de no declarar contra sí mismo</strong> o autoinculparse. </p><p>Durante el juicio del pasado noviembre en el Supremo, <strong>cuatro periodistas que tuvieron acceso al correo</strong> con la confesión de los delitos de Alberto González Amador, declararon –bajo juramento y apercibidos de que se podría actuar contra ellos por falso testimonio en caso de que no dieran la verdad– <a href="https://www.infolibre.es/politica/exsubdirector-pais-coloca-fuente-confesion-amador-fiscalia-madrid_1_2095810.html" target="_blank">que García Ortiz no había sido la persona que les había facilitado ese document</a>o. El escrito de la Abogacía del Estado considera que, al obviar sus declaraciones, el Alto Tribunal atentó contra el derecho del entonces fiscal general a obtener una resolución fundada en derecho. </p><p>Los cinco magistrados que sostuvieron el fallo, aseguraron en el texto de la sentencia que los periodistas tenían credibilidad, pero en realidad <strong>no dieron ni la más mínima relevancia a sus testimonios</strong>. Para dar ese giro argumental compraron el criterio esgrimido por el abogado de González Amador: que el testimonio de un periodista, al tener el derecho constitucional de no revelar sus fuentes, era equiparable al de un acusado. Es decir, <strong>que un periodista puede mentir en un proceso</strong>. Esa argucia, según la defensa de García Ortiz, permite al tribunal <strong>"ignorar las pruebas directas de la inocencia del acusado". </strong></p><p>Los periodistas, según el escrito de García Ortiz y el voto particular discrepante con la sentencia, pueden no revelar sus fuentes, pero como cualquier otro testigo están obligados a decir la verdad sobre lo que se les pregunte. <strong>No pueden mentir</strong>. La aceptación por el tribunal de lo contrario permitió a los magistrados no valorar sus declaraciones lo que "habría conducido a una conclusión diferente sobre la autoría de la filtración del correo electrónico". Los periodistas no revelaron quién fue su fuente, pero <strong>aseguraron que no fue García Ortiz</strong>. Cuando lo dijo el ex director adjunto de eldiario.es, José Precedo, <a href="https://www.infolibre.es/politica/supremo-considera-amenaza-periodistas-citados-advierta-garcia-ortiz-no-filtro_1_2092939.html" target="_blank">el presidente del tribunal interpretó su declaración como una "amenaza"</a>. Esgrimir que los periodistas pueden faltar a la verdad le permitió al tribunal orillar una prueba directa (de primera mano) de que el fiscal general no fue autor del delito. </p><p>La declaración que, sin embargo, sí tuvo en cuenta el tribunal fue la de <a href="https://www.infolibre.es/politica/defensa-garcia-ortiz-sugiere-filtracion-pudo-llegar-fiscal-superior-madrid_1_2091723.html" target="_blank">la fiscal superior de la Comunidad de Madrid, Almudena Lastra</a>, que relató sin prueba alguna sus sospechas de que García Ortiz hubiera sido el autor de la filtración. También afirmó que era partidaria de desmentir el bulo de Ayuso, pero no con la contundencia que defendía su superior, el fiscal general. Además, Lastra <strong>fue, en última instancia, quien ordenó la publicación de la nota con el tenor que le impuso su jefe</strong>, pese a considerarla ilegal. La defensa de García Ortiz sostiene que esto último supone una <strong>"incoherencia patente"</strong> de la sentencia. "Si la nota de prensa en en sí misma constitutiva de un delito de revelación de secretos, como sostiene la sentencia condenatoria, resulta <strong>jurídicamente inexplicable que no se anude responsabilidad penal alguna a quien ejecuta conscientemente una orden que, según esa misma lógica, sería manifiestamente ilícita</strong>", dicen los abogados del Estado. </p><p>El recurso que reclama la nulidad de la sentencia carga también contra la valoración como indicio relevante de <strong>una llamada sin respuesta (saltó el buzón de voz)</strong> del periodista que primero publicó el correo –Miguel Ángel Campos, de la Cadena SER– a García Ortiz. Esa llamada, recuerda la defensa del ex fiscal general, se produjo a las 21,38, <strong>al menos 20 minutos antes de que el entonces jefe de la Fiscalía hubiera tenido acceso al correo</strong>. Pero es que, además, el registro de llamadas recabado por el Supremo muestra que <strong>justo en el momento en que la recibió, estaba al habla con la fiscal jefa de Madrid, Pilar Rodríguez</strong>, que le estaba ayudando a recopilarlos para elaborar la nota de prensa. La abogacía también recuerda que el <em>email</em> con la confesión de Amador se envió a una cuenta de correo genérico a la que tenían acceso 12 fiscales y cuatro funcionarios. </p><p>García Ortiz, según su representación fue condenado por una conducta que no está recogida como delito en la ley, otra garantía prevista en la Constitución (el derecho a la legalidad penal). Los magistrados, según el recurso, lo hicieron al considerar que <strong>la nota de prensa que desmintió el bulo de Ayuso era delictiva porque "revelaba" datos reservados</strong>. La Abogacía del Estado recuerda, sin embargo, que, en realidad, <strong>no revelaba nada, ya que todo su contenido estaba ya en los medios cuando se envió</strong>. Así lo consideró el propio Supremo en octubre de 2024 al abrir la causa contra el fiscal general y centrarla únicamente en la filtración del correo. </p><p>El último derecho fundamental que García Ortiz y su defensa consideran vulnerado es de la <strong>libertad de expresión</strong>. La sentencia, recuerda el recurso, "<strong>asfixia la función de comunicación pública del Ministerio</strong> Fiscal cuando más necesaria resulta", es decir, "<strong>ante ataques políticos que comprometen la confianza ciudadana</strong> en la independencia y neutralidad de la institución". La condena del Supremo, además omite el deber del Ministerio Público de informar a la ciudadanía y el contexto de ataques públicos de Ayuso y su entorno, que afirmaban que había orquestado una operación de Estado contra ella y su novio.  "Tal construcción doctrinal comporta, en la práctica, <strong>un secuestro y acallamiento de la posibilidad misma de que la Fiscalía y su máximo dirigente emitan comunicados o desmentidos institucionales</strong> cuando la institución se ve gravemente atacada", concluye la abogacía, "vaciando de contenido su función constitucional de información y defensa de la legalidad ante la ciudadanía y generando un efecto de amedrantamiento". </p><p>El incidente de nulidad instado por García Ortiz se suma al presentado por la teniente fiscal del Tribunal Supremo, Ángeles Sánchez Conde, <a href="https://www.infolibre.es/politica/defensa-garcia-ortiz-sugiere-filtracion-pudo-llegar-fiscal-superior-madrid_1_2091723.html" target="_blank">que acusó al Alto Tribunal de "crear un tipo delictivo" para condenarlo</a>. El Supremo, casi con total seguridad, rechazará ambos recursos por la misma mayoría que sacó adelante la sentencia. Una vez resueltos, la vía judicial quedará cerrada pero el ex fiscal general del Estado <strong>podrá seguir reclamando que se le haga justicia ante el Tribunal Constitucional</strong>. Fuentes del órgano de garantías estiman que su sentencia, en caso de que el ex fiscal general presente su recurso de amparo en las próximas semanas, no estará lista hasta después del próximo verano.</p>]]></description>
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      <pubDate><![CDATA[Mon, 19 Jan 2026 16:26:07 +0000]]></pubDate>
      <author><![CDATA[Manuel Altozano]]></author>
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      <media:title><![CDATA[García Ortiz denuncia en el Supremo la vulneración de cinco derechos fundamentales y abre la puerta al TC]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Tribunal Supremo,Tribunal Constitucional,Derechos humanos,Recursos de amparo,Fiscalía General Estado,Delitos,Isabel Díaz Ayuso,Alberto González Amador]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Peramato exime a García Ortiz de su expulsión como fiscal porque no fue condenado a penas de cárcel]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.infolibre.es/politica/peramato-exime-garcia-ortiz-expulsion-fiscal-no-condenado-penas-carcel_1_2127682.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.infolibre.es/clip/41bbcbcf-928c-48e1-aa45-1cf5604c19e5_16-9-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Peramato exime a García Ortiz de su expulsión como fiscal porque no fue condenado a penas de cárcel"></p><p>El fallo contra el anterior fiscal general del Estado por desmentir oficialmente un bulo de Isabel Díaz Ayuso <a href="https://www.infolibre.es/politica/supremo-condena-fiscal-general-2-anos-inhabilitacion-revelacion-secretos_1_2101259.html" target="_blank">lo condenó a una multa de 12 meses (7.200 euros en total) y una inhabilitación de dos años para ejercer el cargo concreto y específico de fiscal general del Estado</a>. La Sala de lo Penal del Supremo desatendió la petición del novio de la presidenta madrileña, Alberto González Amador, y del resto de acusaciones populares de <strong>que se le impusieran penas de prisión de hasta seis años</strong>. La negativa del Supremo a imponerlas es lo que, con toda probabilidad, permitirá a García Ortiz esquivar <strong>la expulsión de la carrera que prevé el Estatuto Orgánico de Ministerio Fiscal (EOMF) para los fiscales condenados por delitos  dolosos</strong> (intencionados). Y la revelación de datos reservados a la que fue sentenciado lo es.</p><p>La literalidad del estatuto con rango de ley que regula el Ministerio Público es tajante. <a href="https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1982-837" target="_blank">El artículo 44.2 de esa norma</a> establece entre <strong>las causas de incapacidad para el ejercicio de las funciones fiscales</strong> haber sido "condenado por delito doloso, mientras no hayan obtenido rehabilitación". Ese mismo precepto establece una <strong>excepción para "los casos en que la pena no fuera superior a seis meses", sin determinar si se habla de penas de prisión o de cualquier otro tipo</strong>. En esos casos, el fiscal general, en este caso la fiscala Teresa Peramato, "de forma motivada y atendiendo a la entidad del delito cometido, <strong>podrá sustituir la pérdida de la condición de fiscal por la sanción de suspensión de hasta tres años</strong>". Es decir, que como la pena de multa de García Ortiz es de 12 meses y la de inhabilitación de dos años, Peramato no tendría margen para salvarlo de la separación del servicio. </p><p>Esa textualidad de la ley es el argumento que manejan los sectores más conservadores de la Fiscalía y de la judicatura, que se han levantado en armas contra Peramato <a href="https://www.infolibre.es/politica/garcia-ortiz-incorporara-fiscalia-social-supremo-condena_1_2126398.html" target="_blank">tras comprobar que no solo no ha expulsado a su antecesor en el cargo, sino que ha avalado su reincorporación</a> dándole como destino la sección de lo Social (asuntos laborales y relativos a la Seguridad Social) de la Fiscalía del Tribunal Supremo, como fiscal de Sala que es (la máxima categoría de la carrera). En caso de que se presente un recurso ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Supremo contra la rehabilitación del anterior fiscal general decretada por su sucesora <strong>ese será, con toda probabilidad, el principal argumento</strong>.</p><p>El problema es que, en Fiscalía, esa previsión expresa y tajante del estatuto de expulsar automáticamente a los fiscales condenados a penas de cualquier tipo siempre que sean superiores a seis meses, se considera <strong>un error cometido por el Parlamento al redactar la ley que la introdujo</strong>. Y no es algo que se haya sacado Peramato de la manga en este momento para beneficiar a uno de sus principales valedores, como sugieren los más conservadores. Lo estableció la Inspección Fiscal, el órgano que se encarga de la responsabilidad disciplinaria de los fiscales, <strong>tras una consulta planteada al respecto en 2017, año en el que todavía era fiscal general del Estado el conservador Julián Sánchez Melgar,</strong> el último nombrado por el Gobierno de Mariano Rajoy, del PP.</p><p>La Inspección Fiscal recordó entonces que la reforma del Estatuto por la que se introdujo esa previsión buscaba adaptar para los fiscales <strong>"la posibilidad </strong>ya existente para los jueces<strong> de que la sanción de separación de la carrera por haber perpetrado un delito doloso pueda ser flexibilizada por el fiscal general del Estado en determinados casos menos graves"</strong>, según se establecía en la exposición de motivos de la ley. Sin embargo, recordaba el fiscal jefe inspector, <a href="https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1985-12666" target="_blank">el artículo previsto en la Ley Orgánica del Poder Judicial para jueces y magistrados (artículo 379.1.d)</a> establece como causa de expulsión la condena por razón de delito doloso, como en el caso de los fiscales, pero <strong>"a pena privativa de libertad"</strong>, algo que, sin embargo, pese a pretenderlo, no introdujo la reforma del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal.