Medios

Un juez decidirá si Facebook e Instagram privaron de publicidad a los medios usando datos ilegales

Irene Lanzaco, directora general de Asociación de Medios de Información (AMI),

La batalla por la tarta publicitaria en España llega a los tribunales. El juez Teodoro Ladrón Roda, titular del Juzgado de lo Mercantil número 15 de Madrid, será quien decida en la disputa, sin precedentes en España, que enfrenta a la patronal mediática española, la Asociación de Medios de Información (AMI), con Meta, la empresa del multimillonario Mark Zuckerberg que controla Facebook, Instagram y WhatsApp.

AMI representa a poderosos grupos de comunicación como Prisa (El País), Unidad Editorial (El Mundo), Vocento (Abc), Godó (La Vanguardia), Prensa Ibérica (El Periódico) y Henneo (20 Minutos), entre otras muchas cabeceras de papel y digitales, pero tiene delante a una de las empresas más poderosas del mundo. La demanda, que se remonta dos años atrás, acusa a la matriz de Facebook e Instagram de competencia desleal y de saltarse las normas europeas de protección de datos.

Según los diarios españoles, entre 2018 y 2023 Meta habría recopilado y explotado masivamente datos de navegación de millones de usuarios para vender publicidad personalizada, sin pedir un consentimiento válido (tal y como exige la legislación europea de protección de datos desde 2018). Eso, aseguran, le dio ventaja en el mercado publicitario, porque al tener más datos y poder segmentar mejor los anuncios, pudo quedarse con gran parte de la tarta publicitaria digital, dejando en desventaja a los periódicos españoles, muy dependientes de esos ingresos.

Demanda millonaria

AMI reclama 550 millones de euros de indemnización porque considera que esos ingresos de Meta fueron ilegítimos y que deberían haber ido, al menos en parte, a los medios. Una suma que, argumenta, será mayor si se demuestra que Meta jugó en el mercado de la publicidad digital usando datos personales sin cumplir las normas y dejando a los medios en clara desventaja económica también entre 2023 y el momento presente.

La vista se ha prolongado durante dos días. A su término, la directora de la Asociación de Medios de Información (AMI), Irene Lanzaco, aseguró tener “una sensación muy positiva” porque considera que ha quedado “plenamente acreditado” que la empresa de Zuckerberg vulneró la protección de datos para realizar publicidad segmentada.

Lanzaco reprochó a Meta que haya declarado desconocer el número de cuentas que tiene en España y los ingresos publicitarios que obtiene en nuestro país. Está sustentando su defensa, declaró, sobre la base de que realizaron inversiones en tecnología para obtener resultados, “pero omiten decir que esas inversiones han sido posibles y son debidas a la necesidad de explotar los datos personales. No es posible desligar una cosa de la otra”.

La pelea es por un trozo significativo de la publicidad digital en España, que la prensa ha ido perdiendo progresivamente en las últimas décadas, pero Lanzaco, que representa a la patronal de diarios, ha tratado de situarla en otros términos: “Lo importante”, subrayó, “no es la cuantía económica, sino la defensa del trabajo periodístico y de los derechos fundamentales, que son un pilar de la democracia”.

Perfilado publicitario

La demanda se apoya en que, desde 2018, la legislación comunitaria exige a las empresas disponer de “una base legítima” que les habilite para el perfilado publicitario (adaptar los anuncios a los gustos, intereses, hábitos o comportamientos de cada usuario a partir de sus datos personales).

En la primera jornada del juicio declararon tres responsables de Facebook. David Sáez de la Torre, director de Industria de España y Portugal de Facebook desde 2018, declaró que un mayor volumen de datos no significa mayor éxito en publicidad porque su éxito depende de los algoritmos y los instrumentos con los que se cuente para interpretarlos.

“No es el único factor a tener en cuenta”, remarcó. Para la publicidad personalizada se toman en consideración otros aspectos derivados de la experiencia que tiene el usuario dentro de la plataforma y de la observación de su navegación, no solo los datos que facilita.

