¿Sirve la propuesta del PSOE para blindar el derecho al aborto?

El Gobierno propone incluir el derecho al aborto en la Constitución. Esta es una buena noticia que merece un análisis detallado, ya que lo que a priori es un gesto feminista histórico puede tener más de estrategia política que de voluntad efectiva de garantizar el derecho de las mujeres a decidir sobre sus propios cuerpos. Veamos algunas claves fundamentales.

La diferencia con Francia: el aborto como derecho fundamental y no como prestación sanitaria

La propuesta de reforma consiste en la modificación del artículo 43 de la Constitución, que reconoce el derecho a la protección de la salud, para incorporar en el mismo la salud sexual y reproductiva y el acceso a la interrupción voluntaria del embarazo. Esta es una propuesta que se aleja de otras que con anterioridad desde la izquierda y el feminismo habían planteado la inclusión del derecho al aborto dentro de la sección de derechos fundamentales que en su primer título blinda la Carta Magna

Esta es una diferencia crucial, puesto que el artículo 43 forma parte de los principios rectores de la política social y económica, que orientan la acción pública, sin embargo, no son derechos fundamentales ni directamente exigibles ante los tribunales. En la práctica, con la reforma del artículo 43, el aborto se reconocería como una prestación sanitaria que los poderes públicos deben promover, pero no como un derecho constitucional pleno, tal y como ha señalado la jurisprudencia del Tribunal Constitucional (TC), que define los principios rectores como mandatos de actuación dirigidos al legislador y no como derechos subjetivos exigibles.

En este sentido, el contraste con la reforma francesa es elocuente. En marzo de 2024, el Parlamento francés aprobó una reforma que modificó el artículo 34 de su Constitución para afirmar que “la ley determina las condiciones en las que se ejerce la libertad garantizada a la mujer de recurrir a la interrupción voluntaria del embarazo”. Con esta redacción, Francia se convirtió en el primer país del mundo en consagrar constitucionalmente el derecho al aborto, y lo hizo en el marco de los derechos y libertades fundamentales.

El aborto no es, por tanto, únicamente una prestación del sistema nacional de salud —como señalaría la futura reforma del artículo 43 de la Constitución—, sino una libertad garantizada, un derecho fundamental de las mujeres a decidir sobre sus cuerpos. Colocar este derecho en un escalón inferior a otros derechos no solo es un asunto de relevancia política, sino también jurídica, ya que no podría recurrirse en amparo ante el Tribunal Constitucional alegando su vulneración. Las mujeres solo podrían reclamar ante los tribunales ordinarios, dentro del marco de la ley que desarrolle este derecho, como la Ley Orgánica 2/2010.  

La aritmética del gesto

La decisión socialista sin embargo está profundamente marcada por la permanente correlación de debilidades en la que el Ejecutivo puede gobernar. Por un lado, el procedimiento elegido para la reforma sería el ordinario y no el agravado, evitando así la disolución de las Cortes, pero también eliminando la posibilidad de que el derecho al aborto sea garantizado como un derecho fundamental, como ya se ha explicado.

Por otro lado, esta reforma necesitaría de 210 votos en el Congreso para ser aprobada. Incluso si todos los partidos que hoy sostienen al Gobierno votasen a favor, seguirían siendo necesarios 26 votos de la derecha para que la reforma saliera adelante con la mayoría de tres quintos exigida en la Carta Magna. Cabe pensar que, o bien el PSOE cuenta con el voto de algunas diputadas populares que puedan defender este derecho, o bien que su propuesta, más que un movimiento legislativo viable, parece una operación simbólica, una forma de reafirmar perfil feminista ante la opinión pública en un contexto de recrudecimiento de la reacción machista y de cuestionamiento de la credibilidad feminista socialista, tras las revelaciones del caso Ábalos-Koldo y sus conversaciones sobre prostitución.

El PSOE tiene dificultades para defender que el derecho al aborto tenga que desarrollarse con carácter universal en la sanidad pública

El verdadero problema de esta propuesta: no mejorará el derecho al aborto

La última reforma de la ley del aborto en el año 2023 incluyó muchos aspectos necesarios para que el blindaje de este derecho fuera efectivo. Hubo entonces un debate en el seno del Gobierno de coalición sobre cómo blindar este derecho como una prestación en la cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud. Si bien el Ministerio de Igualdad de Irene Montero apostaba por un modelo que garantizase que en todos los hospitales públicos fuera obligatorio que se prestase este derecho, la parte socialista del Ejecutivo apostó por una redacción más laxa de esta obligatoriedad, que ha permitido en la práctica a las derechas desde los Gobiernos de las comunidades autónomas desarrollar políticas que no protejan los derechos de las mujeres, profundizando en las desigualdades que a día de hoy se siguen dando entre autonomías en la garantía de este derecho.

No es que el PSOE no apoye el derecho al aborto, sino que tiene dificultades, como le sucede en otros ámbitos, para defender que tenga que desarrollarse con carácter universal en la sanidad pública. Esta reforma constitucional, aunque es un empuje al polo democrático y feminista que cree en las libertades de las mujeres, no tiene el calado suficiente para cambiar el día a día de las mujeres si no se acompaña de una apuesta clara por otras medidas entre las que es imprescindible una defensa de la sanidad pública. No podemos olvidar que si la mayoría de abortos se realizan en la sanidad privada es porque tenemos una ley que lo permite. 

¿Qué se puede hacer? 

En primer lugar, convendría reflexionar sobre la necesidad de acompañar un proceso de reforma constitucional feminista con aquellas mujeres feministas que apuestan por ello desde diferentes ámbitos, como el académico o el activista. Ya tuvimos unos padres de la Constitución, sería realmente relevante en términos políticos es que esta fuera la reforma de las nietas. Y este es un aspecto relevante no solo por lo simbólico o performativo que pueda conllevar la presencia de mujeres en cualquier proceso político sobre el que deban tener agencia, sino porque la reforma de la Constitución de un país es algo suficientemente serio como para que se implique a toda la ciudadanía en su conjunto. Aunque no sea obligatorio en este caso por el tipo de reforma propuesta por el Ejecutivo, quizás sí convendría un referéndum y desde luego sería imprescindible una comisión de trabajo en el Congreso que contase con las feministas. 

En segundo lugar, hay toda una serie de medidas que son tan importantes como el blindaje constitucional que ya se pueden poner en marcha con la actual ley y que este Ejecutivo tiene que priorizar desde ya. Entre ellas: crear un alto comisionado o agencia estatal que coordine la política de salud sexual y reproductiva, poner en marcha el registro nacional de objetores para planificar recursos humanos y evitar bloqueos estructurales, condicionar la financiación sanitaria a las comunidades autónomas al cumplimiento de estos mínimos legales; y quizás, la más importante, para de raíz poder cambiar las cosas: garantizar educación sexual integral en todas las etapas educativas como herramienta de prevención y de ciudadanía.

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Ángela Rodríguez 'Pam' es ex secretaria de Estado de Igualdad.

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