</p><p>Ese error y omisión provoca, si se toma al pie de la letra el texto de ambas normas, <strong>una enorme incoherencia</strong>. Mientras un juez condenado por un delito doloso con una pena de prisión inferior a seis meses puede ver sustituida su expulsión disciplinaria de la carrera por una mera suspensión temporal, <strong>en el caso de los fiscales bastaría cualquier pena –incluso las de menor entidad, como una multa o una inhabilitación</strong> que supere esos seis meses–, para perder la condición de miembro del Ministerio Público sin que el fiscal o fiscala general pudiera hacer nada por evitarlo. </p><p>La Inspección Fiscal resolvió esa contradicción entre el texto del Estatuto y la intención que buscaba su reforma recordando que, en todo lo relativo a "la pérdida de la condición de miembro de la carrera fiscal", <strong>la Ley Orgánica del Poder Judicial</strong>, es decir, la que regula el estatuto de jueces y magistrados –y prevé que solo puedan ser expulsados automáticamente por "penas privativas de libertad" superiores a seis meses–, <strong>es "de aplicación supletoria" al Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal</strong>. En conclusión: que al igual que en el caso de los jueces, en el de los miembros del Ministerio Público, la fiscala general del Estado puede rechazar la expulsión de un compañero condenado si, como en el caso de García Ortiz, no lo ha sido a penas de prisión.</p><p>Este criterio, además, fue <strong>compartido por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo</strong> –a la que previsiblemente recurrirán los que quieren a García Ortiz fuera de la Fiscalía– <a href="https://www.poderjudicial.es/search/indexAN.jsp" target="_blank">en una sentencia de 2017</a>. La resolución establecía, al igual que la Inspección, que en el caso tanto de jueces como de fiscales y no solo en el de los primeros, la pertenencia a la carrera se perdía automáticamente <strong>por penas de cárcel de más de seis meses</strong>. "Si la condena es a menos de seis meses de privación de libertad ,el Consejo General del Poder Judicial o el fiscal general del Estado, de forma motivada y atendiendo a la entidad del delito cometido, pueden sustituir la pérdida de la condición de juez o magistrado o de fiscal por la de suspensión hasta tres años", decía la sentencia, que concluía: <strong>"Si la condena por delito doloso no conlleva privación de libertad, entonces no habrá pérdida de la condición judicial o fiscal"</strong>. </p><p>El silogismo es claro. <strong>Álvaro García Ortiz no ha sido condenado a ninguna pena privativa de libertad, luego no debe ser expulsado</strong>. Su sucesora, Teresa Peramato, está habilitada legalmente para impedir que pierda la condición de fiscal aunque su sentencia le achaque un delito doloso como el de revelación de datos reservados. <a href="https://www.infolibre.es/politica/peramato-apoya-sentencia-ts-garcia-ortiz-avalarlo-fiscal-sala_1_2126630.html" target="_blank">Su inhabilitación, según dice la propia condena del Supremo, es únicamente para el cargo de fiscal general del Estado y ninguno más</a>, según estableció la sentencia. </p><p>En esas condiciones, es perfectamente lícito que el perjudicado de una instrucción, un proceso y una condena tan polémicas, desproporcionadas y ampliamente cuestionadas, pueda retomar su labor como fiscal de la más alta categoría apenas un mes después de que se conociera su sentencia.    </p>]]></description>
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      <pubDate><![CDATA[Thu, 15 Jan 2026 05:00:58 +0000]]></pubDate>
      <author><![CDATA[Manuel Altozano]]></author>
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      <media:title><![CDATA[Peramato exime a García Ortiz de su expulsión como fiscal porque no fue condenado a penas de cárcel]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Tribunal Supremo,Fiscalía General Estado,Teresa Peramato,Tribunales,Isabel Díaz Ayuso,Delitos]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Peramato se apoya en la sentencia del TS contra García Ortiz para avalarlo como fiscal de Sala]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.infolibre.es/politica/peramato-apoya-sentencia-ts-garcia-ortiz-avalarlo-fiscal-sala_1_2126630.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.infolibre.es/clip/b0b18226-429d-479d-bf85-3095a2d9fc9c_16-9-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Peramato se apoya en la sentencia del TS contra García Ortiz para avalarlo como fiscal de Sala"></p><p>Pese a <a href="https://www.infolibre.es/politica/cuestionamiento-supremo-condena-fiscal-general-parte-carrera-judicial_1_2112847.html" target="_blank">la conmoción generada por el cuestionado proceso y la sentencia condenatoria contra Álvaro García Ortiz por desmentir un bulo de la presidenta madrileña Isabel Díaz Ayuso</a>, los cinco magistrados que apoyaron el fallo intentaron, en la redacción de su controvertida resolución, <strong>que la inhabilitación no acabara con la carrera del hasta entonces fiscal general </strong>del Estado. Esos cinco miembros del tribunal, tras recordar que las responsabilidades disciplinarias derivadas del delito de revelación de datos reservados por el que le condenaron no les correspondía dirimirlas a ellos, <strong>quisieron encapsular esa inhabilitación en el cargo concreto de máximo responsable de la Fiscalía</strong>. Esa concesión y el hecho de que el jefe del Ministerio Público no forme parte de su estructura orgánica –un magistrado o un jurista prestigioso puede serlo– han permitido a su sucesora, Teresa Peramato, <a href="https://www.infolibre.es/politica/garcia-ortiz-incorporara-fiscalia-social-supremo-condena_1_2126398.html" target="_blank">rehabilitarlo en su categoría de fiscal de Sala</a>.</p><p>El pasado 17 de diciembre, la Sala de lo Penal del Supremo <a href="https://www.infolibre.es/politica/supremo-ordena-garcia-ortiz-pago-multa-indemnizacion-pareja-ayuso_1_2116014.html" target="_blank">notificó la apertura de la ejecución de la sentencia a la inspección fiscal</a>. Se trata del organismo que debe analizar si la condena a inhabilitación como fiscal general de García Ortiz debe comportar, además de las penales, <strong>alguna consecuencia disciplinaria</strong>. Fuentes fiscales explican que el procedimiento es que la inspección elabore un informe sobre el caso concreto para que la <strong>nueva fiscala general, Teresa Peramato, decida en última instancia</strong>. La decisión de darle como nuevo destino la sección Social (la que lleva los asuntos laborales y relativos a la Seguridad Social) de la Fiscalía del Tribunal Supremo indica que Peramato no ve razones para que su antiguo jefe no siga ejerciendo sus funciones como fiscal. </p><p>La sentencia del Supremo que lo expulsó de la cúspide del Ministerio Fiscal es la que, sorprendentemente, "ha echado un capote" para que las consecuencias del fallo no sean más drásticas, según fuentes fiscales. "Estamos juzgando un concreto hecho, no una trayectoria en <strong>una carrera estrechamente ligada con la Administración de Justicia, cuya brillantez y dedicación no nos pasa desapercibida</strong> y no podemos dejar de tomar en consideración", decía la sentencia tratando de limitar los daños. "Por otra parte, ese concreto hecho se produce [...] <strong>con el deseo prevalente</strong>, lo que no anula su antijuricidad, <strong>de salir en defensa del prestigio de la institución que representaba</strong>", prosigue en su fundamento jurídico sexto, el que versaba sobre la pena concreta que debía cumplir.</p><p>Ese mismo pasaje añadía después: "La pena de inhabilitación especial para empleo o cargo público supone la privación definitiva del cargo sobre el que recae". Y acto seguido: <strong>"Se concreta [...] exclusivamente en el que ostentaba el acusado en el momento de los hechos: fiscal general del Estado"</strong>. "Nos parece que, desde una perspectiva estrictamente penal", es decir dejando de lado la responsabilidad disciplinaria, cuya decisión recae sobre Peramato, <strong>"es proporcionada esa acotación"</strong>, proseguía la resolución, que apuntaba: <strong>"No es necesario ser fiscal para alcanzar la titularidad de la Fiscalía General del Estado"</strong>. "No nos corresponde dilucidar las consecuencias extraprocesales de la condena, que se mueven en otro plano [el de la inspección fiscal y la nueva fiscala general]; tan solo constatamos que penalmente <strong>esa extensión limitada al cargo nos parece proporcionada revelándose como excesiva su proyección a otros</strong>".</p><p>La reincorporación del ex fiscal general al Tribunal Supremo, el destino que le corresponde como fiscal de Sala, indica, según las fuentes consultadas, que <strong>Peramato se habría apoyado en esos argumentos de la Sala de lo Penal para bendecir su vuelta</strong>. Su antecesor en el cargo, además, ha reclamado al Alto Tribunal <strong>la suspensión de su condena</strong>, lo que, en caso de aceptarse, podría retrasar aún más –al menos hasta que se pronuncie el Tribunal Constitucional sobre su recurso de amparo– la decisión sobre las consecuencias disciplinarias de su inhabilitación penal. En caso de que la deniegue, la nueva fiscala general tendría que tomar una decisión. Y <strong>lo que decida es susceptible se ser recurrido ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Supremo</strong> que tiene la última palabra. </p><p>El texto de la sentencia, sin embargo, da margen para orillar las consecuencias más drásticas que podría haber acarreado la condena. El artículo 46 del <a href="https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1982-837" target="_blank">Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal</a> establece que la condición de fiscal se pierde en caso de <strong>"pena principal o accesoria de inhabilitación para cargos públicos"</strong>. El 44 considera incapacitados para serlo a <strong>"los que hayan sido condenados por delito doloso",</strong> aunque el mismo precepto permite al jefe del Ministerio Público –a Peramato en este caso– <strong>sustituir la expulsión "atendiendo a la entidad del delito", "por la sanción de suspensión de hasta tres años"</strong>. El Supremo resta entidad al supuesto delito del ex fiscal general al considerar que la inhabilitación es solo para ese alto cargo, ninguno más. También concede que la infracción penal que apreció se cometió para defender al Ministerio Público lo que, en principio, frenaría nuevas sanciones. </p>]]></description>
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      <pubDate><![CDATA[Mon, 12 Jan 2026 20:29:10 +0000]]></pubDate>
      <author><![CDATA[Manuel Altozano]]></author>
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    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[El rey emérito se desnuda]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.infolibre.es/opinion/ideas-propias/rey-emerito-desnuda_129_2095945.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.infolibre.es/clip/169d2b82-9633-4f19-a759-100988e9254f_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="El rey se ha desnudado"></p><p>"<em>El rey está desnudo</em>" es un cuento de Hans Christian Andersen, <em>"El traje nuevo del emperador</em>"<span class="highlight" style="--color:white;">. La expresión se ha generalizado y se utiliza para describir una situación en la que la verdad es evidente para todos, pero </span><span class="highlight" style="--color:white;"><strong>nadie se atreve a decirla por miedo</strong></span><span class="highlight" style="--color:white;"> o por presión social. Solo una persona desprovista de malicia, un niño, se atreve a manifestarlo sin tapujos. Según los comentaristas, el cuento alerta sobre</span><span class="highlight" style="--color:white;"><strong> la credulidad y la vanidad</strong></span><span class="highlight" style="--color:white;">. </span></p><p><span class="highlight" style="--color:white;">El modelo político de los vencedores en la Guerra Civil era el que se había instaurado en Alemania e Italia. La derrota del nazismo y el fascismo en 1945 les hizo recapacitar sobre</span><span class="highlight" style="--color:white;"><strong> la viabilidad de un sistema</strong></span><span class="highlight" style="--color:white;"> que había sido rechazado en toda Europa y que resurgió al final de la Segunda Guerra Mundial. Es necesario reconocer que la maniobra para perpetuar la dictadura, que consistía en traspasar la Jefatura del Estado vitalicia </span><span class="highlight" style="--color:white;"><strong>a un monarca designado por Franco</strong></span><span class="highlight" style="--color:white;">, surtió efecto durante muchos años y las consecuencias todavía perviven en la actualidad.