El catedrático de Derecho Procesal Nicolás González Cuéllar, que representa a la patronal de los diarios españoles, preguntó también a Beltrán Seoane, director de agencias en Facebook para España y Portugal. Seoane corroboró la importancia de los datos, porque si no dispusieran de ninguno “sería como volver a la publicidad de hace 25 años”, pero sostuvo que lo que se persigue con ellos son las audiencias y el retorno para un mercado publicitario digital que crece cada año por la publicidad online, una mayor población, competencia y anunciantes.

Ninguno de los testigos confirmó conocer los procedimientos que se están desarrollando contra Meta por incumplir la normativa. Tampoco Cecilia Álvarez, directora de Política de Privacidad en Europa de Facebook desde 2019. Álvarez reveló que para la publicidad personalizada se recaban datos de primera parte y datos de terceros, es decir, los personales con los que los usuarios se registran para darse de alta en la plataforma (el nombre, correo electrónico y, si lo desean, foto de perfil), además de otros que les proporcionan empresas a las que los usuarios dieron su consentimiento para su cesión. Y aseguró que desde 2018, el año en que entró en vigor la regulación europea, siempre requieren el consentimiento expreso del usuario para que terceros cedan sus datos.

El precedente francés

La demanda de AMI, que posteriormente fue secundada por televisiones y radios comerciales españolas, sigue en el tiempo a otra que se formalizó en Francia la pasada primavera. A través de ella, más de 200 medios de comunicación franceses públicos y privados denunciaron a Meta ante el Tribunal de Actividades Económicas de París por lo que consideran que son “prácticas ilegales” que, como argumenta AMI, les habrían privado de buena parte de la publicidad en línea.

La base argumental en Francia es idéntica a la que se ha usado en España: la supuesta recopilación masiva e ilícita de datos personales para disponer así de informaciones que permiten a la compañía elaborar anuncios selectivos en función de las preferencias y los gustos conocidos de los usuarios. Una “violación flagrante”, según sus promotores, del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) de la Unión Europea, ya que no informaron a esas personas de que estaban recopilando esos datos ni solicitaron expresamente su consentimiento.

Según los cálculos de la demanda francesa, mediante el uso de estos datos Google y Meta acaparan el 75% del mercado publicitario y el 90% de su crecimiento.

Mark Zuckerberg, un aliado tecnológico de Donald Trump, que en varias ocasiones ha amenazado a la Unión Europea con sanciones si no deroga la legislación que afecta a las tecnológicas norteamericanas, enfrenta también problemas en otros países de Europa. Este jueves se conoció que la Justicia neerlandesa ha ordenado a Meta modificar en un plazo de dos semanas sus plataformas sociales Facebook e Instagram en Países Bajos para garantizar a los usuarios una opción de cronología sin algoritmos, de acceso directo y que pueda fijarse como predeterminada, frente a la práctica actual de elaboración de perfiles.

“Patrón oscuro”

El tribunal concluyó que la configuración actual de ambas aplicaciones vulnera aspectos de la Ley Europea de Servicios Digitales (DSA), al forzar de manera encubierta a los usuarios a volver a un sistema de recomendaciones basado en perfiles, un restablecimiento automático que el juez consideró un “patrón oscuro” prohibido que limita la libertad de información y expresión.

“Actualmente, Facebook e Instagram no permiten suficientemente a los usuarios en Países Bajos tomar decisiones libres y autónomas sobre el uso de sistemas de recomendaciones basados en perfiles”, señaló el juez.

La decisión responde a una demanda de la organización de derechos civiles Bits of Freedom, que denunció que el funcionamiento de Facebook e Instagram podía influir en los comicios generales en Países Bajos a finales de este mes, al condicionar la visibilidad de contenidos mediante algoritmos, informa Efe.

“Teniendo en cuenta las elecciones del 29 de octubre de 2025, Meta Irlanda deberá adaptar sus plataformas en el plazo de dos semanas”, urgió el magistrado.

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El juez ordenó que la opción de un feed cronológico o sin perfilado se mantenga incluso cuando el usuario cierre la aplicación o cambie de sección dentro de la plataforma.

Esto implica que los usuarios deben poder elegir un feed que no se elabore en función de sus supuestos intereses, una opción que existe actualmente, pero está oculta y no puede fijarse como estándar.

Meta deberá implementar los cambios en Países Bajos en dos semanas o pagar una multa coercitiva de 100.000 euros por día, hasta un máximo de cinco millones.

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