</span></p><p><span class="highlight" style="--color:white;">La Ley de Sucesión en la Jefatura del Estado de 26 de julio de 1946 proclama que España como unidad política es un Estado católico, social y representativo que, de acuerdo con su tradición, </span><span class="highlight" style="--color:white;"><strong>se declara constituido en Reino</strong></span><span class="highlight" style="--color:white;">. En el año 1969 el dictador designa oficialmente a Juan Carlos de Borbón como su sucesor con el título de Príncipe de España. Pero mucho antes se había producido una serie de acontecimientos que demuestran la connivencia y la participación de su padre, don Juan de Borbón, que ostentaba la legitimidad dinástica como descendiente directo de Alfonso XIII. </span></p><p>En una reunión celebrada el 25 de agosto de 1948 entre Franco y el conde de Barcelona acordaron que Juan Carlos se formase académica y militarmente en España. A partir de este momento, el futuro Rey goza del <strong>manto protector de la censura informativa</strong> y apoyo institucional. Se conocen, pero se encubren, sus iniciales aventuras amorosas durante su estancia en las Academias militares. Un trágico suceso que ocasiona la muerte de su hermano Alfonso mientras manejaban un revolver. El diario <a href="https://es.wikipedia.org/wiki/Arriba_(peri%C3%B3dico)" target="_blank"><em>Arriba</em></a> titulaba: «Al disparársele una pistola, muere el infante don Alfonso de Borbón». Sobre lo sucedido surgen numerosas especulaciones, pero creo que no hay motivo para desconfiar de la versión oficial. Es más, me parece que es el único pasaje de sus anunciadas memorias que refleja el<strong> inevitable impacto emocional </strong>que produce en una persona un suceso que es difícil de olvidar. </p><p>El manto de la inviolabilidad, llevado a <strong>extremos inconcebibles en una sociedad democrática</strong>, le ha protegido incluso frente a demandas de paternidad presentadas en los tribunales españoles, que no sin minoritarias discrepancias, sostienen que también es inviolable frente a reclamaciones de índole civil. Es decir, puede llevarse un automóvil de lujo sin que se le pueda reclamar el precio si no se ha pagado. En cuanto al reconocimiento de la paternidad me imagino la sorpresa de Alberto de Lieja y Alberto de Mónaco, que han tenido que reconocer paternidades reclamadas por las personas legitimadas para plantear esta petición en los tribunales de justicia.</p><p>La cobertura de la impunidad le ha acompañado durante todo su reinado y <strong>se extiende hasta el momento presente</strong>, incluso después de su abdicación (19 de junio de 2.014), aunque constitucionalmente ha perdido su inviolabilidad. Las sospechas sobre sus ilícitas actividades económicas comenzaron a tomar cuerpo con motivo de las condenas a Manuel Prado y Colón de Carvajal y Javier de la Rosa por sus manejos relacionados con el Grupo Torras. Se han conocido y divulgado numerosas actividades ilícitas difundidas por los medios de comunicación. <strong>Necesitaríamos varios volúmenes </strong>de la misma extensión que las memorias para relatar y profundizar en los numerosos hechos delictivos que se le atribuyen e imputan. Me remito a las Diligencias de la Fiscalía General del Estado y a la extensísima información que se puede encontrar en Wikipedia. La crítica más contundente se desprende del  comunicado de su hijo Felipe VI cuando hizo pública su renuncia a la herencia de su padre, «así como a cualquier activo, inversión o estructura financiera cuyo origen, características o finalidad puedan <strong>no estar en consonancia con la legalidad </strong>y los criterios de rectitud e integridad que rigen su actividad institucional y privada». </p><p>La situación se volvió insostenible, afectando a la estabilidad de la Corona. Decidió exiliarse voluntariamente en los Emiratos árabes, donde ha permanecido intermitentemente, fijando su residencia fiscal en Abu Dabi <strong>para evitar los pagos debidos a la Hacienda española</strong> por su inmensa fortuna. Que cada cual valore esta conducta conforme a su libre criterio. El manto de la inviolabilidad y la impunidad le ha cubierto y le sigue cubriendo, por eso no entendemos el error que ha cometido al decidir publicar sus memorias en contra de las tradiciones históricas y los consejos de algunos.</p><p>Desbordado por su soberbia, decide ajustar cuentas con los ciudadanos que han sido críticos con su conducta y confía a su biógrafa –y, según dicen, admiradora– Laurence Débray la redacción de unas memorias, publicadas en primicia por una editorial francesa. Según manifiesta en el prólogo, se decidió a dejar por escrito sus vivencias porque se le había «robado su historia». <strong>¿Quién ha robado a quién? </strong> </p><p>Tengo bastante información sobre sus andanzas y por tanto no voy a leer su versión, pero me han llamado la atención algunos comentarios que ha realizado sobre su contenido. Según nos cuenta el periodista del diario francés <em>Le Figaró</em> que le ha entrevistado, afirma que <strong>su único compañero es un loro mudo</strong>. ¿Por qué no ha seguido usted su ejemplo? El panegírico que le hace el periodista francés me recuerda al aparato de propaganda de la dictadura. Me voy a detener exclusivamente en tres puntos que recalca en su entrevista.</p><p>Sostiene que las actuales generaciones <strong>no saben quién era Franco</strong>. Tiene usted razón, no se estudia en los centros escolares. Me permito ofrecer algunas pinceladas de su figura para que los lectores saquen sus conclusiones. El corresponsal del <em>Chicago Tribune</em>, Jay Allen, le entrevistó en los inicios de la Guerra Civil. Franco le manifestó: “Salvaré a España del marxismo”. Replica el periodista: “¿Significa que tendrá que fusilar a media España?” Respuesta tajante. <strong>“He dicho a cualquier precio”</strong>. Terminada la Guerra civil, lejos de desarrollar una política de Paz, Piedad, Perdón como pidió Azaña, puso en marcha la máquina exterminadora de los Consejos de Guerra, fusilando a <strong>más de 50.000 republicanos</strong>. Se despidió de este mundo con cinco ejecuciones sumarísimas en septiembre de 1975.</p><p>En relación con el Golpe del 23F se exime de toda responsabilidad y sostiene que hubo tres golpes, el de Tejero, el de Armada y el de los políticos cercanos al franquismo. Añade una ignominia que me figuro que habrá entristecido a los familiares: “Armada me traicionó”. Me permito refrescarle la memoria. Armada<strong> fue condenado a 20 años de prisión</strong> en el Consejo de Guerra militar. Se articuló un extraño Recurso de casación ante la Sala Segunda del Tribunal Supremo. Como es lógico, pidió al entonces Presidente del Tribunal Supremo que le informase del contenido de la sentencia antes de que fuese pública. El Presidente le llamó para informarle sobre su contenido. Sin apenas saludarle le preguntó: "¿Armada?, 30 años" le contestó; reaccionó con un rotundo taco mostrando su rechazo y desagrado. ¿Lo recuerda?</p><p>Por último, las referencias al actual Gobierno. Demuestran su pérdida de neutralidad y <strong>sesgado partidismo</strong>. Afirma que el Gobierno de Pedro Sánchez utiliza las trapisondas de su nieto Froilán para desacreditar a una monarquía que sueña con abolir. Una vez más es usted injusto. Gracias a las órdenes del Ministerio de Hacienda a la Agencia Tributaria para que no investigase sus defraudaciones en el IRPF, se ha librado de ser condenado<strong> por cinco delitos fiscales</strong>. </p><p>La edición española se ha demorado hasta días después de la conmemoración de la restauración de la monarquía parlamentaria. Está a tiempo de cambiar el título. No solo se ha desnudado, sino que ha entrado de lleno en la confrontación política, <strong>dejando a un lado la reconciliación</strong>.</p><p>_________________</p><p><em><strong>José Antonio Martín Pallín </strong></em><em>es abogado. Ha sido Fiscal y Magistrado del Tribunal Supremo.</em></p>]]></description>
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      <pubDate><![CDATA[Thu, 13 Nov 2025 05:01:04 +0000]]></pubDate>
      <author><![CDATA[José Antonio Martín Pallín]]></author>
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      <media:title><![CDATA[El rey emérito se desnuda]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Monarquía,Juan Carlos I,Delitos,Corrupción,Felipe VI]]></media:keywords>
    </item>
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      <title><![CDATA[González Amador busca en el juicio al fiscal general una oportunidad para pedir la nulidad de su propia causa]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.infolibre.es/politica/gonzalez-amador-busca-juicio-fiscal-general-oportunidad-pedir-nulidad-propia-causa_1_2093968.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.infolibre.es/clip/0c72b6cc-7013-41a5-8a12-97a95d5b29e6_16-9-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="González Amador busca en el juicio al fiscal general una oportunidad para pedir la nulidad de su propia causa"></p><p>Un supuesto defraudador fiscal <a href="https://www.infolibre.es/politica/jueza-abre-juicio-oral-novio-diaz-ayuso-fraude-hacienda_1_2067232.html" target="_blank">acusado por dos delitos contra la Hacienda Pública</a> plenamente acreditados por la Agencia Tributaria y otro de falsedad documental, y a la vez <a href="https://www.infolibre.es/politica/audiencia-madrid-respalda-ampliar-investigacion-pareja-diaz-ayuso-pago-quiron_1_1954090.html" target="_blank">imputado por administración desleal y corrupción en los negocios por tratar de ocultar una presunta comisión de 500.000 euros a un directivo de Quirón</a> –la principal contratista sanitaria del Gobierno que dirige su novia–, se presentó el pasado martes en el Tribunal Supremo como una víctima de una operación de Estado. La <strong>sobreactuación</strong> de Alberto González Amador ante los magistrados –<a href="https://www.infolibre.es/politica/gonzalez-amador-presenta-victima-inocente-no-cometido-delitos_1_2092380.html" target="_blank">"Me han destrozado la vida; o me voy de España o me suicido"</a>, declaró– no solo buscaba la condena del acusado, el fiscal general del Estado. Amador <strong>cree que, con una sentencia condenatoria contra García Ortiz, podrá lograr el archivo de la causa por cinco delitos</strong> que el Juzgado de Instrucción 19 de Madrid sigue contra él.  </p><p>En el relato que trata de imponer su abogado, Gabriel Rodríguez-Ramos, ante el Alto Tribunal, Amador es el perjudicado directo de una <strong>supuesta</strong> <strong>conspiración</strong> de al menos tres instituciones del Estado controladas por el PSOE <strong>–el Gobierno, la Agencia Tributaria y la Fiscalía–</strong> para dañar políticamente a su pareja, Isabel Díaz Ayuso (del PP) a través de él. <a href="https://www.infolibre.es/politica/ts-admite-nota-fiscalia-no-revelo-nuevo-imputa-fiscal-general-investigar-posibles-filtradores_1_1880923.html" target="_blank">La resolución de la Sala de lo Penal del Supremo con la que se abrió el caso contra el fiscal general</a> considera que la conducta de la que se le acusa –revelar un correo de unas negociaciones de conformidad en la que Amador confesaba sus delitos para evitar la cárcel– habría afectado a un derecho fundamental de Amador, <strong>el derecho de defensa. </strong></p><p>"Estimamos que, al menos indiciariamente, en este supuesto, <strong>sí existe una carga de lesividad que afecta al posible perjuicio al derecho de defensa del Sr. González Amador</strong>, como consecuencia de la revelación de un correo existente entre su letrado y el fiscal de delitos económicos, el día 2 de febrero de 2024", sostenían los magistrados en su auto de admisión a trámite, con el que se inició la instrucción. </p><p>La causa que se sigue contra el novio de Ayuso en los juzgados de Plaza de Castilla consta de dos piezas. <a href="https://www.infolibre.es/politica/jueza-rechaza-ultimo-novio-ayuso-esquivar-banquillo-ver-claros-indicios-fraude_1_2036816.html" target="_blank">La primera y principal es la que dio inicio al caso, los dos delitos fiscales y la falsedad documental</a> derivada de las facturas falsas que presentó ante a Hacienda para tratar de ocultar el fraude tributario. Esa pieza ya está totalmente instruida y <strong>el juzgado ha dictado auto de apertura de juicio oral</strong>. El proceso se iniciará en unos meses ante un Juzgado de lo Penal de Madrid. La segunda pieza, la relativa a la compra de una sociedad inactiva y sin capital ni empleados a la esposa de un directivo de Quirón por medio millón de euros en <strong>una operación que trataría de ocultar una comisión irregular</strong> –una conducta más difícil de probar– sigue todavía en la fase de investigación.</p><p>En caso de que el fiscal sea finalmente condenado en el Supremo, la defensa de Amador en el caso en el que está acusado e imputado por cinco delitos –el mismo equipo que lo representa en el juicio contra García Ortiz– <strong>reclamará, con total seguridad, que la causa abierta contra él se anule</strong>. El motivo que alegará es vulneración de derechos fundamentales. En concreto, hará valer la sentencia para demostrar que la Fiscalía, a través de su máximo representante, vulneró su <strong>derecho a la tutela judicial efectiva recogido en el artículo 24.2 de la Constitución </strong>en su vertiente del derecho de defensa. Serán el Juzgado de Instrucción 19, del que es titular Antonio Viejo, el juez de lo Penal al que corresponda el juicio de los delitos fiscales, o la Audiencia de Madrid los órganos que, hipotéticamente, tendrán que decidir si anulan las actuaciones por ese motivo.</p><p>Varios magistrados del orden Penal consultados por <strong>infoLibre</strong> consideran que, <strong>aun habiendo condena, en la causa contra Amador no cabría declarar la nulidad</strong>. Esos magistrados explican que el derecho de defensa afecta únicamente al proceso en sí, es decir, tanto a las diligencias que hubiera iniciado el fiscal, como a la causa ya abierta en el juzgado o en el propio juicio cuya apertura ya se ha dictado. Esas mismas fuentes aseguran que <strong>las negociaciones para una conformidad son externas al proceso</strong>, como explica el hecho de que esas conversaciones previas al acuerdo <strong>no estén reguladas en la Ley de Enjuiciamiento Criminal</strong>. La reserva o <strong>el secreto </strong>que establece esa ley para la instrucción <strong>no engloba los tratos para establecer los términos del acuerdo entre el fiscal y el acusado</strong>, que necesariamente implica la confesión de los delitos que se le achaquen. </p><p>Pueda o no lograrlo, que la defensa de Amador trate de conseguir que se le exima de sus delitos mediante la nulidad es <strong>algo que solo podría intentar en caso de que, tras el juicio que se celebra estos días, haya sentencia condenatoria</strong>. En caso contrario, si el fiscal general sale absuelto, a González Amador solo le quedarán dos vías: las mismas que le indicó su abogado cuando Hacienda le comunicó la existencia de sus delitos. La primera es <strong>seguir adelante con el juicio</strong> que tiene pendiente por sus dos presuntos delitos contra la Hacienda Pública y su falsedad documental, y defenderse en la instrucción de los otros dos que se le imputan (corrupción en los negocios y administración desleal) en la pieza separada. La segunda es <strong>volver a negociar con el Ministerio Público para reconocer de nuevo los delitos que se le achacan</strong> y tratar de lograr evitar la prisión. </p><p>Una exfiscal de delitos económicos que ha llevado varias causas de este tipo explica que, en estos casos, <strong>lo más razonable para el acusado es tratar de llegar a un acuerdo para conseguir una reducción de la condena</strong> y que, en principio, no existirían obstáculos para meter en un mismo paquete todas las infracciones penales que se le achacan en una hipotética negociación. <strong>El escenario que afrontará en ese caso, sin embargo, es mucho más complicado que el del primer intento,</strong> hecho a toda prisa el 2 de febrero de 2024 –fecha del correo en el que su abogado decía "ciertamente se han cometido dos delitos fiscales"– antes de que ni siquiera hubiera empezado la fase de instrucción y, por supuesto, la pieza separada. En ese momento habría podido salir con una condena muy leve por solo dos delitos, así como el pago de la multa y la cuota defraudada. Si Álvaro García Ortiz sale absuelto, Amador se enfrentará a penas más graves y, si quiere reducirlas o evitar su cumplimiento, tendrá que admitir otra vez los hechos. Por eso, la causa contra el fiscal general es su última bala.   </p>]]></description>
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      <pubDate><![CDATA[Mon, 10 Nov 2025 18:46:08 +0000]]></pubDate>
      <author><![CDATA[Manuel Altozano]]></author>
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      <media:title><![CDATA[González Amador busca en el juicio al fiscal general una oportunidad para pedir la nulidad de su propia causa]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Tribunales,Fiscalía General Estado,Juicios,Alberto González Amador,Isabel Díaz Ayuso,Fraude,Fraude fiscal,Delitos]]></media:keywords>
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      <title><![CDATA[Narcos españoles se infiltran en los peajes de Francia y atacan con clavos a los coches de Policía]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.infolibre.es/narcotrafico/narcos-espanoles-infiltran-peajes-francia-atacan-clavos-coches-policia_1_2090044.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.infolibre.es/clip/5d2f29ea-e222-470b-98d4-072b5ee2014e_16-9-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Narcos españoles se infiltran en los peajes de Francia y atacan con clavos a los coches de Policía"></p><p>Ocurrió en el entorno de la ciudad de Saint-Étienne, al Sur de Lyon y a muchos kilómetros de la frontera entre Francia y España. Sin embargo, una vez más, un traficante de drogas procedente de la <strong>Península Ibérica</strong> no tuvo dudas a la hora de poner en riesgo la vida de los policías del país galo para intentar salvar el gran alijo de hachís que transportaba en su BMW. Pero la investigación fue más allá. Su resultado, que se conoce poco después de la relación de otros narcos españoles con <a href="https://narcodiario.com/2025/10/los-narcos-matan-a-un-agente-y-plantan-fuego-a-su-planeadora-en-el-guadiana/" target="_blank">el asesinato de un guardia en el río Guadiana</a>, tiene un mayor alcance, pues desvela por primera vez la connivencia de trabajadores de una empresa dedicada al<strong> control de peajes</strong> de la autopista al servicio de los criminales.</p><p>En el marco de la fase de explotación de la operación, según informa la <strong>Police Nationale</strong> de Francia, se incautaron <strong>450 kilos de hachís</strong> en posesión del sospechoso, que, a bordo de un automóvil de altísima gama y cilindrada, transportaba desde<strong> </strong>España.</p><p>La investigación, iniciada a finales del verano de 2025 por la delegación de la OFAST en <strong>Lyon</strong> y dirigida por la fiscalía de <strong>Saint-Étienne</strong>, tenía como objetivo frenar "la importación masiva de estupefacientes desde España", según detalla el Ministerio Público francés. El trabajo culminó con la detención del individuo que estaba al volante del BMW durante un operativo antidrogas el 4 de octubre.</p><p>El conductor, que actuaba de forma temeraria, lanzó clavos específicos para <strong>destrozar los neumáticos</strong> contra vehículos policiales. Contaba con ellos en su 'dotación' de narcotransportista. Sin embargo, pese a su resistencia, fue detenido gracias a la tenacidad de los agentes, que pusieron en riesgo su integridad física.</p><p>En paralelo, y en los días siguientes a la caída de la droga, también fueron detenidos <strong>tres cómplices</strong>, nada menos que operadores de cabinas de peaje en el tránsito entre España y Francia que, según parece, estaban a sueldo de los narcos para<strong> permitir el paso</strong> de los vehículos <em>go-fast</em> cargados de droga.</p><p>Ante tales evidencias, todos fueron llevados ante un juez, y tres de ellos, <strong>dos trabajadores de la empresa</strong> de peajes y el conductor del BMW, fueron ingresaron en prisión preventiva.</p>]]></description>
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      <pubDate><![CDATA[Fri, 31 Oct 2025 05:01:16 +0000]]></pubDate>
      <author><![CDATA[Narcodiario]]></author>
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      <media:title><![CDATA[Narcos españoles se infiltran en los peajes de Francia y atacan con clavos a los coches de Policía]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Narcodiario,Drogas,Delincuencia,Delitos,Sucesos,Francia,España,BMW]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Siete detenidos, pero sin las joyas y con un ladrón todavía escapado: el robo del Louvre sigue sin resolverse]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.infolibre.es/internacional/siete-detenidos-joyas-ladron-todavia-escapado-robo-louvre-sigue-lejos-resolverse_1_2089958.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.infolibre.es/clip/77bdc9bc-4d49-4d7e-91ea-2c09bb3af413_16-9-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Siete detenidos, pero sin las joyas y con un ladrón todavía escapado: el robo del Louvre sigue sin resolverse"></p><p>Once días después del <a href="https://www.infolibre.es/narcotrafico/tres-minutos-cuarenta-segundos-louvre-golpe-devuelve-escena-pink-panthers_1_2087140.html" target="_blank" >audaz robo de ocho joyas de la corona francesa</a> en el Museo del Louvre, <strong>siete sospechosos</strong> están ya en prisión provisional o bajo custodia policial, aunque aún faltan por localizar a uno de los cuatro ladrones del comando ejecutor del golpe del <a href="https://www.infolibre.es/internacional/atraco-louvre-heridos-lleva-cierre-museo-durante-dia_1_2082922.html" target="_blank" >19 de octubre</a> y también el botín, tal y como ha informado EFE.</p><p>Los frutos de la investigación, en la que participan más de un centenar de agentes y magistrados, empezaron a <strong>cosecharse el sábado con los dos primeros arrestos</strong> y continuó la noche pasada con <a href="https://www.infolibre.es/politica/detienen-cinco-nuevos-sospechosos-robo-joyas-museo-louvre_1_2089547.html" target="_blank" >otros cinco detenidos</a>, todos en la región parisiense.</p><p>La fiscal de París, <strong>Laure Beccuau</strong>, que anunció hoy las nuevas detenciones, comparó la investigación con "el hilo de Ariadna" y su papel en este proceso, dijo, no es preocuparse por <a href="https://www.infolibre.es/internacional/ladrones-louvre-perdieron-joya-huida_1_2082976.html" target="_blank" >dónde están las joyas</a> sino mantenerse "firme" para tratar de encontrarlas.</p><p>En una entrevista a la emisora RTL, la fiscal envió un claro mensaje a quien tenga las joyas: "La Justicia tendrá en cuenta que en este robo no se causó ningún daño" y "<strong>la cooperación con la investigación</strong> se tiene en cuenta al determinar la sentencia".</p><p>El valor material de las joyas fue estimado por el Louvre en unos <strong>88 millones de euros</strong>, mientras que el patrimonial e histórico es incalculable, según los expertos, ya que incluye la diadema de la emperatriz Eugenia, adornada con <strong>casi 2.000 diamantes</strong>, así como el collar del conjunto de zafiros que perteneció a María Amelia, la última reina de Francia, y a Hortensia de Beauharnais, madre de Napoleón III. </p><p>La fiscal desveló que uno de los detenidos anoche "era objetivo de los investigadores" y tienen "pruebas de ADN" que<strong> lo vinculan directamente con el robo</strong>. "Era uno de los sospechosos que teníamos en el punto de mira", precisó.</p><p>Señaló que <strong>los otros cuatro detenidos </strong>el miércoles "pueden aportar información sobre cómo se desarrolló" el golpe, sin dar datos de sus perfiles porque, señaló, "es demasiado pronto" y "la investigación avanza poco a poco" y <strong>no se descartan más arrestos</strong>.</p><p>La redada de la víspera se produjo la misma noche en la que los dos detenidos del pasado sábado <strong>fueron imputados formalmente por el juez instructor</strong> del caso, por "robo organizado y conspiración para delinquir", e ingresaron en prisión preventiva.</p><p>Esos cargos pueden acarrear hasta <strong>15 y 10 años de cárce</strong>l, respectivamente.</p><p>Los dos hombres detenidos el sábado, ambos en la treintena, "admitieron parcialmente los hechos", explicó Beccuau, en una rueda de prensa celebrada el miércoles por la tarde. </p><p>Se sospecha que fueron ellos quienes "entraron en la Galería de Apolo para robar las joyas", precisó la fiscal.</p><p>Uno de los detenidos anoche formaría también parte del comando que <strong>robó las joyas en apenas ocho minutos</strong> en plena luz del día y a vista del todo el mundo haciéndose pasar por operarios. </p><p>Según la fiscal, los dos arrestados en la primera redada -de nacionalidad argelina y francesa- tenían <strong>antecedentes penales</strong>, uno de ellos por delitos de tráfico y el otro por robo agravado, en concreto, precisó, por tratar de robar un cajero automático estrellando contra él un coche.</p><p><strong>Fingiendo ser unos operarios</strong>, ambos están acusados de penetrar en la Galería de Apolo del museo gracias a una grúa que los elevó hasta un balcón, desde donde entraron en la sala de los tesoros. </p><p>"Nada en esta etapa sugiere que los autores tuvieran cómplices dentro del museo", según la fiscal.</p><p>Alrededor de cien investigadores de la Brigada de represión del bandas organizadas (BRB, en sus siglas en francés) y de la Oficina Central de Lucha contra el Tráfico de Bienes Culturales (OCBC) trabajan para tratar de <strong>dar con el cuarto ladrón y con cualquier otro cómplice del crimen</strong>.</p><p>Beccuau elogió la "excepcional movilización" de los investigadores y magistrados en una continua "caza", "siete días a la semana", lo que permitió<strong> reconstruir parte del recorrido</strong> de los criminales antes y después del robo. </p>]]></description>
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      <pubDate><![CDATA[Thu, 30 Oct 2025 17:27:11 +0000]]></pubDate>
      <author><![CDATA[infoLibre]]></author>
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      <media:keywords><![CDATA[Francia,Museos,Robos,Delitos,París,Policía,Arte,Patrimonio histórico,Historia]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Paracaidistas aficionados franceses disfrazados como miembros del Ku Klux Klan simulan quemar a negros]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.infolibre.es/mediapart/paracaidistas-aficionados-franceses-disfrazados-miembros-ku-klux-klan-simulan-quemar-negros_1_2084848.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.infolibre.es/clip/105d7369-a819-4830-a62c-4a2f6fae802d_16-9-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Paracaidistas aficionados franceses disfrazados como miembros del Ku Klux Klan simulan quemar a negros"></p><p>Yves-Marie Guillaud sigue cabreado desde que vio las imágenes. El domingo 19 de octubre, el presidente de la Federación Francesa de Paracaidismo (FFP) recibió por correo electrónico un vídeo que le dejó estupefacto.<strong> “La visión de esta escena te deja helado por su realismo”</strong>, afirma.</p><p>La escena en cuestión había tenido lugar la víspera, durante una fiesta de disfraces organizada por una escuela de paracaidismo en Aube, afiliada a la federación deportiva.</p><p>Cinco de sus integrantes se presentaron <strong>vestidos como miembros de la organización supremacista Ku Klux Klan</strong>, con trajes blancos, cinturones y capuchas a juego.<strong> </strong>Ante una gran hoguera en llamas, <strong>simularon ejecutar a otros tres miembros que se habían embadurnado la cara de negro,</strong> lo que se conoce como <em>blackface</em>. Un último miembro lo grabó todo.</p><p>A continuación, el hombre se encargó de compartir las imágenes en el grupo de WhatsApp del club, con 246 miembros. En ese vídeo de dos minutos, del que<em> </em><a href="https://www.parismatch.com/actu/faits-divers/deguisement-ku-klux-klan-et-black-faces-la-soiree-de-la-honte-dans-un-club-de-parachutisme-dans-laube-258872" target="_blank"><em>Paris Match</em></a> se hizo eco en primer lugar y que Mediapart también ha podido consultar, se ve a esos <em>paracas</em>, con capuchas puntiagudas en la cabeza, en medio de <strong>una fiesta en la que hay al menos treinta personas adultas</strong>, algunas disfrazadas de superhéroes o supervillanos (la temática de la fiesta), <strong>y dos niños</strong>.</p><p>“Durante años se ha asociado bastante a los paracaidistas con los fachas”, lamenta Yves-Marie Guillaud, contactado el lunes por la noche. “Trabajo sin descanso para esta federación, para que se hable de nuestros campeones en los medios de comunicación, contra el sexismo en el deporte, es una inversión diaria, <strong>¡y de repente nueve siniestros cretinos lo echan todo por tierra! </strong>No sé de dónde vienen pero me da igual: los perseguiré hasta donde pueda. Conmigo no se esconden las cosas bajo la alfombra”.</p><p><strong>La FFP ha tomado medidas inmediatamente</strong>, comunicadas públicamente y confirmadas a Mediapart: <strong>una denuncia ante el fiscal por incitación al odio</strong>, presentada por la dirección técnica nacional de la federación, una denuncia ante el fiscal por parte de la FFP como parte civil <strong>y una convocatoria ante el consejo de disciplina </strong>para las nueve personas identificadas en los vídeos <strong>con suspensión inmediata de saltos durante tres meses</strong> (el máximo posible según las normas de la federación).</p><p>“Dada la gravedad del asunto, totalmente contrario a los valores defendidos por la Federación y al ejemplo exigido a los clubes y estructuras de paracaidismo en los territorios, se enviará una nota interna por correo electrónico a los paracaidistas, escuelas y ligas”, precisa la instancia en un <a href="https://www.facebook.com/photo/?fbid=1223010189860959&set=pcb.1223012356527409" target="_blank">comunicado</a>.</p><p>El universo del paracaidismo deportivo, históricamente asociado al mundo militar, se ha abierto progresivamente a una población civil apasionada por el salto. En 2024 había alrededor de 40.000 “miembros únicos” —aquellos que se inscriben para saltar una vez al año— y 10.000 anuales —los que saltan regularmente—.</p><p>Este es el caso de Kwame (nombre ficticio), un “adicto al paracaidismo” desde hace unos diez años. Viaja con amigos por toda Francia, a veces incluso al extranjero, para probar las diferentes zonas de salto (<em>drop zones</em>), espacios regulados donde los practicantes pueden saltar y aterrizar. Así fue como un día pasó por la zona de Aube y se integró en el grupo de WhatsApp del club.</p><p><strong>No fue él quien envió el vídeo a la federación, pero sí el que reaccionó primero en el grupo de </strong><em><strong>chat</strong></em> de los 246 miembros cuando aparecieron las imágenes a las 00:27 horas. “A punto de irme a dormir, eché un vistazo al móvil y ¡vi eso! Estoy muy impactado”, cuenta a Mediapart. Envió varios mensajes, entre ellos “es para vomitar” y “comunicad los nombres de los que están con capucha, nos veremos las caras”.</p><p>Sorpresa: varios de sus mensajes han sido eliminados de la conversación de WhatsApp por la administradora del grupo, que también es la directora general de la escuela de paracaidismo. Pero el vídeo sigue en la red.</p><p>Al ser contactados,<strong> la directora y el presidente del club de Aube</strong> aconsejaron a Mediapart dirigirse a la federación de paracaidismo, precisando, sin embargo, que ellos <strong>también han iniciado “un procedimiento judicial” contra esas nueve personas</strong>. Al ser preguntado sobre su responsabilidad de garantizar la seguridad de los participantes, el presidente del club<strong> </strong>no respondió. Según varios interlocutores, ninguno de los dos dirigentes estaban presentes cuando llegaron los jóvenes encapuchados y aseguran que tampoco vieron la escena de la hoguera.</p><p>“Esa fiesta no representa el mundo del paracaidismo en el que me muevo desde hace años y que conozco bien”, lamenta Kwame. <strong>“En mi colectivo hay negros, blancos, judíos, somos muy activos. Y nunca hemos tenido ningún problema en este club”.</strong> Sin embargo, se pregunta: “¿Cómo es posible que nadie considerara oportuno detener esa locura?”.</p><p>Mediapart intentó ponerse en contacto con algunos participantes de dicha fiesta. Solo uno respondió: el hombre que difundió el vídeo en el grupo de WhatsApp.</p><p>“No estoy acostumbrado a que me entrevisten”, explica. “Para responder a sus preguntas, me invitaron a una fiesta de superhéroes y supervillanos. Me disfracé de príncipe azul y compartí una foto de la fiesta en el grupo. Había otros superhéroes como Superwoman, Batman, Catwoman, Superman, Pikachu, y supervillanos como el KKK, un asesino sanguinario, un intoxicador radioactivo...”.</p><p><strong>Los responsables de esas representaciones </strong>pronto comparecerán ante el consejo disciplinario. Mientras tanto, <strong>han colgado un largo mensaje de disculpa</strong>. Dicen que se han dado cuenta de la gravedad de sus actos <em>a posteriori</em> y que “evaluaron mal los límites del tema al decidir disfrazarse del KKK”. También indican que <strong>“es necesario un gran replanteamiento y que lucir símbolos y representaciones odiosas no tiene nada de divertido”.</strong></p><p>La federación, por su parte, se mantiene inflexible. “Esa escena fue preparada de antemano, como lo demuestra el vídeo. No se trata en absoluto de un exceso provocado por el alcohol”, se lee en su comunicado. “La vergüenza debe recaer sobre los autores de esta ignominia, no sobre la comunidad del paracaidismo deportivo”.</p><p> </p><p><strong>Traducción de Miguel López</strong></p>]]></description>
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      <pubDate><![CDATA[Sat, 25 Oct 2025 04:01:37 +0000]]></pubDate>
      <author><![CDATA[Marie Turcan (Mediapart)]]></author>
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      <media:title><![CDATA[Paracaidistas aficionados franceses disfrazados como miembros del Ku Klux Klan simulan quemar a negros]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Delitos,Cultura contra el odio,Francia,Racismo]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Uno de los magistrados que juzgará al fiscal general defiende las filtraciones en aras de la libertad de prensa]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.infolibre.es/politica/magistrados-juzgara-fiscal-general-defiende-filtraciones-aras-libertad-prensa_1_2069957.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.infolibre.es/clip/f9d5ac4d-9898-48ac-83ef-5e901d89cfd8_16-9-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Uno de los magistrados que juzgará al fiscal general defiende las filtraciones en aras de la libertad de prensa"></p><p>Lo que se juzgará en el Tribunal Supremo <a href="https://www.infolibre.es/politica/tribunal-supremo-envia-juicio-fiscal-general-rechaza-suspenderle-funciones_1_2059643.html" target="_blank">cuando se siente en el banquillo el fiscal general del Estado</a> será una filtración. Una información transmitida a periodistas que, según el instructor del caso, Ángel Hurtado, salió del máximo responsable de la Fiscalía. Se trata de una afirmación de la que, hasta el momento, <a href="https://www.infolibre.es/politica/hurtado-prorroga-instruccion-fiscal-general-reprochandole-no-facilitara-pruebas-no-encuentra_1_1956692.html" target="_blank">no hay una sola prueba</a> que la sustente y que Álvaro García Ortiz niega cada vez que tiene ocasión. Alberto González Amador, el novio de la presidenta madrileña, Isabel Díaz Ayuso, sostiene que la publicación de su confesión de dos delitos fiscales que el juez del Supremo achaca al jefe del Ministerio Público <a href="https://www.infolibre.es/politica/novio-ayuso-asegura-abogado-confeso-delitos-fiscales-le-imputan-consentimiento_1_2000965.html" target="_blank">afectó a su presunción de inocencia y a su derecho de defensa</a>. Uno de los siete magistrados encargados de juzgar a García Ortiz <a href="https://www.asociacionfomentodialogo.com/juicios-paralelos-informacion-y-presuncion-de-inocencia/" target="_blank">ha defendido públicamente determinadas filtraciones</a> para proteger la libertad de prensa y el derecho de la sociedad a estar bien informada, esenciales en una democracia. Aunque la ley establezca que las investigaciones judiciales son secretas.</p><p>Se trata de <strong>Antonio del Moral</strong>, de 66 años, miembro de la Sala de lo Penal del Alto Tribunal a la que llegó hace 13 años desde la Fiscalía. Del Moral, muy apreciado entre sus compañeros por su buen carácter y su calidad técnica, <strong>forma parte de la conservadora y mayoritaria Asociación Profesional de la Magistratura (APM) y está vinculado al Opus Dei</strong>. Tras su ingreso en el Ministerio Público, se convirtió en 1985 en el último fiscal de prensa de la institución, cargo creado por la dictadura en el que sustituyó al exfiscal general del Estado Eduardo Torres Dulce. Desde entonces se convirtió en <strong>un gran defensor de la libertad de prensa y del derecho a la información </strong>que considera esenciales para un sistema democrático. Su experiencia en este campo le ha llevado en los últimos años a participar en múltiples conferencias y debates sobre el trabajo de los periodistas y la información de tribunales, lo que conduce necesariamente a las filtraciones.</p><p>Una de estas últimas intervenciones del magistrado del Supremo se produjo el 13 de noviembre de 2024, cuando la Sala de lo Penal, con su voto favorable,<strong> </strong><a href="https://www.infolibre.es/politica/supremo-investiga-fiscal-general-estad-revelacion-secretos-querella-pareja-ayuso_1_1880777.html" target="_blank">ya había admitido a trámite la exposición razonada contra el fiscal general</a> enviada por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid. Nada más abrir el caso, el Supremo cambió su objeto. Mientras que en <strong>el tribunal madrileño solo se investigó la nota de prensa con la que la fiscalía desmintió el bulo</strong> lanzado desde el entorno de Ayuso de que había sido la Fiscalía la que había ofrecido un pacto para reconocer los delitos a González Amador y había retirado la oferta "por órdenes de arriba" (en realidad fue el novio de Ayuso el que propuso el pacto para evitar la cárcel y así lo aclaró ese comunicado), <strong>el Supremo decidió centrar la instrucción en una filtración</strong> ocurrida horas antes de la difusión de esa nota <strong>que achacó a García Ortiz</strong>. </p><p>Ese día, Del Moral participó en un debate-comida titulado <strong>"Juicios paralelos (información y presunción de inocencia)</strong>", organizado por la <a href="https://www.asociacionfomentodialogo.com/" target="_blank">Asociación para el Fomento del Diálogo</a>. "La libertad de información es un tema esencial en una sociedad democrática", sostuvo en ese foro. "Sin libertad de información no hay democracia. Puede haber Estado de derecho, pueden subsistir todas las instituciones, controles y contrapesos; pero <strong>sin libertad de información plural, libre, que fluya sin controles, sin censuras; sin eso, no hay democracia"</strong>, añadió para luego advertir que "tiene algunos costes". "Hay víctimas inocentes", prosiguió con su explicación. <strong>"Pero no queda más remedio que convivir con esas injusticias porque el beneficio de la libertad de prensa es muy superior". </strong></p><p>Lo que, según el instructor del caso contra el fiscal general, se pretende preservar con ese proceso es el derecho de defensa y la presunción de inocencia del novio de Ayuso pese a que su abogado confesara que había cometido dos delitos fiscales. Sin embargo, en el coloquio, Del Moral defendió que es más importante el derecho de la sociedad a estar bien informada que la presunción de inocencia, un derecho este último, que, en su opinión, solo debe tenerse en cuenta en los tribunales y salas de justicia, pero no en la prensa, la política u otros ámbitos de la vida social. <strong>"Yo he dicho y lo he llegado a decir en una sentencia un poquito escondido, que estoy entusiastamente a favor de los juicios paralelos</strong>, que para mí, los juicios paralelos son una bendición", llegó a afirmar. Para Del Moral, los juicios jurídicos y mediáticos tienen finalidades distintas: "Uno [es] para administrar justicia, el otro para formar opinión pública libre, para formar ciudadanos informados, para que voten en las elecciones", añadió.</p><p>Tanto el desmentido público que García Ortiz ordenó sacar en nota de prensa, como la filtración previa que el Supremo, sin pruebas, le achaca, tenían precisamente la finalidad de "formar ciudadanos informados", desmintiendo un bulo sobre los delitos de González Amador difundido por Miguel Ángel Rodríguez, el jefe de gabinete de la presidenta madrileña Isabel Díaz Ayuso. <strong>Las noticias que se publicaron tras el desmentido y la filtración investigada trasladaron a la ciudadanía la información real</strong>: que había sido el novio de Ayuso el que había ofrecido un pacto para confesar dos delitos fiscales a cambio de evitar la cárcel y no al revés.</p><p>Con la instrucción abierta contra el fiscal general ya en marcha, Del Moral <strong>abordó también el tema de las filtraciones</strong>. Lo hizo tras una pregunta de uno de los asistentes, un abogado que afirmó que los juicios paralelos "están basados en filtraciones de los juzgados" y que, a su parecer, eso suponía "un delito de revelación de secretos", como el que se imputa ahora al fiscal general. Tras asegurar que, al leer los periódicos, se encuentra cada día <strong>"una media de tres o cuatro violaciones del secreto del sumario"</strong>, Del Moral afirmó que <strong>"al decir que todo tiene que ser reservado, lo que consigues es que nada sea reservado</strong>". "Si dijésemos todas las diligencias sumariales tienen que ser reservadas, que es lo que dice la ley, estaríamos angostando la libertad de prensa", prosiguió el magistrado. <strong>"Eso no puede ser, eso no lo consiente una sociedad democrática, una sociedad pluralista"</strong>, añadió. "Hay que adecuar la legislación a eso y dar unos instrumentos que permitan preservar el secreto de sumario en los casos en los que es necesario por unos fines constitucionales", concluyó.   </p><p>Uno de los juicios recientes más importantes en los que ha participado Del Moral es el celebrado por su Sala contra los líderes independentistas del <strong>proceso soberanista catalán</strong> en 2019. En ese caso, tres días antes de que el Supremo notificara la sentencia a los condenados, <strong>su contenido fue filtrado a varios de los periódicos de mayor tirada del país</strong>. Pocos días después, el 16 de octubre de 2019, el presidente de la Sala, <strong>Manuel Marchena</strong>, fue entrevistado en el Consejo General del Poder Judicial como único candidato para renovar como presidente de su Sala por cinco años más. En la comparecencia, el entonces máximo responsable del órgano de gobierno de los jueces, <strong>Carlos Lesmes</strong>, le reprochó esa fuga de información. </p><p>"La palabra filtración yo creo que es equívoca", respondió Marchena durante la entrevista (<a href="https://www.poderjudicial.es/portal/site/cgpj/menuitem.65d2c4456b6ddb628e635fc1dc432ea0/?vgnextoid=2b5ec615ab3dd610VgnVCM1000006f48ac0aRCRD&vgnextfmt=default&vgnextlocale=es_ES" target="_blank">a partir del minuto 52:30 de este vídeo</a>). "La sentencia nunca ha sido filtrada como tal [...]. Ha habido pronósticos sobre el fallo que luego se han confirmado pero que en realidad fueron pronósticos... Luego ha habido informaciones más correctas, más exactas, que yo creo entender que es el tratamiento de unos datos que se obtienen a través de comunicaciones informales [...]. Hace mucho daño [...] <strong>Creo que esto es un mal al que hay que hacer frente</strong> [...]. Esa sentencia estaba siendo trabajada por muchos [...]. <strong>Lamento mucho que en la difusión no se hayan seguido los canales ejemplares</strong> [...]. Lo lamento de corazón y <strong>voy a hacer todo lo posible para que eso no pueda suceder"</strong>. Tres días después, el Consejo renovó a Marchena como presidente. La filtración del contenido de una de las sentencias más importantes de la historia de España, salida del Supremo, el tribunal que va a juzgar al fiscal general por una fuga de información similar, jamás se investigó.</p>]]></description>
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      <pubDate><![CDATA[Sun, 28 Sep 2025 17:24:03 +0000]]></pubDate>
      <author><![CDATA[Manuel Altozano]]></author>
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      <media:keywords><![CDATA[Tribunales,Fiscalía,Isabel Díaz Ayuso,Tribunal Supremo,Delitos,Libertad prensa,Filtración documentos,desinformación,fake news,Alberto González Amador]]></media:keywords>
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      <title><![CDATA[Quiénes son los tres jueces que avalan a Peinado en su excéntrica instrucción contra Begoña Gómez]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.infolibre.es/politica/son-tres-jueces-avalan-peinado-excentrica-instruccion-begona-gomez_1_2068462.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.infolibre.es/clip/7626c47e-ed52-4327-b6f9-6a3531688964_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Quiénes son los tres jueces que avalan a Peinado en su excéntrica instrucción contra Begoña Gómez"></p><p>Para que la esposa del presidente del Gobierno, Begoña Gómez, <a href="https://www.infolibre.es/politica/juez-peinado-propone-begona-gomez-sea-juzgada-malversacion-jurado-popular_1_2068331.html" target="_blank">se siente delante de un jurado popular</a> por tener –como todos los cónyuges de los sucesivos jefes del Ejecutivo– una asistente, ha hecho falta una insólita instrucción, la del juez <a href="https://www.infolibre.es/politica/cgpj-abre-investigacion-juez-peinado-dejacion-deberes-caso-archivo_1_2050375.html" target="_blank">Juan Carlos Peinado</a>. Pero en su extravagante investigación, que le ha llevado a <strong>visitar en dos ocasiones el palacio de La Moncloa</strong> para tomar declaración <a href="https://www.infolibre.es/politica/pedro-sanchez-acoge-derecho-no-declarar-interrogatorio-rodeado-gritos-consignas-ultras_1_1852594.html" target="_blank">al propio Pedro Sánchez</a> y al ministro <a href="https://www.infolibre.es/politica/juez-peinado-retuerce-tenso-interrogatorio-bolanos-sentarlo-supremo_1_2019960.html" target="_blank">Félix Bolaños</a>, y a recibir <a href="https://www.infolibre.es/politica/supremo-archiva-peticion-peinado-investigar-bolanos-asesora-begona-gomez_1_2031986.html" target="_blank">descalificaciones de bulto del Supremo cuando intentó que el Alto Tribunal actuara contra este último</a>, el titular del Juzgado de Instrucción 41 de Madrid tiene <strong>tres 'cómplices'</strong>. Se trata de tres de los integrantes de la sección 23 de la Audiencia de Madrid. Han sido ellos los que <strong>han mostrado a Peinado el camino</strong> para sentar a Gómez (y también a su asesora y al delegado del Gobierno en Madrid) en el banquillo de los acusados. </p><p>Peinado <strong>ha decidido procesar a los tres este miércoles</strong>. Pero las razones por las que lo hace –el auto del instructor tiene escasamente cinco folios– hay que buscarlas en otra resolución. <strong>Y no es del juez del caso, sino del órgano superior encargado de corregirle</strong>, la sección de la Audiencia que resuelve todos los recursos presentados por las partes contra sus pesquisas. Se trata de un tribunal esencialmente conservador, presidido por <a href="https://www.poderjudicial.es/portal/site/cgpj/menuitem.65d2c4456b6ddb628e635fc1dc432ea0/?vgnextoid=3a8f3b4f640de610VgnVCM1000006f48ac0aRCRD&vgnextchannel=8f4a2eef020e9510VgnVCM1000006f48ac0aRCRD&vgnextfmt=default&vgnextlocale=es_ES" target="_blank">María del Rosario Esteban Meilán, que quiere ascender a magistrada de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo</a> (un puesto para el que necesitaría el apoyo explícito del sector conservador del Consejo General del Poder Judicial). De él también forma parte <strong>Jesús Gómez-Angulo Rodríguez</strong>, hermano del ex secretario de Estado para el Deporte con José María Aznar y exconcejal y exasesor con Ana Botella, <strong>Juan Antonio Gómez-Angulo (PP)</strong>. </p><p>Cierra la terna <strong>Enrique Jesús Bergés de Ramón</strong>, también conservador. Bergés, junto con Gómez-Angulo y un tercer magistrado de esa misma sección (José Sierra, es  <strong>autor de la única cuestión de inconstitucionalidad que se ha presentado en el Tribunal Constitucional contra la ley de amnistía desde un tribunal ordinario territorial sin sede en Cataluña</strong>. Lo hicieron apoyándose en el caso de un condenado por unos altercados sucedidos en la capital tras una manifestación contra la sentencia del <em>procés</em>. Dos de los jueces que sientan ahora a Begoña Gómez entendieron que sus actos entraban dentro del ámbito objetivo, temporal e intencional de la ley de amnistía que, por lo tanto, debía aplicarse al afectado. </p><p>Sin embargo, Gómez-Angulo y Bergés consideraron que aplicarla vulneraría el derecho de igualdad, la seguridad jurídica o la interdicción de la arbitrariedad. Para justificar su cuestión, <strong>recurrieron al informe sobre la norma del perdón aprobado unilateralmente por el anterior CGPJ de rodillo conservador y que advertía de su supuesta inconstitucionalidad</strong>. La impugnación judicial de la norma se planteó solo dos meses después de su aprobación en 2024. La excéntrica iniciativa fue considerada en medios académicos y periodísticos <strong>una muestra más del activismo de la derecha judicial contra el Gobierno</strong> de Pedro Sánchez por la aprobación de esa disposición. <a href="https://www.infolibre.es/politica/tc-declara-constitucional-ley-amnistia-amplia-delitos-antisoberanistas_1_2021145.html" target="_blank">El TC desechó todos los argumentos en contra desgranados por el PP y la magistratura conservadora y la declaró el pasado junio plenamente constitucional</a>.</p><p>Gómez-Angulo, Bergés y la presidenta Esteban son los que ahora dan cobertura a Peinado. Porque consideran que Begoña Gómez y su asesora son culpables. <strong>"La investigación tendrá que centrarse en si [la asesora de la esposa del presidente] se sobrepasó en el desempeño de las funciones públicas que le fueron encomendadas</strong> para favorecer el plan delictivo de la investigada en el delito del tráfico de influencias, mediante la desviación de medios públicos puestos indebidamente al servicio de intereses particulares o estrictamente privados", sostuvo el tribunal de apelación el pasado 12 de junio. "La constatación de un email dirigido a la directora de comunicación institucional de Reale Seguros, solicitando directamente la continuidad como entidad patrocinadora del máster [...] <strong>parece exceder claramente de sus funciones</strong>", aseguraron. Y añadían que la relación de Gómez con el grupo Barrabés, cuyo presidente también está imputado en la causa, "supondría<strong> una clara desviación del cumplimiento de su función como personal eventual de la administración</strong>". </p><p>La resolución abría además las puertas al delito de malversación que, previamente, Peinado no había apreciado al subrayar la condición de funcionarias tanto de Gómez como de su asesora. "Todo ello sin perder de vista <strong>el concepto de funcionario público a efectos penales, concepto que incluye a la citada Cristina Álvarez (la asistente), como a la propia Begoña Gómez, en lo relativo al cargo que ocupaba en la Cátedra Extraordinaria de Transformación Social Competitiva</strong>". El tribunal deja ahí la frase aunque sin explicar cómo pudo valerse la esposa de Sánchez de ese puesto en la Universidad Complutense para malversar dinero público del presupuesto de la Presidencia del Gobierno. </p><p>Esa resolución de la Sala le sirve a Peinado para procesar a Gómez, a su asistente y al delegado del Gobierno en Madrid Francisco Martín Aguirre. A ello, <strong>el instructor únicamente añade el silencio de las investigadas</strong> durante su última declaración del 10 de septiembre de 2025, lo que constituye un derecho fundamental de cualquier imputado a no declarar contra sí mismo y a que ese silencio no se tome en consideración. "Ninguna de las dos investigadas contestaron [sic] a pregunta alguna que le hubiera podido formular bien este instructor, o la representación de las acusaciones populares e incluso el representante del Ministerio Fiscal", dice Peinado en su auto, a lo que añade sin dar la más mínima argumentación: "Las que contestó la investigada María Begoña Gómez Fernández a su letrado no permiten ser tenidas en cuenta en sentido exculpatorio". </p>]]></description>
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      <pubDate><![CDATA[Wed, 24 Sep 2025 18:50:36 +0000]]></pubDate>
      <author><![CDATA[Manuel Altozano]]></author>
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      <media:title><![CDATA[Quiénes son los tres jueces que avalan a Peinado en su excéntrica instrucción contra Begoña Gómez]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Tribunales,Pedro Sánchez,Delitos,Malversación fondos,Félix Bolaños,Madrid]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Juicio oral a González Amador por delito fiscal, contable y pertenencia a grupo criminal]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.infolibre.es/politica/juicio-oral-gonzalez-amador-delito-fiscal-contable-pertenencia-grupo-criminal_1_2067231.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.infolibre.es/clip/8e7e264a-81b1-42af-8053-ddfb617fb6f8_16-9-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Juicio oral a González Amador por delito fiscal, contable y pertenencia a grupo criminal"></p><p>Dos delitos <strong>contra la Hacienda Pública</strong>, un <strong>delito contable</strong> y otro de <strong>pertenencia a grupo criminal</strong>. Son las tres infracciones penales de las que <a href="https://www.infolibre.es/politica/jueza-procesa-novio-ayuso-fraude-fiscal-falsedad-documental_1_2004312.html" target="_blank">el novio de Isabel Díaz Ayuso, Alberto González Amador</a>, tendrá que defenderse cuando el Juzgado de lo Penal de Madrid al que corresponda el caso decida la fecha en la que lo sentará en el banquillo de los acusados. Las penas que solicita el Ministerio Fiscal para el comisionista sanitario son de tres años y nueve meses –<strong>cinco años y tres meses si se cuentan las peticiones del PSOE y Más Madrid</strong>– con lo que, en principio, una eventual condena comportaría su ingreso en prisión al superarse los dos años, el límite habitual para suspender las penas de cárcel. En el juicio también estarán sus cómplices, los que le ayudaron a crear facturas supuestamente falsas para ocultar el fraude fiscal y otro empresario mexicano también implicado en la trama.</p><p>Tanto la Fiscalía como la Abogacía del Estado (que actúa en representación de la Agencia Tributaria) solicitan idénticas penas de <strong>un año y nueve meses</strong> para el primer delito fiscal cometido conjuntamente con el de falsedad en documento mercantil y de <strong>dos años y un día</strong> para el segundo. A esa nómina de delitos, la acusación popular ejercida por el PSOE y Más Madrid suma los de delito continuado contable y el de pertenencia a grupo criminal para los que solicita sendas penas de <strong>seis meses y un año y medio más</strong>. En total, la pareja de la presidenta madrileña se arriesga a una condena de cinco años y tres meses de prisión. </p><p>Fuentes judiciales explican que el hecho de que se haya acordado la apertura de juicio <a href="https://www.infolibre.es/politica/pacto-fiscalia-via-abierta-novio-ayuso-evite-carcel_1_1954736.html" target="_blank">no cierra la puerta a que González Amador busque un pacto con el Ministerio Público</a> para reconocer –esta vez sí– sus presuntos delitos, pagar la multa, la sanción y los intereses correspondientes para tratar de evitar la foto de su entrada en un centro penitenciario. El auto de apertura de juicio oral conocido este lunes afecta únicamente a parte de los delitos que se imputan al empresario. La anterior instructora, Inmaculada Iglesias, que se jubiló el pasado agosto, abrió una pieza separada por otros dos presuntos delitos de corrupción en los negocios y administración desleal que todavía se encuentra en fase de instrucción. </p><p>Esta segunda investigación indaga <a href="https://www.infolibre.es/politica/caso-novio-ayuso-entra-fase-salpica-quiron-si-nuevo-juez-sera-recusado_1_2054358.html" target="_blank">una supuesta comisión de la pareja de la presidenta madrileña a un directivo del gigante sanitario Quirón</a>, uno de los principales contratistas hospitalarios de la Comunidad de Madrid. González Amador compró a la esposa de este directivo una sociedad por casi medio millón de euros, pero la firma adquirida no tenía empleados ni equipamiento de ningún tipo y carecía de actividad, por lo que los investigadores sospechan que se trata de una operación simulada con la única finalidad de camuflar el pago de una mordida. </p><p>La resolución de este lunes, firmada por la magistrada Carmen Rodríguez-Medel, sustituta de Iglesias a la espera de que tome posesión del juzgado su nuevo titular, Antonio Viejo, cita como única resolución de referencia <a href="https://www.infolibre.es/politica/tribunal-supremo-envia-juicio-fiscal-general-rechaza-suspenderle-funciones_1_2059643.html" target="_blank">el auto de apertura del juicio oral dictado por el instructor del Supremo Ángel Hurtado contra el fiscal general del Estado el pasado 9 de septiembre</a>, de la cual recoge seis párrafos. La pareja de Ayuso, aquí procesada, actúa en ese otro caso como acusación particular contra el máximo responsable de la Fiscalía en el proceso que se sigue contra él en el Supremo por un delito de revelación de secretos del que el instructor no ha conseguido acumular una sola prueba. </p><p>Tanto el fiscal como el abogado del Estado solicitan que a González Amador se le aplique la atenuante de reparación del daño causado <strong>al haber ingresado el 17 de mayo de 2024 el importe presuntamente defraudado más los intereses</strong>. El novio de Isabel Díaz Ayuso también ha hecho efectivas las cantidades que pudiera corresponderle abonar en concepto de responsabilidad civil derivada de sus delitos. El juicio se celebrará ante el <strong>Juzgado de lo Penal</strong> de Madrid que corresponda. Junto a González Amador se sentarán en el banquillo su socio y presunto testaferro mexicano <strong>Maximiliano Niederer</strong>. También otros tres acusados –<strong>David Herrera, Agustín Carrillo y José Miguel Carrillo</strong>– propietarios de sociedades andaluzas que redactaron parte de las facturas falsas que la pareja de Ayuso presentó a Hacienda.</p>]]></description>
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      <pubDate><![CDATA[Mon, 22 Sep 2025 16:21:00 +0000]]></pubDate>
      <author><![CDATA[Manuel Altozano]]></author>
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      <media:title><![CDATA[Juicio oral a González Amador por delito fiscal, contable y pertenencia a grupo criminal]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Tribunales,Isabel Díaz Ayuso,Grupo Hospitalario Quirón,Delitos,Fraude fiscal,Alberto González Amador]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Los autores de la querella contra el rey emérito dan el último paso en el Supremo antes de ir al Constitucional]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.infolibre.es/politica/autores-querella-rey-emerito-dan-ultimo-paso-supremo-constitucional_1_2063913.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.infolibre.es/clip/61044e8e-d348-48bf-b021-3444c1d38c71_16-9-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Los autores de la querella contra el rey emérito dan el último paso en el Supremo antes de ir al Constitucional"></p><p><a href="https://www.infolibre.es/politica/grupo-juristas-periodistas-querellan-juan-carlos-i-cinco-delitos-fiscales_1_1903706.html" target="_blank">La querella por cinco delitos fiscales presentada por un grupo de juristas, catedráticos y periodistas el pasado noviembre</a> contra Juan Carlos I por la supuesta comisión de <strong>cinco delitos contra la Hacienda Pública </strong>sigue viva. Sus promotores, entre los que se encuentra el exmagistrado del Supremo <strong>José Antonio Martín Pallín,</strong> el exfiscal anticorrupción <strong>Carlos Jiménez Villarejo</strong> o los periodistas <strong>Josep Ramoneda</strong> y <strong>Pilar del Río,</strong> han presentado ante la Sala de lo Penal del alto tribunal –la misma que archivó el caso el pasado mayo– un incidente de nulidad de actuaciones. Se trata del último trámite antes de la elaboración de un recurso de amparo para presentarlo ante el Tribunal Constitucional.</p><p>Los hechos denunciados se ciñen a las actividades que realizó presuntamente el rey emérito mediante dos fundaciones, <strong>Zagatka, con sede en Liechtenstein y Lucum, en Suiza</strong>, con el objetivo de ocultar sus ingresos y así <strong>evitar pagar impuestos en España</strong>. Según expone la querella, con estas fundaciones, Juan Carlos I habría financiado gastos personales, como por ejemplo viajes de lujo, vuelos e incluso la compra de armas. La <strong>cuantía total de esos delitos sería de más de tres millones</strong> y medio de euros, divididos entre cinco ejercicios fiscales y significarían unas penas de <strong>cárcel que irían de los 2 a los 6 años por cada uno de los delitos</strong> además de tener que pagar en concepto de multa seis veces el importe defraudado.</p><p>El escrito encuadra la actividad ilegal del rey emérito entre los años 2014 y 2018, es decir, <strong>con posterioridad a su abdicación</strong>, la cual se produjo el 19 de junio de 2014. De esta forma, los hechos que exponen <strong>no se encontrarían amparados por la inviolabilidad</strong> que llevaba aparejada su condición de Jefe de Estado y que ha hecho en el pasado descarrilar otros procedimientos en su contra. Aún así, y pese a su abdicación, Juan Carlos I <strong>sigue disfrutando de condición de aforado</strong> por su título de rey emérito, lo que hace que solo le podría juzgar el Tribunal Supremo. En este sentido, en el caso de ser admitida la denuncia, los querellantes <strong>solicitan la declaración de Juan Carlos I</strong>, la cual podría llevarse a cabo mediante videoconferencia desde su residencia en Abu Dhabi.</p><p>Tras recibir la querella, la Sala pidió informe a la Fiscalía que, el pasado marzo r<a href="https://www.infolibre.es/politica/fiscalia-pide-archivo-querella-emerito-cinco-delitos-tributarios_1_1955560.html" target="_blank">eclamó la inadmisión de la querella y su archivo al considerar que no aportaba "ni hechos ni fuentes de prueba distintos"</a> de los que ya tuvo en cuenta el Ministerio Público en 2022 para archivar las diligencias que había abierto contra el padre de Felipe VI. Dos meses después, <strong>el tribunal archivó el caso al considerar que los hechos "no constituyen ilícito penal, se encuentran prescritos o fueron objeto de regularización tributaria".</strong> Los magistrados acusaron a los querellantes de hacer una "selección fragmentada e interesada" de las diligencias que en su día elaboró y archivó la Fiscalía. <strong>"Nada ha cambiado tres años después para alzar la razonada y congruente decisión de la Fiscalía y acordar la apertura de un proceso penal"</strong>, mantuvieron.</p><p>El incidente de nulidad presentado ahora por los querellantes acusa a la Sala de haber incurrido en <strong>"incongruencia omisiva"</strong>, un vicio procesal consistente en dejar de responder las pretensiones de las partes. Ese vicio, según el escrito <strong>habría conculcado el derecho a la tutela judicial efectiva de los juristas y escritores autores de la iniciativa</strong>. Los magistrados, según el documento, habrían vulnerado ese mismo derecho fundamental <strong>al denegar las pruebas que se solicitaron</strong>: las diligencias de investigación de la Fiscalía archivadas en 2022, las notificaciones enviadas a la representación del emérito avisándole de la existencia de esas diligencias, un informe de Hacienda sobre la fecha en la que se detectó la existencia de posibles delitos cometidos por el monarca y otro sobre las medidas adoptadas por la Agencia Tributaria para depurar responsabilidades administrativas o penales. </p><p><strong>El previsible rechazo a este último recurso dará fin la vía penal</strong> ante los tribunales ordinarios y abrirá la posibilidad de actuar ante el Tribunal Constitucional mediante la interposición de un recurso de amparo. <strong>El objetivo es que el órgano de garantías </strong>aprecie la vulneración de la tutela judicial efectiva que denuncian los querellantes y <strong>obligue al Supremo a admitir e instruir la querella</strong>.  </p>]]></description>
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      <pubDate><![CDATA[Tue, 16 Sep 2025 15:51:05 +0000]]></pubDate>
      <author><![CDATA[Manuel Altozano]]></author>
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      <media:title><![CDATA[Los autores de la querella contra el rey emérito dan el último paso en el Supremo antes de ir al Constitucional]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Juan Carlos I,Corrupción,Fraude fiscal,Delitos,Tribunal Supremo,Tribunal Constitucional,Querellas,Agencia Tributaria,Fiscalía]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Hurtado impone a García Ortiz una fianza "desproporcionada" por un daño moral al novio de Ayuso que el Supremo no apreció]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.infolibre.es/politica/hurtado-impone-garcia-ortiz-fianza-desproporcionada-dano-moral-novio-ayuso-supremo-no-aprecio_1_2059828.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.infolibre.es/clip/cbb8f582-e386-42af-9a9c-72d0932f3770_16-9-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Hurtado impone a García Ortiz una fianza "desproporcionada" por un daño moral al novio de Ayuso que el Supremo no apreció"></p><p>Llamar "delincuente" o <strong>"defraudador confeso"</strong> a Alberto González Amador le causa "daños morales", es decir, vulnera el derecho al honor de una persona que ha reconocido haber cometido dos delitos fiscales para tratar de conseguir un acuerdo con la Fiscalía que le permita evitar la cárcel. Así lo sostiene el instructor del Supremo en la causa contra el fiscal general del Estado, Ángel Hurtado, que, <a href="https://www.infolibre.es/politica/tribunal-supremo-envia-juicio-fiscal-general-rechaza-suspenderle-funciones_1_2059643.html" target="_blank">en su auto de apertura de juicio oral emitido este martes ha impuesto una fianza de 150.000 euros</a> a Álvaro García Ortiz para asegurar que esos supuestos perjuicios contra el novio de Isabel Díaz Ayuso se resarzan en caso de que el jefe del Ministerio Público sea finalmente condenado. La medida cautelar, que según jueces y fiscales consultados por infoLibre es <strong>"absolutamente desproporcionada"</strong>, se impone pese a que <a href="https://www.infolibre.es/politica/tribunal-supremo-desestima-demanda-novio-ayuso-vicepresidenta-montero_1_2002850.html" target="_blank">la Sala de lo Civil del Alto Tribunal ya ha denegado a González Amador una indemnización por difamación</a> por considerar que se trata de una persona "de relevancia pública".</p><p>La Sala de lo Civil rechazó el pasado mayo la demanda por vulneración del derecho al honor presentada por el novio de Ayuso contra la vicepresidenta primera del Gobierno y ministra de Hacienda, <strong>María Jesús Montero</strong>, a la que pedía <strong>40.000 euros</strong> por referirse a él públicamente como "delincuente fiscal" y asegurar ante los micrófonos que él mismo había reconocido sus infracciones penales. En la sentencia, los magistrados recordaron que González Amador es <strong>una persona "con notoriedad pública"</strong>, derivada de su relación sentimental con la presidenta de la Comunidad de Madrid, a la que también hacía referencia Montero en sus declaraciones públicas. </p><p>"Aparte de estar involucrado, como investigado, en un proceso penal de gran notoriedad mediática, el demandante es un personaje público en tanto que es la pareja de la presidenta de una comunidad autónoma y al parecer <a href="https://www.infolibre.es/politica/novio-presidenta-espero-despues-autonomicas-inscribir-piso-183-metros-compro-ano_1_1740189.html" target="_blank">conviven en un piso que es objeto de comentario constante en los medios de comunicación sobre el origen de los fondos con los que se sufragó</a>". Por esa razón, proseguía la resolución, <strong>"no puede evitar quedar sometido al escrutinio público</strong>, más aún si lo que se critica es que ese cargo disfrute de <strong>un supuesto elevado tren de vida proveniente de la actividad profesional o empresarial de su pareja"</strong>.</p><p>Al final concluía que las declaraciones de Montero "constituyen una crítica política que, por otra parte, guste o no como realidad social, es frecuente en nuestros días: criticar el contexto familiar de los políticos cuando existen <strong>conductas sospechosas de ser delictivas </strong>o, al menos, <strong>socialmente reprochables</strong>". Además, la sentencia sostuvo que "concurren los elementos legitimadores de la <strong>libertad de expresió</strong>n: las manifestaciones versan sobre <strong>una cuestión de interés general</strong> y afectan a una <strong>persona de relevancia social</strong> (la pareja de una importante política, la cual es, en realidad, la destinataria última de la crítica), no se utilizan insultos o expresiones injuriosas [y] <strong>tienen una base fáctica razonable</strong>".</p><p>La sentencia analiza declaraciones de la vicepresidenta Montero anteriores a la supuesta filtración por la que García Ortiz se sentará finalmente en el banquillo, pese a que él niega ser el responsable y <a href="https://www.infolibre.es/politica/hurtado-prorroga-instruccion-fiscal-general-reprochandole-no-facilitara-pruebas-no-encuentra_1_1956692.html" target="_blank">el instructor no ha logrado acreditar con ninguna prueba que lo fuera</a>. Las primeras se realizaron el 12 de marzo de 2024, día en que se conoció que Hacienda había denunciado a González Amador por dos delitos fiscales, mientras que las primeras informaciones cuyo origen se achaca al fiscal general son de la noche del día 13, casi dos días después. Es decir, que antes de que el máximo responsable de la Fiscalía hubiera podido filtrar nada, ya estaba en todas las redacciones que el Ministerio Público investigaba al novio de Ayuso por sus delitos contra la Hacienda Pública, es decir, que era un presunto delincuente. </p><p>Pese a la cronología de los hechos y a la ausencia total de pruebas contra el fiscal general, Hurtado culpa a García Ortiz de la fuga de información y asegura que, como consecuencia de ella, se formó "una generalizada opinión pública que considera culpable de un delito a quien no lo es", según sostiene el instructor, lo que ha ha afectado a "su honorabilidad y su reputación social". El juez valora la declaración como testigo de González Amador, al que se refiere como "la víctima". "Se refirió a los perjuicios que le ha ocasionado", el hecho de que le llamen delincuente y defraudador confeso "para sus relaciones personales y sociales, de destrozo a ambos niveles (...), como también en el aspecto económico". El novio de Ayuso reclamaba que la fianza ascendiera a 300.000 euros que el juez ha dejado en 150.000.</p><p>Jueces y fiscales consultados por infoLibre aseguran que se trata de una cantidad "absolutamente desproporcionada". Recuerdan que es muy superior a la que se suele imponer en casos en los que los perjuicios están acreditados, como los de agresiones sexuales que llegan a los juzgados de Violencia sobre la Mujer. Otros juristas consultados aseguran que la medida supone un trato especialmente peyorativo contra el máximo responsable de un órgano constitucional como es la Fiscalía al que se trata como un narcotraficante o el miembro de una organización criminal. "Como si el fiscal general fuera a escaparse o a eludir el pago de las cantidades a las que, hipotéticamente, pudiera ser condenado".</p><p>Como en resoluciones anteriores, Hurtado rechaza la reclamación de una de las acusaciones populares, la de la conservadora y muy minoritaria Asociación Profesional e Independiente de Fiscales (APIF), <a href="https://www.infolibre.es/politica/supremo-mantiene-rechazo-suspender-cautelarmente-fiscal-general_1_1944082.html" target="_blank">de que se suspenda cautelarmente como fiscal general a García Ortiz</a>. Sin embargo, a diferencia de aquellas, en el auto de apertura de juicio oral notificado este martes, <strong>el instructor decide enviar su resolución a la Inspección Fiscal de la Fiscalía General del Estado "para que, en su caso, resuelva lo que proceda"</strong>. Se trata de una decisión que ha causado estupor en fuentes jurídicas dado que el propio Hurtado considera que no existe ningún precepto legal que permita esa suspensión del jefe de la Fiscalía. </p><p>Fuentes cercanas al caso aseguran que, en el momento en que la inspección reciba el auto del juez, esta no podrá resolver nada al seguir abierto el proceso penal contra García Ortiz, que tiene preeminencia. Esas mismas fuentes recuerdan que, en caso de tener que pronunciarse sobre una hipotética suspensión cautelar, la conclusión sería la misma a la que ha llegado Hurtado: que esa suspensión cautelar podría operar respecto de cualquier fiscal una vez que se abra juicio contra él, pero no respecto al fiscal general del Estado que, además de encontrarse en situación de servicios especiales –técnicamente fuera del cuerpo mientras ejerce su cargo–, es a quien corresponde imponer, según la normativa disciplinaria, ese tipo de medidas. </p>]]></description>
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      <pubDate><![CDATA[Tue, 09 Sep 2025 18:34:43 +0000]]></pubDate>
      <author><![CDATA[Manuel Altozano]]></author>
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      <media:title><![CDATA[Hurtado impone a García Ortiz una fianza "desproporcionada" por un daño moral al novio de Ayuso que el Supremo no apreció]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Tribunales,Fiscalía,Fiscalía General Estado,Fiscales,Tribunal Supremo,Isabel Díaz Ayuso,Alberto González Amador,Fraude fiscal,Delitos]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Dos personas detenidas por un delito de odio por aporofobia en Torres de la Alameda (Madrid)]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.infolibre.es/politica/personas-detenidas-delito-odio-aporofobia-torres-alameda-madrid_1_2037741.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.infolibre.es/clip/54663207-539e-4505-8f60-643e83c29cb9_16-9-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Dos personas detenidas por un delito de odio por aporofobia en Torres de la Alameda (Madrid)"></p><p>La Guardia Civil ha detenido a dos personas por supuesta implicación en un delito de odio cometido contra una <strong>mujer de unos 80 años y su hijo </strong>que estaban en una casa en <strong>Torres de Alameda (Madrid)</strong>, a cuyo interior los agresores lanzaron por las ventanas, que no tenían cristales, botellas y lejía, según informa EFE. </p><p>Según ha informado la Guardia Civil en una nota de prensa, se ha imputado<a href="https://www.infolibre.es/politica/fiscalia-general-ve-necesaria-ley-incluya-aporofobia-origen-motivos-discriminacion_1_1187478.html"  > a los agresores un delito de odio por aporofobia</a>, tres delitos de lesiones ya que ocasionaron a una de las víctimas heridas en un ojo al<strong> rociar con lejía su cara </strong>y un delito de daños a la vivienda.</p><p>Los acosadores no llegaron a entrar a la casa, que se encuentra en condiciones de <strong>pobreza extrema (</strong>con cartones en las ventanas), pero lanzaron los objetos dentro y, posteriormente,<strong> provocaron fuego</strong> en el exterior.</p><p>Fue a raíz de ese incendio por el que los agentes recibieron un aviso. Tras personarse en el lugar, la Guardia Civil confirmó que<a href="https://www.infolibre.es/politica/unanimidad-senado-incluir-aporofobia-agravante-penal_1_1163676.html"  > los moradores de la vivienda estaban siendo hostigados y acosados</a>.</p><p>La Guardia Civil <strong>ha logrado identificar a los agresores</strong>, que son residentes de la localidad, y que estaban causando un sufrimiento continuo a las víctimas desde hace un tiempo.</p><p>Tras pasar a disposición judicial se ha decretado<strong> una orden de alejamiento</strong> tanto de la vivienda como de las víctimas. La investigación ha sido llevada a cabo por el equipo de <strong>Policía Judicial </strong>de la Guardia Civil de Arganda del Rey. </p>]]></description>
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      <pubDate><![CDATA[Sat, 26 Jul 2025 14:31:09 +0000]]></pubDate>
      <author><![CDATA[infoLibre]]></author>
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      <media:keywords><![CDATA[Política,Pobreza,Violencia,Policía judicial,Delitos]]></media:keywords>
    </item>
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